Reglas de Pennsylvania sobre moho, plagas, calefacción y aire acondicionado
Reglas de Pennsylvania sobre moho, plagas, calefacción y aire acondicionado para inquilinos y arrendadores, con la ley o la página oficial que respalda cada respuesta. Última verificación: 2026-10-22.
Respuesta corta: No hay ley; Pennsylvania no tiene ninguna ley de divulgación, remediación ni estándares de exposición al moho para viviendas de alquiler. Implied warranty of habitability (Pugh v. Holmes, 405 A.2d 897 (Pa. 1979)), as described in the PA Attorney General's Consumer Guide to Tenant and Landlord Rights
Las reglas en Pennsylvania
| Moho | No hay ley; Pennsylvania no tiene ninguna ley de divulgación, remediación ni estándares de exposición al moho para viviendas de alquiler. Condiciones como el moho se rigen por la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability) creada por los tribunales, que exige que el arrendador (landlord) mantenga la unidad en condiciones adecuadas y habitable y corrija los defectos graves que afecten la seguridad o la posibilidad de vivir ahí; el contrato de arrendamiento (lease) no puede renunciar a este deber. La Landlord and Tenant Act of 1951 no contiene ninguna ley general de habitabilidad. Los códigos locales de mantenimiento de propiedades (por ejemplo, Philadelphia, Pittsburgh) pueden tratar el moho. Los inquilinos (tenants) deben obtener asesoría legal antes de retener la renta o de reparar y descontar. |
|---|---|
| Plagas y chinches | No hay ley; no hay ninguna ley estatal sobre chinches o plagas para viviendas de alquiler. El Attorney General menciona la infestación de roedores como ejemplo de una condición inhabitable bajo la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability); el inquilino (tenant) debe avisar al arrendador (landlord) y darle una oportunidad razonable para corregirla. Quién paga el exterminio a menudo lo establecen el contrato de arrendamiento (lease) y los códigos locales; la guía del AG aconseja preguntar antes de firmar. |
| Calefacción | Ninguna ley estatal establece un requisito de calefacción ni una temperatura mínima para viviendas de alquiler. La falta de calefacción en invierno se trata como una condición inhabitable bajo la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability). Los códigos municipales (por ejemplo, el código de mantenimiento de propiedades de Philadelphia) pueden fijar temperaturas interiores mínimas y temporadas de calefacción. |
| Aire acondicionado | No hay ningún requisito estatal de proporcionar aire acondicionado ni una temperatura interior máxima. Si el contrato de arrendamiento (lease) promete aire acondicionado que funcione, rige el contrato. |
| Detectores de humo y de monóxido de carbono | En los edificios de apartamentos con tres o más unidades que tengan un calefactor o aparato de combustible fósil, una chimenea o un garaje adjunto, el dueño debe instalar una alarma de monóxido de carbono (carbon monoxide alarm) aprobada cerca de los dormitorios y del calefactor o la chimenea que quema combustible, reemplazar las alarmas que falten o estén rotas antes de que se mude un nuevo inquilino (tenant), y asegurarse de que las baterías funcionen al momento de la mudanza. Durante el arrendamiento, el inquilino debe mantener la alarma en buen estado, probarla, cambiar las baterías, reemplazar un dispositivo que falte o esté roto, y avisar al dueño por escrito sobre los problemas. No instalar o no mantener intencionalmente una alarma requerida es una infracción sumaria con una multa de hasta $50. Los vendedores de casas para una y dos familias deben revelar la información sobre detectores de monóxido de carbono. Los municipios pueden adoptar reglas de monóxido de carbono iguales o más estrictas (§ 7). No se identificó ninguna ley estatal sobre alarmas de humo para viviendas de alquiler. |
Preguntas relacionadas
- ¿Tiene un arrendador que reparar el moho?
- ¿Quién paga el control de plagas y las chinches en una vivienda de alquiler?
- ¿Tiene un arrendador que proporcionar calefacción?
- ¿Tiene un arrendador que proporcionar aire acondicionado?
