Reglas de Utah sobre moho, plagas, calefacción y aire acondicionado
Reglas de Utah sobre moho, plagas, calefacción y aire acondicionado para inquilinos y arrendadores, con la ley o la página oficial que respalda cada respuesta. Última verificación: 2026-10-22.
Respuesta corta: No hay ley; la Utah Fit Premises Act no menciona el moho. El moho se rige por el deber general de mantener la unidad apta para la habitación humana y conforme a las ordenanzas locales y las reglas de la junta de salud local, y de no alquilar una propiedad a menos que sea segura… Utah Code 57-22-3; 57-22-4(1); 57-22-6
Las reglas en Utah
| Moho | No hay ley; la Utah Fit Premises Act no menciona el moho. El moho se rige por el deber general de mantener la unidad apta para la habitación humana y conforme a las ordenanzas locales y las reglas de la junta de salud local, y de no alquilar una propiedad a menos que sea segura, sanitaria y apta para la ocupación humana. La ley aplica solo a las condiciones que afectan de manera importante la salud física o la seguridad del inquilino (renter) común. Los recursos del inquilino (renter) (reparar y descontar o reducción de la renta, o terminación) requieren un aviso por escrito y un tiempo razonable para corregir (57-22-6). Los deberes pueden reasignarse mediante un acuerdo escrito explícito firmado por ambas partes (57-22-3). |
|---|---|
| Plagas y chinches | No hay ley; la Fit Premises Act no tiene ninguna disposición sobre plagas o chinches. Las infestaciones caen bajo el deber de seguridad y salubridad y las reglas del departamento de salud local cuando afectan de manera importante la salud o la seguridad. El inquilino (renter) debe mantener la unidad limpia y segura, desechar la basura adecuadamente y cumplir con las reglas de la junta de salud local. Los reglamentos del departamento de salud local pueden tratar las infestaciones. |
| Calefacción | Sí. Cada unidad de alquiler debe tener calefacción (además de sistemas eléctricos, plomería y agua caliente y fría), y el dueño (owner) debe mantener el sistema de calefacción. La ley estatal no fija una temperatura interior mínima ni una temporada de calefacción; las ordenanzas locales y las reglas de la junta de salud pueden fijarlas. Fuente: Utah Code 57-22-3(1); 57-22-4(1) |
| Aire acondicionado | No hay obligación de instalar aire acondicionado ni una temperatura interior máxima. Si la unidad tiene un sistema de aire acondicionado, el dueño (owner) debe mantenerlo en condiciones de funcionamiento. La falla del aire acondicionado es una 'deficient condition' (condición deficiente) para fines de los recursos solo si afecta de manera importante la salud física o la seguridad del inquilino (renter) común. Fuente: Utah Code 57-22-4(1) |
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Utah frente a los estados vecinos
| Estado | Moho | Plagas y chinches | Calefacción |
|---|---|---|---|
| Utah | No hay ley; la Utah Fit Premises Act no menciona el moho. El moho se rige por el deber general de mantener la unidad apta para la habitación humana y conforme a las ordenanzas locales y las reglas de la junta de salud local, y de no alquilar una propiedad a menos que sea segura, sanitaria y apta para la ocupación humana. La ley aplica solo a las condiciones que afectan de manera importante la salud física o la seguridad del inquilino (renter) común. Utah Code 57-22-3; 57-22-4(1); 57-22-6 | No hay ley; la Fit Premises Act no tiene ninguna disposición sobre plagas o chinches. Las infestaciones caen bajo el deber de seguridad y salubridad y las reglas del departamento de salud local cuando afectan de manera importante la salud o la seguridad. El inquilino (renter) debe mantener la unidad limpia y segura, desechar la basura adecuadamente y cumplir con las reglas de la junta de salud local. Utah Code 57-22-3; 57-22-4(1); 57-22-5(1) | Sí. Cada unidad de alquiler debe tener calefacción (además de sistemas eléctricos, plomería y agua caliente y fría), y el dueño (owner) debe mantener el sistema de calefacción. La ley estatal no fija una temperatura interior mínima ni una temporada de calefacción; las ordenanzas locales y las reglas de la junta de salud pueden fijarlas. Utah Code 57-22-3(1); 57-22-4(1) |
