Contrato de arrendamiento residencial de Colorado
Un modelo gratuito de contrato de arrendamiento de Colorado, además de lo que la ley de Colorado exige que un contrato incluya, adjunte o excluya — cada punto con su ley. Úselo como punto de partida; los arrendadores con situaciones poco comunes deben pedir a un abogado que revise el contrato final.
Divulgaciones que exige Colorado
| Nombre y dirección del arrendador o su agente | Un contrato de arrendamiento (lease) escrito debe indicar el nombre y la dirección del arrendador (landlord) o de su agente autorizado. Si el arrendador o el agente cambia, el nuevo arrendador o agente debe avisar a cada inquilino (tenant) por escrito o por medios electrónicos, o publicar la nueva identidad en un lugar visible de la propiedad, dentro de un día hábil. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial escritos Fuente: C.R.S. § 38-12-801(2) |
|---|---|
| Declaración sobre discriminación por fuente de ingresos | Un contrato de arrendamiento (lease) escrito debe incluir una declaración de que C.R.S. § 24-34-502(1) prohíbe la discriminación por fuente de ingresos (source of income) y exige que un arrendador (landlord) no exento acepte cualquier fuente de dinero legal y verificable pagada directa o indirectamente, o en nombre de una persona, incluidos los ingresos de cualquier ocupación legal y los ingresos o pagos de renta de cualquier programa de asistencia, subvención o préstamo, público o privado. Se aplica a: Contratos de arrendamiento escritos, excepto arrendadores con cinco o menos casas unifamiliares de alquiler y no más de cinco unidades de alquiler en total Fuente: C.R.S. § 38-12-801(2.5) |
| Divulgación sobre radón | Antes de firmar el contrato de arrendamiento (lease), el arrendador (landlord) debe darle al inquilino (tenant) una divulgación escrita, que el inquilino firma para confirmar que la recibió, con: una advertencia sobre el radón en negrita, sustancialmente en la forma que indica la ley; cualquier información que el arrendador conozca sobre el radón en la propiedad (si se hizo una prueba, los registros e informes de pruebas más recientes, los niveles de radón encontrados y cualquier mitigación, y los detalles de cualquier sistema de mitigación); y una copia del folleto actual sobre radón del departamento de salud del estado. Si el arrendador no da la divulgación, o no hace un esfuerzo razonable para mitigar dentro de 180 días después de que se le informe que un profesional midió 4 picocuries por litro o más, el inquilino puede anular el contrato y mudarse; desde el 1 de enero de 2026 (1/1/2026), este recurso no se aplica a contratos de un año o menos. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial (casas unifamiliares, apartamentos, condominios, casas adosadas, dúplex, casas prefabricadas y casas móviles) Fuente: C.R.S. § 38-12-803 |
| Historial de chinches si se pide | Un arrendador (landlord) no puede ofrecer en alquiler una unidad que sabe o sospecha razonablemente que tiene chinches (bed bugs). Si un posible inquilino (tenant) lo pide, el arrendador debe divulgar si, según su conocimiento, la unidad tuvo chinches en los ocho meses anteriores y, si un inquilino o posible inquilino lo pide, la última fecha en que se inspeccionó la unidad y se encontró libre de chinches. Se aplica a: Todos los alquileres residenciales (si se pide) Fuente: C.R.S. § 38-12-1005 |
| Cargos: precio total y cargos opcionales | Desde el 1 de enero de 2026 (1/1/2026), cuando un arrendador (landlord) anuncia u ofrece un alquiler, debe divulgar de forma clara y visible el precio total, incluidos todos los cargos obligatorios, y, para cualquier cargo que no forme parte del precio total, su naturaleza, si es reembolsable y quién lo recibe. Se aplica a: Ofertas y anuncios de alquiler residencial Fuente: C.R.S. § 6-1-737 (HB 25-1090) |
Términos que la ley de Colorado exige o regula
| Los cargos por pago tardío deben estar en el contrato | Un arrendador (landlord) no puede exigir el pago de un cargo por pago tardío (late fee) a menos que el cargo se divulgue en el contrato de alquiler (rental agreement). No se puede cobrar ningún cargo por pago tardío hasta que la renta tenga al menos 7 días calendario de atraso, y no puede superar $50 o el 5% de la renta vencida, lo que sea mayor. Un cargo por pago tardío no puede llamarse renta, y las condiciones del contrato que violen estas reglas son nulas. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial |
