Exenciones del impuesto a la propiedad de Arkansas: vivienda (homestead), alivio para personas mayores y veteranos
Alivio del impuesto a la propiedad de Arkansas: la exención de la vivienda (homestead), exenciones para personas mayores, veteranos y personas con discapacidad, cómo y cuándo solicitarlas, y cómo apelar su avalúo, según fuentes estatales oficiales.
Respuestas rápidas para Arkansas
- Exención de la vivienda (homestead)
- Arkansas otorga un crédito del impuesto a la propiedad (property tax) para la vivienda familiar (homestead) en lugar de una exención. Arkansas DFA Assessment Coordination Division, Homestead Tax Credit and Property Relief; Ark. Code Ann. §§ 26-26-1118, 26-26-1119; Ark. Const. Amend. 79
- Cómo solicitar
- Solicite el crédito de vivienda familiar (homestead), y el congelamiento de la tasación por edad de 65 años/discapacidad, en la oficina del tasador de su condado (county assessor). Arkansas DFA Assessment Coordination Division, Property Tax Relief; ACD Frequently Asked Questions, ch. 8; Ark. Code Ann. § 26-26-1118
- Fecha límite de solicitud
- La prueba de elegibilidad para el crédito tributario de vivienda familiar (homestead) debe registrarse ante el tasador del condado a más tardar el 15 de octubre del año siguiente a la tasación, y la propiedad debe calificar antes del 1 de enero del año siguiente al año de tasación. Arkansas DFA Assessment Coordination Division, Frequently Asked Questions (ch. 8, Q26, Q31); Ark. Code Ann. § 26-26-1118
- Exenciones y congelamientos para personas mayores
- Los dueños de vivienda que califican para el crédito de vivienda familiar (homestead) y tienen 65 años o más (o están discapacitados) pueden congelar el valor tasado gravable de su vivienda familiar en la siguiente fecha de tasación después de cumplir 65 años o quedar discapacitados; Arkansas DFA Assessment Coordination Division, Property Tax Relief; Ark. Const. Amend. 79; Ark. Code Ann. §§ 26-26-1123, 26-26-1124
Última verificación: 2026-10-27
La exención de la vivienda (homestead)
| Exención de la vivienda (homestead) | Arkansas otorga un crédito del impuesto a la propiedad (property tax) para la vivienda familiar (homestead) en lugar de una exención. Los dueños de vivienda pueden recibir un crédito de hasta $500 por año, y la General Assembly autorizó un aumento hasta $600 a partir de las facturas de impuestos de 2026. La vivienda familiar es la vivienda que el dueño usa como residencia principal; los dueños incluyen al propietario registrado, a un comprador bajo un contrato de compraventa registrado o al titular de un usufructo vitalicio registrado (life estate), y la vivienda puede estar en un fideicomiso revocable o irrevocable. Solo se puede reclamar un crédito de vivienda familiar por año, y el crédito no puede superar el impuesto adeudado. Reglas del límite del crédito y de un solo crédito: https://www.dfa.arkansas.gov/wp-content/uploads/faqs-2023.pdf |
|---|---|
| Cómo solicitar | Solicite el crédito de vivienda familiar (homestead), y el congelamiento de la tasación por edad de 65 años/discapacidad, en la oficina del tasador de su condado (county assessor). La prueba de elegibilidad para el crédito puede entregarse directamente al tasador o adjuntarse a la escritura u otro documento de traspaso presentado ante el secretario del tribunal de circuito (circuit clerk), quien la reenvía al tasador. Una vez que una parcela califica, el crédito se aplica a la propiedad durante todo el año aunque se venda; un comprador debe notificar al tasador sobre un nuevo uso de la propiedad. Preguntas frecuentes: https://www.dfa.arkansas.gov/wp-content/uploads/faqs-2023.pdf |
| Fecha límite de solicitud | La prueba de elegibilidad para el crédito tributario de vivienda familiar (homestead) debe registrarse ante el tasador del condado a más tardar el 15 de octubre del año siguiente a la tasación, y la propiedad debe calificar antes del 1 de enero del año siguiente al año de tasación. |
| Límites a los aumentos de la tasación | Conforme a la Amendment 79, el valor tasado gravable de una vivienda familiar (homestead) no puede aumentar más del 5% por año hasta alcanzar el valor tasado total; otros bienes inmuebles (comerciales, agrícolas, baldíos) tienen un límite de aumento anual del 10% después de una reevaluación en todo el condado. Los límites no se aplican a construcción nueva, propiedades recién descubiertas ni mejoras sustanciales. La propiedad se tasa al 20% del valor de mercado (market value). |
Alivio para personas mayores, veteranos y personas con discapacidad
