¿Puedo demandar a mi arrendador en New Mexico?
Sí — en muchas situaciones. Estos son los reclamos principales que presentan los inquilinos de New Mexico, lo que la ley le permite recuperar y dónde presentarlos. Cada regla enlaza con la ley o la fuente oficial. La mayoría de los reclamos por debajo del límite de reclamos menores pueden presentarse sin abogado.
Antes de demandar
- Anote lo que pasó, con fechas, y guarde fotos, mensajes de texto, correos electrónicos y recibos.
- Envíe a su arrendador una carta de reclamo por escrito (modelos a continuación) y dé un plazo razonable.
- Verifique el plazo para demandar y el límite en dólares de la corte (a continuación).
- Si el monto supera el límite de reclamos menores, o si enfrenta un desalojo, hable primero con un abogado o con asistencia legal gratuita.
No le devolvieron su depósito de seguridad
| Multa por retención | Si no se entrega el estado de cuenta de 30 días: el dueño pierde el derecho a retener cualquier parte del depósito, a presentar una contrademanda en una demanda para recuperarlo y a demandar por separado por daños a la propiedad, y debe pagar las costas judiciales y los honorarios de abogado razonables del residente. Retención de mala fe: una multa civil adicional de $250 pagadera al residente. Vea Garcia v. Thong, 1995-NMSC-030 (anotación en la página oficial). Fuente: NMSA 1978, § 47-8-18(D)-(E) |
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| Plazo para devolver el depósito | Dentro de los 30 días del fin del contrato de arrendamiento o de la salida del residente (resident), lo que ocurra después El dueño cumple enviando el estado de cuenta y cualquier pago por correo a la última dirección conocida del residente. Fuente: NMSA 1978, § 47-8-18(C) |
Carta gratuita de reclamo del depósito de seguridad en New Mexico
Lo dejaron sin acceso a su vivienda o le cortaron los servicios públicos
| Cierres de acceso y cortes de servicios públicos | Sin una orden judicial, un dueño no puede excluir ni sacar a un residente (resident) mediante fraude, cambiando o bloqueando las cerraduras, bloqueando las entradas, interfiriendo con los servicios públicos o servicios, sacando las pertenencias, desactivando los electrodomésticos o haciendo que la unidad sea inaccesible o inhabitable. El residente puede reducir el 100% de la renta por cada día afectado, recuperar una multa civil de 2 veces la renta mensual, recuperar la posesión o terminar el contrato, y obtener daños. El dueño no está obligado a pagar las facturas de servicios públicos que el residente no pagó. No hay gravamen del arrendador (landlord) sobre los bienes del inquilino (§ 47-8-36.1). |
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Su arrendador tomó represalias después de que usted se quejó
| Represalias del arrendador | Un dueño no puede aumentar la renta, reducir servicios, ni presentar o amenazar con un caso de desalojo (eviction) contra un residente que cumple el contrato de arrendamiento (lease) porque, dentro de los seis meses anteriores, el residente se quejó ante una agencia de códigos de construcción o vivienda, organizó o se unió a un sindicato o asociación de residentes, actuó de buena fe para ejercer derechos bajo la Act (incluida una solicitud de reparación por escrito), presentó una queja de vivienda justa, ganó o tiene pendiente una demanda contra el dueño sobre la residencia, testificó a favor de otro residente, o redujo legalmente la renta. El residente puede recuperar dos veces la renta mensual más honorarios de abogado, y la infracción es una defensa contra el desalojo. El dueño todavía puede aumentar la renta o cambiar los servicios con el aviso adecuado al final del plazo (o según lo permita el contrato de arrendamiento (lease)) si el cambio es uniforme y coherente con otras unidades similares y no está dirigido al residente en particular. |
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Su arrendador no hace las reparaciones
| Reparar y deducir | No hay un recurso legal de reparar y descontar (repair-and-deduct) (los recursos de la UORRA son la reducción de la renta, la terminación, los daños y las órdenes judiciales). Afirmación basada en los recursos enumerados en las §§ 47-8-27.1 y 47-8-27.2; ninguna sección que autorice reparar y descontar aparece en el índice del Article 8. |