|---|---|
| Honorarios de abogado solo para la parte ganadora | Cualquier cláusula que traslade honorarios debe otorgar los honorarios de abogado a la parte ganadora en una disputa judicial sobre el contrato de arrendamiento (lease) o la unidad, después de que el tribunal determine que esa parte ganó y que los honorarios son razonables. Las cláusulas que favorecen a una sola parte son nulas. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial escritos |
| Plazo para devolver el depósito | El depósito de seguridad (security deposit) debe devolverse dentro de 30 días después de que termine el contrato de arrendamiento (lease) o de que el inquilino (tenant) entregue la unidad, lo que ocurra más tarde, a menos que el contrato fije un plazo más largo de no más de 60 días. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial |
| Límites del depósito y la renta por mascota | Un depósito de seguridad por mascota no puede superar $300 y debe ser reembolsable. La renta mensual por mascota no puede superar $35 o el 1.5% de la renta mensual, lo que sea mayor. Se aplica a: Contratos de arrendamiento residencial que permiten mascotas Fuente: C.R.S. § 38-12-106 |
Cláusulas que son nulas en Colorado
| Sanciones ligadas a avisos de desalojo | Un contrato de arrendamiento (lease) escrito no puede incluir una cláusula que imponga una sanción a una parte por un aviso de desalojo (eviction) o una acción de desalojo derivada de una violación del contrato. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial escritos Fuente: C.R.S. § 38-12-801(3)(a)(I) |
|---|---|
| Renuncia al juicio con jurado, demandas colectivas, buena fe, disfrute pacífico o mediación | Un contrato de arrendamiento (lease) escrito no puede renunciar a: el derecho a un juicio con jurado (salvo en una audiencia para determinar la posesión); el derecho a presentar o unirse a una demanda colectiva, conjunta o grupal; el pacto implícito de buena fe y trato justo; el pacto implícito de disfrute pacífico (quiet enjoyment) (el contrato puede decir que el arrendador (landlord) no es responsable de terceros fuera de su control razonable); o la mediación obligatoria previa al desalojo (eviction). Tampoco puede permitir que el arrendador recupere los costos de la mediación obligatoria. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial escritos |
| Sanciones por no avisar la no renovación | Un contrato de arrendamiento (lease) escrito no puede imponer un cargo, daños o una sanción por no avisar la no renovación antes de que termine el contrato, salvo las pérdidas reales del arrendador (landlord) por la falta de aviso. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial escritos Fuente: C.R.S. § 38-12-801(3)(a)(IV) |
| Llamar "renta" a cargos o servicios públicos | Un contrato de arrendamiento (lease) escrito no puede clasificar como "renta" ningún monto que no sea el pago mensual fijo por la ocupación (como cargos por servicios públicos o por servicios) para poder usar el desalojo (eviction) y otros recursos de cobro de renta respecto de ese monto. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial escritos Fuente: C.R.S. § 38-12-801(3)(a)(V) |
| Recargos sobre facturas de terceros y cargos abusivos | Un contrato de arrendamiento (lease) escrito no puede exigir que un inquilino (tenant) pague un recargo o cargo sobre un servicio que un tercero le factura al arrendador (landlord), salvo uno de estos: hasta el 2% de la factura, o hasta $10 al mes en total. Desde el 1 de enero de 2026 (1/1/2026), tampoco puede exigir un cargo que viole C.R.S. § 6-1-737, que prohíbe cobrar a los inquilinos por: servicios públicos por encima del cargo del proveedor; cargos que suban más del 2% durante un contrato de un año o menos (excepto servicios públicos); impuestos a la propiedad; procesamiento de pagos cuando no hay razonablemente disponible un método de pago gratuito; cargos por pago tardío sobre cualquier cosa que no sea la renta; cosas necesarias para cumplir los propios deberes del arrendador, incluida la habitabilidad; bienes o servicios que no se prestaron realmente; o el mantenimiento de áreas comunes. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial escritos |
