All Laws Decoded

Servicio de jurado en New York

Quién puede ser excusado del servicio de jurado en New York, qué pasa si falta, el pago a los jurados y si su empleador debe permitirle servir.

Respuesta corta: El comisionado de jurados puede dispensar a un posible jurado o posponer su servicio a solicitud del jurado; N.Y. Judiciary Law §§ 517, 524

Quién puede ser excusado del servicio de juradoEl comisionado de jurados puede dispensar a un posible jurado o posponer su servicio a solicitud del jurado; una madre que amamanta y presenta una nota de un médico o enfermero practicante debe ser dispensada o aplazada (Judiciary Law § 517(a)). Un primer aplazamiento puede ser a una fecha que el jurado elija dentro de seis meses, y un aplazamiento inicial puede solicitarse por teléfono. Si el comisionado niega la solicitud, la persona puede presentar una solicitud ante el tribunal. Las dispensas se conceden por una condición mental o física que impida a la persona servir, o por una dificultad indebida o inconveniencia extrema para la persona, alguien a su cuidado o el público (§ 517(b)-(c)). Después de servir, a una persona no se le exige servir de nuevo durante seis años (ocho años después de más de diez días de servicio), o la mitad de ese período si lo solicita (§ 524).
Servicio reciente: https://www.nysenate.gov/legislation/laws/JUD/524
Sanción por faltar al servicio de juradoSi usted no devuelve un cuestionario de jurado o no asiste después de ser citado, el comisionado de jurados puede iniciar un procedimiento por incumplimiento y el tribunal puede imponer una multa civil que no exceda doscientos cincuenta dólares ($250) y fijar una nueva fecha para su servicio de jurado (Judiciary Law § 527). Una multa requiere prueba de que usted recibió la citación para jurado (jury summons) y un aviso de incumplimiento; una multa no pagada puede convertirse en una sentencia civil. No obedecer la orden del tribunal puede traer otras sanciones penales o civiles.
Pago por servicio de jurado y su empleoUn empleado citado para el servicio de jurado que notifica al empleador antes de que comience el servicio no puede ser despedido ni penalizado por la ausencia. Los empleadores pueden retener el salario durante el servicio de jurado, pero un empleador con más de diez empleados no puede retener los primeros setenta y dos dólares del salario diario del jurado durante los primeros tres días. Una infracción es desacato criminal al tribunal (criminal contempt of court) (Judiciary Law § 519). A los jurados se les pagan setenta y dos dólares por día de asistencia, excepto a los jurados empleados cuyo empleador debe pagarles esos salarios y que ganan al menos $72 al día (§ 521).
Pago a jurados: https://www.nysenate.gov/legislation/laws/JUD/521

Más sobre derecho penal en New York

Preguntas frecuentes

¿Quién está exento del servicio de jurado en New York?
El comisionado de jurados puede dispensar a un posible jurado o posponer su servicio a solicitud del jurado; una madre que amamanta y presenta una nota de un médico o enfermero practicante debe ser dispensada o aplazada (Judiciary Law § 517(a)). Un primer aplazamiento puede ser a una fecha que el jurado elija dentro de seis meses, y un aplazamiento inicial puede solicitarse por teléfono. Si el comisionado niega la solicitud, la persona puede presentar una solicitud ante el tribunal. Las dispensas se conceden por una condición mental o física que impida a la persona servir, o por una dificultad indebida o inconveniencia extrema para la persona, alguien a su cuidado o el público (§ 517(b)-(c)). Después de servir, a una persona no se le exige servir de nuevo durante seis años (ocho años después de más de diez días de servicio), o la mitad de ese período si lo solicita (§ 524).
¿Qué pasa si falta al servicio de jurado en New York?
Si usted no devuelve un cuestionario de jurado o no asiste después de ser citado, el comisionado de jurados puede iniciar un procedimiento por incumplimiento y el tribunal puede imponer una multa civil que no exceda doscientos cincuenta dólares ($250) y fijar una nueva fecha para su servicio de jurado (Judiciary Law § 527). Una multa requiere prueba de que usted recibió la citación para jurado (jury summons) y un aviso de incumplimiento; una multa no pagada puede convertirse en una sentencia civil. No obedecer la orden del tribunal puede traer otras sanciones penales o civiles.
¿Su empleador tiene que permitirle servir como jurado en New York?
Un empleado citado para el servicio de jurado que notifica al empleador antes de que comience el servicio no puede ser despedido ni penalizado por la ausencia. Los empleadores pueden retener el salario durante el servicio de jurado, pero un empleador con más de diez empleados no puede retener los primeros setenta y dos dólares del salario diario del jurado durante los primeros tres días. Una infracción es desacato criminal al tribunal (criminal contempt of court) (Judiciary Law § 519). A los jurados se les pagan setenta y dos dólares por día de asistencia, excepto a los jurados empleados cuyo empleador debe pagarles esos salarios y que ganan al menos $72 al día (§ 521).

Última verificación con fuentes oficiales: 27 de octubre de 2026.

Cómo citamos esta página: cada regla estatal enlaza a la ley, la regla judicial o la página oficial del gobierno de donde proviene. Una regla tomada de una copia pública del código estatal (solo cuando el código oficial no se puede leer gratis en línea) se marca como fuente secundaria. ¿Ve un error? Use la página de contacto para reportarlo. Sobre nuestras fuentes

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.