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¿Puedo romper mi contrato de arrendamiento por violencia doméstica?

Respuesta corta: En muchos estados, sí: los sobrevivientes de violencia doméstica (y, a menudo, de agresión sexual o acecho) pueden terminar un contrato de arrendamiento antes de tiempo con un aviso por escrito y documentación. Las reglas federales de VAWA también se aplican en las viviendas con asistencia federal.

La regla en cada estado

Cada respuesta a continuación enlaza con la ley o la página oficial de donde proviene (47 de 51 jurisdicciones verificadas).

¿Puedo romper mi contrato de arrendamiento por violencia doméstica? — los 50 estados y DC (2026)
EstadoTerminar un contrato de arrendamiento: violencia doméstica
AlabamaNo hay ley: Alabama no tiene una ley estatal que permita a sobrevivientes de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking) terminar un contrato de arrendamiento antes de tiempo.
Ala. Code Title 35, Ch. 9A (checked)
AlaskaNo hay ley. La Alaska Landlord and Tenant Act (AS 34.03) no da a sobrevivientes de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking) el derecho a terminar un contrato de arrendamiento antes de tiempo; rigen el contrato y las reglas generales para terminar un arrendamiento.
AS 34.03.010-34.03.380
ArizonaUna víctima de violencia doméstica (domestic violence), o de agresión sexual (sexual assault) en la vivienda, puede terminar el contrato dando al arrendador (landlord) un aviso escrito en que pida ser liberada, con una fecha de liberación acordada entre ambos dentro de los siguientes 30 días. El aviso debe incluir una copia de una orden de protección (protective order) o un informe policial que indique que el inquilino (tenant) denunció ser víctima. El incidente debe haber ocurrido dentro de los 30 días anteriores al aviso, salvo que el arrendador renuncie a este requisito. El inquilino debe la renta solo hasta la fecha de terminación, más las obligaciones anteriores, pagadas antes de mudarse. El arrendador puede quedarse con la renta pagada por adelantado del último mes. No se pueden cobrar penalidades ni cargos por terminación anticipada, y el depósito no puede retenerse por la terminación anticipada, solo por daños. El arrendamiento de los coinquilinos también termina. La víctima puede hacer cambiar las cerraduras a su propio costo. El agresor puede ser civilmente responsable ante el arrendador por sus pérdidas. Un inquilino condenado por presentar falsamente el informe o la orden debe el triple de los daños.
A.R.S. § 33-1318
ArkansasNo hay un derecho legal a terminar un contrato antes de tiempo. Ark. Code § 18-16-112 protege a las víctimas de abuso doméstico (domestic abuse) cuya condición está documentada por una orden judicial. El arrendador (landlord) no puede terminar el contrato, negarse a renovarlo, negarse a rentar ni tomar represalias por la condición de víctima del inquilino (tenant) o de un miembro de su hogar. Con el consentimiento previo del arrendador y a costo del inquilino, se pueden cambiar las cerraduras, y la nueva llave debe darse a la otra parte. El arrendador puede desalojar al agresor. La ley no permite a la víctima terminar el contrato ni liberarse de la responsabilidad por la renta.
Ark. Code § 18-16-112
CaliforniaEl inquilino (tenant) puede terminar un contrato de arrendamiento si él, un miembro de su hogar o un familiar inmediato fue víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault), acecho (stalking), trata de personas (human trafficking), abuso de personas mayores o adultos dependientes, o un delito que causó lesiones corporales o la muerte o que involucró un arma mortal o fuerza o amenaza de fuerza. El inquilino da un aviso escrito con uno de estos documentos adjuntos: una orden de protección o de restricción (protective or restraining order), un informe policial, una declaración de un tercero calificado (de un consejero, defensor de víctimas o profesional de la salud con licencia, en el formato que fija la ley), u otra documentación que verifique razonablemente el hecho. El aviso debe darse dentro de los 180 días de la orden, el informe o el incidente. El inquilino debe la renta por no más de 14 días después de dar el aviso (prorrateada si la unidad se vuelve a rentar antes) y no se considera que incumplió el contrato. El depósito no puede perderse a causa de la terminación. Si la víctima es un familiar que no vivía con el inquilino y el hecho no ocurrió a menos de 1,000 pies de la unidad, el inquilino también debe adjuntar una declaración que explique la mudanza. Los arrendadores (landlords) deben mantener la información confidencial y no pueden negarse a rentarle a alguien porque usó este derecho. Las violaciones conllevan los daños reales más daños legales de $100 a $5,000.
Cal. Civ. Code § 1946.7 (as amended by SB 1017, Stats. 2022, ch. 558)
ColoradoUn inquilino (tenant) que es víctima-sobreviviente de violencia doméstica (domestic violence), abuso doméstico (domestic abuse), acecho (stalking) o conducta sexual ilegal (unlawful sexual behavior) puede terminar el contrato y mudarse por temor a un peligro inminente para sí mismo o sus hijos. El inquilino, o un tercero calificado, avisa por escrito al arrendador (landlord) y entrega al menos uno de estos documentos: una declaración jurada propia (self-attestation affidavit); una carta de un tercero calificado como un defensor de víctimas, abogado, trabajador social, proveedor de salud médica o mental, o líder religioso; un informe policial de los 120 días anteriores; o una orden de protección o de restricción vigente. No se puede exigir nada más. Si falta documentación, el inquilino debe entregarla dentro de los 7 días de la solicitud escrita del arrendador. El inquilino debe como máximo un mes de renta, y solo si el arrendador le da una declaración escrita de los daños económicos reales dentro de los 30 días después de la mudanza. Si no cumple ese plazo, el arrendador pierde el reclamo. No se debe nada si otro inquilino sigue en el contrato. Al inquilino no se le puede cobrar por daños causados por el abuso. Los arrendadores deben mantener confidencial la condición del inquilino y su nueva dirección, no pueden preguntar sobre ello a los solicitantes y deben permitir cambios de cerradura y otras medidas razonables de seguridad. Violaciones: daños reales más el mayor entre 3 meses de renta o $5,000, más honorarios de abogado.
