Exenciones del impuesto a la propiedad de New Mexico: vivienda (homestead), alivio para personas mayores y veteranos
Alivio del impuesto a la propiedad de New Mexico: la exención de la vivienda (homestead), exenciones para personas mayores, veteranos y personas con discapacidad, cómo y cuándo solicitarlas, y cómo apelar su avalúo, según fuentes estatales oficiales.
Respuestas rápidas para New Mexico
- Exención de la vivienda (homestead)
- El principal alivio de New Mexico para viviendas ocupadas por sus dueños es la exención de jefe de familia (head-of-family exemption), que se reclama ante el tasador del condado (county assessor). NM Taxation and Revenue Dept., Property Tax Division Order No. 24-35, Notice of Reporting Requirements (tax year 2025); NMSA 1978 § 7-38-17
- Cómo solicitar
- Presente la solicitud ante el tasador del condado (county assessor) en el formulario del tasador. Si una exención estuvo vigente el año anterior y su fundamento no ha cambiado, no se necesita una nueva solicitud; NM Taxation and Revenue Dept., Property Tax Division Order No. 24-35, Notice of Reporting Requirements (tax year 2025); NMSA 1978 §§ 7-38-17, 7-38-17.1
- Fecha límite de solicitud
- Las solicitudes de la exención de jefe de familia o para veteranos vencen a más tardar 30 días después de que el tasador del condado (county assessor) envía por correo los avisos de valuación (indicado para el año tributario 2025). NM Taxation and Revenue Dept., Property Tax Division Order No. 24-35, Notice of Reporting Requirements (tax year 2025); NMSA 1978 § 7-38-17
- Exenciones y congelamientos para personas mayores
- Los dueños que tienen 65 años o más o están discapacitados, cuyo ingreso bruto modificado no fue mayor de $42,900 en 2024, y que son dueños de una vivienda unifamiliar y la ocupan pueden ser elegibles para una limitación (congelamiento) del valor gravable de la residencia. NM Taxation and Revenue Dept., Property Tax Division Order No. 24-35, Notice of Reporting Requirements (tax year 2025); NMSA 1978 § 7-36-21.3
Última verificación: 2026-10-27
La exención de la vivienda (homestead)
| Exención de la vivienda (homestead) | El principal alivio de New Mexico para viviendas ocupadas por sus dueños es la exención de jefe de familia (head-of-family exemption), que se reclama ante el tasador del condado (county assessor). Un dueño que crea que su bien inmueble tiene derecho a la exención de jefe de familia debe solicitarla al tasador del condado (vea application_deadline). |
|---|---|
| Cómo solicitar | Presente la solicitud ante el tasador del condado (county assessor) en el formulario del tasador. Si una exención estuvo vigente el año anterior y su fundamento no ha cambiado, no se necesita una nueva solicitud; si cambian el dueño o la situación, notifique al tasador a más tardar el último día de febrero. Los dueños también deben declarar la propiedad como residencial a más tardar el último día de febrero (de lo contrario, se presume que la propiedad no es residencial). |
| Fecha límite de solicitud | Las solicitudes de la exención de jefe de familia o para veteranos vencen a más tardar 30 días después de que el tasador del condado (county assessor) envía por correo los avisos de valuación (indicado para el año tributario 2025). Un veterano discapacitado o el cónyuge sobreviviente del veterano discapacitado puede reclamar la exención sin estar sujeto a esa fecha de vencimiento, pero no para años tributarios anteriores. |
Alivio para personas mayores, veteranos y personas con discapacidad
| Exenciones y congelamientos para personas mayores | Los dueños que tienen 65 años o más o están discapacitados, cuyo ingreso bruto modificado no fue mayor de $42,900 en 2024, y que son dueños de una vivienda unifamiliar y la ocupan pueden ser elegibles para una limitación (congelamiento) del valor gravable de la residencia. La limitación se aplica en el año tributario en que el dueño presenta una solicitud ante el tasador del condado (county assessor) en el formulario del tasador. La cifra de ingresos proviene del aviso del año tributario 2025 (ingresos de 2024). |
|---|---|
| Exenciones para veteranos | Exención estándar para veteranos: hasta $10,000 del valor gravable de la propiedad de un veterano o cónyuge sobreviviente no casado que sea residente de New Mexico (ciertos tipos de baja hacen que un veterano no sea elegible). Exención para veteranos discapacitados: la propiedad de un veterano que, conforme a la ley federal, tiene una discapacidad relacionada con el servicio (incluida la propiedad en copropiedad o como bienes gananciales (community property) con un cónyuge) puede estar exenta si el veterano vive allí como residencia principal. Ambas usan el formulario DVS1 del Department of Veterans Services. |
| Exenciones por discapacidad | Los dueños discapacitados (no solo los veteranos) que son dueños de una vivienda unifamiliar y la ocupan y cuyo ingreso bruto modificado no fue mayor de $42,900 en 2024 pueden calificar para la misma limitación de la valuación disponible para las personas de 65 años o más. |
Preguntas frecuentes sobre impuesto a la propiedad y exenciones de la vivienda (homestead)
¿Qué es la exención de la vivienda (homestead) en New Mexico?
