Cómo romper un contrato de arrendamiento en Vermont
Reglas de Vermont sobre cómo romper un contrato de arrendamiento para inquilinos y arrendadores, con la ley o la página oficial detrás de cada respuesta. Última verificación: 2026-10-22.
Respuesta corta: Sí. Un inquilino protegido (protected tenant) puede terminar el arrendamiento sin penalidad si cree razonablemente que debe irse por temor a un daño inminente a un inquilino protegido por abuso, agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking), o porque un inquilino protegido fue… 9 V.S.A. § 4472
Las reglas en Vermont
| Terminar un contrato de arrendamiento: violencia doméstica | Sí. Un inquilino protegido (protected tenant) puede terminar el arrendamiento sin penalidad si cree razonablemente que debe irse por temor a un daño inminente a un inquilino protegido por abuso, agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking), o porque un inquilino protegido fue agredido sexualmente en la propiedad en los 6 meses anteriores. Al menos 30 días antes de la fecha de terminación, el inquilino debe darle al arrendador (landlord) un aviso por escrito más documentación de una corte, una agencia del orden público o del gobierno, un programa de asistencia por abuso/agresión sexual/acecho, un profesional que haya brindado ayuda, o una autocertificación firmada bajo pena de perjurio en un formulario estándar adoptado por HUD, el Vermont Department for Children and Families o una organización sin fines de lucro de servicios a víctimas. El aviso puede revocarse si el arrendador no ha vuelto a rentar la unidad. Agregado en 2019, No. 48. Derechos relacionados de cambio de cerraduras y confidencialidad: 9 V.S.A. §§ 4473-4474 (no revisados). Fuente: 9 V.S.A. § 4472 |
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Vermont frente a los estados vecinos
| Estado | Terminar un contrato de arrendamiento: violencia doméstica | Terminar un contrato de arrendamiento: militar, médico, fallecimiento |
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| Vermont | Sí. Un inquilino protegido (protected tenant) puede terminar el arrendamiento sin penalidad si cree razonablemente que debe irse por temor a un daño inminente a un inquilino protegido por abuso, agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking), o porque un inquilino protegido fue agredido sexualmente en la propiedad en los 6 meses anteriores. Al menos 30 días antes de la fecha de terminación, el inquilino debe darle al arrendador (landlord) un aviso por escrito más documentación de una corte, una agencia del orden público o del gobierno, un programa de asistencia por abuso/agresión sexual/acecho, un profesional que haya brindado ayuda, o una autocertificación firmada bajo pena de perjurio en un formulario estándar adoptado por HUD, el Vermont Department for Children and Families o una organización sin fines de lucro de servicios a víctimas. El aviso puede revocarse si el arrendador no ha vuelto a rentar la unidad. 9 V.S.A. § 4472 | Aún no verificado |
| Massachusetts | Un inquilino (tenant) o coinquilino puede terminar el contrato con un aviso escrito al dueño de que un miembro del hogar es víctima de violencia doméstica (domestic violence), violación, agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking). El aviso debe darse dentro de los 3 meses del hecho más reciente, o mientras el miembro del hogar tema razonablemente un daño físico grave e inminente. El inquilino debe mudarse dentro de los 3 meses del aviso o el aviso queda sin efecto. Responsabilidad: la renta termina 30 días o un período de renta completo después de la fecha de mudanza, lo que ocurra después. La renta pagada por adelantado después de eso se reembolsa, y la declaración del depósito vence dentro de 30 días. Prueba que el dueño puede pedir (cualquiera de estas): una orden de protección según c. 209A o 258E; un registro judicial o policial; o una verificación escrita de un tercero calificado más una declaración de la víctima bajo pena de perjurio. El dueño debe mantener los documentos confidenciales. Los demás coinquilinos siguen obligados por el contrato. G.L. c. 186, § 24 | Aún no verificado |
