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¿Qué es la responsabilidad del propietario por las condiciones del inmueble (premises liability)? La ley de caídas por resbalón explicada

La responsabilidad del propietario por las condiciones del inmueble (premises liability) es la parte de la ley de lesiones que decide cuándo una persona que es dueña, alquila o controla una propiedad es responsable de las lesiones causadas allí por condiciones inseguras, como un derrame, un escalón roto o hielo. Es ley estatal, así que las reglas varían: algunos estados usan un solo estándar de cuidado razonable para todo visitante legal, mientras que otros fijan el deber del dueño según si el visitante era un invitado (invitee) (como un cliente), un licenciatario (licensee) (como un invitado social) o un intruso (trespasser). En la mayoría de los estados, la persona lesionada debe demostrar que el dueño sabía o debió haber sabido del peligro, y la propia parte de culpa de la persona lesionada puede reducir o impedir la indemnización. Los ejemplos de abajo están identificados por estado; consulte la página de caídas por resbalón (slip and fall) de su estado para ver sus reglas.

Lo que dice la ley

Preguntas frecuentes

¿Qué tiene que probar normalmente una persona lesionada en un caso de responsabilidad del propietario por las condiciones del inmueble?
Según las instrucciones oficiales al jurado de California, por ejemplo, la persona lesionada debe demostrar que una condición en la propiedad creó un riesgo irrazonable de daño, que el dueño sabía o con un cuidado razonable debió haber sabido de ella, que el dueño no la corrigió, no protegió contra ella ni advirtió, y que esto fue un factor sustancial en causar el daño. Otros estados usan elementos similares, pero los detalles varían; consulte la página de caídas por resbalón (slip and fall) de su estado.
¿Cuál es la diferencia entre un invitado, un licenciatario y un intruso?
Muchos estados usan estas categorías para fijar el deber del dueño. En la Premises Liability Act de Colorado, un invitado (invitee) es alguien que está allí por negocios o porque se invita al público, un licenciatario (licensee) incluye a un invitado social, y un intruso (trespasser) puede recibir indemnización solo por un daño intencional o deliberado. Las instrucciones modelo al jurado de Utah describen a un invitado como un cliente de un negocio o alguien en una propiedad abierta al público, y a un licenciatario como alguien que está presente con permiso. Algunos estados, como California, Illinois y New Mexico, no dividen a los visitantes legales de esta forma.
¿Una tienda es responsable de todo derrame en el que me resbale?
No automáticamente. En Florida, una persona que se resbala en una sustancia extraña transitoria en un negocio debe probar que el negocio tenía conocimiento real o implícito (constructive knowledge) de ella. En Louisiana, la persona debe probar que el comerciante creó la condición o tenía aviso real o implícito y no usó un cuidado razonable. Las instrucciones modelo al jurado (jury charge) de New Jersey reconocen una excepción de 'mode of operation' (modo de operación) para los negocios de autoservicio.
¿Qué pasa si el peligro era evidente?
Depende del estado. La doctrina de peligro abierto y evidente (open-and-obvious) de Ohio significa que no hay deber respecto a los peligros abiertos y evidentes, y West Virginia tiene una ley con el mismo efecto. Por lo general, Illinois no impone el deber de advertir sobre condiciones abiertas y evidentes, con las excepciones de 'distraction' (distracción) y 'deliberate encounter' (encuentro deliberado). Las instrucciones al jurado de New Mexico dicen que el deber del dueño se aplica sea o no evidente la condición.
¿Qué pasa si yo tuve parte de la culpa de mi caída?
Los estados lo manejan de manera diferente. Washington usa la culpa comparativa pura (pure comparative fault): su propia culpa reduce sus daños, pero no impide la indemnización. Pennsylvania usa la negligencia comparativa modificada (modified comparative negligence): usted puede recibir indemnización solo si su negligencia no fue mayor que la negligencia combinada de los demandados, y sus daños se reducen según su parte.
¿La responsabilidad del propietario por las condiciones del inmueble se aplica a los intrusos?
Solo de forma limitada. La ley de Oklahoma dice que el dueño de un terreno no tiene el deber de hacer el inmueble seguro para un intruso (trespasser), pero una vez que sabe o razonablemente debería saber que un intruso está presente, no debe lesionarlo por un acto temerario o intencional, y hay una excepción para los niños lesionados por condiciones artificiales muy peligrosas que son inusualmente atractivas para los niños. New Jersey le debe a un intruso adulto solo el deber de no lesionarlo intencionalmente.

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Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.