Gravámenes de asociaciones de propietarios (HOA) y ejecución hipotecaria en District of Columbia
Si una asociación de propietarios o de condominios puede ejecutar su gravamen por cuotas impagas en District of Columbia, y los límites.
Respuesta corta: Sí, para condominios. Una asociación de propietarios de unidades de condominio puede ejecutar su gravamen (lien) por cuotas usando un poder de venta, a menos que los documentos del condominio lo prohíban expresamente. D.C. Code § 42-1903.13
| Gravámenes de asociaciones de propietarios (HOA) y ejecución hipotecaria | Sí, para condominios. Una asociación de propietarios de unidades de condominio puede ejecutar su gravamen (lien) por cuotas usando un poder de venta, a menos que los documentos del condominio lo prohíban expresamente. La venta no puede realizarse hasta al menos 31 días después de que se registre un "Notice of Foreclosure Sale of Condominium Unit for Assessments Due" (aviso de venta por ejecución hipotecaria de una unidad de condominio por cuotas adeudadas) y se envíe al propietario por entrega con seguimiento y por correo de primera clase; el aviso debe indicar el monto vencido y si la venta es por el gravamen prioritario de 6 meses (no sujeto a la primera hipoteca) o por más (sujeto a la primera hipoteca). El propietario puede subsanar en cualquier momento antes de la venta pagando las cuotas vencidas más los recargos por pago tardío o intereses y los honorarios razonables de abogado y costos. Verificado nuevamente el 27 de octubre de 2026 (2026-10-27). Fuente: D.C. Code § 42-1903.13 |
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Preguntas frecuentes
¿Puede una asociación de propietarios (HOA) ejecutar la hipoteca de su vivienda en District of Columbia?
Sí, para condominios. Una asociación de propietarios de unidades de condominio puede ejecutar su gravamen (lien) por cuotas usando un poder de venta, a menos que los documentos del condominio lo prohíban expresamente. La venta no puede realizarse hasta al menos 31 días después de que se registre un "Notice of Foreclosure Sale of Condominium Unit for Assessments Due" (aviso de venta por ejecución hipotecaria de una unidad de condominio por cuotas adeudadas) y se envíe al propietario por entrega con seguimiento y por correo de primera clase; el aviso debe indicar el monto vencido y si la venta es por el gravamen prioritario de 6 meses (no sujeto a la primera hipoteca) o por más (sujeto a la primera hipoteca). El propietario puede subsanar en cualquier momento antes de la venta pagando las cuotas vencidas más los recargos por pago tardío o intereses y los honorarios razonables de abogado y costos.
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.