C.R.S. §§ 38-12-401, 38-12-402 (as amended by HB 25-1168); § 38-12-103(1)
ConnecticutUn inquilino (tenant) que es víctima de violencia familiar (family violence) (contratos celebrados o renovados a partir del 1 de enero de 2011 (1/1/2011)), o de agresión sexual (sexual assault), incluido un padre, madre o tutor con la custodia física de una víctima dependiente (contratos a partir del 1 de enero de 2014 (1/1/2014)), puede terminar el contrato sin penalidad ni responsabilidad por el resto del plazo. El inquilino debe creer razonablemente que es necesario irse por temor a un daño inminente para sí mismo o para un dependiente, y debe dar al arrendador (landlord) al menos 30 días de aviso escrito. El aviso debe incluir una declaración bajo juramento o afirmación de que el inquilino o el dependiente es víctima, la fecha de terminación prevista, y que el inquilino se mudó o se mudará a más tardar en esa fecha (lo que deje se trata como abandonado). También debe incluir (a) un registro policial o judicial del hecho con fecha no mayor a 90 días antes del aviso, o (b) una declaración firmada por un empleado de la Judicial Branch Office of Victim Services o de la Office of the Victim Advocate con fecha no mayor a 30 días antes del aviso. El inquilino sigue debiendo la renta atrasada y los daños ocurridos antes de la terminación, y los coinquilinos siguen siendo responsables.
Conn. Gen. Stat. § 47a-11e
DelawareUn inquilino (tenant) que es víctima de abuso doméstico (domestic abuse), delitos sexuales (sexual offenses) o acecho (stalking), o que ha obtenido o está pidiendo ayuda de un tribunal, una agencia policial o un programa contra la violencia doméstica (domestic violence), puede terminar el arrendamiento con 30 días de aviso escrito (los 30 días empiezan el primer día del mes después de dar el aviso). Por separado, el arrendador (landlord) no puede desalojar, subir la renta ni reducir servicios a causa de la victimización (presunción que admite prueba en contrario dentro de los 90 días de un incidente); esta protección no aplica a un inquilino que, por otros motivos, está atrasado en la renta.
25 Del. C. §§ 5314(b)(6), 5316
District of ColumbiaUn inquilino (tenant) que es víctima de un delito intrafamiliar (intrafamily offense) (o el padre, madre o tutor de una víctima menor de edad) queda liberado del contrato dando un aviso escrito más una orden de protección civil (civil protection order) o documentación firmada por un tercero calificado (agente de policía, agente de policía de la DCHA, profesional de la salud o consejero de violencia doméstica (domestic violence)) que demuestre que el delito se denunció. La solicitud debe hacerse dentro de los 90 días del incidente denunciado. La liberación entra en vigor 14 días después de que el arrendador (landlord) recibe el aviso y la documentación (o antes si la unidad se vuelve a rentar); el inquilino debe solo la renta prorrateada hasta esa fecha, a pesar de cualquier penalidad del contrato, más cualquier renta ya atrasada. Las víctimas también pueden exigir que el arrendador cambie las cerraduras dentro de 5 días hábiles (el inquilino reembolsa el costo).
D.C. Code §§ 42-3505.07, 42-3505.08
FloridaNo hay ley: la Florida Residential Landlord and Tenant Act no contiene un derecho a terminar el contrato por violencia doméstica (domestic violence); rigen los términos del contrato y la ley federal VAWA (solo en viviendas cubiertas).
Fla. Stat. ch. 83, part II (§§ 83.40-83.684)
GeorgiaUn inquilino (tenant) puede terminar un contrato residencial cuando se ha emitido una orden civil por violencia familiar (family violence), una orden civil por acecho (stalking), una orden penal por violencia familiar o una orden penal por acecho que proteja al inquilino o a su hijo menor de edad (también está disponible para un coocupante protegido). Debe dar al arrendador (landlord) un aviso escrito con una copia de la orden (más un informe policial si la orden es una orden de protección temporal ex parte); la terminación entra en vigor 30 días después del aviso. El inquilino debe la renta prorrateada hasta la fecha de vigencia más los montos ya atrasados, pero ningún otro cargo, renta ni daño por la terminación anticipada; no hay daños si termina 14+ días antes de mudarse. No se puede renunciar a este derecho.
O.C.G.A. § 44-7-23
HawaiiUn inquilino (tenant) con un contrato de renta de 1 año o menos puede terminarlo sin penalidad, cargos ni responsabilidad por la renta futura si él o un familiar inmediato que vive en la vivienda fue víctima de violencia doméstica (domestic violence) en los 90 días anteriores al aviso. Aviso escrito al menos 14 días antes de la fecha de terminación, que no debe ser más de 104 días después del hecho más reciente. El aviso debe incluir uno de estos: órdenes de restricción (restraining orders) certificadas, órdenes contra el acoso (injunctions against harassment) o documentos de un caso penal; documentación de un programa o refugio de servicios a víctimas o contra la violencia doméstica; o documentación de un proveedor de salud médica o mental, abogado, defensor de víctimas, trabajador social o miembro del clero consultado sobre la violencia; más una declaración escrita de que el inquilino cree razonablemente que el agresor sabe dónde vive (salvo que el agresor viva en la misma unidad). El inquilino debe la renta hasta la fecha de terminación. Los coinquilinos siguen obligados si pueden demostrar que pueden pagar. Las víctimas también pueden hacer cambiar las cerraduras.
HRS §§ 521-80, 521-81
IdahoAún no verificado
IllinoisSegún la Safe Homes Act, el inquilino (tenant) no es responsable de la renta por el período posterior a su mudanza si (a) él o un miembro de su hogar enfrentaba una amenaza creíble e inminente de violencia doméstica o sexual (domestic or sexual violence) en la vivienda, o (b) él o un miembro de su hogar fue víctima de violencia sexual en una propiedad del arrendador (landlord) o bajo su control dentro de los 60 días anteriores; en cualquiera de los casos, el inquilino debe dar un aviso escrito antes de desocupar o dentro de los 3 días de hacerlo, indicando el motivo. Para la vía de violencia sexual, el aviso debe dar la fecha y el inquilino debe entregar pruebas médicas, judiciales o policiales, o una declaración de un trabajador de servicios a víctimas o de crisis por violación. La renta adeudada antes del aviso y de la mudanza se sigue debiendo. Los inquilinos también pueden hacer cambiar las cerraduras dentro de 48 horas con pruebas de respaldo.
