Contrato de arrendamiento residencial de California
Un modelo gratuito de contrato de arrendamiento de California, además de lo que la ley de California exige que un contrato incluya, adjunte o excluya — cada punto con su ley. Úselo como punto de partida; los arrendadores con situaciones poco comunes deben pedir a un abogado que revise el contrato final.
Divulgaciones que exige California
| Información del dueño, del administrador y del pago de la renta | El contrato de arrendamiento (lease) debe indicar el nombre, el número de teléfono y la dirección física para entrega personal de documentos del administrador de la propiedad y del dueño (o del agente del dueño para recibir notificaciones judiciales y avisos). También debe indicar el nombre, el número de teléfono y la dirección de la persona o entidad a quien se paga la renta (con los días y horas habituales si la renta se puede pagar en persona), o en su lugar una cuenta bancaria a no más de 5 millas de la propiedad o los datos para transferencia electrónica, y las formas de pago de renta aceptadas. Esta información debe mantenerse actualizada. Un dueño o administrador sucesor que no haya cumplido no puede desalojar por falta de pago de renta que venció durante el incumplimiento. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento y de alquiler residencial (acuerdos verbales: declaración escrita dentro de 15 días) |
|---|---|
| Aviso sobre la base de datos de delincuentes sexuales (Megan's Law) | El contrato de arrendamiento (lease) debe contener, en letra de al menos 8 puntos, este aviso: "Notice: Pursuant to Section 290.46 of the Penal Code, information about specified registered sex offenders is made available to the public via an Internet Web site maintained by the Department of Justice at www.meganslaw.ca.gov. Depending on an offender's criminal history, this information will include either the address at which the offender resides or the community of residence and ZIP Code in which the offender resides." (Aviso: según la Sección 290.46 del Código Penal, la información sobre ciertos delincuentes sexuales registrados está disponible al público en un sitio web del Department of Justice; según los antecedentes penales del delincuente, incluye la dirección donde vive o la comunidad y el código postal donde vive.) Se aplica a: Contratos de arrendamiento de casas unifamiliares, y contratos en propiedades de varias unidades con más de cuatro unidades, firmados el 1 de abril de 2006 (4/1/2006) o después Fuente: Cal. Civ. Code § 2079.10a(a)(3) |
| Divulgación sobre riesgo de inundación | El contrato de arrendamiento (lease) debe divulgar, en letra de al menos 8 puntos: (1) que la propiedad está en una zona especial de riesgo de inundación o en una zona de posible inundación, si el dueño realmente lo sabe (por ejemplo, el dueño recibió un aviso escrito de una agencia pública, el prestamista hipotecario exige seguro contra inundaciones, o el dueño tiene seguro contra inundaciones); (2) que el inquilino (tenant) puede obtener información sobre riesgos en el sitio web de la Office of Emergency Services, incluida la dirección web de la herramienta MyHazards; (3) que el seguro del dueño no cubre las pertenencias del inquilino y que se recomienda un seguro de inquilino y un seguro contra inundaciones; y (4) que el dueño no tiene que dar más información sobre inundaciones. La divulgación está sujeta a la regla de traducción de Civ. Code § 1632. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento y de alquiler residencial firmados el 1 de julio de 2018 (7/1/2018) o después Fuente: Cal. Gov. Code § 8589.45 |
| Aviso informativo sobre chinches | Antes de que comience un nuevo arrendamiento (tenancy), el arrendador (landlord) debe darle al posible inquilino (tenant) un aviso escrito, en letra de al menos 10 puntos, con información general sobre cómo identificar las chinches (bed bugs), su comportamiento y biología, la importancia de cooperar y de reportar por escrito sin demora, y el procedimiento para reportar al arrendador sospechas de infestación. La ley indica el texto requerido. Se aplica a: Todos los arrendamientos residenciales nuevos (desde el 1 de julio de 2017 (7/1/2017)) Fuente: Cal. Civ. Code § 1954.603 |
