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Testamentos vitales y directivas anticipadas en Florida

Cómo hacer un testamento vital (directiva anticipada) y un poder notarial médico válidos en Florida, con el formulario oficial.

Respuesta corta: Cualquier adulto competente puede hacer un testamento vital (living will) que indique que se proporcionen, suspendan o retiren los procedimientos para prolongar la vida si tiene una condición terminal, una condición en etapa final o está en un estado vegetativo persistente. Fla. Stat. §§ 765.302, 765.303

Testamento vital / directiva anticipadaCualquier adulto competente puede hacer un testamento vital (living will) que indique que se proporcionen, suspendan o retiren los procedimientos para prolongar la vida si tiene una condición terminal, una condición en etapa final o está en un estado vegetativo persistente. Debe firmarse en presencia de dos testigos que también firmen, y al menos uno de ellos no debe ser ni el cónyuge ni un pariente consanguíneo. Si la persona no puede firmar, un testigo firma el nombre de la persona en su presencia y bajo su dirección. La persona es responsable de informar a su médico principal que el testamento vital existe. La ley de Florida ofrece un formulario sugerido de testamento vital; no se requiere notarización.
Poder notarial médicoFlorida llama al agente "health care surrogate" (sustituto de atención médica). La designación debe hacerse por escrito y estar firmada por el poderdante (principal) en presencia de dos testigos adultos que también firmen (o firmada por otra persona por el poderdante, bajo su dirección, en presencia de los testigos). El sustituto no puede ser testigo, y al menos un testigo no debe ser ni el cónyuge ni un pariente consanguíneo. Se entrega una copia exacta al sustituto. Se puede nombrar a un sustituto alterno. La ley de Florida ofrece un formulario sugerido de designación; no se requiere notarización.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo hago un testamento vital en Florida?
Cualquier adulto competente puede hacer un testamento vital (living will) que indique que se proporcionen, suspendan o retiren los procedimientos para prolongar la vida si tiene una condición terminal, una condición en etapa final o está en un estado vegetativo persistente. Debe firmarse en presencia de dos testigos que también firmen, y al menos uno de ellos no debe ser ni el cónyuge ni un pariente consanguíneo. Si la persona no puede firmar, un testigo firma el nombre de la persona en su presencia y bajo su dirección. La persona es responsable de informar a su médico principal que el testamento vital existe. La ley de Florida ofrece un formulario sugerido de testamento vital; no se requiere notarización.
¿Cómo hago un poder notarial médico en Florida?
Florida llama al agente "health care surrogate" (sustituto de atención médica). La designación debe hacerse por escrito y estar firmada por el poderdante (principal) en presencia de dos testigos adultos que también firmen (o firmada por otra persona por el poderdante, bajo su dirección, en presencia de los testigos). El sustituto no puede ser testigo, y al menos un testigo no debe ser ni el cónyuge ni un pariente consanguíneo. Se entrega una copia exacta al sustituto. Se puede nombrar a un sustituto alterno. La ley de Florida ofrece un formulario sugerido de designación; no se requiere notarización.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.