765 ILCS 750/15, 750/20 (Safe Homes Act)
IndianaUna 'protected individual' (persona protegida) (inquilino (tenant) que es víctima o presunta víctima de violencia doméstica o familiar (domestic/family violence), un delito sexual (sex offense) o acecho (stalking) y que tiene una orden de protección civil o una orden penal de no contacto) puede terminar el contrato con un aviso escrito al menos 30 días antes de la fecha de terminación. El aviso debe incluir una copia de la orden de protección o de no contacto y, para las víctimas de violencia doméstica o agresión sexual (sexual assault), un plan de seguridad con fecha dentro de los últimos 30 días de un programa acreditado contra la violencia doméstica o la agresión sexual que recomiende la reubicación. El inquilino debe la renta prorrateada hasta la fecha de terminación, pero no renta ni cargos por terminación anticipada; terminar al menos 14 días antes de que empiece el derecho a ocupar no conlleva daños ni penalidades. Los demás inquilinos adultos siguen obligados. Los arrendadores (landlords) también deben cambiar las cerraduras dentro de 48 horas (24 horas si la persona restringida es un coinquilino) cuando se les pide por escrito con la orden.
IC 32-31-9-7, -9, -10, -12, -13
IowaNo hay ley: el Iowa Code ch. 562A no contiene ningún derecho para que sobrevivientes de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking) terminen un contrato antes de tiempo. Protección relacionada: el arrendador (landlord) no puede limitar, penalizar, multar ni desalojar a un inquilino (tenant) por llamar a la policía o pedir ayuda de emergencia para una víctima de abuso o de un delito o en una emergencia (el inquilino puede recuperar una penalidad civil de un mes de renta, entre otros remedios).
Iowa Code §562A.27B; ch. 562A (checked)
KansasUna 'protected person' (persona protegida) (alguien que en los 12 meses anteriores ha sido, es o está en peligro inminente de ser víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault), trata de personas (human trafficking) o acecho (stalking)) no es responsable de la renta después de desocupar si da al arrendador (landlord) una declaración sobre el abuso. Si el arrendador lo pide, debe entregar documentación: un documento firmado por la víctima y un médico, asistente médico, enfermero o profesional con licencia en ciencias del comportamiento con licencia que declare bajo pena de perjurio que el incidente ocurrió, o una orden judicial que otorgue protección. La renta y los demás montos adeudados antes de la mudanza se siguen debiendo. El arrendador puede cobrar un cargo de terminación razonable de hasta un mes de renta solo si el contrato lo dispone. El contrato continúa para los demás inquilinos (tenants). No se puede renunciar a estos derechos; las violaciones conllevan daños legales de $1,000 más honorarios de abogado.
K.S.A. 58-25,137 (L. 2019, ch. 56)
KentuckyEn todo el estado (contratos creados o renovados a partir del 29 de junio de 2017 (6/29/2017)). Un inquilino (tenant) protegido por una orden por violencia doméstica (domestic violence order) (KRS 403.740) o una orden de protección interpersonal (interpersonal protective order) (KRS 456.060) puede terminar el contrato dando al arrendador (landlord) un aviso escrito de terminación con efecto en una fecha indicada al menos 30 días después de que el arrendador lo recibe, con una copia de la orden. Si la orden se obtuvo antes de firmar el contrato, el inquilino también debe demostrar un problema de seguridad surgido después de firmar el contrato. El inquilino debe la renta prorrateada hasta la fecha de terminación, no es responsable de otra renta ni cargos debidos solo a la terminación anticipada, no puede recibir una anotación de crédito ni una referencia negativa por ello, y no debe daños si termina 14+ días antes de ocupar la vivienda. La persona restringida es responsable ante el arrendador por sus pérdidas económicas. Los inquilinos protegidos también pueden cambiar o reemplazar las cerraduras a su propio costo después de informar al arrendador.
KRS 383.300
LouisianaAbuso doméstico (domestic abuse), acecho (stalking), ciberacecho (cyberstalking) (R.S. 9:3261.1; aplica solo a edificios de 6+ unidades, excluidos los edificios de 10 unidades o menos ocupados por el dueño): el inquilino (tenant) debe afirmar por escrito que él o un miembro de su hogar es víctima de abuso doméstico y pedir la terminación anticipada; entregar 'reasonable documentation' (documentación razonable) (una Uniform Abuse Prevention Order, o la Certification of Domestic Abuse de ley firmada bajo juramento por un tercero calificado) de un abuso en la vivienda dentro de los últimos 30 días (para acecho o ciberacecho fuera de la vivienda, una declaración escrita de por qué quedarse es una amenaza para su seguridad); comprometerse por escrito a no permitir que el agresor acceda a la unidad; y, si se le pide, dar el nombre y la dirección del agresor. El arrendador (landlord) debe entonces terminar el contrato en una fecha acordada entre ambos dentro de los 30 días de la solicitud; el inquilino debe la renta solo hasta esa fecha más las obligaciones anteriores, y el depósito solo puede retenerse según lo permite R.S. 9:3251. Agresión sexual (sexual assault) (R.S. 9:3261.2, todos los contratos): el mismo proceso con documentación de una agresión sexual en Luisiana dentro de los últimos 60 días ocurrida después de firmar el contrato, usando la Certification of Sexual Assault de ley o una orden de protección (protective order).
