All Laws Decoded

Reglas de arrendador-inquilino de Santa Ana

Santa Ana agrega reglas locales además de la ley de Ley de arrendador-inquilino de California. Esto es lo que es diferente, con el código de la ciudad o la página de la agencia detrás de cada regla.

Estabilización de rentas (rent stabilization)La Rent Stabilization and Just Cause Eviction Ordinance de Santa Ana limita los aumentos anuales de renta a la cifra menor entre el 3% o el 80% del cambio de 12 meses en el CPI. Del 1 de septiembre de 2026 (9/1/2026) al 31 de agosto de 2027 (8/31/2027), el máximo es del 2.87% (fue del 2.42% para 2025-26 y del 3.00% para 2024-25). Solo se permite un aumento en cualquier período de 12 meses. Un aumento no puede entrar en vigor a menos que la unidad esté registrada correctamente, la propiedad cumpla con los códigos de la Ciudad, las reparaciones estén hechas y el inquilino (tenant) haya recibido el aviso por escrito de sus derechos bajo la ordenanza. El límite se aplica a los edificios residenciales construidos el 1 de febrero de 1995 (2/1/1995) o antes y a los parques de casas móviles establecidos antes de 1990. No se aplica a las unidades exentas bajo la ley estatal. Los arrendadores (landlords) pueden pedir un aumento para obtener un rendimiento justo (fair return) o por mejoras de capital. Los inquilinos pueden presentar peticiones por un aumento excesivo, servicios reducidos, problemas de habitabilidad u otras infracciones.
Anuncio: https://santa-ana.gov/allowable-rent-increase-for-sept-1-2026-through-aug-31-2027/. El arrendador debe entregar el aviso por escrito de derechos en el idioma que se usó para negociar el arrendamiento.
Desalojo solo con causa justa (just-cause eviction)Después de que un inquilino (tenant) ha vivido 30 días en una unidad (en comparación con 12 meses bajo la ley estatal), el dueño solo puede terminar el arrendamiento por una causa justa (just cause) indicada claramente por escrito. Causas por culpa: falta de pago; incumplimiento grave del contrato; molestia (nuisance); negarse a firmar una renovación sustancialmente similar del contrato; actividad delictiva dirigida contra el dueño, su hogar u otros inquilinos; subarrendar en clara violación del contrato; negarse a permitir la entrada legal; y no mudarse después de haber dado aviso por escrito. Antes de entregar un aviso por culpa, el dueño debe primero dar un aviso por escrito de la infracción y un plazo claro para corregirla. Causas sin culpa (no-fault): mudanza del dueño o de un familiar cercano; retiro del mercado de alquiler por al menos 24 meses (con una declaración jurada del dueño presentada ante la Ciudad); cumplimiento de una orden del gobierno o de la corte; y demolición o remodelación sustancial.
Exentas de causa justa (con aprobación de la Ciudad mediante el Rental Registry): la vivienda construida en los últimos 15 años, la vivienda asequible con restricciones en la escritura, los hoteles y la ocupación transitoria, los hospitales y centros de cuidado, los dormitorios y ciertas viviendas compartidas.
Asistencia de reubicación (relocation assistance)En una terminación con causa justa sin culpa (no-fault), el dueño debe pagar asistencia de reubicación igual a tres meses de renta o perdonar la renta de los últimos tres meses del arrendamiento. La ley estatal solo exige un mes.
La página de la Ciudad no indicaba cuándo se debe hacer el pago.
Registro/inspección de viviendas de alquilerTodo arrendador (landlord) con unidades de alquiler en Santa Ana debe registrar cada unidad cada año mediante el Rental Registry en línea de la Ciudad, o solicitar formalmente una exención. Hasta que se apruebe una exención, la unidad se considera cubierta. Para el ciclo del 1 de julio de 2026 (7/1/2026) al 30 de junio de 2027 (6/30/2027), el registro abrió el 1 de junio de 2026 (6/1/2026) y vencía el 1 de julio de 2026. La cuota es de $100 por unidad hasta el 31 de julio de 2026 (7/31/2026), y sube a $104 el 1 de agosto. Las multas por retraso comienzan el 1 de octubre de 2026 (10/1/2026). Los arrendadores que se registran y pagan a tiempo pueden trasladar hasta el 50% de la cuota a los inquilinos (tenants) en 12 pagos mensuales iguales. No se debe cobrar a los inquilinos más de $50 al año por unidad.
Límite del traslado de la cuota: https://santa-ana.gov/departments/rent-stabilization/.
Habitabilidad/cumplimiento del código y línea de quejasCode Enforcement (Planning and Building Agency): (714) 667-2780. Los inquilinos (tenants) de unidades cubiertas también pueden presentar una Tenant Petition ante la Rent Stabilization Division para obtener una reducción de la renta cuando el arrendador (landlord) no mantiene la unidad habitable, incluidas las infracciones de los códigos de salud, seguridad, incendios o construcción.
Derecho del inquilino a un abogado (right to counsel)Santa Ana no tiene una ordenanza de derecho a abogado (right to counsel). La Rent Stabilization Division remite a los inquilinos a organizaciones comunitarias como Community Legal Aid SoCal, (714) 571-5200; Public Law Center, (714) 541-1010 ext. 303; y el Fair Housing Council of Orange County, (714) 569-0823. La División también ofrece mediación voluntaria entre arrendadores e inquilinos.
La Ciudad no recomienda ni respalda ningún bufete de abogados ni agencia en particular.