| Desalojos de inquilinos con vales solo por servicios públicos | Un contrato de arrendamiento (lease) escrito no puede permitir que el proveedor de un programa de vales (voucher) o subsidios presente una acción de posesión basada solo en servicios públicos sin pagar. Se aplica a: Contratos de arrendamiento escritos de arrendamientos con vales o subsidios Fuente: C.R.S. § 38-12-801(3)(a)(VII) |
| Renuncia a derechos sobre el depósito; cargos por desgaste normal | Cualquier disposición del contrato de arrendamiento (lease) que renuncie a o modifique una disposición de la ley de depósitos de seguridad que proteja al inquilino (tenant) es nula. Desde el 1 de enero de 2026 (1/1/2026), también es nula una disposición que le cobre al inquilino reparaciones, limpieza u otros trabajos debidos al desgaste normal (normal wear and tear), o daños o defectos que existían antes del arrendamiento. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial |
| Renuncia a derechos de habitabilidad | Cualquier acuerdo que renuncie a o modifique un derecho, recurso, obligación o prohibición de la ley de garantía de habitabilidad (warranty of habitability) es nulo, incluida una cláusula del contrato que le cobre al inquilino (tenant) un costo, cargo o sanción por usar esos recursos. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial |
| Renuncia a las protecciones contra el desalojo sin causa justa | Una disposición del contrato de arrendamiento (lease) que intente renunciar a o modificar la ley de desalojo (eviction) con causa es nula. Se aplica a: Viviendas residenciales cubiertas por la ley de desalojo con causa Fuente: C.R.S. § 38-12-1305 |
| Renuncia a las protecciones para inquilinos inmigrantes | Cualquier renuncia de un inquilino (tenant) a los derechos de la Immigrant Tenant Protection Act es nula. Se aplica a: Todos los arrendamientos residenciales Fuente: C.R.S. § 38-12-1204(4) |
Reglas de formato y entrega
| Copia firmada para el inquilino dentro de 7 días | Si hay un contrato de arrendamiento (lease) escrito, el arrendador (landlord) debe darle al inquilino (tenant) una copia firmada por ambos a más tardar el séptimo día después de que el inquilino firme. Se permite una copia electrónica, a menos que el inquilino pida una en papel. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial escritos Fuente: C.R.S. § 38-12-801(1) |
|---|---|
| Advertencia sobre el radón en negrita | La advertencia sobre el radón debe estar en letra negrita y claramente legible, y el inquilino (tenant) debe firmar la divulgación para confirmar que la recibió. Se aplica a: Todos los contratos de arrendamiento residencial Fuente: C.R.S. § 38-12-803(2) |
| Recibos de renta | Un arrendador (landlord) debe dar un recibo en el momento de cualquier pago en persona en efectivo o con giro postal (money order), y para otros pagos dentro de 7 días si el inquilino (tenant) lo pide (a menos que otro registro ya muestre el monto, quién lo recibió y la fecha). Los recibos pueden ser electrónicos, a menos que el inquilino pida uno en papel. Se aplica a: Todos los arrendamientos residenciales Fuente: C.R.S. § 38-12-802 |
Llene el contrato de arrendamiento
Nada de lo que escriba sale de su navegador. Los elementos entre corchetes los debe completar usted; las cláusulas marcadas como exigidas por la ley de Colorado deben redactarse de modo que cumplan la regla indicada arriba.
1. Partes. Este contrato de arrendamiento es entre [nombre del arrendador] ("Arrendador") y [nombre(s) del inquilino] ("Inquilino"). Dirección del Arrendador para avisos: [dirección del arrendador para avisos].
2. Propiedad. El Arrendador alquila al Inquilino la vivienda ubicada en [dirección de la vivienda], incluyendo [estacionamiento, almacenamiento y electrodomésticos incluidos].
3. Plazo. El contrato de arrendamiento comienza el [fecha de inicio] y termina el [fecha de terminación]. [Si en cambio es mes a mes: el arrendamiento continúa mes a mes hasta que cualquiera de las partes dé el aviso por escrito que exige la ley de Colorado.]
4. Renta. La renta es de $[renta mensual] por mes, pagadera el día [día de vencimiento] de cada mes, mediante [forma de pago] a [dónde pagar].
5. Recargo por pago atrasado. Si la renta no se recibe antes del [día de pago atrasado], se aplicará un recargo por pago atrasado de $[recargo por pago atrasado] . Este recargo debe cumplir con la ley de Colorado (C.R.S. § 38-12-105).
