Protecciones para la deuda médica en New York
Protecciones estatales para la deuda médica en New York, incluidos los informes de crédito y los límites al cobro.
Respuesta corta: Sí. Las agencias de informes de crédito no pueden reportar ni conservar deudas médicas en el expediente de un consumidor. N.Y. Gen. Bus. Law § 380-j(a)(3); CPLR 213-d; CPLR 5231(b)
| Protecciones contra deudas médicas | Sí. Las agencias de informes de crédito no pueden reportar ni conservar deudas médicas en el expediente de un consumidor. Los hospitales y los profesionales de la salud con licencia deben demandar dentro de los 3 años después del tratamiento, y no se permiten ejecuciones sobre los ingresos (embargo de salario, wage garnishment) en las acciones por deudas médicas que presentan. |
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Dónde obtener ayuda en New York
- New York State Office of the Attorney General, Bureau of Consumer Frauds and Protection
- Presentar una queja o un reclamo
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Preguntas frecuentes
¿Qué protecciones se aplican a la deuda médica en New York?
Sí. Las agencias de informes de crédito no pueden reportar ni conservar deudas médicas en el expediente de un consumidor. Los hospitales y los profesionales de la salud con licencia deben demandar dentro de los 3 años después del tratamiento, y no se permiten ejecuciones sobre los ingresos (embargo de salario, wage garnishment) en las acciones por deudas médicas que presentan.
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.