Los casos de desalojo en Santa Ana se atienden en: Superior Court of California, County of Orange (unlawful detainer, retención ilegal)

Agencias locales

Denunciar condiciones inseguras en Santa Ana

City of Santa Ana Planning and Building Agency, Code Enforcement Division — Denuncie infracciones de construcción, de mantenimiento de la propiedad u otras infracciones del código, incluidas las condiciones de alquiler inseguras, con el formulario de quejas en línea de la Code Enforcement Division en https://santa-ana.gov/submit-a-complaint-online/. Cada queja recibe un número de caso y se asigna a un inspector. Para un problema que está ocurriendo ahora, llame al (714) 667-2780; también puede dejar la información de su queja en esa línea las 24 horas del día. Teléfono: (714) 667-2780

Registro/inspección de alquileres: Se aplican dos programas. El Proactive Rental Enforcement Program (PREP, Ordinance No. 2898) es un programa sistemático de inspección de cumplimiento del código para propiedades residenciales de alquiler, financiado con un recargo de alquiler que se cobra a los dueños; las preguntas sobre la facturación se dirigen al (714) 647-5335. https://santa-ana.gov/prep-program/ Por separado, todos los arrendadores (landlords) deben registrar cada unidad de alquiler cada año en el Rental Registry de la ciudad (o solicitar una exención); para el ciclo del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027 (7/1/2026 a 6/30/2027), la fecha límite fue el 1 de julio de 2026 (7/1/2026). https://santa-ana.gov/rental-registry/

Preguntas frecuentes

¿Qué reglas de arrendador-inquilino agrega Santa Ana además de la ley de California?
Estabilización de rentas (rent stabilization): La Rent Stabilization and Just Cause Eviction Ordinance de Santa Ana limita los aumentos anuales de renta a la cifra menor entre el 3% o el 80% del cambio de 12 meses en el CPI. Del 1 de septiembre de 2026 (9/1/2026) al 31 de agosto de 2027 (8/31/2027), el máximo es del 2.87% (fue del 2.42% para 2025-26 y del 3.00% para 2024-25). Solo se permite un aumento en cualquier período de 12 meses. Un aumento no puede entrar en vigor a menos que la unidad esté registrada correctamente, la propiedad cumpla con los códigos de la Ciudad, las reparaciones estén hechas y el inquilino (tenant) haya recibido el aviso por escrito de sus derechos bajo la ordenanza. El límite se aplica a los edificios residenciales construidos el 1 de febrero de 1995 (2/1/1995) o antes y a los parques de casas móviles establecidos antes de 1990. No se aplica a las unidades exentas bajo la ley estatal. Los arrendadores (landlords) pueden pedir un aumento para obtener un rendimiento justo (fair return) o por mejoras de capital. Los inquilinos pueden presentar peticiones por un aumento excesivo, servicios reducidos, problemas de habitabilidad u otras infracciones.; Desalojo solo con causa justa (just-cause eviction): Después de que un inquilino (tenant) ha vivido 30 días en una unidad (en comparación con 12 meses bajo la ley estatal), el dueño solo puede terminar el arrendamiento por una causa justa (just cause) indicada claramente por escrito. Causas por culpa: falta de pago; incumplimiento grave del contrato; molestia (nuisance); negarse a firmar una renovación sustancialmente similar del contrato; actividad delictiva dirigida contra el dueño, su hogar u otros inquilinos; subarrendar en clara violación del contrato; negarse a permitir la entrada legal; y no mudarse después de haber dado aviso por escrito. Antes de entregar un aviso por culpa, el dueño debe primero dar un aviso por escrito de la infracción y un plazo claro para corregirla. Causas sin culpa (no-fault): mudanza del dueño o de un familiar cercano; retiro del mercado de alquiler por al menos 24 meses (con una declaración jurada del dueño presentada ante la Ciudad); cumplimiento de una orden del gobierno o de la corte; y demolición o remodelación sustancial.; Asistencia de reubicación (relocation assistance): En una terminación con causa justa sin culpa (no-fault), el dueño debe pagar asistencia de reubicación igual a tres meses de renta o perdonar la renta de los últimos tres meses del arrendamiento. La ley estatal solo exige un mes.; Registro/inspección de viviendas de alquiler: Todo arrendador (landlord) con unidades de alquiler en Santa Ana debe registrar cada unidad cada año mediante el Rental Registry en línea de la Ciudad, o solicitar formalmente una exención. Hasta que se apruebe una exención, la unidad se considera cubierta. Para el ciclo del 1 de julio de 2026 (7/1/2026) al 30 de junio de 2027 (6/30/2027), el registro abrió el 1 de junio de 2026 (6/1/2026) y vencía el 1 de julio de 2026. La cuota es de $100 por unidad hasta el 31 de julio de 2026 (7/31/2026), y sube a $104 el 1 de agosto. Las multas por retraso comienzan el 1 de octubre de 2026 (10/1/2026). Los arrendadores que se registran y pagan a tiempo pueden trasladar hasta el 50% de la cuota a los inquilinos (tenants) en 12 pagos mensuales iguales. No se debe cobrar a los inquilinos más de $50 al año por unidad.

← Todas las reglas de arrendador-inquilino de California

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.