Protecciones para la deuda médica en Connecticut
Protecciones estatales para la deuda médica en Connecticut, incluidos los informes de crédito y los límites al cobro.
Respuesta corta: Para una deuda derivada de servicios hospitalarios, el interés anterior y posterior a la sentencia no puede superar el 5% al año, y otorgar intereses queda a discreción del tribunal. Conn. Gen. Stat. § 37-3a(b)
| Protecciones contra deudas médicas | Para una deuda derivada de servicios hospitalarios, el interés anterior y posterior a la sentencia no puede superar el 5% al año, y otorgar intereses queda a discreción del tribunal. Fuente: Conn. Gen. Stat. § 37-3a(b) |
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Dónde obtener ayuda en Connecticut
- Connecticut Department of Banking, Consumer Credit Division (licenses consumer collection agencies and enforces creditor collection rules)
- Presentar una queja o un reclamo
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Preguntas frecuentes
¿Qué protecciones se aplican a la deuda médica en Connecticut?
Para una deuda derivada de servicios hospitalarios, el interés anterior y posterior a la sentencia no puede superar el 5% al año, y otorgar intereses queda a discreción del tribunal.
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.