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| Retención de la renta | Reducción legal de la renta (rent abatement): después de un aviso por escrito de condiciones que violan los deberes del dueño conforme a la § 47-8-20(A), si no se corrigen dentro de los 7 días, el residente (resident) puede reducir un tercio de la renta diaria prorrateada por cada día desde la fecha del aviso hasta que se corrija, o el 100% por día si la unidad es inhabitable y el residente no vive allí. Como alternativa, un aviso de 7 días para terminar por incumplimiento importante. No está disponible para comodidades adicionales ni para condiciones causadas por el residente. Si el dueño gana la posesión en un caso en que el residente redujo la renta, la orden está condicionada al derecho del residente a pagar dentro de los 3 días de la sentencia (§ 47-8-33(E)). |
| Moho | No hay ley; aplica el deber general de reparación. El propietario (owner) debe cumplir sustancialmente con los códigos mínimos de vivienda aplicables y hacer las reparaciones y lo que sea necesario para poner y mantener la propiedad en condiciones seguras. La Uniform Owner-Resident Relations Act no tiene ninguna disposición de divulgación ni de remediación de moho. Donde aplica un código mínimo de vivienda, este establece el deber máximo del propietario (owner) bajo § 47-8-20 (§ 47-8-20(B)). Fuente: NMSA 1978, § 47-8-20(A)(1)-(2) |
| Plagas y chinches | No hay ninguna ley específica sobre plagas o chinches. El propietario (owner) debe mantener la propiedad en condiciones seguras y las áreas comunes seguras, y proporcionar recipientes y recolección de basura; el residente (resident) debe mantener limpia y segura la parte de la propiedad que ocupa y desechar la basura adecuadamente. No hay ninguna regla estatal de divulgación ni de inspección de chinches. Los códigos locales de vivienda pueden asignar deberes de exterminio. |
| Calefacción | Sí. El propietario (owner) debe proporcionar calefacción razonable (y agua corriente y una cantidad razonable de agua caliente en todo momento) y mantener las instalaciones de calefacción en buen estado de funcionamiento y seguras. No se fija ninguna temperatura mínima ni temporada de calefacción estatal. Excepciones: edificios que la ley no exige que estén equipados con calefacción, o unidades donde la calefacción se genera con una instalación bajo el control exclusivo del residente (resident) alimentada por una conexión directa de servicios públicos. En una residencia unifamiliar, las partes pueden acordar por escrito y de buena fe, a cambio de una contraprestación, que el residente (resident) proporcione la calefacción (§ 47-8-20(C)). La New Mexico Supreme Court ha interpretado que el deber de calefacción aplica a menos que el propietario (owner) demuestre una ley específica que exima al edificio (T.W.I.W., Inc. v. Rhudy, 96 N.M. 354). |
Carta gratuita de solicitud de reparaciones al arrendador en New Mexico
Su arrendador entró sin aviso o invadió su privacidad
| Aviso de entrada del arrendador | Aviso por escrito de 24 horas que indique el propósito, la fecha y un período de tiempo razonable, a menos que se acuerde otra cosa. No se necesita aviso para reparaciones/servicios dentro de los 7 días de la solicitud del residente (resident), cuando se va acompañado de un inspector público o de un representante de servicios públicos o de cable, ni en una emergencia. El dueño debe tratar de adaptarse a un horario alternativo razonable del residente. Entrada ilegal o para acosar: orden judicial, terminación del contrato y daños. Fuente: NMSA 1978, § 47-8-24 |
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| Cámaras y privacidad | No hay ninguna ley sobre cámaras específica para arrendadores. El voyerismo (voyeurism), que consiste en ver, fotografiar, grabar en video, filmar, transmitir por internet o grabar intencionalmente las áreas íntimas de otra persona sin su conocimiento y consentimiento en una recámara, un baño u otro lugar con una expectativa razonable de privacidad, es un delito menor (misdemeanor) (delito grave (felony) de cuarto grado si la víctima es menor de 18 años). La entrada del propietario (owner) por lo general requiere 24 horas de aviso por escrito del propósito, la fecha y la hora estimada. 'Instrumentality' (instrumento) incluye expresamente videocámaras, cámaras digitales y de teléfono, y dispositivos electrónicos de cualquier tipo. Fuente: NMSA 1978, §§ 30-9-20, 47-8-24 |
Le negaron la vivienda o lo trataron de manera diferente por la Sección 8 u otra fuente de ingresos
| Prohibición estatal de rechazar a inquilinos con Sección 8 / por fuente de ingresos | No hay protección estatal. 2025 HB 339, que habría agregado la 'source of income' (fuente de ingresos) como categoría protegida en la vivienda según la Human Rights Act, murió. Se informó que un proyecto similar de 2024 (HB 25) fracasó en comité. |
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Otros reclamos que presentan los inquilinos en New Mexico
