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Declaración jurada de herederos (affidavit of heirship) en North Carolina

Si North Carolina permite que los herederos prueben la herencia de bienes raíces mediante una declaración jurada o una determinación de herederos por la corte, y quién hereda.

Respuesta corta: Cónyuge sobreviviente y un hijo (o los descendientes de un hijo fallecido): el cónyuge recibe la mitad de los bienes inmuebles y los primeros $60,000 de bienes muebles más la mitad del resto. N.C. Gen. Stat. §§ 29-14, 29-15

Quién hereda sin testamentoCónyuge sobreviviente y un hijo (o los descendientes de un hijo fallecido): el cónyuge recibe la mitad de los bienes inmuebles y los primeros $60,000 de bienes muebles más la mitad del resto. Cónyuge y dos o más hijos: el cónyuge recibe un tercio de los bienes inmuebles y $60,000 de bienes muebles más un tercio del resto. Cónyuge, sin descendientes, pero sobrevive un padre: el cónyuge recibe la mitad de los bienes inmuebles y $100,000 de bienes muebles más la mitad del resto. Cónyuge sin descendientes ni padres: el cónyuge recibe todo. Lo que no recibe el cónyuge (o todo, si no hay cónyuge) pasa a los hijos y sus descendientes; si no hay, a los padres; luego a los hermanos y hermanas y sus descendientes; y luego a los abuelos, tías y tíos, divididos entre el lado del padre y el de la madre.
Porciones de otros herederos: https://www.ncleg.gov/EnactedLegislation/Statutes/HTML/BySection/Chapter_29/GS_29-15.html

Más sobre la ley de herencias de North Carolina

Preguntas frecuentes

¿Quién hereda si alguien muere sin testamento en North Carolina?
Cónyuge sobreviviente y un hijo (o los descendientes de un hijo fallecido): el cónyuge recibe la mitad de los bienes inmuebles y los primeros $60,000 de bienes muebles más la mitad del resto. Cónyuge y dos o más hijos: el cónyuge recibe un tercio de los bienes inmuebles y $60,000 de bienes muebles más un tercio del resto. Cónyuge, sin descendientes, pero sobrevive un padre: el cónyuge recibe la mitad de los bienes inmuebles y $100,000 de bienes muebles más la mitad del resto. Cónyuge sin descendientes ni padres: el cónyuge recibe todo. Lo que no recibe el cónyuge (o todo, si no hay cónyuge) pasa a los hijos y sus descendientes; si no hay, a los padres; luego a los hermanos y hermanas y sus descendientes; y luego a los abuelos, tías y tíos, divididos entre el lado del padre y el de la madre.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.