| Áreas donde se prohíbe fumar | Si el arrendador (landlord) ha prohibido fumar cigarrillos u otros productos de tabaco en cualquier parte de la propiedad, el contrato de arrendamiento (lease) debe incluir una disposición que indique las áreas donde se prohíbe fumar. Agregar una prohibición de fumar a un arrendamiento existente es un cambio de condiciones que requiere el aviso escrito correspondiente. Se aplica a: Contratos de arrendamiento firmados el 1 de enero de 2012 (1/1/2012) o después, para un inquilino que no ocupaba antes la unidad, donde se restringe fumar Fuente: Cal. Civ. Code § 1947.5(b) |
| Aviso de límite de renta y causa justa (Tenant Protection Act) | En una propiedad cubierta por la ley estatal de límite de renta y causa justa (just cause), el contrato de arrendamiento (lease), un anexo o un aviso escrito firmado por el inquilino (tenant) (con una copia para el inquilino) debe decir, en letra de al menos 12 puntos: "California law limits the amount your rent can be increased. See Section 1947.12 of the Civil Code for more information. California law also provides that after all of the tenants have continuously and lawfully occupied the property for 12 months or more or at least one of the tenants has continuously and lawfully occupied the property for 24 months or more, a landlord must provide a statement of cause in any notice to terminate a tenancy. See Section 1946.2 of the Civil Code for more information." (La ley de California limita cuánto se puede aumentar su renta; vea la Sección 1947.12 del Código Civil. También dispone que, después de que todos los inquilinos hayan ocupado la propiedad de forma continua y legal por 12 meses o más, o al menos uno de ellos por 24 meses o más, el arrendador debe indicar la causa en cualquier aviso de terminación del arrendamiento; vea la Sección 1946.2 del Código Civil.) El aviso está sujeto a la regla de traducción de Civ. Code § 1632. Se aplica a: Arrendamientos iniciados o renovados el 1 de julio de 2020 (7/1/2020) o después, en propiedades cubiertas por Civ. Code §§ 1946.2 y 1947.12 (ley vigente hasta el 1 de enero de 2030 (1/1/2030)) Fuente: Cal. Civ. Code § 1946.2(f) |
| Aviso de exención para casas unifamiliares y condominios | Para reclamar la exención para una casa unifamiliar o un condominio cuyo dueño no sea un REIT, una corporación o una LLC con un miembro corporativo, el dueño debe darle al inquilino (tenant) un aviso escrito usando la declaración exacta que indica la ley de que la propiedad no está sujeta a los límites de renta del § 1947.12 ni a las reglas de causa justa del § 1946.2. En los arrendamientos iniciados o renovados el 1 de julio de 2020 (7/1/2020) o después, este aviso debe estar en el propio contrato de alquiler (rental agreement). Se aplica a: Casas unifamiliares y condominios que se pueden vender por separado y que reclaman la exención de la Tenant Protection Act |
| Medidores de gas o electricidad compartidos | Si el medidor de gas o electricidad del inquilino (tenant) también da servicio a áreas fuera de su unidad y el arrendador (landlord) lo sabe, el arrendador debe divulgarlo antes de que comience el arrendamiento (o al descubrirlo) y, o bien firmar un acuerdo escrito con el inquilino sobre el pago de ese servicio externo, o bien hacer otros arreglos por escrito, como poner el medidor a nombre del arrendador. Se aplica a: Unidades sin medidores de gas o electricidad separados en las que el medidor del inquilino da servicio a áreas externas Fuente: Cal. Civ. Code § 1940.9(a) |
| Aviso de control periódico de plagas | Si el arrendador (landlord) tiene un contrato de servicio periódico de control de plagas, debe darle a cada nuevo inquilino (tenant) una copia del aviso escrito de la compañía de control de plagas (la plaga que se va a controlar, los pesticidas y sus ingredientes activos, la advertencia que exige el estado y la frecuencia del tratamiento). Se aplica a: Unidades cubiertas por un contrato periódico de control de plagas |
