Derechos de inquilinos y leyes de alquiler en Nuevo México
Las reglas de alquiler en Nuevo México: depósito de seguridad, desalojo, terminar el contrato, reparaciones y renta, con la ley o página oficial detrás de cada respuesta.
Respuestas rápidas para Nuevo México
- Límite del depósito de seguridad (security deposit)
- No hay límite para contratos de un año o más (pero si el depósito pasa de un mes de renta en un contrato anual, el dueño (owner) debe pagar intereses cada año). Para contratos de alquiler de menos de un año: máximo un mes de renta. NMSA 1978, § 47-8-18(A)
- Plazo para devolver el depósito
- Dentro de 30 días después del fin del contrato de alquiler o de la salida del residente (inquilino / tenant), lo que ocurra más tarde NMSA 1978, § 47-8-18(C)
- Aviso por falta de pago de renta
- Aviso por escrito de 3 días por falta de pago e intención de terminar el contrato. Ofrecer el pago completo de lo adeudado, en la forma indicada en el aviso, antes de que terminen los 3 días impide una demanda por falta de pago. NMSA 1978, § 47-8-33(D)
- Terminar un contrato mes a mes
- Cualquiera de las partes: aviso por escrito al menos 30 días antes de la fecha periódica de renta indicada en el aviso. Semana a semana: al menos 7 días de aviso por escrito. NMSA 1978, § 47-8-37(A)-(B)
- Entrada del arrendador a la vivienda
- 24 horas de aviso por escrito que indique el propósito, la fecha y un horario razonable, a menos que se acuerde otra cosa. No se necesita aviso para reparaciones/servicios dentro de 7 días después de que el residente los pida, cuando el dueño va acompañado de un inspector público o de un representante de servicios públicos o de cable, o en una emergencia. NMSA 1978, § 47-8-24
- Control de renta / límites de aumento
- Prohibición a nivel estatal (preemption): ninguna subdivisión política ni municipio con autonomía (home-rule) puede aprobar el control de rentas (rent control) sobre bienes inmuebles de propiedad privada. NMSA 1978, § 47-8A-1
Verificado con fuentes oficiales: 2026-10-22. Traducción: 2026-10-23.
Depósito de seguridad en Nuevo México
| Límite del depósito de seguridad (security deposit) | No hay límite para contratos de un año o más (pero si el depósito pasa de un mes de renta en un contrato anual, el dueño (owner) debe pagar intereses cada año). Para contratos de alquiler de menos de un año: máximo un mes de renta. La ley permite un 'depósito razonable' (reasonable deposit). La renta del último mes pagada por adelantado no cuenta como depósito (§ 47-8-18(B)). Las páginas de NMOneSource se generan con JavaScript; el texto de la sección se leyó en un navegador en el sitio oficial de la Compilation Commission. Fuente: NMSA 1978, § 47-8-18(A) |
|---|---|
| Plazo para devolver el depósito | Dentro de 30 días después del fin del contrato de alquiler o de la salida del residente (inquilino / tenant), lo que ocurra más tarde El dueño cumple enviando por correo la declaración y cualquier pago a la última dirección conocida del residente. Fuente: NMSA 1978, § 47-8-18(C) |
| Lista detallada de descuentos | Si se retiene alguna cantidad, el dueño debe dar una lista detallada por escrito de las deducciones y el saldo dentro de 30 días. No se permiten deducciones por desgaste normal (normal wear and tear); se permiten por renta/servicios públicos sin pagar, trabajos de reparación y otros daños legítimos causados por el incumplimiento del residente. Fuente: NMSA 1978, § 47-8-18(C) |
| Intereses sobre el depósito | Obligatorio solo en contratos anuales donde el depósito pasa de un mes de renta: el dueño debe pagar intereses cada año iguales a la tasa de libreta de ahorros (passbook rate) permitida a las asociaciones de ahorro y préstamo (savings and loan associations) por la federal home loan bank board. La tasa de la federal home loan bank board a la que se hace referencia es un punto de referencia desactualizado; no se verificó cómo se aplica hoy. Fuente: NMSA 1978, § 47-8-18(A)(1) |
| Multa por retener el depósito | Si no se entrega la declaración de 30 días: el dueño pierde el derecho a retener cualquier parte del depósito, a presentar una contrademanda (counterclaim) en una demanda para recuperarlo y a demandar por separado por daños a la propiedad, y debe pagar los costos de la corte y los honorarios de abogado razonables del residente. Retención de mala fe: una multa civil adicional de $250 que se paga al residente. Vea Garcia v. Thong, 1995-NMSC-030 (anotación en la página oficial). Fuente: NMSA 1978, § 47-8-18(D)-(E) |
