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Declaración jurada de herederos (affidavit of heirship) en Louisiana

Si Louisiana permite que los herederos prueben la herencia de bienes raíces mediante una declaración jurada o una determinación de herederos por la corte, y quién hereda.

Respuesta corta: Sí, para sucesiones pequeñas (small successions). Cuando el patrimonio (estate) califica como sucesión pequeña, al menos dos personas (incluido el cónyuge sobreviviente, si lo hay, y uno o más herederos) firman una declaración jurada (affidavit) que nombra a los herederos y describe los… La. Code Civ. Proc. arts. 3421, 3432, 3434

Declaración jurada / determinación de herederosSí, para sucesiones pequeñas (small successions). Cuando el patrimonio (estate) califica como sucesión pequeña, al menos dos personas (incluido el cónyuge sobreviviente, si lo hay, y uno o más herederos) firman una declaración jurada (affidavit) que nombra a los herederos y describe los bienes (los bienes raíces descritos con suficiente detalle para transferirlos), su valor y la parte de cada heredero. Para los bienes raíces, la declaración jurada se registra en los registros de traspasos (conveyance records) de la parroquia (parish) donde está la propiedad. Los patrimonios más grandes requieren una sentencia judicial de posesión (judgment of possession).
Una sucesión pequeña (small succession) es aquella con bienes brutos en Louisiana de $200,000 o menos para un residente ($125,000 para quien no reside en el estado), o cuando la muerte ocurrió al menos 20 años antes.
Quién hereda sin testamentoLouisiana es un estado de bienes gananciales (community property) y trata de manera diferente los bienes gananciales y los separados. Bienes gananciales: si el difunto dejó descendientes, estos heredan la mitad del difunto, sujeta al usufructo (usufruct) del cónyuge sobreviviente (un derecho a usarla y a recibir sus rentas) hasta que el cónyuge muera o se vuelva a casar; sin descendientes, el cónyuge sobreviviente recibe la mitad del difunto. Bienes separados: los descendientes heredan primero, por partes iguales (por rama familiar cuando representan a un padre fallecido). Sin descendientes, heredan los hermanos y hermanas (o sus descendientes), sujetos a un usufructo a favor de los padres sobrevivientes; si no hay hermanos, heredan los padres; si no hay padres, los hermanos reciben en plena propiedad. El cónyuge sobreviviente hereda los bienes separados solo si no hay descendientes, padres ni hermanos (ni sus descendientes) y el cónyuge no estaba separado judicialmente.
Artículos relacionados: art. 888 https://legis.la.gov/legis/Law.aspx?d=111039; art. 889 https://legis.la.gov/legis/Law.aspx?d=111040; art. 891 https://legis.la.gov/legis/Law.aspx?d=111043; art. 892 https://legis.la.gov/legis/Law.aspx?d=111044; art. 894 https://legis.la.gov/legis/Law.aspx?d=111046.

Más sobre la ley de herencias de Louisiana

Preguntas frecuentes

¿Louisiana tiene declaración jurada de herederos (affidavit of heirship)?
Sí, para sucesiones pequeñas (small successions). Cuando el patrimonio (estate) califica como sucesión pequeña, al menos dos personas (incluido el cónyuge sobreviviente, si lo hay, y uno o más herederos) firman una declaración jurada (affidavit) que nombra a los herederos y describe los bienes (los bienes raíces descritos con suficiente detalle para transferirlos), su valor y la parte de cada heredero. Para los bienes raíces, la declaración jurada se registra en los registros de traspasos (conveyance records) de la parroquia (parish) donde está la propiedad. Los patrimonios más grandes requieren una sentencia judicial de posesión (judgment of possession).
¿Quién hereda si alguien muere sin testamento en Louisiana?
Louisiana es un estado de bienes gananciales (community property) y trata de manera diferente los bienes gananciales y los separados. Bienes gananciales: si el difunto dejó descendientes, estos heredan la mitad del difunto, sujeta al usufructo (usufruct) del cónyuge sobreviviente (un derecho a usarla y a recibir sus rentas) hasta que el cónyuge muera o se vuelva a casar; sin descendientes, el cónyuge sobreviviente recibe la mitad del difunto. Bienes separados: los descendientes heredan primero, por partes iguales (por rama familiar cuando representan a un padre fallecido). Sin descendientes, heredan los hermanos y hermanas (o sus descendientes), sujetos a un usufructo a favor de los padres sobrevivientes; si no hay hermanos, heredan los padres; si no hay padres, los hermanos reciben en plena propiedad. El cónyuge sobreviviente hereda los bienes separados solo si no hay descendientes, padres ni hermanos (ni sus descendientes) y el cónyuge no estaba separado judicialmente.

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