| Exenciones y congelamientos para personas mayores | Los dueños de vivienda que califican para el crédito de vivienda familiar (homestead) y tienen 65 años o más (o están discapacitados) pueden congelar el valor tasado gravable de su vivienda familiar en la siguiente fecha de tasación después de cumplir 65 años o quedar discapacitados; una persona que califica y compra una vivienda familiar puede obtener el congelamiento después de la compra. El valor congelado aún puede aumentar por mejoras sustanciales (una renovación que agregue 25% o más al valor) y construcción nueva, las facturas de impuestos pueden cambiar con las tasas de millaje (millage rates) locales, y el congelamiento no se transfiere a un nuevo dueño. Vivir en un hogar de ancianos no descalifica automáticamente a un dueño. Preguntas frecuentes: https://www.dfa.arkansas.gov/wp-content/uploads/faqs-2023.pdf |
|---|---|
| Exenciones para veteranos | El Ark. Code Ann. § 26-3-306 exime de impuestos la propiedad de un veterano discapacitado que cumple los requisitos, y la exención también cubre a los cónyuges sobrevivientes y a los hijos menores dependientes de veteranos discapacitados. Para el congelamiento de la vivienda familiar (homestead), 'disabled' (discapacitado) incluye a un veterano discapacitado de forma permanente y total conforme a 38 C.F.R. Part IV. |
| Exenciones por discapacidad | Los dueños de vivienda discapacitados que califican para el crédito de vivienda familiar (homestead) pueden obtener el mismo congelamiento del valor tasado que los dueños de 65 años o más. Para este fin, 'disabled' (discapacitado) significa una persona discapacitada conforme al Subchapter XIX de la Social Security Act (tal como estaba vigente el 1 de enero de 2003 (1/1/2003)) durante cualquier período del año calendario, un veterano discapacitado de forma permanente y total conforme a 38 C.F.R. Part IV, o una persona que ha recibido beneficios del seguro por discapacidad permanente y total durante el año. Preguntas frecuentes: https://www.dfa.arkansas.gov/wp-content/uploads/faqs-2023.pdf |
Pago y apelación
| Cuándo vencen los impuestos a la propiedad | Los impuestos sobre bienes inmuebles y muebles se pagan desde el primer día hábil de marzo hasta el 15 de octubre por las tasaciones hechas el año anterior. Los impuestos no pagados para el 15 de octubre quedan en mora y el recaudador del condado (county collector) agrega una multa del 10%; si el 15 de octubre cae en fin de semana o feriado postal, el plazo pasa al siguiente día hábil. Se permiten pagos a plazos (una cuarta parte a más tardar el tercer lunes de abril, la siguiente a más tardar el tercer lunes de julio y el saldo a más tardar el 15 de octubre), y los recaudadores pueden aceptar pagos parciales de cualquier monto entre marzo y el 15 de octubre. |
|---|---|
| Cómo apelar su tasación | El dueño de una propiedad tiene derecho a reunirse con el tasador del condado (county assessor) (o un representante) sobre un cambio de valor antes de presentar una petición ante la junta de igualación del condado (county board of equalization). Luego, el dueño o un agente puede presentar una solicitud ante la junta, dentro del plazo permitido, mediante petición o carta; el aviso de reevaluación debe indicar el plazo para pedir una audiencia. La junta se reúne del 1 de agosto al 1 de octubre de cada año (más tiempo en algunos casos, pero no después del tercer lunes de noviembre) y debe notificar al dueño su decisión por escrito. Un dueño debe apelar ante la junta antes de apelar (appeal) ante el tribunal del condado (county court). |
Preguntas frecuentes sobre impuesto a la propiedad y exenciones de la vivienda (homestead)
¿Qué es la exención de la vivienda (homestead) en Arkansas?
Arkansas otorga un crédito del impuesto a la propiedad (property tax) para la vivienda familiar (homestead) en lugar de una exención. Los dueños de vivienda pueden recibir un crédito de hasta $500 por año, y la General Assembly autorizó un aumento hasta $600 a partir de las facturas de impuestos de 2026. La vivienda familiar es la vivienda que el dueño usa como residencia principal; los dueños incluyen al propietario registrado, a un comprador bajo un contrato de compraventa registrado o al titular de un usufructo vitalicio registrado (life estate), y la vivienda puede estar en un fideicomiso revocable o irrevocable. Solo se puede reclamar un crédito de vivienda familiar por año, y el crédito no puede superar el impuesto adeudado.
¿Cómo se solicita una exención de la vivienda (homestead) en Arkansas?
