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Portación abierta en Florida

Si la portación abierta es legal en Florida, cualquier regla de permiso o de edad, y dónde está prohibida.

Respuesta corta: Ley: salvo que la ley disponga otra cosa, es ilegal portar abiertamente (open carry) un arma de fuego en la persona o cerca de ella (delito menor [misdemeanor] de segundo grado); Fla. Stat. s. 790.053; McDaniels v. State, 419 So. 3d 1180 (Fla. 1st DCA 2025)

Portación abiertaLey: salvo que la ley disponga otra cosa, es ilegal portar abiertamente (open carry) un arma de fuego en la persona o cerca de ella (delito menor [misdemeanor] de segundo grado); una persona autorizada para portar un arma oculta puede exhibir breve y abiertamente un arma de fuego a menos que la exhiba de manera airada o amenazante que no sea en defensa propia (self-defense). Situación judicial: en McDaniels v. State, 419 So. 3d 1180 (Fla. 1st DCA 2025), la First District Court of Appeal sostuvo que la ley de portación abierta de Florida es inconstitucional conforme a la Second Amendment (Segunda Enmienda), según lo describió el Fourth District en Eubanks v. State (17 de junio de 2026 [6/17/2026]). Las armas largas están cubiertas por la misma ley.
La ley todavía aparece sin cambios en el sitio de la Legislatura. A los titulares de licencias se les sigue prohibiendo portar abiertamente en los lugares indicados en s. 790.06(12).
Armas en su autoUna persona de 18 años o más que posee legalmente un arma corta puede guardarla dentro de un vehículo privado si está 'securely encased or otherwise not readily accessible for immediate use,' (guardada de forma segura en un estuche o de otra forma no fácilmente accesible para su uso inmediato) pero no puede portarla en su persona. Las armas largas pueden llevarse en cualquier parte de un vehículo privado para un uso legal. Cualquier persona autorizada para portar un arma oculta (con licencia o sin permiso) puede portarla en su persona en un vehículo, y los titulares de licencias pueden portar o guardar un arma de fuego en un vehículo para fines legales.
Dónde están prohibidas las armasLos titulares de licencias (y quienes portan sin permiso) no pueden portar armas en: lugares declarados como molestia pública (places of nuisance); estaciones de policía, del sheriff o de la patrulla de carreteras; centros de detención, prisiones o cárceles; edificios de la corte y salas de audiencias (excepto los jueces); lugares de votación; reuniones de los órganos de gobierno de condados, distritos escolares, municipios o distritos especiales; reuniones de la Legislatura o sus comités; eventos deportivos escolares, universitarios o profesionales no relacionados con armas de fuego; instalaciones o edificios administrativos de escuelas primarias o secundarias; centros de formación profesional; la parte de un bar dedicada principalmente a servir alcohol; instalaciones de colleges o universidades; terminales de pasajeros y áreas estériles de aeropuertos (excepto armas de fuego en estuche para documentar); y lugares donde la ley federal prohíbe las armas de fuego. Poseer un arma de fuego en la propiedad de una escuela, en un autobús escolar o en una parada de autobús escolar, o en un evento patrocinado por la escuela es un delito grave (felony) de tercer grado, con excepciones que incluyen un arma de fuego guardada en un vehículo conforme a s. 790.25(4). Los titulares de licencias pueden portar armas en la propiedad de instituciones religiosas, sujeto a los derechos de propiedad de la institución.

Más sobre leyes de armas en Florida

Preguntas frecuentes

¿Es legal la portación abierta en Florida?
Ley: salvo que la ley disponga otra cosa, es ilegal portar abiertamente (open carry) un arma de fuego en la persona o cerca de ella (delito menor [misdemeanor] de segundo grado); una persona autorizada para portar un arma oculta puede exhibir breve y abiertamente un arma de fuego a menos que la exhiba de manera airada o amenazante que no sea en defensa propia (self-defense). Situación judicial: en McDaniels v. State, 419 So. 3d 1180 (Fla. 1st DCA 2025), la First District Court of Appeal sostuvo que la ley de portación abierta de Florida es inconstitucional conforme a la Second Amendment (Segunda Enmienda), según lo describió el Fourth District en Eubanks v. State (17 de junio de 2026 [6/17/2026]). Las armas largas están cubiertas por la misma ley.
¿Se puede tener un arma en el auto en Florida sin permiso?
Una persona de 18 años o más que posee legalmente un arma corta puede guardarla dentro de un vehículo privado si está 'securely encased or otherwise not readily accessible for immediate use,' (guardada de forma segura en un estuche o de otra forma no fácilmente accesible para su uso inmediato) pero no puede portarla en su persona. Las armas largas pueden llevarse en cualquier parte de un vehículo privado para un uso legal. Cualquier persona autorizada para portar un arma oculta (con licencia o sin permiso) puede portarla en su persona en un vehículo, y los titulares de licencias pueden portar o guardar un arma de fuego en un vehículo para fines legales.
¿Dónde no se puede portar un arma en Florida?
Los titulares de licencias (y quienes portan sin permiso) no pueden portar armas en: lugares declarados como molestia pública (places of nuisance); estaciones de policía, del sheriff o de la patrulla de carreteras; centros de detención, prisiones o cárceles; edificios de la corte y salas de audiencias (excepto los jueces); lugares de votación; reuniones de los órganos de gobierno de condados, distritos escolares, municipios o distritos especiales; reuniones de la Legislatura o sus comités; eventos deportivos escolares, universitarios o profesionales no relacionados con armas de fuego; instalaciones o edificios administrativos de escuelas primarias o secundarias; centros de formación profesional; la parte de un bar dedicada principalmente a servir alcohol; instalaciones de colleges o universidades; terminales de pasajeros y áreas estériles de aeropuertos (excepto armas de fuego en estuche para documentar); y lugares donde la ley federal prohíbe las armas de fuego. Poseer un arma de fuego en la propiedad de una escuela, en un autobús escolar o en una parada de autobús escolar, o en un evento patrocinado por la escuela es un delito grave (felony) de tercer grado, con excepciones que incluyen un arma de fuego guardada en un vehículo conforme a s. 790.25(4). Los titulares de licencias pueden portar armas en la propiedad de instituciones religiosas, sujeto a los derechos de propiedad de la institución.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.