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Reglas de New Jersey sobre moho, plagas, calefacción y aire acondicionado

Reglas de New Jersey sobre moho, plagas, calefacción y aire acondicionado para inquilinos y arrendadores, con la ley o la página oficial que respalda cada respuesta. Última verificación: 2026-10-22.

Respuesta corta: No hay ley; aplican la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability) y los códigos estatales/locales de mantenimiento de viviendas. Marini v. Ireland, 56 N.J. 130 (1970) (implied warranty of habitability); N.J.A.C. 5:10 (Regulations for Maintenance of Hotels and Multiple Dwellings)

Las reglas en New Jersey

MohoNo hay ley; aplican la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability) y los códigos estatales/locales de mantenimiento de viviendas. New Jersey no ha promulgado ningún estándar de divulgación, pruebas ni remediación de moho para viviendas de alquiler.
Una 'Mold Safe Housing Act' propuesta (S760, sesión de 2026) añadiría deberes de respuesta al moho para los arrendadores (landlords), pero a esta fecha solo se había presentado, no promulgado. Los inquilinos (tenants) pueden reportar condiciones peligrosas en edificios de tres o más unidades al Bureau of Housing Inspection estatal, y en edificios más pequeños a los funcionarios municipales de códigos o de salud.
Plagas y chinchesEn hoteles y viviendas múltiples (3+ unidades), el dueño debe erradicar insectos, ratas u otras plagas cuando la infestación está en dos o más unidades o en áreas comunes, mantener el edificio a prueba de ratas y libre de infestaciones, y hacer que personas calificadas realicen procedimientos preventivos contra plagas al menos una vez al año (con más frecuencia si la infestación se repite). La guía estatal Truth in Renting incluye la información sobre chinches entre los artículos que un arrendador (landlord) debe proporcionar a los inquilinos (tenants).
Para una infestación limitada a una sola unidad, o en edificios de una y dos unidades, la responsabilidad la establecen los códigos locales y el contrato de arrendamiento (lease), sujeto a la garantía de habitabilidad. El reglamento se publica en el N.J. Administrative Code; el texto se verificó en la copia del Department of Community Affairs (vigente hasta el N.J. Register de 2023).
CalefacciónSí, para edificios de tres o más unidades: del 1 de octubre al 15 de mayo, cada unidad y cuarto habitable debe mantenerse al menos a 68°F de 6:00 a.m. a 11:00 p.m. y al menos a 65°F de 11:00 p.m. a 6:00 a.m. El dueño debe proporcionar el combustible o la energía y mantener el sistema de calefacción en buenas condiciones de funcionamiento, sin importar los términos del contrato de arrendamiento (lease), a menos que el inquilino (tenant) acepte por escrito calentar una unidad que tenga su propio equipo de calefacción facturado por separado.
La fecha de fin de la temporada de calefacción se extendió del 1 de mayo al 15 de mayo con vigencia desde el 7 de agosto de 2023 (8/7/2023) (R.2023 d.089). El dueño no es responsable de las bajas de temperatura causadas por ocupantes que dejan ventanas o puertas abiertas. Para edificios de una y dos unidades, las ordenanzas locales rigen la calefacción.
Aire acondicionadoNo hay ningún requisito estatal de proporcionar aire acondicionado ni una temperatura interior máxima. El aire acondicionado que formaba parte del arrendamiento original puede tratarse como una 'vital facility' (instalación vital) cuya falla afecta la habitabilidad.
El trato del aire acondicionado como instalación vital proviene de la jurisprudencia de la Appellate Division descrita en la guía estatal Truth in Renting, no de una ley.