Solicite el crédito de vivienda familiar (homestead), y el congelamiento de la tasación por edad de 65 años/discapacidad, en la oficina del tasador de su condado (county assessor). La prueba de elegibilidad para el crédito puede entregarse directamente al tasador o adjuntarse a la escritura u otro documento de traspaso presentado ante el secretario del tribunal de circuito (circuit clerk), quien la reenvía al tasador. Una vez que una parcela califica, el crédito se aplica a la propiedad durante todo el año aunque se venda; un comprador debe notificar al tasador sobre un nuevo uso de la propiedad.
¿Cuál es la fecha límite para solicitar la exención de la vivienda (homestead) en Arkansas?
La prueba de elegibilidad para el crédito tributario de vivienda familiar (homestead) debe registrarse ante el tasador del condado a más tardar el 15 de octubre del año siguiente a la tasación, y la propiedad debe calificar antes del 1 de enero del año siguiente al año de tasación.
¿Las personas mayores reciben una exención del impuesto a la propiedad en Arkansas?
Los dueños de vivienda que califican para el crédito de vivienda familiar (homestead) y tienen 65 años o más (o están discapacitados) pueden congelar el valor tasado gravable de su vivienda familiar en la siguiente fecha de tasación después de cumplir 65 años o quedar discapacitados; una persona que califica y compra una vivienda familiar puede obtener el congelamiento después de la compra. El valor congelado aún puede aumentar por mejoras sustanciales (una renovación que agregue 25% o más al valor) y construcción nueva, las facturas de impuestos pueden cambiar con las tasas de millaje (millage rates) locales, y el congelamiento no se transfiere a un nuevo dueño. Vivir en un hogar de ancianos no descalifica automáticamente a un dueño.
¿Los veteranos con discapacidad pagan impuesto a la propiedad en Arkansas?
El Ark. Code Ann. § 26-3-306 exime de impuestos la propiedad de un veterano discapacitado que cumple los requisitos, y la exención también cubre a los cónyuges sobrevivientes y a los hijos menores dependientes de veteranos discapacitados. Para el congelamiento de la vivienda familiar (homestead), 'disabled' (discapacitado) incluye a un veterano discapacitado de forma permanente y total conforme a 38 C.F.R. Part IV.
¿Hay una exención del impuesto a la propiedad para personas con discapacidad en Arkansas?
Los dueños de vivienda discapacitados que califican para el crédito de vivienda familiar (homestead) pueden obtener el mismo congelamiento del valor tasado que los dueños de 65 años o más. Para este fin, 'disabled' (discapacitado) significa una persona discapacitada conforme al Subchapter XIX de la Social Security Act (tal como estaba vigente el 1 de enero de 2003 (1/1/2003)) durante cualquier período del año calendario, un veterano discapacitado de forma permanente y total conforme a 38 C.F.R. Part IV, o una persona que ha recibido beneficios del seguro por discapacidad permanente y total durante el año.
¿Cuánto puede aumentar cada año el valor de tasación de una vivienda en Arkansas?
Conforme a la Amendment 79, el valor tasado gravable de una vivienda familiar (homestead) no puede aumentar más del 5% por año hasta alcanzar el valor tasado total; otros bienes inmuebles (comerciales, agrícolas, baldíos) tienen un límite de aumento anual del 10% después de una reevaluación en todo el condado. Los límites no se aplican a construcción nueva, propiedades recién descubiertas ni mejoras sustanciales. La propiedad se tasa al 20% del valor de mercado (market value).
¿Cómo se apela una tasación del impuesto a la propiedad en Arkansas?
El dueño de una propiedad tiene derecho a reunirse con el tasador del condado (county assessor) (o un representante) sobre un cambio de valor antes de presentar una petición ante la junta de igualación del condado (county board of equalization). Luego, el dueño o un agente puede presentar una solicitud ante la junta, dentro del plazo permitido, mediante petición o carta; el aviso de reevaluación debe indicar el plazo para pedir una audiencia. La junta se reúne del 1 de agosto al 1 de octubre de cada año (más tiempo en algunos casos, pero no después del tercer lunes de noviembre) y debe notificar al dueño su decisión por escrito. Un dueño debe apelar ante la junta antes de apelar (appeal) ante el tribunal del condado (county court).
¿Cuándo vencen los impuestos a la propiedad en Arkansas?
Los impuestos sobre bienes inmuebles y muebles se pagan desde el primer día hábil de marzo hasta el 15 de octubre por las tasaciones hechas el año anterior. Los impuestos no pagados para el 15 de octubre quedan en mora y el recaudador del condado (county collector) agrega una multa del 10%; si el 15 de octubre cae en fin de semana o feriado postal, el plazo pasa al siguiente día hábil. Se permiten pagos a plazos (una cuarta parte a más tardar el tercer lunes de abril, la siguiente a más tardar el tercer lunes de julio y el saldo a más tardar el 15 de octubre), y los recaudadores pueden aceptar pagos parciales de cualquier monto entre marzo y el 15 de octubre.
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