Poder notarial médico en Colorado
Cómo nombrar a un representante para la atención médica en Colorado: las reglas de firma y de testigos, el formulario oficial si el estado tiene uno, y cómo se relaciona con un testamento vital.
Respuesta corta: Colorado lo llama "medical durable power of attorney" (poder notarial duradero médico). Nombra a un agente para dar o negar el consentimiento a un tratamiento médico, incluidas la alimentación e hidratación artificiales, cuando el poderdante (principal) carece de capacidad para decidir… C.R.S. § 15-14-506
| Poder notarial médico | Colorado lo llama "medical durable power of attorney" (poder notarial duradero médico). Nombra a un agente para dar o negar el consentimiento a un tratamiento médico, incluidas la alimentación e hidratación artificiales, cuando el poderdante (principal) carece de capacidad para decidir, y puede incluir instrucciones y límites. La ley no fija un requisito de testigos ni de notario. El agente debe seguir las instrucciones indicadas y los deseos conocidos del poderdante (o su mejor interés si no se conocen), puede tener acceso a los expedientes médicos y no puede pasar por encima de la objeción del poderdante. El divorcio o la separación legal revoca automáticamente el nombramiento del cónyuge como agente, a menos que el documento diga lo contrario. Se puede adjuntar una declaración de donación de órganos y tejidos. Fuente: C.R.S. § 15-14-506 |
|---|---|
| Directiva médica anticipada | Colorado reconoce el poder notarial médico duradero (medical durable power of attorney), que nombra a un agente para consentir o rechazar tratamiento médico cuando la persona carece de capacidad para decidir; la ley no establece ningún requisito de testigos ni de notario para este. Un testamento vital (living will) (declaración sobre tratamiento médico) permite que un adulto con capacidad para decidir indique que se retiren los procedimientos de soporte vital si tiene una enfermedad terminal o está en estado vegetativo persistente; debe firmarse delante de dos testigos o reconocerse ante un notario, y ciertas personas interesadas no pueden servir como testigo ni como notario. |
| Testamento vital / directiva anticipada | Colorado llama al testamento vital (living will) una "declaration as to medical treatment" (declaración sobre tratamiento médico) bajo la Colorado Medical Treatment Decision Act. Cualquier adulto con capacidad para decidir puede firmar una que indique que se suspendan o retiren los procedimientos para mantener la vida si más adelante tiene una condición terminal o está en un estado vegetativo persistente y no puede decidir por sí mismo; también puede indicar sus preferencias sobre la nutrición e hidratación artificiales. Debe firmarse ante dos testigos o reconocerse ante un notario. La persona que firma por un declarante que no puede firmar, y los testigos o el notario, no pueden ser un médico, un empleado del médico tratante o del centro, ni una persona que tenga un reclamo contra el patrimonio (estate) o que espere heredar de él. El declarante es responsable de entregarla al médico o enfermero tratante para el expediente médico. |
| Formularios oficiales de poder notarial | Colorado tiene un formulario opcional "State of Colorado Statutory Form Power of Attorney" (formulario legal de poder notarial del estado de Colorado) para bienes y finanzas (C.R.S. 15-14-741, parte de su Uniform Power of Attorney Act). Un poder notarial (power of attorney) debe estar firmado por el poderdante, o por otra persona en la presencia consciente del poderdante y bajo su dirección; se presume que la firma es auténtica si el poderdante la reconoce ante un notario público (C.R.S. 15-14-705). El formulario legal no cubre las decisiones de atención médica; estas se toman mediante un poder notarial médico duradero (medical durable power of attorney), que puede establecer la autoridad de un agente para consentir o rechazar tratamiento médico (C.R.S. 15-14-506). Colorado Revised Statutes 2024, Title 15 (impresión no certificada). |
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Preguntas frecuentes
¿Cómo hago un poder notarial médico en Colorado?
Colorado lo llama "medical durable power of attorney" (poder notarial duradero médico). Nombra a un agente para dar o negar el consentimiento a un tratamiento médico, incluidas la alimentación e hidratación artificiales, cuando el poderdante (principal) carece de capacidad para decidir, y puede incluir instrucciones y límites. La ley no fija un requisito de testigos ni de notario. El agente debe seguir las instrucciones indicadas y los deseos conocidos del poderdante (o su mejor interés si no se conocen), puede tener acceso a los expedientes médicos y no puede pasar por encima de la objeción del poderdante. El divorcio o la separación legal revoca automáticamente el nombramiento del cónyuge como agente, a menos que el documento diga lo contrario. Se puede adjuntar una declaración de donación de órganos y tejidos.
¿Cuáles son los requisitos de una directiva médica anticipada en Colorado?
Colorado reconoce el poder notarial médico duradero (medical durable power of attorney), que nombra a un agente para consentir o rechazar tratamiento médico cuando la persona carece de capacidad para decidir; la ley no establece ningún requisito de testigos ni de notario para este. Un testamento vital (living will) (declaración sobre tratamiento médico) permite que un adulto con capacidad para decidir indique que se retiren los procedimientos de soporte vital si tiene una enfermedad terminal o está en estado vegetativo persistente; debe firmarse delante de dos testigos o reconocerse ante un notario, y ciertas personas interesadas no pueden servir como testigo ni como notario.
¿Cómo hago un testamento vital en Colorado?
Colorado llama al testamento vital (living will) una "declaration as to medical treatment" (declaración sobre tratamiento médico) bajo la Colorado Medical Treatment Decision Act. Cualquier adulto con capacidad para decidir puede firmar una que indique que se suspendan o retiren los procedimientos para mantener la vida si más adelante tiene una condición terminal o está en un estado vegetativo persistente y no puede decidir por sí mismo; también puede indicar sus preferencias sobre la nutrición e hidratación artificiales. Debe firmarse ante dos testigos o reconocerse ante un notario. La persona que firma por un declarante que no puede firmar, y los testigos o el notario, no pueden ser un médico, un empleado del médico tratante o del centro, ni una persona que tenga un reclamo contra el patrimonio (estate) o que espere heredar de él. El declarante es responsable de entregarla al médico o enfermero tratante para el expediente médico.
¿Dónde puedo obtener un formulario de poder notarial en Colorado?
Colorado tiene un formulario opcional "State of Colorado Statutory Form Power of Attorney" (formulario legal de poder notarial del estado de Colorado) para bienes y finanzas (C.R.S. 15-14-741, parte de su Uniform Power of Attorney Act). Un poder notarial (power of attorney) debe estar firmado por el poderdante, o por otra persona en la presencia consciente del poderdante y bajo su dirección; se presume que la firma es auténtica si el poderdante la reconoce ante un notario público (C.R.S. 15-14-705). El formulario legal no cubre las decisiones de atención médica; estas se toman mediante un poder notarial médico duradero (medical durable power of attorney), que puede establecer la autoridad de un agente para consentir o rechazar tratamiento médico (C.R.S. 15-14-506).
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.