All Laws Decoded

Leyes de entrada ilegal a propiedad ajena (trespassing) en California

Cómo se presentan cargos por entrada ilegal a propiedad ajena (trespassing) en California, si es un delito menor o un delito grave, y las sanciones máximas, según el código penal estatal.

Respuesta corta: El estatuto de allanamiento (trespass) de California enumera muchas formas específicas de allanamiento, la mayoría de ellas delitos menores (misdemeanors) castigados con hasta 6 meses en la cárcel del condado y/o una multa de hasta $1,000. Cal. Penal Code §§ 19, 602(k), 602(m), 602.5(a), (b); CALCRIM Nos. 2930, 2931

Entrada ilegal a propiedad ajena (trespassing)El estatuto de allanamiento (trespass) de California enumera muchas formas específicas de allanamiento, la mayoría de ellas delitos menores (misdemeanors) castigados con hasta 6 meses en la cárcel del condado y/o una multa de hasta $1,000. Por ejemplo, entrar en el terreno de otra persona para dañar propiedad o para interferir con un negocio legal que se realiza allí es allanamiento, como lo es entrar y ocupar la propiedad de otra persona sin su consentimiento. Entrar o permanecer en la casa de otra persona sin su consentimiento es un delito menor separado; si un residente u otra persona autorizada está presente, es allanamiento agravado, castigado con hasta 1 año en la cárcel del condado y/o una multa de hasta $1,000.
Texto del estatuto leído nuevamente en el sitio oficial California Legislative Information (leginfo.legislature.ca.gov) el 27 de octubre de 2026 (10/27/2026): Pen. Code §§ 19, 602, 602.5. El Pen. Code § 19 fija el máximo predeterminado para los delitos menores (6 meses y/o $1,000) cuando una sección no fija ninguno; el Pen. Code § 18 y el § 1170(h) fijan el término predeterminado para los delitos graves de 16 meses, 2 o 3 años. Los elementos también siguen las instrucciones para el jurado CALCRIM del Judicial Council (CALCRIM Nos. 2930, 2931). Verificado nuevamente y corregido el 27 de octubre de 2026 (10/27/2026).

Más sobre derecho penal en California

Preguntas frecuentes

¿Es un delito la entrada ilegal a propiedad ajena (trespassing) en California?
El estatuto de allanamiento (trespass) de California enumera muchas formas específicas de allanamiento, la mayoría de ellas delitos menores (misdemeanors) castigados con hasta 6 meses en la cárcel del condado y/o una multa de hasta $1,000. Por ejemplo, entrar en el terreno de otra persona para dañar propiedad o para interferir con un negocio legal que se realiza allí es allanamiento, como lo es entrar y ocupar la propiedad de otra persona sin su consentimiento. Entrar o permanecer en la casa de otra persona sin su consentimiento es un delito menor separado; si un residente u otra persona autorizada está presente, es allanamiento agravado, castigado con hasta 1 año en la cárcel del condado y/o una multa de hasta $1,000.
¿Puedo obtener un abogado designado por el tribunal en un caso de entrada ilegal a propiedad ajena (trespassing) en California?
Regla de California sobre abogados asignados por la corte: En la lectura de cargos (arraignment), si el acusado no puede pagar un abogado, el juez le designará uno, normalmente un defensor público (public defender), sin costo. Si el defensor público no puede tomar el caso o no hay defensor público en el área, la corte generalmente designará a otro abogado. California Courts Self-Help Guide, 'The arraignment'
¿Cuánto cuesta un abogado para un caso de entrada ilegal a propiedad ajena (trespassing) en California?
Los abogados fijan sus propios honorarios, y California tiene reglas sobre cómo pueden cobrar. Consulte cómo contratar a un abogado de defensa penal en California para conocer las reglas de honorarios, cómo verificar la licencia de un abogado y la ayuda gratuita.
¿Qué sucede después de un arresto por entrada ilegal a propiedad ajena (trespassing) en California?
Cómo funciona la liberación antes del juicio en California: Cada superior court de condado adopta una tabla de fianzas (bail) según el Penal Code § 1269b; esta fija el monto con el que una persona arrestada sin orden judicial puede ser puesta en libertad antes de comparecer ante la corte. Después de la primera comparecencia, el monto de la fianza queda a discreción del juez y puede ser mayor o menor que el de la tabla, sujeto al Penal Code § 1275 y a la jurisprudencia aplicable, incluido In re Humphrey (2021) 11 Cal.5th 135. No tienen derecho a fianza las personas acusadas de delitos capitales cuando los hechos son evidentes o la presunción es fuerte; de delitos graves (felonies) que implican actos de violencia cuando los hechos son evidentes o la presunción es fuerte y la corte determina, con pruebas claras y convincentes, que hay una probabilidad sustancial de que la libertad resulte en daños corporales graves a otros; y de delitos graves cuando los hechos son evidentes o la presunción es fuerte y la corte determina, con pruebas claras y convincentes, que la persona amenazó a otra con daños corporales graves y probablemente cumpliría la amenaza. Para los delitos graves serios y violentos y ciertos delitos de violencia doméstica (domestic violence) y acecho (stalking), la libertad bajo fianza por un monto distinto al de la tabla requiere una audiencia en sesión pública. En la lectura de cargos (arraignment) el juez puede poner en libertad al acusado bajo palabra (own recognizance), ponerlo en libertad bajo supervisión, fijar una fianza o no fijar fianza; por lo general, alguien acusado solo de delitos menores (misdemeanors) será puesto en libertad bajo palabra. Cal. Const. art. I, § 12; Cal. Penal Code §§ 1269b, 1270.1, 1270.5, 1275; Santa Clara County Superior Court 2026 Criminal Bail Schedule; California Courts Self-Help Guide Qué sucede después de un arresto.
¿Se puede eliminar de mis antecedentes una condena por entrada ilegal a propiedad ajena (trespassing) en California?
Cada estado fija sus propias reglas para sellar o eliminar antecedentes. Consulte Reglas de eliminación y sellado de antecedentes de California.

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.