Desalojo en Nuevo México
| Aviso por falta de pago de renta | Aviso por escrito de 3 días por falta de pago e intención de terminar el contrato. Ofrecer el pago completo de lo adeudado, en la forma indicada en el aviso, antes de que terminen los 3 días impide una demanda por falta de pago. Si el último día para corregir cae en fin de semana o en un día feriado federal, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil (§ 47-8-33(H)). Fuente: NMSA 1978, § 47-8-33(D) |
|---|---|
| Aviso por violar el contrato | Primer incumplimiento material: aviso por escrito de 7 días para corregir (el arrendamiento termina en no menos de 7 días si no se corrige). Segundo incumplimiento material dentro de 6 meses: aviso de 7 días para terminar sin derecho a corregir. Violación sustancial (conducta grave de tipo criminal): aviso de 3 días para terminar sin oportunidad de corregir. El aviso debe incluir fechas y hechos específicos y darse dentro de 30 días después del incumplimiento o de que se supo de él. Un caso de violación sustancial frívolo o de mala fe conlleva una multa civil de 2 veces la renta mensual (§ 47-8-33(M)). Fuente: NMSA 1978, § 47-8-33(A)-(C), (I) |
| Cambio de cerraduras y corte de servicios | Sin una orden de la corte, un dueño no puede excluir ni sacar a un residente mediante fraude, cambiando o tapando cerraduras, bloqueando entradas, interfiriendo con servicios públicos o servicios, sacando pertenencias, desactivando aparatos, o haciendo que la unidad sea inaccesible/inhabitable. El residente puede reducir el 100% de la renta por cada día afectado, cobrar una multa civil de 2 veces la renta mensual, recuperar la posesión o terminar el contrato, y obtener daños. El dueño no tiene que pagar las facturas de servicios públicos que el residente no pagó. No existe un gravamen del arrendador (landlord's lien) sobre los bienes del inquilino (§ 47-8-36.1). |
Terminar el contrato en Nuevo México
| Terminar un contrato mes a mes | Cualquiera de las partes: aviso por escrito al menos 30 días antes de la fecha periódica de renta indicada en el aviso. Semana a semana: al menos 7 días de aviso por escrito. Los aumentos de renta en contratos mes a mes requieren 30 días de aviso por escrito (§ 47-8-15(F)); los aumentos de los cargos del contrato requieren 60 días de aviso por escrito (§ 47-8-19.4, añadido en 2025). Fuente: NMSA 1978, § 47-8-37(A)-(B) |
|---|---|
| Terminar el contrato por violencia doméstica | No hay ley. Nuevo México no tiene un derecho para que las sobrevivientes de violencia doméstica (domestic violence) o agresión sexual terminen un contrato antes de tiempo. El SB 400 de 2025, que lo habría creado, murió. La UORRA sí ofrece una defensa: en un desalojo basado en un aviso de 3 días por violación sustancial, ser víctima de violencia doméstica o agresión sexual es una defensa. Si el residente ha solicitado u obtenido una orden de restricción temporal por violencia doméstica que surge del incidente (o de uno anterior), no se puede emitir la orden de desalojo (writ of restitution). De lo contrario, la corte puede desalojar solo al residente acusado y dejar que los demás se queden. El texto actual del § 47-8-33 se leyó como aparece reproducido en el SB 400 (presentado el 14 de febrero de 2025). Estado 'Died' confirmado en https://www.nmlegis.gov/Legislation/Legislation?chamber=S&legType=B&legNo=400&year=25. No se revisaron los proyectos de ley de la sesión de 2026 sobre este tema. |
Entrada del arrendador en Nuevo México
| Entrada del arrendador a la vivienda | 24 horas de aviso por escrito que indique el propósito, la fecha y un horario razonable, a menos que se acuerde otra cosa. No se necesita aviso para reparaciones/servicios dentro de 7 días después de que el residente los pida, cuando el dueño va acompañado de un inspector público o de un representante de servicios públicos o de cable, o en una emergencia. El dueño debe intentar acomodar un horario alternativo razonable que pida el residente. Entrada ilegal o para acosar: orden judicial (injunction), terminación del contrato y daños. Fuente: NMSA 1978, § 47-8-24 |
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Reparaciones y represalias en Nuevo México
| Reparar y descontar de la renta | No hay un recurso legal de reparar y descontar (repair and deduct) (los recursos de la UORRA son la reducción de la renta (rent abatement), la terminación, los daños y las órdenes judiciales). Esta conclusión se basa en los recursos enumerados en los §§ 47-8-27.1 y 47-8-27.2; no aparece ninguna sección que autorice reparar y descontar en el índice del Article 8. |