La. R.S. 9:3261.1(E)-(F) (as amended by Acts 2026, No. 64 to add stalking/cyberstalking); La. R.S. 9:3261.2(B)-(D)
MaineAplica a víctimas de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking), y a inquilinos (tenants) acosados sexualmente por el arrendador (landlord) o su agente. Aviso: 7 días de aviso escrito para un arrendamiento a voluntad (tenancy at will) o un contrato de menos de un año; 30 días de aviso escrito para un contrato de un año o más. Se requiere documentación que nombre al agresor, como una declaración firmada por un defensor de víctimas, un proveedor de atención médica o un agente del orden, una orden de protección o una denuncia, un informe policial, o una denuncia o condena penal. Responsabilidad: la víctima no debe renta después de lo que ocurra más tarde entre la fecha en que vence el aviso o la fecha en que la víctima se muda. No es necesario reembolsar la renta pagada por adelantado del mes en curso. Además: una víctima no puede ser desalojada por incidentes de violencia en su contra, y no debe más que el depósito de seguridad por los daños causados por un agresor que es inquilino, si avisa dentro de 30 días.
14 M.R.S. §§ 6001(6)(A)-(H), 6002(4); definitions § 6000
MarylandUn inquilino (tenant) que es, o cuyo ocupante legal es, una 'victim of abuse' (víctima de abuso) puede terminar su responsabilidad futura por el contrato con un aviso escrito de su intención de desocupar, enviado por correo de primera clase o entregado en mano, que indique su condición de víctima. El aviso debe incluir uno de estos: una orden de protección (protective order), una peace order basada en abuso, o el informe de un tercero calificado firmado dentro de los últimos 60 días con el nombre y la descripción del presunto agresor tachados. El inquilino tiene 30 días para mudarse y debe la renta solo desde la fecha del aviso hasta la mudanza, por hasta 30 días. Un inquilino que se va antes debe enviar un aviso de desocupación firmado y notariado por correo de primera clase o entregado en mano; el arrendador (landlord) debe entonces inspeccionar y confirmar la renta adeudada o el reembolso que corresponde. Si el inquilino no se ha ido dentro de 30 días, el arrendador puede tratarlo como un inquilino que se quedó después del plazo (holdover) o tratar el aviso como retirado. La responsabilidad del agresor no termina.
Md. Code, Real Prop. §§ 8-5A-02, 8-5A-03
MassachusettsUn inquilino (tenant) o coinquilino puede terminar el contrato con un aviso escrito al dueño de que un miembro del hogar es víctima de violencia doméstica (domestic violence), violación, agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking). El aviso debe darse dentro de los 3 meses del hecho más reciente, o mientras el miembro del hogar tema razonablemente un daño físico grave e inminente. El inquilino debe mudarse dentro de los 3 meses del aviso o el aviso queda sin efecto. Responsabilidad: la renta termina 30 días o un período de renta completo después de la fecha de mudanza, lo que ocurra después. La renta pagada por adelantado después de eso se reembolsa, y la declaración del depósito vence dentro de 30 días. Prueba que el dueño puede pedir (cualquiera de estas): una orden de protección según c. 209A o 258E; un registro judicial o policial; o una verificación escrita de un tercero calificado más una declaración de la víctima bajo pena de perjurio. El dueño debe mantener los documentos confidenciales. Los demás coinquilinos siguen obligados por el contrato.
G.L. c. 186, § 24
MichiganUn inquilino (tenant) con un temor razonable de un peligro actual para él o para su hijo por violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking) queda liberado de la renta. El inquilino debe enviar por correo certificado un aviso escrito de su intención de pedir la liberación, con una declaración escrita de ese temor y un documento que califique. Documentos que califican: una orden de protección personal (personal protection order) vigente (u otra orden similar), una orden de libertad a prueba (probation), libertad condicional (parole) o liberación condicional con condiciones de no contacto, un informe policial que dio lugar a cargos (cargos presentados dentro de 14 días, o cargos más antiguos con una amenaza actual verificable), o el informe verificado de un tercero calificado en el formulario de ley. Responsabilidad: la renta termina a más tardar el primer día del segundo mes en que vence la renta después del aviso, y no antes de que el inquilino se mude. Los montos pagados por adelantado, como la renta del primer y último mes, no se reembolsan, y el depósito todavía puede retenerse según lo permita la ley. El contrato debe incluir, o el arrendador (landlord) debe publicar o entregar, el aviso de ley sobre este derecho.
MCL 554.601b
MinnesotaUn inquilino (tenant) puede terminar el contrato sin penalidad si él o un ocupante autorizado teme una violencia inminente después de abuso doméstico (domestic abuse), conducta sexual delictiva (criminal sexual conduct), extorsión sexual (sexual extortion) o acoso (harassment). El inquilino debe dar un aviso escrito previo, firmado y fechado, por correo, en persona o por el medio escrito habitual de comunicación con el arrendador (landlord). El aviso debe indicar el temor a una violencia inminente, la necesidad de terminar, la fecha de terminación e instrucciones para disponer de cualquier bien personal. Se debe adjuntar un documento que califique: una orden de protección (order for protection), una orden de no contacto, un escrito de un funcionario judicial o la declaración de un tercero calificado. Un inquilino único debe la renta del mes completo en que termina el arrendamiento, pierde el depósito de seguridad (security deposit) y no debe más renta. Con varios inquilinos, todo el contrato termina en lo que ocurra más tarde entre el fin de mes o el final del intervalo de renta. El arrendador debe mantener la información confidencial (daños legales de $2,000) y no puede exigir el nombre del agresor.
Minn. Stat. § 504B.206
MississippiAún no verificado
MissouriLimitado. Missouri no tiene un procedimiento para romper el contrato mediante aviso. En cambio, en una acción del arrendador (landlord) según los Ch. 441, 534 o 535, un inquilino (tenant) que se mudó tiene una defensa afirmativa y no es responsable de la renta después de desocupar si el tribunal determina (por preponderancia de la prueba) que el inquilino fue, o estaba en peligro inminente de ser, víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking), y que avisó al arrendador y entregó cualquier documentación que se le pidió. La documentación puede ser una declaración firmada bajo pena de perjurio por un profesional de servicios a víctimas, de atención médica o de salud mental (también firmada por la víctima), o un registro policial, judicial o de una agencia administrativa. El arrendador puede cobrar un cargo de terminación razonable. A las víctimas tampoco se les puede negar un arrendamiento, desalojar ni declarar en violación de un contrato a causa del abuso.
