Cómo romper un contrato de arrendamiento en New Jersey
Reglas de New Jersey sobre cómo romper un contrato de arrendamiento para inquilinos y arrendadores, con la ley o la página oficial detrás de cada respuesta. Última verificación: 2026-10-22.
Respuesta corta: Sí. Un inquilino (tenant) puede terminar un contrato residencial antes de tiempo dando al arrendador (landlord) (a) un aviso escrito de que él o su hijo enfrentan una amenaza inminente de daño físico grave por parte de una persona nombrada si se queda, y (b) uno de estos: una copia… N.J.S.A. 46:8-9.4 to 46:8-9.12 (esp. 46:8-9.6, 46:8-9.7); 46:8-21.1
Las reglas en New Jersey
| Terminar un contrato de arrendamiento: violencia doméstica | Sí. Un inquilino (tenant) puede terminar un contrato residencial antes de tiempo dando al arrendador (landlord) (a) un aviso escrito de que él o su hijo enfrentan una amenaza inminente de daño físico grave por parte de una persona nombrada si se queda, y (b) uno de estos: una copia certificada de una orden de restricción permanente (permanent restraining order) (de NJ o de otra jurisdicción) que lo proteja de esa persona; un registro policial que documente la violencia doméstica (domestic violence) o certifique que el inquilino o su hijo es víctima; documentación médica de un proveedor de atención médica; una certificación de un Domestic Violence Specialist certificado o del director de una agencia designada contra la violencia doméstica; o documentación de un trabajador social con licencia. La terminación entra en vigor 30 días después de que el arrendador recibe el aviso (o antes si se acuerda), con la renta pagada en proporción hasta esa fecha. El contrato de los coinquilinos también termina, aunque el arrendador puede ofrecerles un nuevo contrato. El arrendador debe tener disponible para devolver el depósito más los intereses, menos los cobros legales y la renta adeudada, dentro de 15 días hábiles. El arrendador no puede revelar la información del inquilino salvo lo que permita la ley. 46:8-9.7: https://lis.njleg.state.nj.us/nxt/gateway.dll/statutes/1/44314/44489?f=templates$fn=document-frame.htm$3.0. La ley está planteada en torno a la violencia doméstica; no se confirmó por separado si la agresión sexual (sexual assault) o el acecho (stalking) por sí solos califican. Los derechos de cambio de cerradura para víctimas de violencia doméstica están en 46:8-9.14 (no revisado en detalle). No aplica a las rentas de temporada (46:8-9.12). |
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| Terminar un contrato de arrendamiento: militar, médico, fallecimiento | Muerte: un contrato residencial de un año o más puede terminarse después de la muerte del inquilino (tenant) o de su cónyuge mediante un aviso escrito del inquilino, del albacea o administrador del patrimonio, o del cónyuge sobreviviente (si el contrato se firmó en conjunto). Discapacidad/personas mayores: un contrato de un año o más puede terminarse si (a) el inquilino o su cónyuge tiene una enfermedad o un accidente que lo incapacita, con una certificación del médico tratante de que no puede trabajar, prueba de la pérdida de ingresos y prueba de que otros beneficios no pueden cubrir la renta; (b) el inquilino o su cónyuge (uno de 62+ años) es aceptado en una vivienda de vida asistida, un hogar de ancianos o una comunidad de retiro con atención continua, con una certificación médica y prueba de la aceptación; (c) el inquilino o su cónyuge (uno de 62+ años) es aceptado en una vivienda para personas de ingresos bajos o moderados; o (d) la unidad no es accesible para un miembro del hogar con una discapacidad duradera y se le pidió al arrendador (landlord) que la hiciera accesible a su costo, pero no lo hizo. En todos estos casos, la terminación entra en vigor el día 40 después de que el arrendador recibe el aviso escrito, la renta se debe hasta entonces, y la unidad debe desocuparse al menos 5 días hábiles antes de ese día 40. La disposición sobre la muerte no aplica si el contrato dispone explícitamente otra cosa. 46:8-9.1: https://lis.njleg.state.nj.us/nxt/gateway.dll/statutes/1/44314/44483?f=templates$fn=document-frame.htm$3.0. No se encontró en el Title 46 ch. 8 ninguna disposición estatal de terminación del contrato por servicio militar; aplica la SCRA federal. Por separado, los arrendadores deben contar los subsidios de vivienda militares o de veteranos como ingresos al evaluar a los solicitantes (46:8-51). Fuente: N.J.S.A. 46:8-9.1; 46:8-9.2 |
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- ¿Puedo romper mi contrato de arrendamiento por órdenes militares, razones médicas o un fallecimiento?