| Permiso de demolición | Un dueño que ha solicitado un permiso para demoler la unidad debe informarlo por escrito al posible inquilino (tenant) antes de firmar un contrato de alquiler (rental agreement) o de aceptar un cargo por solicitud, otros cargos o documentos del arrendamiento. El aviso debe indicar la fecha aproximada más próxima de la demolición y la fecha aproximada en que terminará el arrendamiento. Las violaciones conllevan daños reales, costos de mudanza, una multa civil de hasta $2,500 y honorarios de abogado. Se aplica a: Unidades para las que se ha presentado una solicitud de permiso de demolición Fuente: Cal. Civ. Code § 1940.6 |
| Antiguo sitio de artefactos militares | Un arrendador (landlord) que realmente sabe de un antiguo sitio federal o estatal de artefactos militares (ordnance location) (una zona que antes se usó para entrenamiento militar y que puede contener municiones explosivas) a menos de una milla de la unidad debe informarlo por escrito al posible inquilino (tenant) antes de que se firme el contrato de alquiler. Se aplica a: Unidades a menos de una milla de un antiguo sitio conocido de artefactos militares Fuente: Cal. Civ. Code § 1940.7 |
| Orden de descontaminación | Si una unidad está sujeta a una orden de descontaminación (remediation order) de un funcionario de salud local por contaminación (como metanfetamina), el dueño debe darle a cada posible inquilino (tenant) que haya presentado una solicitud un aviso escrito y una copia de la orden. El inquilino debe reconocerlo por escrito antes de firmar, y el aviso debe adjuntarse al contrato de alquiler (rental agreement). Si el dueño no cumple, el inquilino puede anular el contrato de alquiler. Se aplica a: Unidades sujetas a una orden de descontaminación |
| Oferta de reporte positivo de pagos de renta | Los arrendadores (landlords) deben ofrecer a cada inquilino (tenant) que figura en el contrato la opción de que sus pagos de renta puntuales se reporten a al menos una agencia de crédito nacional. En los contratos de arrendamiento firmados el 1 de abril de 2025 (4/1/2025) o después, la oferta debe hacerse al firmar el contrato y al menos una vez al año después. La oferta debe incluir un formulario escrito de elección que diga que el reporte es opcional, nombre la(s) agencia(s) de crédito, indique cualquier cargo (con un límite del costo real o $10 al mes, lo que sea menor) y explique cómo inscribirse y cancelar. Se aplica a: Arrendadores de edificios con más de 15 unidades, y arrendadores de 15 unidades o menos que son dueños de más de un edificio de alquiler y son un REIT, una corporación o una LLC con un miembro corporativo (la vivienda asistida tiene una regla aparte, § 1954.06) |
Términos que la ley de California exige o regula
| Renta y concesiones indicadas por separado | En una propiedad cubierta por el límite estatal de renta, la renta mensual bruta y cualquier descuento, incentivo, concesión o crédito que ofrezca el dueño deben indicarse e identificarse por separado en el contrato de arrendamiento (lease) o en cualquier modificación. Se aplica a: Propiedades cubiertas por Civ. Code § 1947.12 Fuente: Cal. Civ. Code § 1947.12(a)(1) |
|---|---|
| Opción de pago de renta que no sea en efectivo | El arrendador (landlord) debe permitir que la renta y el depósito de seguridad (security deposit) se paguen por al menos un método que no sea efectivo ni transferencia electrónica de fondos (se permite exigir solo efectivo por hasta tres meses después de un cheque rebotado o detenido, con aviso escrito). El arrendador no puede cobrar un cargo por pagar la renta o el depósito con cheque. Se aplica a: Todos los arrendamientos residenciales Fuente: Cal. Civ. Code § 1947.3(a)-(b) |
