Pagaré en Louisiana
Una promesa por escrito de pagar un préstamo personal, con el monto, los intereses y el calendario de pagos. Los estados limitan cuánto interés puede cobrar un prestamista; revise abajo las reglas de su estado antes de fijar la tasa.
Lo que dice la ley de Louisiana
| Tasa de interés máxima (límite de usura) | El interés convencional (acordado) no puede exceder el 12% anual y debe fijarse por escrito; no puede probarse mediante testimonio (R.S. 9:3500(C)(1)). El interés pagado por encima de esa tasa puede reclamarse y recuperarse dentro de los dos años posteriores al pago (R.S. 9:3500(C)(2)). El 'Legal interest' (interés legal) sobre sumas que son objeto de una demanda es la tasa de interés judicial fijada en R.S. 13:4202 (R.S. 9:3500(B)). El límite del 12% no se aplica a los préstamos otorgados para fines comerciales o de negocios (R.S. 9:3500(D)). No se leyó para esta entrada la tasa anual de interés judicial conforme a R.S. 13:4202; las transacciones de crédito al consumidor se rigen por la Louisiana Consumer Credit Law. Fuente: La. R.S. 9:3500 |
|---|---|
| Plazo para demandar por un contrato escrito | 10 años para la mayoría de los reclamos por contrato ('personal actions', acciones personales), sea el contrato escrito o verbal, a menos que se aplique un plazo más corto. Las deudas por dinero prestado y por cuentas abiertas tienen un plazo más corto de 3 años. Louisiana llama a los plazos de prescripción 'liberative prescription' (prescripción liberatoria). Art. 3494: https://legis.la.gov/Legis/Law.aspx?d=110518 Fuente: La. C.C. art. 3499; art. 3494 |
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PAGARÉ
Monto: $[monto principal] Fecha: [fecha] Lugar: [ciudad, estado]
Por el valor recibido, [nombre del prestatario], de [dirección del prestatario] ("Prestatario"), promete pagar a [nombre del prestamista], de [dirección del prestamista] ("Prestamista"), la suma de $[monto principal], con intereses a una tasa del [tasa]% anual.
Pagos: [p. ej., $[monto] al mes a partir del [fecha] hasta pagar la totalidad / un solo pago de la cantidad total el [fecha de vencimiento]].
Pago atrasado: [recargo por pago atrasado o 'ninguno']. Pago anticipado: el Prestatario puede pagar por adelantado la totalidad o una parte en cualquier momento sin penalidad.
Si el Prestatario no realiza un pago durante [número] días, el Prestamista puede [declarar vencido el saldo total].
Firma del prestatario: ____________________ Fecha: [fecha]
[Firma del codeudor, si lo hay] [Reconocimiento ante notario, si decide usar uno]
Pagaré para otros estados · Derechos del inquilino en Louisiana
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.