New Jersey frente a los estados vecinos
| Estado | Terminar un contrato de arrendamiento: violencia doméstica | Terminar un contrato de arrendamiento: militar, médico, fallecimiento |
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| New Jersey | Sí. Un inquilino (tenant) puede terminar un contrato residencial antes de tiempo dando al arrendador (landlord) (a) un aviso escrito de que él o su hijo enfrentan una amenaza inminente de daño físico grave por parte de una persona nombrada si se queda, y (b) uno de estos: una copia certificada de una orden de restricción permanente (permanent restraining order) (de NJ o de otra jurisdicción) que lo proteja de esa persona; un registro policial que documente la violencia doméstica (domestic violence) o certifique que el inquilino o su hijo es víctima; documentación médica de un proveedor de atención médica; una certificación de un Domestic Violence Specialist certificado o del director de una agencia designada contra la violencia doméstica; o documentación de un trabajador social con licencia. La terminación entra en vigor 30 días después de que el arrendador recibe el aviso (o antes si se acuerda), con la renta pagada en proporción hasta esa fecha. El contrato de los coinquilinos también termina, aunque el arrendador puede ofrecerles un nuevo contrato. El arrendador debe tener disponible para devolver el depósito más los intereses, menos los cobros legales y la renta adeudada, dentro de 15 días hábiles. El arrendador no puede revelar la información del inquilino salvo lo que permita la ley. N.J.S.A. 46:8-9.4 to 46:8-9.12 (esp. 46:8-9.6, 46:8-9.7); 46:8-21.1 | Muerte: un contrato residencial de un año o más puede terminarse después de la muerte del inquilino (tenant) o de su cónyuge mediante un aviso escrito del inquilino, del albacea o administrador del patrimonio, o del cónyuge sobreviviente (si el contrato se firmó en conjunto). Discapacidad/personas mayores: un contrato de un año o más puede terminarse si (a) el inquilino o su cónyuge tiene una enfermedad o un accidente que lo incapacita, con una certificación del médico tratante de que no puede trabajar, prueba de la pérdida de ingresos y prueba de que otros beneficios no pueden cubrir la renta; (b) el inquilino o su cónyuge (uno de 62+ años) es aceptado en una vivienda de vida asistida, un hogar de ancianos o una comunidad de retiro con atención continua, con una certificación médica y prueba de la aceptación; (c) el inquilino o su cónyuge (uno de 62+ años) es aceptado en una vivienda para personas de ingresos bajos o moderados; o (d) la unidad no es accesible para un miembro del hogar con una discapacidad duradera y se le pidió al arrendador (landlord) que la hiciera accesible a su costo, pero no lo hizo. En todos estos casos, la terminación entra en vigor el día 40 después de que el arrendador recibe el aviso escrito, la renta se debe hasta entonces, y la unidad debe desocuparse al menos 5 días hábiles antes de ese día 40. La disposición sobre la muerte no aplica si el contrato dispone explícitamente otra cosa. N.J.S.A. 46:8-9.1; 46:8-9.2 |
| Delaware | Un inquilino (tenant) que es víctima de abuso doméstico (domestic abuse), delitos sexuales (sexual offenses) o acecho (stalking), o que ha obtenido o está pidiendo ayuda de un tribunal, una agencia policial o un programa contra la violencia doméstica (domestic violence), puede terminar el arrendamiento con 30 días de aviso escrito (los 30 días empiezan el primer día del mes después de dar el aviso). Por separado, el arrendador (landlord) no puede desalojar, subir la renta ni reducir servicios a causa de la victimización (presunción que admite prueba en contrario dentro de los 90 días de un incidente); esta protección no aplica a un inquilino que, por otros motivos, está atrasado en la renta. 25 Del. C. §§ 5314(b)(6), 5316 | Con 30 días de aviso escrito (a partir del primer día del mes siguiente): traslado de trabajo por el empleador actual de más de 30 millas; enfermedad grave del inquilino (tenant), o muerte o enfermedad grave de un familiar inmediato que vive en la vivienda, que requiera una mudanza permanente; aceptación en una vivienda para personas mayores, un centro grupal o cooperativo o un hogar de retiro; aceptación en una vivienda subsidiada por el gobierno o por una organización sin fines de lucro; ingreso al servicio militar activo de EE. UU. después de firmar; y terminación por el cónyuge sobreviviente o el representante personal a la muerte del inquilino. La unidad de un inquilino único fallecido puede devolverse al arrendador (landlord) sin demanda según § 5719. 25 Del. C. §§ 5314(b), 5719 |
