Cómo funciona la sucesión en Washington
El proceso de sucesión en Washington: la corte, los pasos, las opciones simplificadas, los plazos para los acreedores y quién puede ser albacea.
Respuesta corta: 1) Cualquier persona que tenga el testamento (will) original debe entregarlo dentro de los 30 días posteriores a enterarse de la muerte (40 días si quien lo tiene es el albacea nombrado, quien debe entregarlo al tribunal). RCW 11.20.010; RCW 11.28.237; RCW 11.44.015; RCW 11.24.010; RCW 11.68.011
| Pasos de la sucesión | 1) Cualquier persona que tenga el testamento (will) original debe entregarlo dentro de los 30 días posteriores a enterarse de la muerte (40 días si quien lo tiene es el albacea nombrado, quien debe entregarlo al tribunal). 2) Presente una petición en el superior court para admitir el testamento y nombrar a un representante personal (y, si lo desea, para obtener facultades de no intervención). 3) Dentro de los 20 días posteriores al nombramiento, dé aviso del nombramiento y de la sucesión (probate) pendiente a los herederos, beneficiarios y receptores de transferencias fuera de la sucesión. 4) Publique y notifique el aviso a los acreedores. 5) Dentro de los tres meses posteriores al nombramiento, prepare un inventario y tasación verificados (no es necesario presentarlo ante el tribunal, pero debe entregarse a petición de los herederos, beneficiarios, acreedores reclamantes y el Department of Revenue). 6) Pague las reclamaciones y los gastos, y luego cierre el patrimonio y distribuya. Una impugnación del testamento debe presentarse dentro de los cuatro meses posteriores a la admisión o el rechazo del testamento. |
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| Sucesión simplificada | Además de la declaración jurada para patrimonios pequeños (small estate affidavit) (bienes muebles de hasta $100,000), la principal opción simplificada de Washington es la administración con facultades de no intervención (nonintervention powers): una vez concedidas, el representante personal puede liquidar el patrimonio sin más órdenes judiciales. El tribunal debe conceder las facultades de no intervención si el testamento no las prohíbe, el patrimonio es solvente, y el peticionario fue nombrado en el testamento, o es el cónyuge o pareja sobreviviente de un difunto sin testamento con solo bienes gananciales y sin descendientes de otra relación, o no es un acreedor y la no intervención conviene a los beneficiarios y acreedores. Fuente: RCW 11.62.010; RCW 11.68.011 |
| Plazo para reclamos de acreedores | Si el representante personal publica el aviso a los acreedores, un acreedor que recibió aviso real debe presentar una reclamación (creditor claim) a más tardar en la fecha que ocurra más tarde: 30 días después de que se notificó o envió el aviso, o cuatro meses después de la primera publicación. Un acreedor que no era razonablemente identificable debe presentar una reclamación dentro de los cuatro meses posteriores a la primera publicación. Si no se da ningún aviso, las reclamaciones prescriben 24 meses después de la fecha de la muerte. La prescripción se aplica tanto a los bienes de la sucesión como a los bienes fuera de la sucesión. Un acreedor razonablemente identificable que no recibió aviso real tiene hasta 24 meses después de la muerte. Fuente: RCW 11.40.051 |
| Quién puede ser albacea | La persona nombrada en el testamento tiene el primer derecho; de lo contrario, el tribunal nombra, en orden: al cónyuge sobreviviente o pareja de hecho registrada (o la persona que designe), a los parientes más cercanos (hijos, padres, hermanos, nietos, sobrinos y sobrinas), a ciertos fiduciarios, a los beneficiarios, a ciertas agencias estatales y a los acreedores principales. No pueden servir los menores de edad, las personas que no estén en su sano juicio, las personas condenadas por un delito grave (felony) o un delito que implique bajeza moral, ni las personas que recientemente se determinó que actuaron de forma deshonesta o incumplieron un deber fiduciario. Un no residente puede servir si nombra, en un escrito presentado ante el secretario, a un agente para recibir notificaciones que viva en el condado o sea el abogado registrado del patrimonio. Se requiere fianza a menos que el testamento la dispense, todo el patrimonio pase a un cónyuge o pareja sobreviviente, sirva un banco o compañía fiduciaria, o el tribunal la dispense. Un representante personal no residente también debe depositar una fianza aprobada por el tribunal, a menos que se dispense según RCW 11.28.185. |
