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Despido injustificado en Alaska

Alaska es, por lo general, un estado de empleo a voluntad, pero algunos despidos son ilegales. Estas son las excepciones, las protecciones contra represalias y dónde presentar un reclamo.

Respuesta corta: La ley estatal prohíbe despedir o discriminar a un empleado por presentar una queja sobre salarios y horas, iniciar un procedimiento o testificar en él, o por preguntar sobre la licencia por enfermedad pagada (paid sick leave), solicitarla o usarla. AS 23.10.135(6); 8 AAC 15.115; AS 18.80.220

Protección a denunciantes y contra represaliasLa ley estatal prohíbe despedir o discriminar a un empleado por presentar una queja sobre salarios y horas, iniciar un procedimiento o testificar en él, o por preguntar sobre la licencia por enfermedad pagada (paid sick leave), solicitarla o usarla. La Alaska Human Rights Law también prohíbe las represalias (retaliation) por oponerse a la discriminación.
Quejas por discriminación laboralAlaska State Commission for Human Rights. La ley estatal cubre a los empleadores con uno o más empleados en Alaska (se excluyen algunas organizaciones sin fines de lucro sociales, fraternales, benéficas, educativas y religiosas). Usted debe comunicarse con la Comisión dentro de los 300 días siguientes al acto discriminatorio. Las quejas se pueden presentar en línea o por teléfono al 907-274-4692.

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Preguntas frecuentes

¿Es ilegal despedir a alguien por denunciar una infracción en Alaska?
La ley estatal prohíbe despedir o discriminar a un empleado por presentar una queja sobre salarios y horas, iniciar un procedimiento o testificar en él, o por preguntar sobre la licencia por enfermedad pagada (paid sick leave), solicitarla o usarla. La Alaska Human Rights Law también prohíbe las represalias (retaliation) por oponerse a la discriminación.
¿Dónde presento una queja por discriminación laboral en Alaska?
Alaska State Commission for Human Rights. La ley estatal cubre a los empleadores con uno o más empleados en Alaska (se excluyen algunas organizaciones sin fines de lucro sociales, fraternales, benéficas, educativas y religiosas). Usted debe comunicarse con la Comisión dentro de los 300 días siguientes al acto discriminatorio. Las quejas se pueden presentar en línea o por teléfono al 907-274-4692.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.