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Moho, plagas, calefacción y aire acondicionado: New Jersey frente a los estados vecinos
EstadoMohoPlagas y chinchesCalefacción
New JerseyNo hay ley; aplican la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability) y los códigos estatales/locales de mantenimiento de viviendas. New Jersey no ha promulgado ningún estándar de divulgación, pruebas ni remediación de moho para viviendas de alquiler.
Marini v. Ireland, 56 N.J. 130 (1970) (implied warranty of habitability); N.J.A.C. 5:10 (Regulations for Maintenance of Hotels and Multiple Dwellings)
En hoteles y viviendas múltiples (3+ unidades), el dueño debe erradicar insectos, ratas u otras plagas cuando la infestación está en dos o más unidades o en áreas comunes, mantener el edificio a prueba de ratas y libre de infestaciones, y hacer que personas calificadas realicen procedimientos preventivos contra plagas al menos una vez al año (con más frecuencia si la infestación se repite). La guía estatal Truth in Renting incluye la información sobre chinches entre los artículos que un arrendador (landlord) debe proporcionar a los inquilinos (tenants).
N.J.A.C. 5:10-10.2
Sí, para edificios de tres o más unidades: del 1 de octubre al 15 de mayo, cada unidad y cuarto habitable debe mantenerse al menos a 68°F de 6:00 a.m. a 11:00 p.m. y al menos a 65°F de 11:00 p.m. a 6:00 a.m. El dueño debe proporcionar el combustible o la energía y mantener el sistema de calefacción en buenas condiciones de funcionamiento, sin importar los términos del contrato de arrendamiento (lease), a menos que el inquilino (tenant) acepte por escrito calentar una unidad que tenga su propio equipo de calefacción facturado por separado.
N.J.A.C. 5:10-14.3, 5:10-14.4
DelawareNo hay ley; aplica el deber general de habitabilidad y reparación. Delaware no tiene ninguna ley de divulgación ni de remediación de moho para viviendas de alquiler. El arrendador (landlord) debe cumplir con todos los códigos de vivienda estatales y locales, proporcionar una unidad que no ponga en peligro la salud, el bienestar o la seguridad de los inquilinos (tenants), y hacer todas las reparaciones necesarias para mantener la unidad en la condición en que estaba, o debió estar, al inicio del arrendamiento.
25 Del. C. § 5305(a)(1)-(2), (4)
Delaware tiene una ley sobre chinches. Antes de alquilar, el arrendador (landlord) debe inspeccionar visualmente la unidad en busca de señales de chinches y divulgar si las unidades adyacentes están infestadas o en tratamiento. Después de un reporte de una infestación conocida o sospechada, el arrendador debe inspeccionar o hacer que un profesional en manejo de plagas inspeccione dentro de 120 horas, comenzar la remediación profesional dentro de 14 días del aviso si se encuentran chinches, inspeccionar las unidades adyacentes dentro de 5 días, avisar a los inquilinos (tenants) afectados de los hallazgos y llevar registros por escrito. El arrendador paga la investigación y la remediación si el inquilino lo reporta dentro de 60 días de mudarse o dentro de 30 días de que se encuentre una infestación en una unidad contigua; para reportes posteriores, el inquilino comparte los costos razonables de remediación de su unidad (excepto en propiedades de una autoridad de vivienda pública). Los inquilinos no pueden traer a sabiendas pertenencias infestadas.
25 Del. C. § 5317
Solo si el contrato de alquiler lo dice: el arrendador (landlord) debe proporcionar (o gestionar) agua, agua caliente, calefacción y electricidad cuando el contrato de arrendamiento (lease) así lo especifique. Si el arrendador incumple sustancialmente en proporcionar calefacción, el inquilino (tenant) puede, con aviso por escrito, conseguir vivienda sustituta con reducción de la renta, o quedarse con dos tercios de la renta diaria mientras no se proporcione calefacción, entre otros recursos. La ley estatal no fija una temperatura interior mínima.
25 Del. C. §§ 5305(b)(2), 5308
New YorkNo hay ninguna ley estatal sobre moho; aplica la garantía de habitabilidad (warranty of habitability). Todo contrato de arrendamiento (lease) residencial incluye una garantía irrenunciable de que la propiedad es apta para la habitación humana y está libre de condiciones peligrosas, riesgosas o perjudiciales para la vida, la salud o la seguridad.
N.Y. Real Prop. Law § 235-b
En las viviendas múltiples, el dueño debe mantener el edificio y su terreno, patios y pasillos limpios y libres de alimañas, suciedad, inmundicia y basura; los inquilinos (tenants) responden por las condiciones que causen. No eliminar una infestación de insectos de un apartamento es un ejemplo de incumplimiento de la garantía de habitabilidad (warranty of habitability). No hay ninguna ley estatal de divulgación de chinches.
N.Y. Mult. Dwell. Law § 80; N.Y. Mult. Resid. Law § 174; N.Y. Real Prop. Law § 235-b
Sí, en las viviendas múltiples: del 1 de octubre al 31 de mayo, el dueño debe calentar todas las áreas de vivienda al menos a 68°F de 6 a.m. a 10 p.m. cuando la temperatura exterior sea inferior a 55°F, y al menos a 55°F de 10 p.m. a 6 a.m. cuando la temperatura exterior sea inferior a 40°F. Los reglamentos locales pueden exigir temperaturas más altas.
N.Y. Mult. Dwell. Law § 79; N.Y. Mult. Resid. Law § 173
PennsylvaniaNo hay ley; Pennsylvania no tiene ninguna ley de divulgación, remediación ni estándares de exposición al moho para viviendas de alquiler. Condiciones como el moho se rigen por la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability) creada por los tribunales, que exige que el arrendador (landlord) mantenga la unidad en condiciones adecuadas y habitable y corrija los defectos graves que afecten la seguridad o la posibilidad de vivir ahí; el contrato de arrendamiento (lease) no puede renunciar a este deber.
Implied warranty of habitability (Pugh v. Holmes, 405 A.2d 897 (Pa. 1979)), as described in the PA Attorney General's Consumer Guide to Tenant and Landlord Rights
No hay ley; no hay ninguna ley estatal sobre chinches o plagas para viviendas de alquiler. El Attorney General menciona la infestación de roedores como ejemplo de una condición inhabitable bajo la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability); el inquilino (tenant) debe avisar al arrendador (landlord) y darle una oportunidad razonable para corregirla.
Implied warranty of habitability (Pugh v. Holmes, 405 A.2d 897 (Pa. 1979)); PA AG Consumer Guide, Part IV.C
Ninguna ley estatal establece un requisito de calefacción ni una temperatura mínima para viviendas de alquiler. La falta de calefacción en invierno se trata como una condición inhabitable bajo la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability).
Implied warranty of habitability (Pugh v. Holmes, 405 A.2d 897 (Pa. 1979)); PA AG Consumer Guide, Part IV.C