| Las cláusulas de honorarios de abogado son recíprocas | Si un contrato de arrendamiento (lease) otorga honorarios de abogado a una de las partes o a la parte ganadora en una demanda para hacerlo cumplir, el tribunal la aplica a la parte que gane, aunque la cláusula solo nombre al arrendador (landlord). No se puede renunciar a este derecho. Se aplica a: Contratos de arrendamiento con una cláusula de honorarios de abogado Fuente: Cal. Civ. Code § 1717(a) |
| Los cargos por pago tardío deben ser una estimación previa razonable | Un cargo fijo por pago tardío (late fee) u otra cláusula de daños liquidados en un contrato de arrendamiento residencial es nulo, a menos que los daños reales sean imposibles en la práctica o extremadamente difíciles de determinar, en cuyo caso las partes pueden acordar un monto presunto. La ley estatal no fija un límite en dólares. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial Fuente: Cal. Civ. Code § 1671(c)(2), (d) |
Cláusulas que son nulas en California
| Renuncia a derechos sobre el depósito, la entrada, los avisos y los litigios | Una cláusula del contrato de arrendamiento (lease) es nula si el inquilino (tenant) acepta renunciar a o modificar: los derechos sobre el depósito (§ 1950.5) o los derechos de aviso antes de la entrada (§ 1954); el derecho a demandar al arrendador (landlord) por reclamos futuros; el derecho a cualquier aviso o audiencia que exija la ley; los derechos procesales en litigios sobre el arrendamiento; o el deber legal de cuidado del arrendador para prevenir lesiones o daños a la propiedad. Cualquier otra renuncia a un derecho legal es nula, a menos que el contrato se presente antes de que el inquilino tome posesión. Se aplica a: Contratos de arrendamiento firmados el 1 de enero de 1976 (1/1/1976) o después Fuente: Cal. Civ. Code § 1953(a)-(b) |
|---|---|
| Renuncia a derechos de habitabilidad y reparación | Un acuerdo que renuncie a o modifique los derechos del inquilino (tenant) bajo las leyes de habitabilidad y de reparar y descontar (repair-and-deduct) (§§ 1941, 1942) es nulo en cuanto a condiciones que hacen la unidad inhabitable. Las partes pueden acordar que el inquilino haga algunas reparaciones como parte de la renta, y un contrato de arrendamiento escrito puede disponer el arbitraje de las disputas sobre habitabilidad. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial Fuente: Cal. Civ. Code § 1942.1 |
| Depósitos "no reembolsables" | Un contrato de arrendamiento (lease) no puede llamar "no reembolsable" a ningún depósito de seguridad (security deposit). Cualquier cargo que se cobre al comienzo de un arrendamiento para tramitar a un nuevo inquilino (tenant) (salvo un cargo por evaluación (screening fee)) cuenta como garantía y es reembolsable bajo la ley de depósitos. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial Fuente: Cal. Civ. Code § 1950.5(b), (n) |
| Límites para llamar a la policía o pedir ayuda de emergencia | Cualquier cláusula del contrato de arrendamiento (lease) que prohíba o limite el derecho de un inquilino (tenant), residente u otra persona a llamar a la policía o pedir ayuda de emergencia para una víctima de abuso o de un delito o para una persona en una emergencia es nula. También se prohíbe sancionar a un inquilino por hacer esas llamadas. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial |
| Renuncia a derechos de límite de renta o de causa justa | Cualquier renuncia a los derechos bajo la ley estatal de límite de renta o de desalojo (eviction) por causa justa es nula. Se aplica a: Propiedades cubiertas por la Tenant Protection Act |
| Cargos por entregar avisos | Un arrendador (landlord) no puede cobrarle a un inquilino (tenant) un cargo por entregar, publicar o hacer llegar de otra forma un aviso de terminación. Se aplica a: Todos los arrendamientos residenciales Fuente: Cal. Civ. Code § 1946.1(i) |