RSMo 441.920
MontanaNo hay ley. La Residential Landlord and Tenant Act no tiene ninguna sección que permita a una sobreviviente de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking) terminar un contrato antes de tiempo.
Mont. Code Ann. Title 70, Ch. 24 (section list reviewed)
NebraskaSí. Un inquilino (tenant) que es, o cuyo miembro del hogar es, víctima de violencia doméstica (domestic violence) puede ser liberado del contrato de renta si tiene una orden de protección (protective order), una orden de restricción (restraining order) u otra protección similar contra el agresor, o una certificación de violencia doméstica de un tercero calificado (como en las disposiciones de vivienda de la ley federal VAWA 2013). El inquilino debe dar al arrendador (landlord) una copia de esa documentación y un aviso escrito que indique la fecha de liberación (al menos 14 y no más de 30 días después del aviso) y que nombre a los miembros del hogar que también quedan liberados. El inquilino debe la renta del mes en que se termina el contrato, pero no es responsable de la renta ni de los daños después de la fecha de liberación y no se le puede cobrar un cargo de terminación. Los demás coinquilinos no quedan liberados, y un agresor no puede usar esta sección.
Neb. Rev. Stat. § 76-1431.01 (Laws 2021, LB320)
NevadaSí. Si un inquilino (tenant), coinquilino o miembro del hogar es víctima de violencia doméstica (domestic violence), acoso (harassment), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking), el inquilino o cualquier coinquilino puede terminar el contrato con un aviso escrito con efecto al final del período de renta actual o 30 días después del aviso, lo que ocurra primero. El aviso debe indicar el motivo e incluir: para la violencia doméstica, una orden de protección (protection order), un informe policial o una declaración jurada en el formulario de ley firmada por un tercero calificado; para el acoso, la agresión sexual o el acecho, un informe policial o una orden judicial según NRS 200.378 o 200.591. El incidente debe haber ocurrido dentro de los 90 días anteriores al aviso. El inquilino debe la renta solo hasta la fecha de terminación (la renta pagada por adelantado de ese período puede retenerse), y el depósito no puede retenerse por la terminación anticipada. El agresor puede ser responsable ante el arrendador (landlord) por sus pérdidas. El inquilino puede exigir un cambio de cerradura a su costo, el arrendador no puede darle una llave al agresor ni revelar dónde está la víctima, y la terminación no puede informarse a un futuro arrendador como una terminación anticipada.
NRS 118A.345, 118A.347
New HampshireSí (desde el 1 de enero de 2025 (1/1/2025)). Un inquilino (tenant) puede terminar el contrato si, dentro de los 150 días más recientes, él o un miembro del hogar en la vivienda fue víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking) (o si un nuevo hecho relacionado con un abuso pasado hace que la víctima tema por su seguridad), y la víctima da al arrendador (landlord) una verificación escrita de una de estas: una orden de protección (protective order); la presentación de una solicitud de orden de protección; una denuncia a la policía; una declaración de un agente del orden, defensor de víctimas, abogado o proveedor de atención médica; o un formulario firmado de autocertificación del circuit court. El inquilino debe mudarse dentro de los 30 días del aviso (u otra fecha acordada) y debe la renta solo hasta la fecha de terminación o la fecha de mudanza, lo que ocurra después. El depósito sigue aplicado hasta que todos los inquilinos se vayan. El arrendador debe mantener la verificación confidencial.
RSA 540:11-b (2024 ch. 9)
New JerseySí. Un inquilino (tenant) puede terminar un contrato residencial antes de tiempo dando al arrendador (landlord) (a) un aviso escrito de que él o su hijo enfrentan una amenaza inminente de daño físico grave por parte de una persona nombrada si se queda, y (b) uno de estos: una copia certificada de una orden de restricción permanente (permanent restraining order) (de NJ o de otra jurisdicción) que lo proteja de esa persona; un registro policial que documente la violencia doméstica (domestic violence) o certifique que el inquilino o su hijo es víctima; documentación médica de un proveedor de atención médica; una certificación de un Domestic Violence Specialist certificado o del director de una agencia designada contra la violencia doméstica; o documentación de un trabajador social con licencia. La terminación entra en vigor 30 días después de que el arrendador recibe el aviso (o antes si se acuerda), con la renta pagada en proporción hasta esa fecha. El contrato de los coinquilinos también termina, aunque el arrendador puede ofrecerles un nuevo contrato. El arrendador debe tener disponible para devolver el depósito más los intereses, menos los cobros legales y la renta adeudada, dentro de 15 días hábiles. El arrendador no puede revelar la información del inquilino salvo lo que permita la ley.
N.J.S.A. 46:8-9.4 to 46:8-9.12 (esp. 46:8-9.6, 46:8-9.7); 46:8-21.1
New MexicoNo hay ley. New Mexico no tiene un derecho para que sobrevivientes de violencia doméstica (domestic violence) o agresión sexual (sexual assault) terminen un contrato antes de tiempo. 2025 SB 400, que lo habría creado, murió. La UORRA sí da una defensa: en un desalojo (eviction) basado en un aviso de 3 días por una violación sustancial, ser víctima de violencia doméstica o agresión sexual es una defensa. Si el residente (resident) ha solicitado u obtenido una orden de restricción temporal por violencia doméstica derivada del incidente (o de uno anterior), no puede emitirse la orden de restitución (writ of restitution). De lo contrario, el tribunal puede desalojar solo al residente acusado y dejar que los demás se queden.
NMSA 1978, § 47-8-33(J); 2025 SB 400 (died)
New YorkUn inquilino (tenant) puede terminar el contrato si él o un miembro de su hogar es víctima de violencia doméstica (domestic violence) (según se define en Social Services Law § 459-a) y teme razonablemente quedarse. El inquilino da un aviso escrito al arrendador (landlord) o su agente, y a cualquier coinquilino que no sea el agresor. El aviso debe indicar que el inquilino o el miembro del hogar sufrió violencia doméstica y no puede quedarse de forma segura, y dar una fecha de terminación al menos 30 días después de la entrega. El aviso enviado por correo se considera entregado 5 días después del envío. Dentro de los 25 días del aviso, el inquilino entrega documentación: una orden de protección (order of protection), un registro o informe policial, un registro de atención médica, o una verificación jurada o notariada de un tercero calificado (como la policía, personal del tribunal, un abogado, un médico, un trabajador social, un terapeuta, personal de una agencia contra la violencia doméstica o un miembro del clero). La renta se debe en proporción solo hasta la fecha de terminación. La renta pagada por adelantado se reembolsa dentro de 10 días. El arrendador no puede retener el depósito a causa de la terminación anticipada.
