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Protecciones para la deuda médica en New York

Protecciones estatales para la deuda médica en New York, incluidos los informes de crédito y los límites al cobro.

Respuesta corta: Sí. Las agencias de informes de crédito no pueden reportar ni conservar deudas médicas en el expediente de un consumidor. N.Y. Gen. Bus. Law § 380-j(a)(3); CPLR 213-d; CPLR 5231(b)

Protecciones contra deudas médicasSí. Las agencias de informes de crédito no pueden reportar ni conservar deudas médicas en el expediente de un consumidor. Los hospitales y los profesionales de la salud con licencia deben demandar dentro de los 3 años después del tratamiento, y no se permiten ejecuciones sobre los ingresos (embargo de salario, wage garnishment) en las acciones por deudas médicas que presentan.

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Preguntas frecuentes

¿Qué protecciones se aplican a la deuda médica en New York?
Sí. Las agencias de informes de crédito no pueden reportar ni conservar deudas médicas en el expediente de un consumidor. Los hospitales y los profesionales de la salud con licencia deben demandar dentro de los 3 años después del tratamiento, y no se permiten ejecuciones sobre los ingresos (embargo de salario, wage garnishment) en las acciones por deudas médicas que presentan.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.