| New York | Un inquilino (tenant) puede terminar el contrato si él o un miembro de su hogar es víctima de violencia doméstica (domestic violence) (según se define en Social Services Law § 459-a) y teme razonablemente quedarse. El inquilino da un aviso escrito al arrendador (landlord) o su agente, y a cualquier coinquilino que no sea el agresor. El aviso debe indicar que el inquilino o el miembro del hogar sufrió violencia doméstica y no puede quedarse de forma segura, y dar una fecha de terminación al menos 30 días después de la entrega. El aviso enviado por correo se considera entregado 5 días después del envío. Dentro de los 25 días del aviso, el inquilino entrega documentación: una orden de protección (order of protection), un registro o informe policial, un registro de atención médica, o una verificación jurada o notariada de un tercero calificado (como la policía, personal del tribunal, un abogado, un médico, un trabajador social, un terapeuta, personal de una agencia contra la violencia doméstica o un miembro del clero). La renta se debe en proporción solo hasta la fecha de terminación. La renta pagada por adelantado se reembolsa dentro de 10 días. El arrendador no puede retener el depósito a causa de la terminación anticipada. N.Y. Real Prop. Law § 227-c | Personas mayores (62+) y personas con discapacidad: un inquilino (tenant) puede terminar el contrato si un médico certifica que ya no puede vivir de forma independiente y se va a mudar con familiares, o si es admitido en un centro de cuidado para adultos, un centro residencial de atención médica, o una vivienda subsidiada o para personas mayores. El aviso debe incluir la certificación del médico o los documentos de admisión, más una declaración notariada de un familiar cuando se muda con familiares. La terminación entra en vigor no antes de 30 días después de la siguiente fecha de pago de la renta. Militar: un inquilino que ingresa al servicio militar después de firmar el contrato puede terminarlo con un aviso escrito entregado o enviado por correo. En contratos con renta mensual, la terminación entra en vigor 30 días después de la siguiente fecha de pago de la renta. Muerte del inquilino: el patrimonio puede pedir al arrendador (landlord) que consienta una cesión o un subarriendo. Si el arrendador termina el contrato o se niega sin razón, el patrimonio queda liberado de responsabilidad a partir del final de ese mes. N.Y. Real Prop. Law § 227-a; N.Y. Military Law § 310; N.Y. Real Prop. Law § 236 |
| Pennsylvania | Aún no verificado | Muerte de un inquilino (tenant) único: el albacea o administrador puede terminar el contrato de arrendamiento (lease) residencial con 14 días de aviso por escrito, con efecto en la fecha más tardía entre el último día del segundo mes calendario después del mes de la muerte o la entrega de la unidad con todas las pertenencias retiradas; el patrimonio (estate) debe la renta y las deudas hasta la terminación, pero no una penalidad por la terminación anticipada (se aplica a contratos celebrados o extendidos después de la enmienda de 2016). No se encontró en la Act un derecho estatal de terminación por razones médicas/discapacidad o cuidado de personas mayores. 68 P.S. 250.514 (Landlord and Tenant Act s. 514, added 2016, P.L.968, No.116) |
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Preguntas frecuentes sobre cómo romper un contrato de arrendamiento en New Jersey
¿Puede una sobreviviente de violencia doméstica romper un contrato de arrendamiento en New Jersey?
¿Cuándo puede un inquilino romper un contrato de arrendamiento sin penalidad en New Jersey?
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.