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Cómo hacer un testamento válido en Washington

Lo que exige la ley de Washington para un testamento válido: edad, firma, testigos, testamentos escritos a mano y declaraciones juradas de autenticación (self-proving).

Respuesta corta: Cualquier persona en su sano juicio que tenga 18 años o más puede hacer un testamento (will). El testamento debe constar por escrito y estar firmado por el testador, o por otra persona bajo la dirección del testador en su presencia o presencia electrónica, y debe estar certificado por… RCW 11.12.010; RCW 11.12.020; RCW 11.12.400 to 11.12.491

Requisitos para un testamento válidoCualquier persona en su sano juicio que tenga 18 años o más puede hacer un testamento (will). El testamento debe constar por escrito y estar firmado por el testador, o por otra persona bajo la dirección del testador en su presencia o presencia electrónica, y debe estar certificado por dos o más testigos competentes que firman con su nombre en el testamento. Un testamento otorgado en otro lugar en la forma que exige la ley de ese lugar también se considera válidamente otorgado. Washington también permite los testamentos electrónicos, incluida la firma y la presencia de testigos mediante presencia electrónica.
Las disposiciones sobre testamentos electrónicos se aplican a las personas que mueren a partir del 1 de enero de 2022 (1/1/2022).
Testamentos escritos a mano (ológrafos)Washington no reconoce los testamentos escritos a mano sin testigos (ológrafos, holographic wills); todo testamento debe estar firmado y certificado por al menos dos testigos. Un testamento oral (nuncupativo) limitado se permite solo para disponer de bienes muebles por un valor de hasta $1,000, probado por dos testigos que estuvieron presentes, y presentado para su legalización dentro de seis meses; los bienes inmuebles no pueden pasar por un testamento oral.
Se aplican reglas especiales sobre testamentos orales a ciertos miembros de las fuerzas armadas y de la marina mercante.
Declaración jurada de autenticaciónSí. Los testigos instrumentales pueden firmar una declaración jurada (affidavit), prestada ante cualquier persona autorizada para tomar juramentos, que indique los hechos sobre los que de otro modo declararían en el tribunal para probar el testamento (will). Puede hacerse a petición del testador, o después de la muerte a petición del albacea o de una persona interesada, y puede escribirse en el testamento o adjuntarse a él (o asociarse lógicamente a un testamento electrónico). El tribunal la acepta como si el testimonio se hubiera tomado en el tribunal.

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Preguntas frecuentes

¿Qué hace válido un testamento en Washington?
Cualquier persona en su sano juicio que tenga 18 años o más puede hacer un testamento (will). El testamento debe constar por escrito y estar firmado por el testador, o por otra persona bajo la dirección del testador en su presencia o presencia electrónica, y debe estar certificado por dos o más testigos competentes que firman con su nombre en el testamento. Un testamento otorgado en otro lugar en la forma que exige la ley de ese lugar también se considera válidamente otorgado. Washington también permite los testamentos electrónicos, incluida la firma y la presencia de testigos mediante presencia electrónica.
¿Es válido un testamento escrito a mano en Washington?
Washington no reconoce los testamentos escritos a mano sin testigos (ológrafos, holographic wills); todo testamento debe estar firmado y certificado por al menos dos testigos. Un testamento oral (nuncupativo) limitado se permite solo para disponer de bienes muebles por un valor de hasta $1,000, probado por dos testigos que estuvieron presentes, y presentado para su legalización dentro de seis meses; los bienes inmuebles no pueden pasar por un testamento oral.
¿Un testamento necesita ser notarizado en Washington?
Sí. Los testigos instrumentales pueden firmar una declaración jurada (affidavit), prestada ante cualquier persona autorizada para tomar juramentos, que indique los hechos sobre los que de otro modo declararían en el tribunal para probar el testamento (will). Puede hacerse a petición del testador, o después de la muerte a petición del albacea o de una persona interesada, y puede escribirse en el testamento o adjuntarse a él (o asociarse lógicamente a un testamento electrónico). El tribunal la acepta como si el testimonio se hubiera tomado en el tribunal.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.