| Quitar las garras o las cuerdas vocales a las mascotas | Un arrendador (landlord) que permite animales no puede exigir, como condición para alquilar, que al animal del inquilino (tenant) se le quiten las garras (declawing) o las cuerdas vocales (devocalizing), ni negarse a alquilar porque no se le hayan quitado. Se aplica a: Alquileres que permiten animales Fuente: Cal. Civ. Code § 1942.7(a) |
Reglas de formato y entrega
| Copia del contrato para el inquilino | El dueño o la persona que firma en su nombre debe darle al inquilino (tenant) una copia del contrato de arrendamiento (lease) dentro de 15 días después de que el inquilino firme, y otra copia una vez al año dentro de 15 días si el inquilino la pide. En un acuerdo verbal, el dueño debe dar una declaración escrita con la información del dueño, del administrador y del pago de la renta dentro de 15 días. Se aplica a: Todos los arrendamientos residenciales Fuente: Cal. Civ. Code § 1962(a)(4), (b) |
|---|---|
| Traducción cuando se negocia en otro idioma | Un arrendador (landlord) que negocia un contrato de arrendamiento (lease) principalmente en español, chino, tagalo, vietnamita o coreano debe darle al inquilino (tenant), antes de firmar, una traducción de todo el contrato en ese idioma, y un aviso en ese idioma al firmar. La regla cubre contratos de más de un mes. Si el arrendador no cumple, el inquilino puede rescindir el contrato. No se aplica cuando el inquilino negocia por medio de su propio intérprete adulto. Se aplica a: Contratos de arrendamiento de más de un mes negociados principalmente en uno de los cinco idiomas |
| Cláusulas de renovación automática en negrita | Una cláusula que renueva o prorroga automáticamente el contrato de arrendamiento (lease) si el inquilino (tenant) se queda o no da aviso puede ser anulada por el inquilino, a menos que, en un contrato impreso, la cláusula esté en letra negrita de al menos 8 puntos en el cuerpo del contrato y una declaración de que el contrato la contiene aparezca en negrita de al menos 8 puntos inmediatamente antes de la línea de firma del inquilino. Se aplica a: Contratos de arrendamiento con cláusulas de renovación o prórroga automática Fuente: Cal. Civ. Code § 1945.5 |
| Tamaño mínimo de letra para los avisos requeridos | Los avisos requeridos tienen tamaños mínimos de letra: 8 puntos para los avisos de Megan's Law y de inundación, 10 puntos para el aviso sobre chinches y 12 puntos para el aviso de la Tenant Protection Act. Se aplica a: Contratos de arrendamiento que deben contener estos avisos |
Llene el contrato de arrendamiento
Nada de lo que escriba sale de su navegador. Los elementos entre corchetes los debe completar usted; las cláusulas marcadas como exigidas por la ley de California deben redactarse de modo que cumplan la regla indicada arriba.
1. Partes. Este contrato de arrendamiento es entre [nombre del arrendador] ("Arrendador") y [nombre(s) del inquilino] ("Inquilino"). Dirección del Arrendador para avisos: [dirección del arrendador para avisos].
2. Propiedad. El Arrendador alquila al Inquilino la vivienda ubicada en [dirección de la vivienda], incluyendo [estacionamiento, almacenamiento y electrodomésticos incluidos].
3. Plazo. El contrato de arrendamiento comienza el [fecha de inicio] y termina el [fecha de terminación]. [Si en cambio es mes a mes: el arrendamiento continúa mes a mes hasta que cualquiera de las partes dé el aviso por escrito que exige la ley de California.]
4. Renta. La renta es de $[renta mensual] por mes, pagadera el día [día de vencimiento] de cada mes, mediante [forma de pago] a [dónde pagar].
5. Recargo por pago atrasado. Si la renta no se recibe antes del [día de pago atrasado], se aplicará un recargo por pago atrasado de $[recargo por pago atrasado] . Este recargo debe cumplir con la ley de California (Cal. Civ. Code § 1671(c)(2), (d)).
6. Depósito de seguridad. El Inquilino paga un depósito de seguridad de $[monto del depósito], dentro del límite de California (Cal. Civ. Code § 1950.5(c)(1), (c)(5)). El Arrendador lo devolverá, menos las deducciones legales con cualquier lista detallada que se exija, dentro del plazo que fija la ley de California (Cal. Civ. Code § 1950.5(h)(1)).
