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Exenciones de quiebra en California

Qué bienes puede conservar en una quiebra en California: exenciones de vivienda, vehículo, comodín (wildcard) y jubilación, y si puede elegir las exenciones federales.

Respuesta corta: California no permite las exenciones federales de quiebra (bankruptcy exemptions). En cambio, quienes presentan eligen uno de los dos sistemas de California: las exenciones regulares de CCP 704.010 et seq. Cal. Code Civ. Proc. 703.130, 703.140(a)

Exenciones estatales o federalesCalifornia no permite las exenciones federales de quiebra (bankruptcy exemptions). En cambio, quienes presentan eligen uno de los dos sistemas de California: las exenciones regulares de CCP 704.010 et seq. (incluida la exención de vivienda familiar (homestead exemption)), o la lista alternativa de CCP 703.140(b). Los cónyuges que presentan juntos deben elegir el mismo sistema; una persona casada que presenta sola generalmente necesita una renuncia por escrito de su cónyuge para usar la lista de 703.140(b).
Leído en el sitio oficial California Legislative Information (leginfo.legislature.ca.gov). Verificado nuevamente el 27 de octubre de 2026 (10/27/2026).
Exención de la vivienda (homestead)Sistema regular: la cantidad mayor entre $300,000 o el precio mediano de venta de una vivienda unifamiliar en el condado en el año calendario anterior, con un tope de $600,000; ambas cifras se ajustan anualmente por inflación a partir del 1 de enero de 2022 (1/1/2022). Sistema alternativo de 703.140(b): $36,750 en una residencia (vigente a partir del 1 de abril de 2025 (4/1/2025)).
Leído en el sitio oficial California Legislative Information (leginfo.legislature.ca.gov). La cifra de $36,750 proviene de https://courts.ca.gov/documents/ej156.pdf. No se indica un límite de superficie (acres). Verificado nuevamente el 27 de octubre de 2026 (10/27/2026).
Exención del auto$8,625 en cualquiera de los dos sistemas (sistema regular CCP 704.010; sistema alternativo CCP 703.140(b)(2)), vigente a partir del 1 de abril de 2025 (4/1/2025).
Las cantidades se ajustan cada tres años (el próximo período de ajuste termina el 31 de marzo de 2028 (3/31/2028)).
Exención comodín (wildcard)Solo en el sistema alternativo de 703.140(b): $1,950 en cualquier bien, más cualquier parte no usada de la exención de residencia de $36,750 (vigente a partir del 1 de abril de 2025 (4/1/2025)). El sistema regular no tiene una exención general (wildcard).
Cuentas de jubilaciónSistema regular: las cantidades en planes privados de jubilación (incluidos los planes sindicales) están exentas; las IRA y cuentas similares autodirigidas están exentas "only to the extent necessary to provide for the support of the judgment debtor when the judgment debtor retires" (solo en la medida necesaria para el sustento del deudor cuando se jubile), considerando al cónyuge, los dependientes y otros recursos probables de quien presenta. Sistema alternativo: los pagos de planes de pensión, anualidades y similares están exentos en la medida razonablemente necesaria para el sustento.
Leído en el sitio oficial California Legislative Information (leginfo.legislature.ca.gov). La ley federal (11 U.S.C. 522(b)(3)(C)) protege por separado los fondos de jubilación exentos de impuestos. Verificado nuevamente el 27 de octubre de 2026 (10/27/2026).
SalariosSistema regular: los ingresos ya pagados que se puedan rastrear en una cuenta bancaria o que se tengan en efectivo están totalmente exentos si ya estaban sujetos a un embargo de salario (wage garnishment) o a una asignación de manutención, y en los demás casos en la medida en que estarían protegidos del embargo según CCP 706.050. Sistema alternativo: hasta $8,625 en pago acumulado por vacaciones, enfermedad o licencia familiar, o salarios (CCP 703.140(b)(10)(F), vigente a partir del 1 de abril de 2025 (4/1/2025)).
Leído en el sitio oficial California Legislative Information (leginfo.legislature.ca.gov). La cifra de $8,625 proviene de https://courts.ca.gov/documents/ej156.pdf. Verificado nuevamente el 27 de octubre de 2026 (10/27/2026).

Más sobre quiebra (bancarrota) en California

Preguntas frecuentes

¿Se pueden usar las exenciones federales de quiebra en California?
California no permite las exenciones federales de quiebra (bankruptcy exemptions). En cambio, quienes presentan eligen uno de los dos sistemas de California: las exenciones regulares de CCP 704.010 et seq. (incluida la exención de vivienda familiar (homestead exemption)), o la lista alternativa de CCP 703.140(b). Los cónyuges que presentan juntos deben elegir el mismo sistema; una persona casada que presenta sola generalmente necesita una renuncia por escrito de su cónyuge para usar la lista de 703.140(b).
¿Cuánto del valor líquido (equity) de su vivienda está protegido en una quiebra (bancarrota) en California?
Sistema regular: la cantidad mayor entre $300,000 o el precio mediano de venta de una vivienda unifamiliar en el condado en el año calendario anterior, con un tope de $600,000; ambas cifras se ajustan anualmente por inflación a partir del 1 de enero de 2022 (1/1/2022). Sistema alternativo de 703.140(b): $36,750 en una residencia (vigente a partir del 1 de abril de 2025 (4/1/2025)).
¿Puedo conservar mi auto en una quiebra en California?
$8,625 en cualquiera de los dos sistemas (sistema regular CCP 704.010; sistema alternativo CCP 703.140(b)(2)), vigente a partir del 1 de abril de 2025 (4/1/2025).
¿Tiene California una exención comodín (wildcard exemption)?
Solo en el sistema alternativo de 703.140(b): $1,950 en cualquier bien, más cualquier parte no usada de la exención de residencia de $36,750 (vigente a partir del 1 de abril de 2025 (4/1/2025)). El sistema regular no tiene una exención general (wildcard).
¿Están protegidas las cuentas de jubilación en una quiebra en California?
Sistema regular: las cantidades en planes privados de jubilación (incluidos los planes sindicales) están exentas; las IRA y cuentas similares autodirigidas están exentas "only to the extent necessary to provide for the support of the judgment debtor when the judgment debtor retires" (solo en la medida necesaria para el sustento del deudor cuando se jubile), considerando al cónyuge, los dependientes y otros recursos probables de quien presenta. Sistema alternativo: los pagos de planes de pensión, anualidades y similares están exentos en la medida razonablemente necesaria para el sustento.
¿Están protegidos los salarios en una quiebra en California?
Sistema regular: los ingresos ya pagados que se puedan rastrear en una cuenta bancaria o que se tengan en efectivo están totalmente exentos si ya estaban sujetos a un embargo de salario (wage garnishment) o a una asignación de manutención, y en los demás casos en la medida en que estarían protegidos del embargo según CCP 706.050. Sistema alternativo: hasta $8,625 en pago acumulado por vacaciones, enfermedad o licencia familiar, o salarios (CCP 703.140(b)(10)(F), vigente a partir del 1 de abril de 2025 (4/1/2025)).

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