|---|---|
| Retener la renta por reparaciones | Reducción de la renta (rent abatement) por ley: después de un aviso por escrito sobre condiciones que violan las obligaciones del dueño bajo el § 47-8-20(A), si no se arreglan dentro de 7 días, el residente puede reducir un tercio de la renta diaria prorrateada por cada día desde la fecha del aviso hasta que se arreglen, o el 100% por día si la unidad es inhabitable y el residente no vive allí. Como alternativa, un aviso de 7 días para terminar el contrato por incumplimiento material. No está disponible para comodidades adicionales (amenities) ni para condiciones causadas por el residente. Si el dueño gana la posesión en un caso donde el residente redujo la renta, la orden de desalojo (writ) queda sujeta al derecho del residente a pagar dentro de 3 días después de la sentencia (§ 47-8-33(E)). |
| Protección contra represalias | Un dueño no puede subir la renta, reducir servicios, ni presentar o amenazar con un desalojo porque, dentro de los 6 meses anteriores, el residente que cumple con el contrato se quejó ante una agencia de cumplimiento de códigos, se unió a una asociación de residentes o la organizó, ejerció sus derechos bajo la UORRA (incluidas las solicitudes de reparación por escrito), presentó una queja de vivienda justa (fair housing), ganó o tiene pendiente una demanda contra el dueño sobre el arrendamiento, testificó a favor de otro residente, o redujo la renta legalmente. La represalia (retaliation) es una defensa contra el desalojo; el dueño es responsable por 2 veces la renta mensual más honorarios de abogado. Se permiten aumentos uniformes aplicados a todas las unidades similares al final de un plazo (§ 47-8-39(C)). |
Aumentos de renta y cargos en Nuevo México
| Control de renta / límites de aumento | Prohibición a nivel estatal (preemption): ninguna subdivisión política ni municipio con autonomía (home-rule) puede aprobar el control de rentas (rent control) sobre bienes inmuebles de propiedad privada. Excepción para propiedades privadas que reciben beneficios/fondos del gobierno bajo contrato para ofrecer rentas reducidas a inquilinos de ingresos bajos o moderados. Promulgado por Laws 1991, ch. 23. Fuente: NMSA 1978, § 47-8A-1 |
|---|---|
| Cargos por pago tardío (late fees) | Solo si el contrato de alquiler lo establece; máximo 5% de la renta por cada período de renta atrasado, calculado solo sobre la renta (no sobre depósitos, cargos ni servicios públicos). El dueño debe dar aviso del cargo por atraso (late fee) a más tardar el último día del siguiente período de renta. Enmendado por Laws 2025, ch. 122, § 6, vigente desde el 20 de junio de 2025 (antes 10%), según la anotación oficial. Las cortes han negado cargos por atraso cuando el dueño no dio el aviso requerido (Hedicke v. Gunville, 2003-NMCA-032). Fuente: NMSA 1978, § 47-8-15(D) |
| Cargos de solicitud (application fees) | Las cuotas de evaluación (screening fees) tienen un límite de $50, para cubrir un reporte de crédito, la verificación de referencias o un servicio de evaluación. El dueño debe: dar aviso por escrito o digital de la cuota y obtener el acuerdo por escrito del solicitante para pagarla; no cobrar la cuota cuando sabe o debería saber que la unidad no está disponible; dar un recibo; guardar la tarjeta o no depositar el efectivo o los cheques hasta que todos los solicitantes anteriores hayan sido evaluados y rechazados, o se les haya ofrecido la unidad y la hayan rechazado; y no cobrar ninguna otra cuota por procesar la solicitud. La cuota debe devolverse dentro de 30 días si un solicitante anterior se queda con la unidad o si el dueño nunca obtiene el reporte de crédito, la verificación de referencias o la evaluación, o nunca procesa la solicitud. Las devoluciones se hacen por correo certificado, destruyendo el cheque si se pide, o poniendo el dinero a disposición para que se recoja. Solo se puede cobrar una cuota de evaluación al mismo solicitante dentro de 90 días para propiedades del mismo dueño, y el dueño debe darle al solicitante copias de cualquier reporte que use. Multa por una cuota de evaluación no autorizada: $250 más la devolución de todas las cuotas. Leído del proyecto de ley final aprobado (enrolled bill). La página de estado de nmlegis muestra SB 267 como 'Chaptered' (convertido en ley). Los números de sección compilados (las reglas básicas de este estado citan el § 47-8-19.2 para la cuota de evaluación) y la fecha de vigencia (probablemente el 20 de junio de 2025) no se confirmaron con una fuente oficial compilada. |