N.Y. Real Prop. Law § 227-c
North CarolinaUn 'protected tenant' (inquilino protegido) (víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking)) puede terminar el contrato con un aviso escrito con efecto al menos 30 días después de que el arrendador (landlord) lo recibe. El aviso debe incluir uno de estos: una orden de protección no ex parte según el chapter 50B o 50C, una orden penal de no contacto, o una tarjeta del Address Confidentiality Program. Las víctimas de violencia doméstica y de agresión sexual también deben incluir un plan de seguridad con fecha durante el arrendamiento, de un programa calificado contra la violencia doméstica o la agresión sexual, que recomiende la reubicación. El inquilino (tenant) debe la renta prorrateada hasta la fecha de terminación y ninguna otra renta ni cargo por terminar antes de tiempo. Terminar el contrato 14+ días antes de mudarse significa que no hay daños ni penalidades. Los inquilinos restantes siguen obligados, y un agresor excluido por orden judicial sigue siendo responsable. No se puede renunciar a este derecho.
N.C. Gen. Stat. § 42-45.1
North DakotaUn inquilino (tenant) que es víctima de violencia doméstica (domestic violence), o que teme violencia doméstica inminente contra el inquilino o los hijos menores del inquilino, puede terminar el contrato de arrendamiento (lease). El inquilino le da al arrendador (landlord) un aviso por escrito por adelantado que diga que el inquilino teme violencia doméstica inminente de una persona nombrada en una orden judicial, orden de no contacto, orden de protección (protection order) u otro registro judicial, que el inquilino necesita terminar el arrendamiento y la fecha específica de terminación. El aviso se entrega por correo, fax o en persona. El inquilino debe la renta del mes completo en que termina el arrendamiento más la renta de un mes adicional (sujeto al deber del arrendador de mitigar), pagada en o antes de la fecha de terminación, y luego queda liberado del resto del contrato. El arrendador debe mantener confidencial la documentación. Está prohibido negarse a rentarle a alguien por usar este derecho, con $1,000 de daños legales (statutory damages) más daños reales y honorarios de abogado.
N.D.C.C. § 47-16-17.1
OhioNo hay ley. Ohio no tiene una ley estatal que permita a sobrevivientes de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking) terminar antes de tiempo un contrato de arrendamiento (lease) residencial.
Ohio Rev. Code ch. 5321 (no such section)
OklahomaUna víctima de violencia doméstica (domestic violence), violencia sexual o acecho (stalking) puede terminar un contrato de arrendamiento (lease) sin penalidad dándole al arrendador (landlord) un aviso por escrito y una orden de protección (protective order) dentro de 30 días del incidente, a menos que el arrendador renuncie a ese plazo. Un arrendador no puede negar, negarse a renovar ni terminar un arrendamiento porque el solicitante, el inquilino (tenant) o un miembro del hogar sea víctima o presunta víctima, con o sin orden de protección. Un arrendador tampoco puede negarse a rentarle a alguien, ni tomar represalias en su contra, porque antes terminó un contrato de arrendamiento como víctima.
41 O.S. § 111(F); 41 O.S. § 113.3
OregonUn inquilino (tenant) que es víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault), delito de odio (bias crime) o acecho (stalking) puede ser liberado (junto con los familiares inmediatos enumerados) dando un aviso por escrito de al menos 14 días que especifique la fecha de liberación, acompañado de una verificación: una orden de protección (protective order), un informe policial, una condena, o una declaración en el formulario legal firmada por un tercero calificado (agentes del orden, abogado, profesional de la salud con licencia, empleado de servicios a víctimas del DOJ o defensor de víctimas); el incidente debe haber ocurrido dentro de los últimos 90 días (sin contar el tiempo en que el agresor estuvo encarcelado o vivió a 100+ millas de distancia), a menos que haya una orden de protección vigente. El inquilino liberado no es responsable de la renta ni de daños después de la fecha de liberación y no debe ninguna tarifa de terminación; los demás inquilinos siguen obligados. El arrendador (landlord) debe mantener confidencial la información.
ORS 90.453
PennsylvaniaAún no verificado
Rhode IslandDesde el 1 de julio de 2026 (7/1/2026), un inquilino (tenant) puede terminar un contrato de arrendamiento (lease) sin penalidades ni tarifas por terminación anticipada, ni responsabilidad por la renta futura, si dentro de los últimos 150 días el inquilino o un miembro del hogar fue víctima de abuso, violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking), o si un hecho ocurrido en ese período, junto con abuso anterior, hace que la víctima tema por su seguridad. El inquilino debe darle al arrendador (landlord) una verificación por escrito de una orden de protección (protective order), de haber iniciado un caso de orden de protección o de un informe policial, o una declaración por escrito de un funcionario del orden público, abogado, proveedor de atención médica, trabajador social, consejero de salud mental, terapeuta o defensor de víctimas (en una organización sin fines de lucro, colegio, universidad o agencia estatal). La verificación y la información personal del hogar deben mantenerse confidenciales. El inquilino debe mudarse dentro de 30 días de dar el aviso (o según se acuerde) y debe la renta solo hasta la fecha más tardía entre la fecha de terminación o la mudanza; el depósito (deposit) y cualquier renta pagada por adelantado se reembolsan bajo § 34-18-19, con una declaración detallada, dentro de 20 días si la posesión se devuelve sin daños. Los arrendadores no pueden negarse a rentar, y los proveedores de subsidios de vivienda no pueden negar la asistencia, porque alguien usó este derecho o pidió un cambio de cerraduras. A solicitud de todos los inquilinos en posesión (o con una orden judicial), el arrendador debe, dentro de 2 días hábiles, hacer un esfuerzo de buena fe para cambiar las cerraduras, o dejar que el inquilino las cambie, cuando un inquilino o un miembro adulto del hogar teme razonablemente un abuso inminente en la propiedad; el arrendador puede cobrar una tarifa razonable. Si el arrendador no actúa, el inquilino puede cambiar las cerraduras y debe darle una llave al arrendador dentro de 2 días hábiles. Un arrendador que impide un cambio de cerraduras permitido o no le da al inquilino una llave nueva debe dos meses de renta más costas y honorarios de abogado, a menos que la corte determine que actuó de buena fe. La district court puede ordenar el cumplimiento, y las renuncias son nulas.
