La exención de la vivienda (homestead) en Ohio
Quién califica para la exención de la vivienda (homestead) del impuesto a la propiedad de Ohio, cuánto ahorra y cómo y cuándo solicitarla.
Respuesta corta: Toda vivienda familiar (homestead) ocupada por su dueño (y toda vivienda prefabricada o casa móvil que califique) recibe la reducción por ocupación del dueño (owner-occupancy reduction): el 2.5% de los impuestos impuestos por los gravámenes que califican. Ohio Rev. Code §§ 323.152(B), 323.151(A)
| Exención de la vivienda (homestead) | Toda vivienda familiar (homestead) ocupada por su dueño (y toda vivienda prefabricada o casa móvil que califique) recibe la reducción por ocupación del dueño (owner-occupancy reduction): el 2.5% de los impuestos impuestos por los gravámenes que califican. La junta de comisionados de un condado puede, mediante resolución, autorizar una exención parcial adicional de hasta el 2.5% sobre la misma propiedad sin una solicitud aparte. La "homestead exemption" (exención de vivienda familiar) aparte y más grande se limita a dueños de 65 años o más, con discapacidad permanente y total, veteranos discapacitados o ciertos cónyuges sobrevivientes (vea los campos de personas mayores, veteranos y discapacidad). Una vivienda familiar es una vivienda que una persona con domicilio en Ohio posee y ocupa como hogar. Definición de vivienda familiar: https://codes.ohio.gov/ohio-revised-code/section-323.151 |
|---|---|
| Cómo solicitar | El dueño presenta una solicitud ante el auditor del condado (county auditor) donde está ubicada la vivienda familiar (homestead) (los ocupantes de una cooperativa de vivienda la presentan ante la corporación sin fines de lucro de la cooperativa, que la entrega al auditor). Una solicitud aprobada es una solicitud continua para cada año en que la vivienda siga siendo la vivienda familiar del solicitante; cada enero, el auditor envía una solicitud continua para reportar cambios, que no necesita devolverse si nada afecta la elegibilidad o el monto. Un dueño que deje de calificar debe notificar al auditor del condado. La reducción por ocupación del dueño conforme a una resolución del condado no requiere una solicitud aparte. |
| Fecha límite de solicitud | Para bienes inmuebles, la solicitud de vivienda familiar (homestead) debe presentarse a más tardar el 31 de diciembre del año para el que se pide la reducción; para viviendas prefabricadas, se presenta en el año anterior al año de la reducción. Se puede presentar una solicitud tardía para el año tributario anterior junto con la solicitud original, y si el auditor la confirma, la reducción se reembolsa como pago en exceso. Fuente: Ohio Rev. Code § 323.153 |
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la exención de la vivienda (homestead) en Ohio?
Toda vivienda familiar (homestead) ocupada por su dueño (y toda vivienda prefabricada o casa móvil que califique) recibe la reducción por ocupación del dueño (owner-occupancy reduction): el 2.5% de los impuestos impuestos por los gravámenes que califican. La junta de comisionados de un condado puede, mediante resolución, autorizar una exención parcial adicional de hasta el 2.5% sobre la misma propiedad sin una solicitud aparte. La "homestead exemption" (exención de vivienda familiar) aparte y más grande se limita a dueños de 65 años o más, con discapacidad permanente y total, veteranos discapacitados o ciertos cónyuges sobrevivientes (vea los campos de personas mayores, veteranos y discapacidad). Una vivienda familiar es una vivienda que una persona con domicilio en Ohio posee y ocupa como hogar.
¿Cómo se solicita una exención de la vivienda (homestead) en Ohio?
El dueño presenta una solicitud ante el auditor del condado (county auditor) donde está ubicada la vivienda familiar (homestead) (los ocupantes de una cooperativa de vivienda la presentan ante la corporación sin fines de lucro de la cooperativa, que la entrega al auditor). Una solicitud aprobada es una solicitud continua para cada año en que la vivienda siga siendo la vivienda familiar del solicitante; cada enero, el auditor envía una solicitud continua para reportar cambios, que no necesita devolverse si nada afecta la elegibilidad o el monto. Un dueño que deje de calificar debe notificar al auditor del condado. La reducción por ocupación del dueño conforme a una resolución del condado no requiere una solicitud aparte.
¿Cuál es la fecha límite para solicitar la exención de la vivienda (homestead) en Ohio?
Para bienes inmuebles, la solicitud de vivienda familiar (homestead) debe presentarse a más tardar el 31 de diciembre del año para el que se pide la reducción; para viviendas prefabricadas, se presenta en el año anterior al año de la reducción. Se puede presentar una solicitud tardía para el año tributario anterior junto con la solicitud original, y si el auditor la confirma, la reducción se reembolsa como pago en exceso.
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.