Sucesión y registro de escrituras en Miami-Dade County (Miami), Florida
Dónde presentar un testamento o abrir una sucesión, y dónde registrar una escritura, en Miami-Dade County (Miami) — con las reglas estatales que se aplican.
Corte de sucesiones
Miami-Dade County Clerk of the Court and Comptroller - Probate Court
Registro de escrituras
Miami-Dade County Clerk of the Court and Comptroller - Official Records (Recording)
Tarifa de registro: La mayoría de los documentos: $10 la primera página y $8.50 por cada página adicional (Lis Pendens: $5 la primera página, $4 por cada página adicional) Lista de tarifas
Reglas de Florida que se aplican
| Declaración jurada de herencia pequeña | Florida no tiene una declaración jurada general para patrimonios pequeños (small estate affidavit). Existen dos opciones limitadas: (1) un banco puede pagar a un familiar hasta $2,000 en total de cuentas de depósito o certificados de depósito (CDs) a nombre exclusivo del difunto sin designación de pago al fallecer ni de sobreviviente, no antes de 6 meses después de la muerte, con una declaración jurada más un certificado de defunción certificado; (2) 'disposición sin administración' ('disposition without administration'): si el patrimonio consiste solo en bienes muebles exentos más otros bienes muebles que no valen más que los gastos funerarios preferentes y los gastos médicos y hospitalarios recientes, el tribunal puede autorizar la transferencia mediante carta sin una sucesión (probate) completa. Ninguna de las opciones cubre bienes inmuebles. Fuente: Fla. Stat. §§ 735.301, 735.303 |
|---|---|
| Pasos de la sucesión | Administración formal: presente una petición de administración y deposite el testamento (will) original con el secretario del circuit court; el tribunal emite las cartas de administración (letters of administration) al representante personal; el representante personal notifica el aviso de administración a las personas interesadas, publica un aviso a los acreedores una vez por semana durante 2 semanas consecutivas y lo notifica a los acreedores conocidos o razonablemente identificables; presenta un inventario verificado de los bienes del patrimonio; paga las reclamaciones, gastos e impuestos válidos; luego presenta una rendición de cuentas final y una petición de liberación, y el tribunal dicta una orden de liberación. |
| Cómo firmar y registrar una escritura | Una escritura (deed) debe constar por escrito y estar firmada por el otorgante en presencia de dos testigos firmantes (se permite la presencia de testigos por tecnología de audio y video donde la ley lo permite). Para registrarse, la firma del otorgante debe reconocerse ante un notario público u otro funcionario autorizado. El secretario de registro exige el nombre de cada firmante y testigo impreso debajo de la firma con una dirección postal, el nombre y la dirección del beneficiario, y el nombre y la dirección de la persona que preparó la escritura. Las escrituras se registran con el Clerk of the Circuit Court del condado donde se encuentra el terreno. Se aplica el impuesto de timbre documental (documentary stamp tax) a razón de 70 centavos por cada $100 de contraprestación. Miami-Dade County usa una tasa diferente de timbre documental para algunos bienes. |
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Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.