R.I. Gen. Laws §§ 34-18-11, 34-18-63 to 34-18-67 (P.L. 2026, chs. 147 and 148, Rhode Island Survivor Early Lease Termination Act)
South CarolinaDesde el 18 de mayo de 2026 (5/18/2026), un 'protected tenant' (inquilino protegido) (víctima de abuso/violencia doméstica (domestic violence) en la que la víctima y el agresor son ambos arrendatarios titulares de la misma propiedad, documentado con una orden de restricción (restraining order), una orden de protección (order of protection) o una condena) puede terminar las obligaciones futuras del contrato de arrendamiento (lease) mediante un aviso por escrito dentro de 60 días del incidente, con la documentación adjunta. La terminación tiene efecto en la fecha indicada en el aviso, al menos 30 días después de que el arrendador (landlord) lo reciba (antes si el arrendador lo acepta por escrito). No hay penalidades ni tarifas por terminación anticipada, pero el inquilino (tenant) debe la renta hasta la fecha de efecto y cualquier daño; no es necesario devolver el depósito (deposit) hasta el final del contrato. Los coinquilinos siguen siendo responsables; si el agresor es el único inquilino restante, el arrendador puede terminar con 5 días de aviso por escrito. Se prohíben las represalias.
S.C. Code 27-40-350; 27-40-210(19)-(20) (2026 Act No. 184, H.3569)
South DakotaSi el inquilino (tenant) o un miembro del hogar es víctima de presunto abuso doméstico (domestic abuse), conducta sexual ilegal o acecho (stalking), el inquilino puede terminar el arrendamiento y desocupar en o antes de una fecha especificada sin penalidad por terminación anticipada, mediante un aviso por escrito que indique que la terminación se debe al temor de un peligro o lesión inminente, adjuntando uno de los siguientes: un informe policial firmado en los 30 días anteriores, una orden de protección (protection order) emitida en los 30 días anteriores, o documentación de un proveedor de atención médica con licencia que examinó al inquilino/miembro del hogar en los 30 días anteriores. El inquilino no debe ninguna tarifa por terminación anticipada ni renta por el mes siguiente al mes en que desocupa. El arrendador (landlord) no puede divulgar la información de reenvío/contacto del inquilino sin su consentimiento, a menos que la ley lo exija.
SDCL 43-32-19(3); 43-32-19.1; 43-32-19.2
TennesseeEn todo el estado, para contratos de arrendamiento (leases) celebrados o renovados el 1 de julio de 2021 (7/1/2021) o después: un inquilino (tenant) que es, o cuyo miembro del hogar es, víctima de abuso doméstico (domestic abuse), agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking) puede terminar el contrato sin responsabilidad por la renta futura ni tarifas por terminación anticipada, dándole al arrendador (landlord) un aviso por escrito que solicite la liberación, una fecha de liberación acordada mutuamente dentro de 30 días del aviso, y una orden de protección (order of protection) válida (emitida/extendida después de una audiencia que determinó la condición de víctima) o documentación de un cargo penal basado en un informe policial; la documentación debe estar fechada dentro de los 60 días anteriores al aviso. El inquilino debe desocupar dentro de 30 días (o según se acuerde) y debe la renta del mes completo en que termina el arrendamiento más las obligaciones anteriores. El arrendador no puede revelar la información de identificación/ubicación del inquilino sin su consentimiento por escrito. Por separado, cuando el abuso doméstico es la base de la terminación, solo se puede desalojar al agresor una vez que la víctima tiene una orden de protección que califique.
T.C.A. 66-7-112; 66-7-109(e)
TexasSí. Un inquilino (tenant) puede terminar el contrato de arrendamiento (lease) y evitar la renta futura si el inquilino o un ocupante es víctima de violencia familiar (family violence) (orden de protección (protective order) o documentación de un proveedor con licencia de atención médica o de salud mental o de un defensor de víctimas de violencia familiar), o si el inquilino o el hijo del inquilino que vive con él es víctima de ciertos delitos sexuales o de acecho (stalking) dentro de los 6 meses anteriores (documentación u orden de protección). El inquilino da un aviso de terminación por escrito; la liberación tiene efecto después de que hayan pasado 30 días y el inquilino se mude (no se necesita el aviso de 30 días cuando un coinquilino/ocupante cometió la violencia familiar y se proporciona una orden o documentación). La renta vencida se sigue debiendo, a menos que el contrato no tenga la oración de aviso legal sobre estos derechos. Violación por parte del arrendador (landlord): daños reales + un mes de renta + $500 + honorarios de abogado. No se puede renunciar a esto.
Tex. Prop. Code Sec. 92.016; 92.0161
UtahSí, con una tarifa. Un inquilino (renter) que es víctima de violencia doméstica (domestic violence) puede terminar todas las obligaciones futuras del contrato de arrendamiento (lease) dándole al dueño una orden de protección (protective order) judicial (no ex parte) o un informe policial que muestre que el inquilino es víctima y no el agresor predominante, más un aviso por escrito con la fecha de mudanza, y pagando una tarifa de terminación igual a un mes de renta (que se paga cuando se da el aviso o al mudarse, lo que ocurra más tarde). El inquilino debe mudarse dentro de 15 días después del aviso y pagar la renta de ese período, y debe estar cumpliendo con el contrato (excepción limitada para violaciones dentro de 30 días causadas por la violencia doméstica). No está disponible después de que se notifica un aviso de desalojo (eviction). Las obligaciones financieras anteriores se mantienen. Las víctimas de violencia doméstica, acecho (stalking), delitos sexuales, robo con allanamiento (burglary) o violencia en el noviazgo (dating violence) también pueden exigir cerraduras nuevas a su propio costo, y el dueño no puede darle una llave al agresor.
