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Cómo funciona la ejecución hipotecaria en Oklahoma

Si Oklahoma ejecuta la hipoteca por la vía judicial o mediante poder de venta, los avisos requeridos, los plazos establecidos por ley y cómo ponerse al día antes de la venta.

Respuesta corta: Ambos. Las hipotecas en Oklahoma pueden someterse a ejecución hipotecaria (foreclosure) a través de los tribunales (ejecución hipotecaria judicial) o, si la hipoteca otorga un poder de venta (power of sale) con el lenguaje requerido en negrita y subrayado, mediante una venta con poder… 46 O.S. §§ 43, 49

Judicial o extrajudicialAmbos. Las hipotecas en Oklahoma pueden someterse a ejecución hipotecaria (foreclosure) a través de los tribunales (ejecución hipotecaria judicial) o, si la hipoteca otorga un poder de venta (power of sale) con el lenguaje requerido en negrita y subrayado, mediante una venta con poder de venta (no judicial) conforme a 46 O.S. §§ 40 y siguientes. Para una vivienda familiar protegida (homestead), el propietario puede obligar al prestamista a usar la ejecución hipotecaria judicial enviándole un aviso por escrito por correo certificado, al menos 10 días antes de la venta programada, de que la propiedad es su vivienda familiar protegida y de que elige la ejecución hipotecaria judicial, y registrando una copia ante el secretario del condado (county clerk). El prestamista también puede detener un procedimiento con poder de venta en cualquier momento antes de la venta y cambiar a una ejecución hipotecaria judicial.
Ninguna página oficial revisada indica cuál método es el más común.
Avisos requeridosPara una ejecución hipotecaria (foreclosure) con poder de venta (power of sale): (1) el prestamista primero debe enviar por correo certificado un aviso por escrito de la intención de ejecutar la hipoteca, que indique el incumplimiento, la cantidad o la acción necesaria para subsanarlo, y que el propietario tiene 35 días a partir de la fecha de envío del aviso para subsanarlo; (2) luego se debe entregar personalmente al propietario un aviso de venta por escrito al menos 30 días antes de la venta (se permite la publicación si no se puede hacer la entrega personal después de actuar con la debida diligencia); (3) el aviso de venta debe publicarse en un periódico legal del condado al menos un día por semana durante cuatro semanas consecutivas, con la primera publicación al menos 30 días antes de la venta; y (4) el aviso debe registrarse ante el secretario del condado. El aviso de venta debe explicar el derecho de redención, el derecho del propietario de una vivienda familiar protegida (homestead) a elegir la ejecución hipotecaria judicial y su derecho a elegir que no se dicte una sentencia por deficiencia (deficiency judgment).
Plazos establecidos por leyMínimos establecidos por la ley para una ejecución hipotecaria (foreclosure) con poder de venta (power of sale): un período de 35 días para subsanar después de enviado el aviso de intención de ejecutar la hipoteca (el aviso de venta no puede darse ni registrarse hasta que se cumpla este requisito), luego la entrega personal del aviso de venta al menos 30 días antes de la venta, con publicación en el periódico durante cuatro semanas consecutivas a partir de al menos 30 días antes de la venta.
Derecho a ponerse al día (reinstalación)Sí, para ejecuciones hipotecarias (foreclosures) con poder de venta (power of sale). El aviso de intención de ejecutar la hipoteca debe informar al propietario de su derecho a subsanar el incumplimiento dentro de los 35 días a partir de la fecha de envío del aviso y así restablecer la hipoteca. El propietario de una vivienda familiar protegida (homestead) que haya incumplido más de cuatro veces en 24 meses después de recibir esos avisos (más de tres veces en el caso de un propietario de una propiedad que no es vivienda familiar protegida) no tiene derecho a otro aviso. El propietario también puede redimir la propiedad pagando todo el capital, los intereses y demás sumas garantizadas por la hipoteca antes de que se entregue la escritura después de la venta.

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Preguntas frecuentes

¿Oklahoma es un estado de ejecución hipotecaria judicial o extrajudicial?
Ambos. Las hipotecas en Oklahoma pueden someterse a ejecución hipotecaria (foreclosure) a través de los tribunales (ejecución hipotecaria judicial) o, si la hipoteca otorga un poder de venta (power of sale) con el lenguaje requerido en negrita y subrayado, mediante una venta con poder de venta (no judicial) conforme a 46 O.S. §§ 40 y siguientes. Para una vivienda familiar protegida (homestead), el propietario puede obligar al prestamista a usar la ejecución hipotecaria judicial enviándole un aviso por escrito por correo certificado, al menos 10 días antes de la venta programada, de que la propiedad es su vivienda familiar protegida y de que elige la ejecución hipotecaria judicial, y registrando una copia ante el secretario del condado (county clerk). El prestamista también puede detener un procedimiento con poder de venta en cualquier momento antes de la venta y cambiar a una ejecución hipotecaria judicial.
¿Qué aviso se requiere antes de una venta por ejecución hipotecaria en Oklahoma?
Para una ejecución hipotecaria (foreclosure) con poder de venta (power of sale): (1) el prestamista primero debe enviar por correo certificado un aviso por escrito de la intención de ejecutar la hipoteca, que indique el incumplimiento, la cantidad o la acción necesaria para subsanarlo, y que el propietario tiene 35 días a partir de la fecha de envío del aviso para subsanarlo; (2) luego se debe entregar personalmente al propietario un aviso de venta por escrito al menos 30 días antes de la venta (se permite la publicación si no se puede hacer la entrega personal después de actuar con la debida diligencia); (3) el aviso de venta debe publicarse en un periódico legal del condado al menos un día por semana durante cuatro semanas consecutivas, con la primera publicación al menos 30 días antes de la venta; y (4) el aviso debe registrarse ante el secretario del condado. El aviso de venta debe explicar el derecho de redención, el derecho del propietario de una vivienda familiar protegida (homestead) a elegir la ejecución hipotecaria judicial y su derecho a elegir que no se dicte una sentencia por deficiencia (deficiency judgment).
¿Cuánto tarda una ejecución hipotecaria en Oklahoma?
Mínimos establecidos por la ley para una ejecución hipotecaria (foreclosure) con poder de venta (power of sale): un período de 35 días para subsanar después de enviado el aviso de intención de ejecutar la hipoteca (el aviso de venta no puede darse ni registrarse hasta que se cumpla este requisito), luego la entrega personal del aviso de venta al menos 30 días antes de la venta, con publicación en el periódico durante cuatro semanas consecutivas a partir de al menos 30 días antes de la venta.
¿Puede detener una ejecución hipotecaria poniéndose al día con los pagos en Oklahoma?
Sí, para ejecuciones hipotecarias (foreclosures) con poder de venta (power of sale). El aviso de intención de ejecutar la hipoteca debe informar al propietario de su derecho a subsanar el incumplimiento dentro de los 35 días a partir de la fecha de envío del aviso y así restablecer la hipoteca. El propietario de una vivienda familiar protegida (homestead) que haya incumplido más de cuatro veces en 24 meses después de recibir esos avisos (más de tres veces en el caso de un propietario de una propiedad que no es vivienda familiar protegida) no tiene derecho a otro aviso. El propietario también puede redimir la propiedad pagando todo el capital, los intereses y demás sumas garantizadas por la hipoteca antes de que se entregue la escritura después de la venta.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.