| Declaración jurada de herencia pequeña | Un sucesor puede cobrar los bienes muebles del difunto mediante una declaración jurada (affidavit) si el patrimonio sujeto a sucesión (probate) (sin contar el derecho del cónyuge o pareja de hecho sobreviviente sobre los bienes gananciales), menos gravámenes y cargas, no supera $100,000. La declaración jurada puede usarse solo después de que hayan pasado 40 días desde la muerte, si no se ha nombrado ni solicitado un representante personal en ningún lugar, todas las deudas (incluidos los gastos funerarios y de entierro) se han pagado o están previstas, y se dio aviso escrito a todos los demás sucesores al menos 10 días antes. El difunto debe haber sido residente de Washington. El procedimiento cubre solo bienes muebles (cuentas bancarias, valores, vehículos y similares); los bienes inmuebles no pueden transferirse de esta manera. Se debe enviar por correo una copia de la declaración jurada, con el número de Seguro Social del difunto, al Department of Social and Health Services, Office of Financial Recovery. El límite de $100,000 está vigente desde 2006 (2006 c 360). Las cooperativas de crédito también pueden pagar hasta $1,000 de los depósitos de un socio a un cónyuge o pareja sobreviviente con una declaración jurada separada (RCW 11.62.030). |
| Cómo encontrar registros de la corte de sucesiones | El tribunal superior (superior court) de cada condado tiene jurisdicción original sobre la validación de testamentos (wills) en sucesión (probate) y la administración de herencias (RCW 11.96A.040). El sitio Search Case Records de Washington Courts permite al público buscar casos en tribunales municipales, de distrito, superiores y de apelaciones por nivel de tribunal o por nombre de persona; el estado del caso puede ser inexacto, no se muestran los resultados, y algunos tribunales superiores (incluidos los de los condados de King y Pierce) se buscan mediante sus propios sistemas administrados por el tribunal. Verifique cualquier información con el expediente del tribunal local. Jurisdicción: https://app.leg.wa.gov/RCW/default.aspx?cite=11.96A.040 |
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Preguntas frecuentes
¿Cómo funciona la sucesión en Washington?
1) Cualquier persona que tenga el testamento (will) original debe entregarlo dentro de los 30 días posteriores a enterarse de la muerte (40 días si quien lo tiene es el albacea nombrado, quien debe entregarlo al tribunal). 2) Presente una petición en el superior court para admitir el testamento y nombrar a un representante personal (y, si lo desea, para obtener facultades de no intervención). 3) Dentro de los 20 días posteriores al nombramiento, dé aviso del nombramiento y de la sucesión (probate) pendiente a los herederos, beneficiarios y receptores de transferencias fuera de la sucesión. 4) Publique y notifique el aviso a los acreedores. 5) Dentro de los tres meses posteriores al nombramiento, prepare un inventario y tasación verificados (no es necesario presentarlo ante el tribunal, pero debe entregarse a petición de los herederos, beneficiarios, acreedores reclamantes y el Department of Revenue). 6) Pague las reclamaciones y los gastos, y luego cierre el patrimonio y distribuya. Una impugnación del testamento debe presentarse dentro de los cuatro meses posteriores a la admisión o el rechazo del testamento.
¿Existe un proceso de sucesión simplificado en Washington?