Utah Code 57-22-5.1
VermontSí. Un inquilino protegido (protected tenant) puede terminar el arrendamiento sin penalidad si cree razonablemente que debe irse por temor a un daño inminente a un inquilino protegido por abuso, agresión sexual (sexual assault) o acecho (stalking), o porque un inquilino protegido fue agredido sexualmente en la propiedad en los 6 meses anteriores. Al menos 30 días antes de la fecha de terminación, el inquilino debe darle al arrendador (landlord) un aviso por escrito más documentación de una corte, una agencia del orden público o del gobierno, un programa de asistencia por abuso/agresión sexual/acecho, un profesional que haya brindado ayuda, o una autocertificación firmada bajo pena de perjurio en un formulario estándar adoptado por HUD, el Vermont Department for Children and Families o una organización sin fines de lucro de servicios a víctimas. El aviso puede revocarse si el arrendador no ha vuelto a rentar la unidad.
9 V.S.A. § 4472
VirginiaSí. Un inquilino (tenant) que es víctima de abuso familiar (family abuse), abuso sexual o agresión sexual criminal (criminal sexual assault), acecho (stalking) o trata de personas (human trafficking) puede terminar el arrendamiento si, durante el contrato actual, la víctima obtuvo una orden de protección (protective order) que califique (y da el aviso mientras está vigente), o si un agresor fue condenado o acusado (orden de arresto, emplazamiento, acusación formal (information) o acusación del gran jurado (indictment)) por ese delito contra la víctima. El inquilino notifica un aviso de terminación por escrito con efecto 28 días después de la notificación, con una copia de la orden o del documento de acusación/condena. La renta se debe hasta la fecha de efecto; no hay daños liquidados (liquidated damages). Los coinquilinos siguen siendo responsables; si el agresor es el único inquilino restante, el arrendador (landlord) puede terminar el arrendamiento y reclamarle daños al agresor.
Va. Code § 55.1-1236
WashingtonSí. Un inquilino (tenant) que notifica por escrito al arrendador (landlord) que el inquilino o un miembro del hogar fue víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault), acoso ilegal (unlawful harassment) o acecho (stalking), y proporciona una copia de una orden de protección (protection order) válida o un registro por escrito de una denuncia firmado por un tercero calificado (formulario legal), puede terminar el arrendamiento y desocupar sin más obligación; la solicitud debe hacerse dentro de 90 días del incidente. La renta se debe hasta el final del mes de la fecha de desocupación (a menos que se haya dado un aviso de 20 días bajo RCW 59.18.200(1)). El inquilino recibe de vuelta el depósito (deposit) completo a pesar de las cláusulas de pérdida por terminación anticipada (sujeto a deducciones por daños). Los coinquilinos no quedan liberados. Si el agresor es el arrendador, el inquilino puede irse primero y entregar la documentación dentro de 7 días, y puede cambiar las cerraduras.
RCW 59.18.575
West VirginiaAún no verificado
WisconsinSí. Un inquilino (tenant) puede terminar el arrendamiento y mudarse si el inquilino o el hijo del inquilino enfrenta una amenaza inminente de daño físico grave por parte de otra persona y el inquilino da aviso bajo s. 704.21 con una copia certificada de un documento que califique: una orden judicial (injunction) por abuso doméstico (domestic abuse), abuso infantil o acoso/acecho (harassment/stalking), una condición de fianza (bail) de no contacto, o una denuncia penal por acecho o por un delito de abuso doméstico. Por separado, un inquilino que es víctima de agresión sexual (sexual assault) (o cuyo hijo lo es) puede terminar el arrendamiento con aviso bajo s. 704.21 y una copia certificada de una orden judicial por acoso contra la persona que cometió, intentó o amenazó con cometer la agresión sexual, o una denuncia penal que alegue la agresión sexual; esta causal no requiere demostrar una amenaza inminente de daño físico grave. El inquilino no debe renta después del final del mes siguiente al mes del aviso o de la mudanza, lo que ocurra más tarde (sujeto al deber del arrendador (landlord) de mitigar). A solicitud con los mismos documentos, el arrendador debe cambiar las cerraduras (o permitir que el inquilino lo haga) dentro de 48 horas a costa del inquilino.
Wis. Stat. 704.16
WyomingSí, como defensa contra reclamos de renta (Wyoming Safe Homes Act). Un inquilino (tenant) que se muda no es responsable de la renta por el período posterior a desocupar si la corte determina, por preponderancia de la evidencia, que (1) el inquilino o un miembro del hogar estaba bajo una amenaza creíble e inminente de abuso doméstico (domestic abuse) o violencia sexual (agresión sexual (sexual assault), abuso sexual o acecho (stalking)) en la propiedad, demostrada con evidencia médica, judicial o policial, y el inquilino le dio al arrendador (landlord) un aviso por escrito de 7 días antes de desocupar que indicara esa razón; o (2) el inquilino o un miembro del hogar fue víctima de abuso doméstico o violencia sexual en una propiedad que es del arrendador o está bajo su control, el inquilino dio un aviso por escrito de 7 días antes de desocupar que indicara la razón y la fecha y que se le proporcionó al arrendador evidencia médica, judicial o policial, y el abuso ocurrió no más de 60 días antes del aviso (o tan pronto como fue posible si una hospitalización, un refugio o consejería impidió un aviso anterior). La renta que se debía antes de que el inquilino diera el aviso y desocupara se sigue debiendo, y no se impide el desalojo (eviction) por una falta de pago anterior. Un arrendador no puede terminar un arrendamiento basándose únicamente en la condición de víctima de un inquilino o de un miembro del hogar. No se puede renunciar a estos derechos ni modificarlos en un contrato de arrendamiento (lease) o un acuerdo separado.
Wyo. Stat. 1-21-1301 to 1-21-1304

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