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Declaración jurada de herencia pequeña en Hawaii

Cómo cobrar los bienes de un ser querido en Hawaii sin una sucesión completa: el límite en dólares, el período de espera y el formulario oficial.

Respuesta corta: Sí, para bienes muebles. Un sucesor puede cobrar el dinero adeudado al difunto y los bienes muebles del difunto entregando al tenedor un certificado de defunción y una declaración jurada (affidavit) que indique que el valor bruto del patrimonio del difunto en Hawaii no supera $100,000… Haw. Rev. Stat. § 560:3-1201

Declaración jurada de herencia pequeñaSí, para bienes muebles. Un sucesor puede cobrar el dinero adeudado al difunto y los bienes muebles del difunto entregando al tenedor un certificado de defunción y una declaración jurada (affidavit) que indique que el valor bruto del patrimonio del difunto en Hawaii no supera $100,000 (los vehículos motorizados pueden transferirse sin importar su valor), que no hay ninguna petición de representante personal pendiente ni concedida en Hawaii, y que el sucesor tiene derecho a los bienes. La ley no establece un período de espera. La declaración jurada no cubre bienes inmuebles.
Sucesión simplificadaSi los bienes del difunto en Hawaii valen $100,000 o menos y no se ha nombrado un representante personal, el tribunal puede autorizar al secretario del circuit court a administrar el patrimonio mediante una petición verificada, sin aviso ni audiencia a discreción del tribunal. Por separado, si el inventario muestra que el patrimonio (menos gravámenes) no supera las asignaciones familiares, los bienes exentos, los costos de administración, los gastos funerarios razonables y los gastos médicos de la última enfermedad, el representante personal puede distribuir de inmediato sin notificar a los acreedores y cerrar mediante una declaración jurada. También está disponible la sucesión (probate) informal (sin supervisión) a través del probate registrar.
Plazo para reclamos de acreedoresSi se publica el aviso a los acreedores, las reclamaciones (creditor claims) surgidas antes de la muerte deben presentarse dentro de los 4 meses posteriores a la primera publicación, o dentro de los 60 días posteriores a un aviso enviado por correo o entregado a un acreedor conocido, lo que ocurra más tarde. Si no se publica ni se notifica ningún aviso, las reclamaciones prescriben 18 meses después de la muerte.

Formularios oficiales

Más sobre la ley de herencias de Hawaii

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite de herencia pequeña en Hawaii?
Sí, para bienes muebles. Un sucesor puede cobrar el dinero adeudado al difunto y los bienes muebles del difunto entregando al tenedor un certificado de defunción y una declaración jurada (affidavit) que indique que el valor bruto del patrimonio del difunto en Hawaii no supera $100,000 (los vehículos motorizados pueden transferirse sin importar su valor), que no hay ninguna petición de representante personal pendiente ni concedida en Hawaii, y que el sucesor tiene derecho a los bienes. La ley no establece un período de espera. La declaración jurada no cubre bienes inmuebles.
¿Existe un proceso de sucesión simplificado en Hawaii?
Si los bienes del difunto en Hawaii valen $100,000 o menos y no se ha nombrado un representante personal, el tribunal puede autorizar al secretario del circuit court a administrar el patrimonio mediante una petición verificada, sin aviso ni audiencia a discreción del tribunal. Por separado, si el inventario muestra que el patrimonio (menos gravámenes) no supera las asignaciones familiares, los bienes exentos, los costos de administración, los gastos funerarios razonables y los gastos médicos de la última enfermedad, el representante personal puede distribuir de inmediato sin notificar a los acreedores y cerrar mediante una declaración jurada. También está disponible la sucesión (probate) informal (sin supervisión) a través del probate registrar.
¿Cuánto tiempo tienen los acreedores para presentar reclamos contra un patrimonio en Hawaii?
Si se publica el aviso a los acreedores, las reclamaciones (creditor claims) surgidas antes de la muerte deben presentarse dentro de los 4 meses posteriores a la primera publicación, o dentro de los 60 días posteriores a un aviso enviado por correo o entregado a un acreedor conocido, lo que ocurra más tarde. Si no se publica ni se notifica ningún aviso, las reclamaciones prescriben 18 meses después de la muerte.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.