El principal alivio de New Mexico para viviendas ocupadas por sus dueños es la exención de jefe de familia (head-of-family exemption), que se reclama ante el tasador del condado (county assessor). Un dueño que crea que su bien inmueble tiene derecho a la exención de jefe de familia debe solicitarla al tasador del condado (vea application_deadline).
¿Cómo se solicita una exención de la vivienda (homestead) en New Mexico?
Presente la solicitud ante el tasador del condado (county assessor) en el formulario del tasador. Si una exención estuvo vigente el año anterior y su fundamento no ha cambiado, no se necesita una nueva solicitud; si cambian el dueño o la situación, notifique al tasador a más tardar el último día de febrero. Los dueños también deben declarar la propiedad como residencial a más tardar el último día de febrero (de lo contrario, se presume que la propiedad no es residencial).
¿Cuál es la fecha límite para solicitar la exención de la vivienda (homestead) en New Mexico?
Las solicitudes de la exención de jefe de familia o para veteranos vencen a más tardar 30 días después de que el tasador del condado (county assessor) envía por correo los avisos de valuación (indicado para el año tributario 2025). Un veterano discapacitado o el cónyuge sobreviviente del veterano discapacitado puede reclamar la exención sin estar sujeto a esa fecha de vencimiento, pero no para años tributarios anteriores.
¿Las personas mayores reciben una exención del impuesto a la propiedad en New Mexico?
Los dueños que tienen 65 años o más o están discapacitados, cuyo ingreso bruto modificado no fue mayor de $42,900 en 2024, y que son dueños de una vivienda unifamiliar y la ocupan pueden ser elegibles para una limitación (congelamiento) del valor gravable de la residencia. La limitación se aplica en el año tributario en que el dueño presenta una solicitud ante el tasador del condado (county assessor) en el formulario del tasador.
¿Los veteranos con discapacidad pagan impuesto a la propiedad en New Mexico?
Exención estándar para veteranos: hasta $10,000 del valor gravable de la propiedad de un veterano o cónyuge sobreviviente no casado que sea residente de New Mexico (ciertos tipos de baja hacen que un veterano no sea elegible). Exención para veteranos discapacitados: la propiedad de un veterano que, conforme a la ley federal, tiene una discapacidad relacionada con el servicio (incluida la propiedad en copropiedad o como bienes gananciales (community property) con un cónyuge) puede estar exenta si el veterano vive allí como residencia principal. Ambas usan el formulario DVS1 del Department of Veterans Services.
¿Hay una exención del impuesto a la propiedad para personas con discapacidad en New Mexico?
Los dueños discapacitados (no solo los veteranos) que son dueños de una vivienda unifamiliar y la ocupan y cuyo ingreso bruto modificado no fue mayor de $42,900 en 2024 pueden calificar para la misma limitación de la valuación disponible para las personas de 65 años o más.
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