Reglas de la ciudad que pueden sumarse a la ley estatal

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Preguntas frecuentes sobre las reglas de New Jersey sobre moho, plagas, calefacción y aire acondicionado

¿Tiene un arrendador que arreglar el moho en New Jersey?
No hay ley; aplican la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability) y los códigos estatales/locales de mantenimiento de viviendas. New Jersey no ha promulgado ningún estándar de divulgación, pruebas ni remediación de moho para viviendas de alquiler. (Marini v. Ireland, 56 N.J. 130 (1970) (implied warranty of habitability); N.J.A.C. 5:10 (Regulations for Maintenance of Hotels and Multiple Dwellings))
¿Quién paga el control de plagas y las chinches en New Jersey?
En hoteles y viviendas múltiples (3+ unidades), el dueño debe erradicar insectos, ratas u otras plagas cuando la infestación está en dos o más unidades o en áreas comunes, mantener el edificio a prueba de ratas y libre de infestaciones, y hacer que personas calificadas realicen procedimientos preventivos contra plagas al menos una vez al año (con más frecuencia si la infestación se repite). La guía estatal Truth in Renting incluye la información sobre chinches entre los artículos que un arrendador (landlord) debe proporcionar a los inquilinos (tenants). (N.J.A.C. 5:10-10.2)
¿Tiene un arrendador que proporcionar calefacción en New Jersey?
Sí, para edificios de tres o más unidades: del 1 de octubre al 15 de mayo, cada unidad y cuarto habitable debe mantenerse al menos a 68°F de 6:00 a.m. a 11:00 p.m. y al menos a 65°F de 11:00 p.m. a 6:00 a.m. El dueño debe proporcionar el combustible o la energía y mantener el sistema de calefacción en buenas condiciones de funcionamiento, sin importar los términos del contrato de arrendamiento (lease), a menos que el inquilino (tenant) acepte por escrito calentar una unidad que tenga su propio equipo de calefacción facturado por separado. (N.J.A.C. 5:10-14.3, 5:10-14.4)
¿Tiene un arrendador que proporcionar aire acondicionado en New Jersey?
No hay ningún requisito estatal de proporcionar aire acondicionado ni una temperatura interior máxima. El aire acondicionado que formaba parte del arrendamiento original puede tratarse como una 'vital facility' (instalación vital) cuya falla afecta la habitabilidad. (Implied warranty of habitability (Marini v. Ireland, 56 N.J. 130 (1970)); N.J.A.C. 5:10 subchapter 14 (heat only))

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.