7. Servicios públicos. El Inquilino paga: [servicios públicos que paga el inquilino]. El Arrendador paga: [servicios públicos que paga el arrendador].
8. Ocupantes e invitados. Solo estas personas pueden vivir en la vivienda: [nombres de todos los ocupantes]. Los invitados pueden quedarse hasta [límite de invitados] a menos que el Arrendador acepte otra cosa por escrito.
9. Mascotas. [No se permiten mascotas / Se permiten mascotas: describa, más cualquier depósito o cargo por mascota]. Los animales de asistencia para personas con discapacidades no son mascotas y se rigen por la ley de vivienda justa.
10. Reparaciones y mantenimiento. El Arrendador mantiene la vivienda segura y habitable y hace las reparaciones que exige la ley. El Inquilino mantiene la vivienda limpia, informa los problemas por escrito sin demora y paga los daños que excedan el desgaste normal.
11. Entrada del Arrendador. El Arrendador puede entrar para hacer reparaciones, inspecciones o mostrar la vivienda después de dar el aviso que exige la ley de California (Cal. Civ. Code § 1954), salvo en una emergencia.
12. Subarrendamiento. El Inquilino no puede subarrendar ni ceder este contrato sin el consentimiento por escrito del Arrendador, el cual [será / no será] negado sin motivo razonable.
13. Terminación del contrato. Al final del plazo, [el contrato termina / el contrato se renueva mes a mes] a menos que cualquiera de las partes dé aviso por escrito con al menos [días de aviso] días de anticipación a la fecha de terminación, y nunca con menos anticipación de la que exige la ley de California.
14. Renta y concesiones indicadas por separado. (Redacte esta cláusula para cumplir con la ley de California: vea "Renta y concesiones indicadas por separado" arriba (Cal. Civ. Code § 1947.12(a)(1)).)
15. Opción de pago de renta que no sea en efectivo. (Redacte esta cláusula para cumplir con la ley de California: vea "Opción de pago de renta que no sea en efectivo" arriba (Cal. Civ. Code § 1947.3(a)-(b)).)
16. Las cláusulas de honorarios de abogado son recíprocas. (Redacte esta cláusula para cumplir con la ley de California: vea "Las cláusulas de honorarios de abogado son recíprocas" arriba (Cal. Civ. Code § 1717(a)).)
17. Los cargos por pago tardío deben ser una estimación previa razonable. (Redacte esta cláusula para cumplir con la ley de California: vea "Los cargos por pago tardío deben ser una estimación previa razonable" arriba (Cal. Civ. Code § 1671(c)(2), (d)).)
18. Divulgaciones adjuntas. El Arrendador ha entregado al Inquilino estas divulgaciones que exige la ley de California: Información del dueño, del administrador y del pago de la renta; Aviso sobre la base de datos de delincuentes sexuales (Megan's Law); Divulgación sobre riesgo de inundación; Aviso informativo sobre chinches; Áreas donde se prohíbe fumar; Aviso de límite de renta y causa justa (Tenant Protection Act); Aviso de exención para casas unifamiliares y condominios; Medidores de gas o electricidad compartidos; Aviso de control periódico de plagas; Permiso de demolición; Antiguo sitio de artefactos militares; Orden de descontaminación; Oferta de reporte positivo de pagos de renta. [Adjunte cada una.]
19. Pintura con plomo (viviendas construidas antes de 1978). Si la vivienda se construyó antes de 1978,, el Arrendador ha entregado al Inquilino la divulgación federal sobre pintura con base de plomo y el folleto de la EPA "Proteja a su familia contra el plomo en su hogar".
20. Acuerdo completo. Este contrato de arrendamiento y sus anexos constituyen el acuerdo completo. Si alguna parte no está permitida por la ley, el resto sigue vigente. Los cambios deben hacerse por escrito y ser firmados por ambas partes.
Arrendador: [nombre del arrendador] Firma: ____________ Fecha: [fecha de firma]
Inquilino: [nombre(s) del inquilino] Firma: ____________ Fecha: [fecha de firma]
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Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.