Cartas testamentarias (letters testamentary) en New York
Cómo emite la corte de sucesiones de New York las cartas testamentarias o las cartas de administración, y qué necesita para solicitarlas.
Respuesta corta: La sucesión (probate) la maneja la Surrogate's Court del condado donde vivía el fallecido. Se presenta una petición con el testamento (will) original, y se notifica con una citación a los beneficiarios por ley (distributees) del fallecido y a otras personas afectadas. N.Y. Surr. Ct. Proc. Act §§ 1414, 1403, 710
| Cartas testamentarias (letters testamentary) | La sucesión (probate) la maneja la Surrogate's Court del condado donde vivía el fallecido. Se presenta una petición con el testamento (will) original, y se notifica con una citación a los beneficiarios por ley (distributees) del fallecido y a otras personas afectadas. Después de que el testamento es admitido a sucesión, se emiten 'letters testamentary' (cartas testamentarias) a un albacea (executor) nombrado y elegible que se presenta y califica. Sin testamento, el tribunal emite 'letters of administration' (cartas de administración). Por lo general, un albacea no tiene que dar fianza (bond) a menos que el testamento o la ley la exija. |
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| Quién puede ser albacea | No pueden servir los menores de edad, las personas incompetentes ni las personas consideradas no aptas (por ejemplo, por deshonestidad o abuso de sustancias). Un no ciudadano de los EE. UU. que vive fuera de New York no puede servir a menos que lo haga con un cofiduciario residente en New York (o como tutor extranjero). El tribunal también puede rechazar a alguien que no sepa leer y escribir inglés o que tenga una condena por un delito grave (felony) que podría perjudicar al patrimonio. Un ciudadano de los EE. UU. que vive en otro estado puede servir. Por lo general, un albacea (executor) no tiene que depositar una fianza a menos que el testamento lo exija o la ley lo requiera (por ejemplo, en algunos casos para no domiciliados); el tribunal puede exigir una fianza si hay una objeción. |
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Preguntas frecuentes
¿Cómo obtengo las cartas testamentarias (letters testamentary) en New York?
La sucesión (probate) la maneja la Surrogate's Court del condado donde vivía el fallecido. Se presenta una petición con el testamento (will) original, y se notifica con una citación a los beneficiarios por ley (distributees) del fallecido y a otras personas afectadas. Después de que el testamento es admitido a sucesión, se emiten 'letters testamentary' (cartas testamentarias) a un albacea (executor) nombrado y elegible que se presenta y califica. Sin testamento, el tribunal emite 'letters of administration' (cartas de administración). Por lo general, un albacea no tiene que dar fianza (bond) a menos que el testamento o la ley la exija.
¿Quién puede ser albacea en New York?
No pueden servir los menores de edad, las personas incompetentes ni las personas consideradas no aptas (por ejemplo, por deshonestidad o abuso de sustancias). Un no ciudadano de los EE. UU. que vive fuera de New York no puede servir a menos que lo haga con un cofiduciario residente en New York (o como tutor extranjero). El tribunal también puede rechazar a alguien que no sepa leer y escribir inglés o que tenga una condena por un delito grave (felony) que podría perjudicar al patrimonio. Un ciudadano de los EE. UU. que vive en otro estado puede servir. Por lo general, un albacea (executor) no tiene que depositar una fianza a menos que el testamento lo exija o la ley lo requiera (por ejemplo, en algunos casos para no domiciliados); el tribunal puede exigir una fianza si hay una objeción.
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.