| Desalojo implícito (las condiciones lo obligaron a irse) | Reconocido por la New Mexico Supreme Court. Un inquilino (tenant) que reclama desalojo implícito (constructive eviction) generalmente debe mudarse dentro de un tiempo razonable después de que los actos del arrendador (landlord) lo privan del uso beneficioso de la vivienda. Una demora en mudarse puede excusarse si el inquilino confió en las promesas del arrendador de corregir el problema o si las malas condiciones seguían volviendo. Un inquilino debe demostrar un desalojo real o implícito para demandar por violación del derecho al disfrute pacífico (covenant of quiet enjoyment). Por ley, un residente también puede terminar el contrato de arrendamiento (lease) con un aviso por escrito (de al menos 7 días) si el dueño no intenta razonablemente corregir un incumplimiento importante que afecte la salud y la seguridad dentro de 7 días, y no debe renta por los días en que la unidad es inhabitable y el residente no vive allí. El Paso v. Kysar trataba de un contrato de arrendamiento comercial. Texto de la ley (Uniform Owner-Resident Relations Act, Ch. 47, Art. 8): https://nmonesource.com/nmos/nmsa/en/4408/1/document.do. Los recursos legales no aplican a condiciones que causaron el residente, sus familiares o sus invitados. |
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| Garantía de disfrute pacífico de la vivienda | Reconocido. Los tribunales de New Mexico reconocen un derecho al disfrute pacífico (covenant of quiet enjoyment) en los contratos de arrendamiento (leases); para demandar por su violación, el inquilino (tenant) debe demostrar un desalojo real o implícito (constructive eviction). Por ley, si el dueño entra ilegalmente, entra de manera irrazonable o hace exigencias repetidas de entrada que interfieran de manera irrazonable con el disfrute pacífico del residente, el residente puede obtener una orden judicial que lo detenga o terminar el contrato, y recuperar daños en cualquiera de los dos casos. Texto de la ley: https://nmonesource.com/nmos/nmsa/en/4408/1/document.do. Un dueño que deja a un residente fuera de la vivienda (lockout) o corta los servicios públicos sin una orden judicial debe una reducción del 100% de la renta por cada día afectado, más multas civiles y daños (NMSA 47-8-36). |
| Lesiones en la propiedad | El dueño debe cumplir con los códigos mínimos de vivienda que afecten la salud y la seguridad, mantener seguras la vivienda y las áreas comunes, y mantener en buen estado y funcionamiento seguro las instalaciones eléctricas, de plomería, calefacción y otras que proporciona. La ley dice que estos deberes no pretenden cambiar la ley existente de responsabilidad extracontractual (tort) (lesiones), así que los reclamos por lesiones se deciden según la ley general de negligencia. Hable con un abogado sobre cualquier reclamo por lesiones: hay plazos para presentarlo. Fuente: NMSA 1978, 47-8-20(A), (B) |
Dónde y cuándo demandar
| Límite de reclamos menores | $10,000 en los magistrate courts y en el Bernalillo County Metropolitan Court, para casos de daños (tort), contratos y entre arrendador (landlord) e inquilino (tenant). Estos tribunales no pueden ver asuntos de relaciones familiares, procesamiento malicioso (malicious prosecution), difamación (libel o slander), disputas sobre la titularidad o los linderos de terrenos, cumplimiento específico de ventas de terrenos, órdenes judiciales de hacer o no hacer (injunctions) ni órdenes extraordinarias (extraordinary writs). El sitio de los New Mexico Courts indica que la competencia civil de los magistrate courts y del Metropolitan Court es de $0-10,000: https://www.nmcourts.gov/ |
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| Tarifa de presentación en la corte de reclamos menores | $77 para presentar una demanda civil en el Metropolitan Court. Una solicitud de jurado agrega una tarifa de jurado no reembolsable de $25 y un depósito de jurado de $75. Los sheriffs y los notificadores privados (process servers) cobran sus propias tarifas de notificación. |
| Plazo para demandar por un contrato de arrendamiento escrito | 6 años para un contrato de arrendamiento (lease) por escrito u otro contrato por escrito; 4 años para un contrato de arrendamiento verbal (no escrito). Texto leído del PDF oficial del chapter 37 de NMOneSource (https://nmonesource.com/nmos/nmsa/en/4366/1/document.do). Fuente: NMSA 1978, §§ 37-1-3(A), 37-1-4 |
Cómo funciona la corte de reclamos menores en New Mexico →
Abogados para inquilinos y asistencia legal gratuita en New Mexico · Derechos del inquilino en New Mexico · Demandar a un arrendador en otros estados
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.