| Arizona | No hay ley; aplica el deber general de habitabilidad y reparación. Arizona no tiene ninguna ley de divulgación ni de remediación de moho para viviendas de alquiler. El arrendador (landlord) debe cumplir con los códigos de construcción que afectan de manera importante la salud y la seguridad y hacer todas las reparaciones necesarias para mantener la propiedad en condiciones adecuadas y habitable. A.R.S. § 33-1324(A)(1)-(2) | Arizona tiene una ley sobre chinches. Los arrendadores (landlords) deben dar materiales educativos sobre chinches a los inquilinos (tenants) actuales y nuevos y no pueden alquilar una unidad que saben que tiene una infestación actual de chinches. Los inquilinos no pueden llevar a sabiendas objetos infestados a la unidad y deben avisar al arrendador por escrito o por medios electrónicos si saben que hay chinches. Las demás plagas caen bajo el deber general de mantener la propiedad en condiciones adecuadas y habitable. A.R.S. § 33-1319; § 33-1324(A)(2) | Sí. El arrendador (landlord) debe proporcionar calefacción razonable cuando lo requiera el clima de la temporada, a menos que la ley no exija que el edificio tenga calefacción o que el calor provenga de equipo bajo el control exclusivo del inquilino (tenant) con una conexión directa de servicios públicos. Si el arrendador no proporciona calefacción de forma deliberada o negligente, el inquilino puede dar aviso y comprar calefacción y descontar el costo, cobrar daños u obtener vivienda sustituta. La ley estatal no fija una temperatura mínima. A.R.S. §§ 33-1324(A)(6), 33-1364 |
| Colorado | Sí. Una vivienda de alquiler es legalmente inhabitable si hay moho asociado con la humedad, o cualquier otra condición de humedad, que interferiría de manera importante con la salud o la seguridad del inquilino (tenant) si no se corrige. Se excluye el moho menor en superficies que acumulan humedad por el uso normal. El arrendador (landlord) debe asegurarse de que la unidad sea habitable antes de arrendarla y debe corregir esas condiciones bajo la garantía de habitabilidad (warranty of habitability); el inquilino puede usar los recursos de § 38-12-507. C.R.S. §§ 38-12-503, 38-12-505(1)(a), (3) | El arrendador (landlord) debe proporcionar el exterminio adecuado para infestaciones de roedores, alimañas, plagas o insectos en toda la propiedad. Bajo la ley de chinches, el inquilino (tenant) debe avisar de inmediato al arrendador por escrito o por medios electrónicos; dentro de 96 horas el arrendador debe hacer que un inspector calificado inspeccione la unidad, e inspeccionar las unidades contiguas si se encuentran chinches. El arrendador debe dar los resultados por escrito dentro de dos días hábiles y comenzar el tratamiento dentro de cinco días hábiles. El arrendador paga la inspección y el tratamiento, y no puede alquilar una unidad que sabe o sospecha que tiene chinches; si se le pide, debe divulgar si hubo chinches en los últimos ocho meses y la fecha de la última inspección sin chinches. C.R.S. § 38-12-505(1)(b)(VII)-(VIII); §§ 38-12-1001 to 38-12-1007 | Sí. Una unidad que carece sustancialmente de instalaciones de calefacción funcionales que cumplían con el código cuando se instalaron y que se mantienen en buen estado de funcionamiento es inhabitable. Se presume que la falta de calefacción funcional de octubre a abril interfiere de manera importante con la vida, la salud o la seguridad del inquilino (tenant). La ley estatal no fija una temperatura interior mínima. C.R.S. § 38-12-505(1)(b)(V), (4)(d) |
| Idaho | No hay ley; Idaho no tiene ninguna ley de arrendadores e inquilinos específica sobre moho ni ninguna agencia estatal que regule la inspección o eliminación de moho en viviendas de alquiler. El moho se maneja bajo el derecho del inquilino (tenant) a demandar a un arrendador (landlord) que mantiene la propiedad de una manera peligrosa para la salud o la seguridad, que no proporciona impermeabilización y protección contra el clima razonables, o que no mantiene las instalaciones de plomería y ventilación. El Attorney General aconseja a los inquilinos reportar de inmediato al arrendador las goteras, el exceso de humedad o el moho recurrente. Idaho Code § 6-320(a)(1)–(3); Idaho AG, Landlord and Tenant Manual (July 2026), pp. 16–17 | No hay ley; la ley de Idaho no asigna específicamente el tratamiento de plagas o chinches ni exige una divulgación de chinches. El Attorney General menciona las infestaciones de insectos como ejemplo de una condición que puede violar los estándares de vivienda y el deber del arrendador (landlord) de no mantener la propiedad de una manera peligrosa para la salud o la seguridad. Idaho Code § 6-320(a)(3); Idaho AG, Landlord and Tenant Manual (July 2026), pp. 11–12 | Ninguna ley fija una temperatura mínima ni exige que los arrendadores (landlords) proporcionen calefacción, pero el inquilino (tenant) puede demandar a un arrendador que no mantenga en buen estado de funcionamiento las instalaciones de calefacción que el arrendador proporcionó. El Attorney General menciona las unidades de calefacción que no funcionan como una condición que puede violar los estándares de vivienda. Idaho Code § 6-320(a)(2); Idaho AG, Landlord and Tenant Manual (July 2026), p. 12 |
