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Servicio de jurado en California

Quién puede ser excusado del servicio de jurado en California, qué pasa si falta, el pago a los jurados y si su empleador debe permitirle servir.

Respuesta corta: California no tiene una exención por edad; los jurados deben tener al menos 18 años, y quien haya servido en un jurado en los últimos 12 meses no está calificado para servir de nuevo. Judicial Branch of California, Jury Service

Quién puede ser excusado del servicio de juradoCalifornia no tiene una exención por edad; los jurados deben tener al menos 18 años, y quien haya servido en un jurado en los últimos 12 meses no está calificado para servir de nuevo. Un jurado puede pedir ser dispensado por dificultad: no tener transporte, una distancia de viaje excesiva, una discapacidad física o mental, cuidar a un dependiente cuando nadie más puede hacerlo, o una carga económica extrema. Las personas con un problema de salud grave pueden ser dispensadas o aplazar su servicio (puede requerirse una nota del médico, y las personas con discapacidad pueden solicitar una dispensa médica permanente), y una madre que amamanta puede aplazarlo hasta por un año. Para pedirlo, marque la categoría correcta en el formulario de respuesta a la citación y devuélvalo al tribunal de inmediato, o siga las instrucciones de la citación para jurado (jury summons) para aplazarlo; es posible que aun así tenga que presentarse ante un juez.
Judicial Branch of California, página oficial de Jury Service. Texto de la ley (secciones sobre jurados del Code Civ. Proc., Gov.
Sanción por faltar al servicio de juradoCualquier persona que no responda a una citación para jurado (jury summons) cuando se le exige puede recibir una multa de hasta $1,500, cárcel, o ambas.
Judicial Branch of California, página oficial de Jury Service. Texto de la ley (secciones sobre jurados del Code Civ. Proc., Gov.
Pago por servicio de jurado y su empleoLos empleadores de California deben dar a los empleados tiempo libre para el servicio de jurado, y los empleados están protegidos contra el despido o el acoso por servir; la página de jurados del tribunal remite a la sección 12945.8 del Government Code para esta protección, y a disposiciones del Education Code para maestros y empleados escolares. A los jurados se les pagan $15 por día a partir del segundo día de servicio, más al menos 34 centavos por milla en cada sentido desde el segundo día, o hasta $12 para transporte público a partir del primer día. Los empleados del gobierno reciben de sus empleadores su pago completo y beneficios en lugar del pago de jurado.
Judicial Branch of California, página oficial de Jury Service. Texto de la ley (secciones sobre jurados del Code Civ. Proc., Gov.

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Preguntas frecuentes

¿Quién está exento del servicio de jurado en California?
California no tiene una exención por edad; los jurados deben tener al menos 18 años, y quien haya servido en un jurado en los últimos 12 meses no está calificado para servir de nuevo. Un jurado puede pedir ser dispensado por dificultad: no tener transporte, una distancia de viaje excesiva, una discapacidad física o mental, cuidar a un dependiente cuando nadie más puede hacerlo, o una carga económica extrema. Las personas con un problema de salud grave pueden ser dispensadas o aplazar su servicio (puede requerirse una nota del médico, y las personas con discapacidad pueden solicitar una dispensa médica permanente), y una madre que amamanta puede aplazarlo hasta por un año. Para pedirlo, marque la categoría correcta en el formulario de respuesta a la citación y devuélvalo al tribunal de inmediato, o siga las instrucciones de la citación para jurado (jury summons) para aplazarlo; es posible que aun así tenga que presentarse ante un juez.
¿Qué pasa si falta al servicio de jurado en California?
Cualquier persona que no responda a una citación para jurado (jury summons) cuando se le exige puede recibir una multa de hasta $1,500, cárcel, o ambas.
¿Su empleador tiene que permitirle servir como jurado en California?
Los empleadores de California deben dar a los empleados tiempo libre para el servicio de jurado, y los empleados están protegidos contra el despido o el acoso por servir; la página de jurados del tribunal remite a la sección 12945.8 del Government Code para esta protección, y a disposiciones del Education Code para maestros y empleados escolares. A los jurados se les pagan $15 por día a partir del segundo día de servicio, más al menos 34 centavos por milla en cada sentido desde el segundo día, o hasta $12 para transporte público a partir del primer día. Los empleados del gobierno reciben de sus empleadores su pago completo y beneficios en lugar del pago de jurado.

Última verificación con fuentes oficiales: 27 de octubre de 2026.

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