| Otros cargos de alquiler | Todo anuncio de alquiler publicado debe informar en lenguaje sencillo todos los costos del contrato de alquiler: la renta base más una descripción detallada y fácil de identificar de cada cargo que se cobrará durante el arrendamiento. El dueño no es responsable si un sitio web de terceros no muestra los costos que el dueño proporcionó. Los cargos del contrato solo pueden aumentarse con un aviso por escrito al menos 60 días antes de la fecha periódica de renta o antes del final de un plazo fijo (un período de renta para arrendamientos de menos de un mes). Bajo la Unfair Practices Act (Ley de Prácticas Desleales), es una práctica comercial desleal o engañosa cobrarle a un solicitante cualquier cargo que no sea una cuota de evaluación o un depósito, o uno que no se haya publicado en el anuncio, o cobrar cargos que no estén incluidos en el contrato de alquiler. Los cargos por atraso tienen un límite del 5% de la renta por período de renta atrasado. No se confirmaron los números de sección compilados para las secciones de divulgación y de aviso de cargos (las reglas básicas de este estado citan el § 47-8-19.4 para el aviso de cargos) ni para la nueva sección de la Unfair Practices Act. El detalle sobre los cargos por atraso está en el § 47-8-15(D). |
Sección 8, historial y abogado en Nuevo México
| Sección 8 / fuente de ingresos | No hay protección a nivel estatal. El HB 339 de 2025, que habría añadido la 'fuente de ingresos' (source of income) como categoría protegida en la vivienda bajo la Human Rights Act (Ley de Derechos Humanos), murió. Se reportó que un proyecto de ley similar de 2024 (HB 25) no pasó del comité. Según reportes, Albuquerque, el condado de Bernalillo y Las Cruces tienen ordenanzas locales sobre fuente de ingresos (según reportes de noticias; no verificado con fuentes locales oficiales). No se leyó directamente el texto actual del § 28-1-7, y no se revisaron los proyectos de ley de la sesión de 2026. |
|---|---|
| Sellar el historial de desalojo | No hay una ley específica para sellar expedientes de desalojo. El HB 253 de 2025, que habría sellado los expedientes de desalojo al presentarse el caso y los habría abierto solo después de una sentencia a favor del dueño, murió. Puede estar disponible el sellado general de expedientes judiciales mediante una petición (motion) bajo las reglas de las magistrate courts y la metropolitan court (Rules 2-112 y 3-112, estándar de interés superior / overriding interest). No se leyó el texto de esas reglas. No se revisaron los proyectos de ley de la sesión de 2026. Fuente: 2025 HB 253 (died) |
Ocupantes ilegales, pertenencias y reclamos menores en Nuevo México
| Ocupantes ilegales (squatters) | Nuevo México no tiene un procedimiento ni un delito específico para sacar a ocupantes ilegales (squatters). Los proyectos de ley para crearlos no se aprobaron: HB 332 y SB 359 (2025) y HB 144 (2026) murieron. La remoción se hace bajo las leyes existentes (demanda en la corte y allanamiento criminal / criminal trespass), lo cual no se verificó aquí. Páginas de estado de los proyectos de ley leídas en nmlegis.gov: HB 332 (https://www.nmlegis.gov/Legislation/Legislation?chamber=H&legType=B&legNo=332&year=25) y SB 359 (https://www.nmlegis.gov/Legislation/Legislation?chamber=S&legType=B&legNo=359&year=25) ambas muestran 'Died' (murió). |
|---|---|
| Límite de la corte de reclamos menores | $10,000 (jurisdicción civil de la magistrate court y de la Bernalillo County Metropolitan Court) Nuevo México no tiene una corte de reclamos menores (small claims court) aparte; las magistrate courts (cortes de magistrado) (y la Bernalillo County Metropolitan Court) ven los reclamos civiles menores. Sin incluir intereses y costos. El límite civil de la Bernalillo County Metropolitan Court también es de $10,000, y esa corte ve casos de arrendador e inquilino dentro de ese monto (NMSA § 34-8A-3; página de la corte https://metro.nmcourts.gov/about-this-court/our-court/history/). Fuente: NMSA 1978, § 35-3-3(A) |
Cómo funciona un desalojo en Nuevo México
Los casos de desalojo se ven en: Magistrate court (corte de magistrado), Bernalillo County Metropolitan Court o district court (corte de distrito).