| Nevada | No hay ley; aplica el deber general de habitabilidad. El arrendador (landlord) debe mantener la unidad en condición habitable en todo momento; una unidad no es habitable si viola los códigos de vivienda o de salud sobre salud, seguridad, salubridad o aptitud, o si carece sustancialmente de impermeabilización y protección contra el clima eficaces, de plomería que funcione, o de paredes, pisos y techos en buen estado. NRS 118A.290(1) | Al inicio del arrendamiento, el edificio, el terreno y las demás áreas bajo el control del arrendador (landlord) deben estar limpios, sanitarios y razonablemente libres de roedores, insectos y alimañas. El inquilino (tenant) debe mantener la unidad limpia y segura y desechar la basura adecuadamente. No hay ninguna ley específica sobre chinches. NRS 118A.290(1)(g); NRS 118A.310 | Sí. Una unidad no es habitable si carece sustancialmente de instalaciones de calefacción adecuadas que cumplían con la ley cuando se instalaron y que se mantienen en buen estado de funcionamiento. No se fija ninguna temperatura mínima ni temporada de calefacción estatal. Si el arrendador (landlord) está obligado a proporcionar calefacción y no lo hace de forma intencional o negligente, el inquilino (tenant) tiene recursos adicionales, incluidos daños de hasta $2,500. NRS 118A.290(1)(d); NRS 118A.380 |
| New Mexico | No hay ley; aplica el deber general de reparación. El propietario (owner) debe cumplir sustancialmente con los códigos mínimos de vivienda aplicables y hacer las reparaciones y lo que sea necesario para poner y mantener la propiedad en condiciones seguras. NMSA 1978, § 47-8-20(A)(1)-(2) | No hay ninguna ley específica sobre plagas o chinches. El propietario (owner) debe mantener la propiedad en condiciones seguras y las áreas comunes seguras, y proporcionar recipientes y recolección de basura; el residente (resident) debe mantener limpia y segura la parte de la propiedad que ocupa y desechar la basura adecuadamente. NMSA 1978, §§ 47-8-20(A)(2)-(3), (5); 47-8-22(B)-(C) | Sí. El propietario (owner) debe proporcionar calefacción razonable (y agua corriente y una cantidad razonable de agua caliente en todo momento) y mantener las instalaciones de calefacción en buen estado de funcionamiento y seguras. No se fija ninguna temperatura mínima ni temporada de calefacción estatal. Excepciones: edificios que la ley no exige que estén equipados con calefacción, o unidades donde la calefacción se genera con una instalación bajo el control exclusivo del residente (resident) alimentada por una conexión directa de servicios públicos. NMSA 1978, § 47-8-20(A)(4), (A)(6) |
| Wyoming | No hay ley; la Residential Rental Property Act de Wyoming no menciona el moho, y ningún código estatal de vivienda lo trata. El moho se rige solo por el deber general de mantener la unidad segura, sanitaria y apta para la habitación humana; la ley aplica solo a las condiciones que afectan de manera importante la salud física o la seguridad del inquilino (renter) común. El inquilino debe estar al corriente con los pagos y dar un aviso por escrito (por correo certificado o según lo permita W.S. 1-21-1003) antes de que estén disponibles los recursos judiciales. W.S. 1-21-1202(a), (c); 1-21-1203(a)-(b); 1-21-1206 | No hay ley; no hay ninguna disposición sobre plagas o chinches en la Residential Rental Property Act ni en ninguna otra parte para viviendas de alquiler. Las infestaciones caen bajo el deber general de seguridad y salubridad si afectan de manera importante la salud o la seguridad. El dueño (owner) no tiene que remediar las condiciones causadas por el mal uso del inquilino (renter), su familia o sus invitados, y el inquilino debe mantener la unidad limpia y desechar la basura adecuadamente. W.S. 1-21-1202; 1-21-1203(c); 1-21-1204(a)(i)-(ii) | Sí, pero sin un estándar de temperatura. Cada unidad de alquiler debe tener calefacción que funcione (y electricidad, plomería y agua corriente caliente y fría) a menos que ambas partes acuerden otra cosa por escrito, y el dueño (owner) debe mantener el sistema de calefacción. La ley estatal no fija una temperatura interior mínima ni una temporada de calefacción. Se exceptúan las unidades de temporada, como cabañas de verano, que no están destinadas a tener estas comodidades. W.S. 1-21-1202(a); 1-21-1203(a)(iii) |
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Preguntas frecuentes sobre las reglas de Utah sobre moho, plagas, calefacción y aire acondicionado
¿Tiene un arrendador que arreglar el moho en Utah?
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¿Tiene un arrendador que proporcionar calefacción en Utah?
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Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.