| New Hampshire | Sí (desde el 1 de enero de 2025 (1/1/2025)). Un inquilino (tenant) puede terminar el contrato si, dentro de los 150 días más recientes, él o un miembro del hogar en la vivienda fue víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking) (o si un nuevo hecho relacionado con un abuso pasado hace que la víctima tema por su seguridad), y la víctima da al arrendador (landlord) una verificación escrita de una de estas: una orden de protección (protective order); la presentación de una solicitud de orden de protección; una denuncia a la policía; una declaración de un agente del orden, defensor de víctimas, abogado o proveedor de atención médica; o un formulario firmado de autocertificación del circuit court. El inquilino debe mudarse dentro de los 30 días del aviso (u otra fecha acordada) y debe la renta solo hasta la fecha de terminación o la fecha de mudanza, lo que ocurra después. El depósito sigue aplicado hasta que todos los inquilinos se vayan. El arrendador debe mantener la verificación confidencial. RSA 540:11-b (2024 ch. 9) | Militar: un inquilino (tenant) puede terminar un contrato si es llamado al servicio activo como miembro de la reserva de las fuerzas armadas o de la National Guard, o, si está en servicio activo, si es reasignado fuera del estado. El aviso de terminación debe darse dentro de los 7 días de recibir el aviso del llamado o de la reasignación, mediante un aviso escrito según la sección 305 de la SCRA. No se encontró ninguna ley estatal para terminaciones por razones médicas o de discapacidad, de personas mayores ni por la muerte del inquilino. RSA 540:11-a |
| New York | Un inquilino (tenant) puede terminar el contrato si él o un miembro de su hogar es víctima de violencia doméstica (domestic violence) (según se define en Social Services Law § 459-a) y teme razonablemente quedarse. El inquilino da un aviso escrito al arrendador (landlord) o su agente, y a cualquier coinquilino que no sea el agresor. El aviso debe indicar que el inquilino o el miembro del hogar sufrió violencia doméstica y no puede quedarse de forma segura, y dar una fecha de terminación al menos 30 días después de la entrega. El aviso enviado por correo se considera entregado 5 días después del envío. Dentro de los 25 días del aviso, el inquilino entrega documentación: una orden de protección (order of protection), un registro o informe policial, un registro de atención médica, o una verificación jurada o notariada de un tercero calificado (como la policía, personal del tribunal, un abogado, un médico, un trabajador social, un terapeuta, personal de una agencia contra la violencia doméstica o un miembro del clero). La renta se debe en proporción solo hasta la fecha de terminación. La renta pagada por adelantado se reembolsa dentro de 10 días. El arrendador no puede retener el depósito a causa de la terminación anticipada. N.Y. Real Prop. Law § 227-c | Personas mayores (62+) y personas con discapacidad: un inquilino (tenant) puede terminar el contrato si un médico certifica que ya no puede vivir de forma independiente y se va a mudar con familiares, o si es admitido en un centro de cuidado para adultos, un centro residencial de atención médica, o una vivienda subsidiada o para personas mayores. El aviso debe incluir la certificación del médico o los documentos de admisión, más una declaración notariada de un familiar cuando se muda con familiares. La terminación entra en vigor no antes de 30 días después de la siguiente fecha de pago de la renta. Militar: un inquilino que ingresa al servicio militar después de firmar el contrato puede terminarlo con un aviso escrito entregado o enviado por correo. En contratos con renta mensual, la terminación entra en vigor 30 días después de la siguiente fecha de pago de la renta. Muerte del inquilino: el patrimonio puede pedir al arrendador (landlord) que consienta una cesión o un subarriendo. Si el arrendador termina el contrato o se niega sin razón, el patrimonio queda liberado de responsabilidad a partir del final de ese mes. N.Y. Real Prop. Law § 227-a; N.Y. Military Law § 310; N.Y. Real Prop. Law § 236 |
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¿Puede una sobreviviente de violencia doméstica romper un contrato de arrendamiento en Vermont?
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.