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Escrituras de renuncia (quitclaim) y transferencia de propiedades en South Carolina

Cómo firmar y registrar una escritura de renuncia (quitclaim) u otra escritura en South Carolina, y si puede usar una escritura de transferencia al fallecer para evitar la sucesión.

Respuesta corta: Antes de que una escritura (deed) pueda registrarse, debe estar firmada por el otorgante en presencia de dos testigos y luego probarse mediante la declaración jurada de un testigo firmante o reconocerse ante un notario. S.C. Code §§ 30-5-30, 30-5-35, 30-5-90, 12-24-10, 12-24-70, 12-24-90

Cómo firmar y registrar una escrituraAntes de que una escritura (deed) pueda registrarse, debe estar firmada por el otorgante en presencia de dos testigos y luego probarse mediante la declaración jurada de un testigo firmante o reconocerse ante un notario. La escritura debe mostrar la dirección postal del beneficiario y una cláusula de origen del título (derivation clause). Las escrituras se registran con el Register of Deeds del condado (o el Clerk of Court en los condados que no tienen uno). Se aplica una tarifa de registro de escrituras de $1.85 por cada $500 de valor ($1.30 estatal más $0.55 del condado), y debe presentarse con la escritura una declaración jurada de valor (affidavit of value) (indicando la exención, si la hay).
Las reglas sobre la tarifa y la declaración jurada están en el Title 12, Chapter 24: https://www.scstatehouse.gov/code/t12c024.php
Escritura de transferencia al fallecerLa ley de South Carolina no prevé una escritura de transferencia al fallecer (transfer-on-death deed) ni una escritura de beneficiario para bienes inmuebles. Se permiten las designaciones de transferencia al fallecer para bienes muebles con título, como vehículos, casas móviles y embarcaciones, y las designaciones de pago al fallecer para cuentas bancarias.

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Más sobre la ley de herencias de South Carolina

Preguntas frecuentes

¿Qué necesita una escritura de renuncia (quitclaim deed) para ser válida en South Carolina?
Antes de que una escritura (deed) pueda registrarse, debe estar firmada por el otorgante en presencia de dos testigos y luego probarse mediante la declaración jurada de un testigo firmante o reconocerse ante un notario. La escritura debe mostrar la dirección postal del beneficiario y una cláusula de origen del título (derivation clause). Las escrituras se registran con el Register of Deeds del condado (o el Clerk of Court en los condados que no tienen uno). Se aplica una tarifa de registro de escrituras de $1.85 por cada $500 de valor ($1.30 estatal más $0.55 del condado), y debe presentarse con la escritura una declaración jurada de valor (affidavit of value) (indicando la exención, si la hay).
¿South Carolina permite las escrituras de transferencia al fallecer?
La ley de South Carolina no prevé una escritura de transferencia al fallecer (transfer-on-death deed) ni una escritura de beneficiario para bienes inmuebles. Se permiten las designaciones de transferencia al fallecer para bienes muebles con título, como vehículos, casas móviles y embarcaciones, y las designaciones de pago al fallecer para cuentas bancarias.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.