Redención y sentencias por saldo insuficiente en California
Si puede recomprar su vivienda después de una venta por ejecución hipotecaria en California, y si el prestamista puede demandarlo por lo que aún se adeuda.
Respuesta corta: Después de una venta por ejecución hipotecaria (foreclosure) judicial en la que se aplica la redención (redemption), el propietario puede redimir la propiedad dentro de los tres meses siguientes a la venta si el producto de la venta cubrió la deuda, los intereses y los costos, o dentro… Cal. Code Civ. Proc. § 729.030; Cal. Civ. Code § 5715
| Redención después de la venta | Después de una venta por ejecución hipotecaria (foreclosure) judicial en la que se aplica la redención (redemption), el propietario puede redimir la propiedad dentro de los tres meses siguientes a la venta si el producto de la venta cubrió la deuda, los intereses y los costos, o dentro de un año si no los cubrió. Las leyes de California revisadas no establecen un derecho general de redención posterior a la venta después de una venta por el fiduciario (trustee's sale) de un prestamista, pero una ejecución hipotecaria no judicial por parte de una asociación de propietarios (homeowners' association) está sujeta a un derecho de redención de 90 días. |
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| Sentencias por saldo insuficiente | En gran medida prohibida para los propietarios de vivienda. No se puede deber ni cobrar ninguna deficiencia (deficiency) después de una venta por el fiduciario (trustee's sale) con poder de venta. No se puede deber ninguna deficiencia sobre un préstamo de compra financiado por el vendedor, ni sobre un préstamo de un prestamista usado para comprar una vivienda de hasta cuatro unidades en la que vive el comprador (un "purchase money loan" (préstamo de precio de compra)), ni sobre un refinanciamiento de dicho préstamo, excepto por cualquier dinero nuevo adelantado. Estas protecciones no cambian la responsabilidad de un garante. |
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Preguntas frecuentes
¿Existe un derecho de redención después de una ejecución hipotecaria en California?
Después de una venta por ejecución hipotecaria (foreclosure) judicial en la que se aplica la redención (redemption), el propietario puede redimir la propiedad dentro de los tres meses siguientes a la venta si el producto de la venta cubrió la deuda, los intereses y los costos, o dentro de un año si no los cubrió. Las leyes de California revisadas no establecen un derecho general de redención posterior a la venta después de una venta por el fiduciario (trustee's sale) de un prestamista, pero una ejecución hipotecaria no judicial por parte de una asociación de propietarios (homeowners' association) está sujeta a un derecho de redención de 90 días.
¿Puede el prestamista reclamarle el resto del préstamo después de la ejecución hipotecaria en California?
En gran medida prohibida para los propietarios de vivienda. No se puede deber ni cobrar ninguna deficiencia (deficiency) después de una venta por el fiduciario (trustee's sale) con poder de venta. No se puede deber ninguna deficiencia sobre un préstamo de compra financiado por el vendedor, ni sobre un préstamo de un prestamista usado para comprar una vivienda de hasta cuatro unidades en la que vive el comprador (un "purchase money loan" (préstamo de precio de compra)), ni sobre un refinanciamiento de dicho préstamo, excepto por cualquier dinero nuevo adelantado. Estas protecciones no cambian la responsabilidad de un garante.
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.