6. Depósito de seguridad. El Inquilino paga un depósito de seguridad de $[monto del depósito], dentro del límite de Colorado (C.R.S. §§ 38-12-102.5, 38-12-106). El Arrendador lo devolverá, menos las deducciones legales con cualquier lista detallada que se exija, dentro del plazo que fija la ley de Colorado (C.R.S. § 38-12-103(1) (as amended by HB 25-1249)).
7. Servicios públicos. El Inquilino paga: [servicios públicos que paga el inquilino]. El Arrendador paga: [servicios públicos que paga el arrendador].
8. Ocupantes e invitados. Solo estas personas pueden vivir en la vivienda: [nombres de todos los ocupantes]. Los invitados pueden quedarse hasta [límite de invitados] a menos que el Arrendador acepte otra cosa por escrito.
9. Mascotas. [No se permiten mascotas / Se permiten mascotas: describa, más cualquier depósito o cargo por mascota]. Los animales de asistencia para personas con discapacidades no son mascotas y se rigen por la ley de vivienda justa.
10. Reparaciones y mantenimiento. El Arrendador mantiene la vivienda segura y habitable y hace las reparaciones que exige la ley. El Inquilino mantiene la vivienda limpia, informa los problemas por escrito sin demora y paga los daños que excedan el desgaste normal.
11. Entrada del Arrendador. El Arrendador puede entrar para hacer reparaciones, inspecciones o mostrar la vivienda después de dar el aviso que exige la ley de Colorado (C.R.S. § 38-12-503(6)), salvo en una emergencia.
12. Subarrendamiento. El Inquilino no puede subarrendar ni ceder este contrato sin el consentimiento por escrito del Arrendador, el cual [será / no será] negado sin motivo razonable.
13. Terminación del contrato. Al final del plazo, [el contrato termina / el contrato se renueva mes a mes] a menos que cualquiera de las partes dé aviso por escrito con al menos [días de aviso] días de anticipación a la fecha de terminación, y nunca con menos anticipación de la que exige la ley de Colorado.
14. Los cargos por pago tardío deben estar en el contrato. (Redacte esta cláusula para cumplir con la ley de Colorado: vea "Los cargos por pago tardío deben estar en el contrato" arriba (C.R.S. § 38-12-105(1)(a)-(c), (2), (7)).)
15. Honorarios de abogado solo para la parte ganadora. (Redacte esta cláusula para cumplir con la ley de Colorado: vea "Honorarios de abogado solo para la parte ganadora" arriba (C.R.S. § 38-12-801(3)(a)(II), (3)(b)).)
16. Plazo para devolver el depósito. (Redacte esta cláusula para cumplir con la ley de Colorado: vea "Plazo para devolver el depósito" arriba (C.R.S. § 38-12-103(1)(a) (as amended by HB 25-1249, effective January 1, 2026)).)
17. Límites del depósito y la renta por mascota. (Redacte esta cláusula para cumplir con la ley de Colorado: vea "Límites del depósito y la renta por mascota" arriba (C.R.S. § 38-12-106).)
18. Divulgaciones adjuntas. El Arrendador ha entregado al Inquilino estas divulgaciones que exige la ley de Colorado: Nombre y dirección del arrendador o su agente; Declaración sobre discriminación por fuente de ingresos; Divulgación sobre radón; Historial de chinches si se pide; Cargos: precio total y cargos opcionales. [Adjunte cada una.]
19. Pintura con plomo (viviendas construidas antes de 1978). Si la vivienda se construyó antes de 1978,, el Arrendador ha entregado al Inquilino la divulgación federal sobre pintura con base de plomo y el folleto de la EPA "Proteja a su familia contra el plomo en su hogar".
20. Acuerdo completo. Este contrato de arrendamiento y sus anexos constituyen el acuerdo completo. Si alguna parte no está permitida por la ley, el resto sigue vigente. Los cambios deben hacerse por escrito y ser firmados por ambas partes.
Arrendador: [nombre del arrendador] Firma: ____________ Fecha: [fecha de firma]
Inquilino: [nombre(s) del inquilino] Firma: ____________ Fecha: [fecha de firma]
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Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.