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Reglas de negligencia médica en Colorado

El plazo para presentar un reclamo por negligencia médica en Colorado, la regla del descubrimiento y los límites de daños.

Respuesta corta: Una demanda contra un profesional o institución de atención médica con licencia debe presentarse dentro de dos años después de que se origina el reclamo, y a más tardar tres años después del acto u omisión. Colo. Rev. Stat. § 13-80-102.5

Plazo por negligencia médicaUna demanda contra un profesional o institución de atención médica con licencia debe presentarse dentro de dos años después de que se origina el reclamo, y a más tardar tres años después del acto u omisión. El límite máximo de tres años no se aplica si el acto fue ocultado a sabiendas o si se dejó un objeto extraño en el cuerpo (dos años desde el descubrimiento en esos casos), o si ni la lesión ni su causa se conocían ni pudieron haberse conocido (regla del descubrimiento). Un niño que tenía menos de 6 años en ese momento puede demandar en cualquier momento antes de cumplir 8, y otras personas bajo una incapacidad legal tienen plazos especiales.
Límites por negligencia médicaSí. El total de daños y perjuicios contra profesionales e instituciones de atención médica generalmente se limita al mayor de $1,000,000 o el 125% del límite no económico por muerte por negligencia médica, del cual solo una cantidad fija puede ser no económica. El límite no económico es de $415,000 para reclamos originados en 2024-2025, y aumenta para actos u omisiones en años posteriores: $530,000 (2026), $645,000 (2027), $760,000 (2028), $875,000 (2029), y luego se ajusta por inflación. Para la muerte por negligencia de un paciente, los daños no económicos tienen un límite de $555,000 para actos en 2025, $810,000 para 2026, $1,065,000 para 2027, con aumentos programados adicionales. Un tribunal puede otorgar daños económicos adicionales por encima del límite total si aplicarlo resultara injusto. Los límites no se aplican a empleados públicos de atención médica ni a instituciones públicas cubiertas por la Governmental Immunity Act.
Leído en los 2024 Colorado Revised Statutes (copia impresa no certificada).

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo de prescripción para la negligencia médica en Colorado?
Una demanda contra un profesional o institución de atención médica con licencia debe presentarse dentro de dos años después de que se origina el reclamo, y a más tardar tres años después del acto u omisión. El límite máximo de tres años no se aplica si el acto fue ocultado a sabiendas o si se dejó un objeto extraño en el cuerpo (dos años desde el descubrimiento en esos casos), o si ni la lesión ni su causa se conocían ni pudieron haberse conocido (regla del descubrimiento). Un niño que tenía menos de 6 años en ese momento puede demandar en cualquier momento antes de cumplir 8, y otras personas bajo una incapacidad legal tienen plazos especiales.
¿Hay un límite de daños por negligencia médica en Colorado?
Sí. El total de daños y perjuicios contra profesionales e instituciones de atención médica generalmente se limita al mayor de $1,000,000 o el 125% del límite no económico por muerte por negligencia médica, del cual solo una cantidad fija puede ser no económica. El límite no económico es de $415,000 para reclamos originados en 2024-2025, y aumenta para actos u omisiones en años posteriores: $530,000 (2026), $645,000 (2027), $760,000 (2028), $875,000 (2029), y luego se ajusta por inflación. Para la muerte por negligencia de un paciente, los daños no económicos tienen un límite de $555,000 para actos en 2025, $810,000 para 2026, $1,065,000 para 2027, con aumentos programados adicionales. Un tribunal puede otorgar daños económicos adicionales por encima del límite total si aplicarlo resultara injusto. Los límites no se aplican a empleados públicos de atención médica ni a instituciones públicas cubiertas por la Governmental Immunity Act.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.