- Aviso por escrito (aviso de desalojo / eviction notice): aviso de 3 días por falta de pago, aviso de 7 días por incumplimiento, aviso de 3 días por violación sustancial, o aviso de terminación de 30 días (§§ 47-8-33, 47-8-37)
- Presentar una petición de restitución (petition for restitution) ante el secretario de la magistrate court o de la district court, indicando los hechos y el cumplimiento del aviso (§ 47-8-42)
- Se entrega la citación (summons); el juicio de posesión del dueño se fija no menos de 7 ni más de 10 días después de la entrega; la corte puede aplazarlo hasta 7 días por causa justificada (§ 47-8-43)
- Juicio y sentencia de restitución
- La orden de restitución (writ of restitution) indica al sheriff que devuelva la posesión en una fecha no menos de 3 ni más de 7 días después de la sentencia (§ 47-8-46)
- Remoción por el sheriff; la apelación del residente suspende la orden solo si el residente paga la renta en un depósito en garantía (escrow) o al dueño dentro de 5 días después de presentar la apelación (§ 47-8-47)
Demanda de posesión del dueño: juicio no menos de 7 ni más de 10 días después de la entrega de la citación (§ 47-8-43(A)(1)).
Lo que sorprende de la ley de alquiler en Nuevo México
- El límite de los cargos por atraso se redujo del 10% al 5% de la renta mediante Laws 2025, ch. 122 (NMSA § 47-8-15(D))
- Las cuotas de evaluación de las solicitudes de alquiler tienen un límite de $50, deben reembolsarse en ciertos casos, y no se permite ninguna otra cuota por procesar la solicitud (NMSA § 47-8-19.2, añadido en 2025)
- Los cargos de un contrato solo pueden aumentarse con 60 días de aviso por escrito (NMSA § 47-8-19.4, añadido en 2025)
- Reducción de la renta por ley de un tercio de la renta diaria por condiciones no reparadas después de 7 días de aviso por escrito (NMSA § 47-8-27.2)
- Un lockout ilegal o una represalia le cuesta al dueño 2 veces la renta mensual (NMSA § 47-8-48(C))
- La parte que gana una demanda bajo la UORRA recupera los honorarios de abogado razonables y los costos (NMSA § 47-8-48(A))
Preguntas frecuentes sobre alquiler en Nuevo México
¿Cuánto puede cobrar el arrendador como depósito de seguridad en Nuevo México?
¿Cuánto tiempo tiene el arrendador para devolver el depósito en Nuevo México?
¿El arrendador tiene que pagar intereses sobre el depósito en Nuevo México?
¿El arrendador debe dar una lista detallada de los descuentos del depósito en Nuevo México?
¿Qué pasa si el arrendador se queda con el depósito indebidamente en Nuevo México?
¿Cuánto aviso debe dar el arrendador antes de desalojar por falta de pago en Nuevo México?
¿Cuánto aviso se requiere para desalojar por violar el contrato en Nuevo México?
¿Cuánto aviso se necesita para terminar un contrato mes a mes en Nuevo México?
¿Puede el arrendador entrar sin avisar en Nuevo México?
¿Hay un límite para los cargos por pago tardío en Nuevo México?
¿Puede el inquilino reparar y descontar el costo de la renta en Nuevo México?
¿Puede el inquilino retener la renta por reparaciones en Nuevo México?
¿Puede el arrendador tomar represalias por una queja en Nuevo México?
¿Hay control de renta o límite a los aumentos en Nuevo México?
¿Puede el arrendador cambiar las cerraduras o cortar los servicios en Nuevo México?
¿Cuál es el límite de la corte de reclamos menores (small claims) en Nuevo México?
¿Cómo se saca a un ocupante ilegal en Nuevo México?
¿Hay un límite para el cargo de solicitud de alquiler en Nuevo México?
¿Qué cargos de alquiler están prohibidos o limitados en Nuevo México?
¿Puede una víctima de violencia doméstica terminar el contrato en Nuevo México?
¿Se puede sellar o borrar un desalojo del historial en Nuevo México?
¿Puede el arrendador rechazar la Sección 8 (Section 8) en Nuevo México?
Recursos oficiales (en inglés)
- NM Compilation Commission (NMOneSource) - NMSA Chapter 47 (UORRA, Art. 8)
- NM Supreme Court Law Library - Landlord-Tenant Resource Guide (rev. Oct. 2025)
Información legal general, no asesoría legal. Esta es una traducción informativa: si hay alguna diferencia, prevalece el texto oficial de la ley (en inglés). Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial o hable con un abogado sobre su situación.