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Leyes de difamación en Arizona

Cuánto tiempo tiene para demandar por difamación escrita o verbal (libel o slander) en Arizona, y las reglas de retractación, según el código estatal.

Respuesta corta: En Arizona usted debe demandar dentro de un año después de que surge la causa de acción por los daños causados al carácter o la reputación de una persona mediante difamación escrita (libel) o difamación verbal (slander). Ariz. Rev. Stat. § 12-541(1)

Plazo para demandar por difamación (libel y slander)En Arizona usted debe demandar dentro de un año después de que surge la causa de acción por los daños causados al carácter o la reputación de una persona mediante difamación escrita (libel) o difamación verbal (slander). El mismo plazo de un año se aplica tanto a la difamación escrita como a la verbal.
Reglas de retractación (corrección)Arizona tiene una ley de corrección (retractación (retraction)) para la difamación escrita (libel) en un periódico o revista y la difamación verbal (slander) en radio o TV. Para recuperar más que los daños especiales (daños monetarios comprobables), el demandante debe entregar un aviso por escrito al editor o a la emisora dentro de los 20 días después de enterarse de la declaración, identificando las declaraciones y exigiendo una corrección, a menos que el demandante pruebe malicia real (actual malice). Si el medio no publica o transmite una corrección sustancialmente tan visible como la original, en una edición o transmisión regular dentro de las tres semanas después de la entrega del aviso, el demandante puede recuperar daños generales, especiales y ejemplares (exemplary damages); los daños ejemplares aún requieren prueba de malicia real.
Corrección: https://www.azleg.gov/ars/12/00653-03.htm.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene para demandar por difamación en Arizona?
En Arizona usted debe demandar dentro de un año después de que surge la causa de acción por los daños causados al carácter o la reputación de una persona mediante difamación escrita (libel) o difamación verbal (slander). El mismo plazo de un año se aplica tanto a la difamación escrita como a la verbal.
¿Tiene Arizona una ley de retractación por difamación?
Arizona tiene una ley de corrección (retractación (retraction)) para la difamación escrita (libel) en un periódico o revista y la difamación verbal (slander) en radio o TV. Para recuperar más que los daños especiales (daños monetarios comprobables), el demandante debe entregar un aviso por escrito al editor o a la emisora dentro de los 20 días después de enterarse de la declaración, identificando las declaraciones y exigiendo una corrección, a menos que el demandante pruebe malicia real (actual malice). Si el medio no publica o transmite una corrección sustancialmente tan visible como la original, en una edición o transmisión regular dentro de las tres semanas después de la entrega del aviso, el demandante puede recuperar daños generales, especiales y ejemplares (exemplary damages); los daños ejemplares aún requieren prueba de malicia real.

Última verificación con fuentes oficiales: 27 de octubre de 2026.

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