Además de la declaración jurada para patrimonios pequeños (small estate affidavit) (bienes muebles de hasta $100,000), la principal opción simplificada de Washington es la administración con facultades de no intervención (nonintervention powers): una vez concedidas, el representante personal puede liquidar el patrimonio sin más órdenes judiciales. El tribunal debe conceder las facultades de no intervención si el testamento no las prohíbe, el patrimonio es solvente, y el peticionario fue nombrado en el testamento, o es el cónyuge o pareja sobreviviente de un difunto sin testamento con solo bienes gananciales y sin descendientes de otra relación, o no es un acreedor y la no intervención conviene a los beneficiarios y acreedores.
¿Cuánto tiempo tienen los acreedores para presentar reclamos contra un patrimonio en Washington?
Si el representante personal publica el aviso a los acreedores, un acreedor que recibió aviso real debe presentar una reclamación (creditor claim) a más tardar en la fecha que ocurra más tarde: 30 días después de que se notificó o envió el aviso, o cuatro meses después de la primera publicación. Un acreedor que no era razonablemente identificable debe presentar una reclamación dentro de los cuatro meses posteriores a la primera publicación. Si no se da ningún aviso, las reclamaciones prescriben 24 meses después de la fecha de la muerte. La prescripción se aplica tanto a los bienes de la sucesión como a los bienes fuera de la sucesión.
¿Quién puede ser albacea en Washington?
La persona nombrada en el testamento tiene el primer derecho; de lo contrario, el tribunal nombra, en orden: al cónyuge sobreviviente o pareja de hecho registrada (o la persona que designe), a los parientes más cercanos (hijos, padres, hermanos, nietos, sobrinos y sobrinas), a ciertos fiduciarios, a los beneficiarios, a ciertas agencias estatales y a los acreedores principales. No pueden servir los menores de edad, las personas que no estén en su sano juicio, las personas condenadas por un delito grave (felony) o un delito que implique bajeza moral, ni las personas que recientemente se determinó que actuaron de forma deshonesta o incumplieron un deber fiduciario. Un no residente puede servir si nombra, en un escrito presentado ante el secretario, a un agente para recibir notificaciones que viva en el condado o sea el abogado registrado del patrimonio. Se requiere fianza a menos que el testamento la dispense, todo el patrimonio pase a un cónyuge o pareja sobreviviente, sirva un banco o compañía fiduciaria, o el tribunal la dispense.
¿Cuál es el límite de herencia pequeña en Washington?
Un sucesor puede cobrar los bienes muebles del difunto mediante una declaración jurada (affidavit) si el patrimonio sujeto a sucesión (probate) (sin contar el derecho del cónyuge o pareja de hecho sobreviviente sobre los bienes gananciales), menos gravámenes y cargas, no supera $100,000. La declaración jurada puede usarse solo después de que hayan pasado 40 días desde la muerte, si no se ha nombrado ni solicitado un representante personal en ningún lugar, todas las deudas (incluidos los gastos funerarios y de entierro) se han pagado o están previstas, y se dio aviso escrito a todos los demás sucesores al menos 10 días antes. El difunto debe haber sido residente de Washington. El procedimiento cubre solo bienes muebles (cuentas bancarias, valores, vehículos y similares); los bienes inmuebles no pueden transferirse de esta manera. Se debe enviar por correo una copia de la declaración jurada, con el número de Seguro Social del difunto, al Department of Social and Health Services, Office of Financial Recovery.
¿Cómo busco registros de la corte de sucesiones en Washington?
El tribunal superior (superior court) de cada condado tiene jurisdicción original sobre la validación de testamentos (wills) en sucesión (probate) y la administración de herencias (RCW 11.96A.040). El sitio Search Case Records de Washington Courts permite al público buscar casos en tribunales municipales, de distrito, superiores y de apelaciones por nivel de tribunal o por nombre de persona; el estado del caso puede ser inexacto, no se muestran los resultados, y algunos tribunales superiores (incluidos los de los condados de King y Pierce) se buscan mediante sus propios sistemas administrados por el tribunal. Verifique cualquier información con el expediente del tribunal local.
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.