Pennsylvania frente a los estados vecinos
| Estado | Moho | Plagas y chinches | Calefacción |
|---|---|---|---|
| Pennsylvania | No hay ley; Pennsylvania no tiene ninguna ley de divulgación, remediación ni estándares de exposición al moho para viviendas de alquiler. Condiciones como el moho se rigen por la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability) creada por los tribunales, que exige que el arrendador (landlord) mantenga la unidad en condiciones adecuadas y habitable y corrija los defectos graves que afecten la seguridad o la posibilidad de vivir ahí; el contrato de arrendamiento (lease) no puede renunciar a este deber. Implied warranty of habitability (Pugh v. Holmes, 405 A.2d 897 (Pa. 1979)), as described in the PA Attorney General's Consumer Guide to Tenant and Landlord Rights | No hay ley; no hay ninguna ley estatal sobre chinches o plagas para viviendas de alquiler. El Attorney General menciona la infestación de roedores como ejemplo de una condición inhabitable bajo la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability); el inquilino (tenant) debe avisar al arrendador (landlord) y darle una oportunidad razonable para corregirla. Implied warranty of habitability (Pugh v. Holmes, 405 A.2d 897 (Pa. 1979)); PA AG Consumer Guide, Part IV.C | Ninguna ley estatal establece un requisito de calefacción ni una temperatura mínima para viviendas de alquiler. La falta de calefacción en invierno se trata como una condición inhabitable bajo la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability). Implied warranty of habitability (Pugh v. Holmes, 405 A.2d 897 (Pa. 1979)); PA AG Consumer Guide, Part IV.C |
| Delaware | No hay ley; aplica el deber general de habitabilidad y reparación. Delaware no tiene ninguna ley de divulgación ni de remediación de moho para viviendas de alquiler. El arrendador (landlord) debe cumplir con todos los códigos de vivienda estatales y locales, proporcionar una unidad que no ponga en peligro la salud, el bienestar o la seguridad de los inquilinos (tenants), y hacer todas las reparaciones necesarias para mantener la unidad en la condición en que estaba, o debió estar, al inicio del arrendamiento. 25 Del. C. § 5305(a)(1)-(2), (4) | Delaware tiene una ley sobre chinches. Antes de alquilar, el arrendador (landlord) debe inspeccionar visualmente la unidad en busca de señales de chinches y divulgar si las unidades adyacentes están infestadas o en tratamiento. Después de un reporte de una infestación conocida o sospechada, el arrendador debe inspeccionar o hacer que un profesional en manejo de plagas inspeccione dentro de 120 horas, comenzar la remediación profesional dentro de 14 días del aviso si se encuentran chinches, inspeccionar las unidades adyacentes dentro de 5 días, avisar a los inquilinos (tenants) afectados de los hallazgos y llevar registros por escrito. El arrendador paga la investigación y la remediación si el inquilino lo reporta dentro de 60 días de mudarse o dentro de 30 días de que se encuentre una infestación en una unidad contigua; para reportes posteriores, el inquilino comparte los costos razonables de remediación de su unidad (excepto en propiedades de una autoridad de vivienda pública). Los inquilinos no pueden traer a sabiendas pertenencias infestadas. 25 Del. C. § 5317 | Solo si el contrato de alquiler lo dice: el arrendador (landlord) debe proporcionar (o gestionar) agua, agua caliente, calefacción y electricidad cuando el contrato de arrendamiento (lease) así lo especifique. Si el arrendador incumple sustancialmente en proporcionar calefacción, el inquilino (tenant) puede, con aviso por escrito, conseguir vivienda sustituta con reducción de la renta, o quedarse con dos tercios de la renta diaria mientras no se proporcione calefacción, entre otros recursos. La ley estatal no fija una temperatura interior mínima. 25 Del. C. §§ 5305(b)(2), 5308 |
| Maryland | Sí, por ley (Maryland Tenant Mold Protection Act, vigente desde el 1 de julio de 2025 (7/1/2025)). Los arrendadores (landlords) deben dar a cada inquilino (tenant) el folleto estatal de información sobre moho cuando se firma el contrato de arrendamiento (lease) y cuando se les pida, y pedir al inquilino que firme un acuse de recibo. Dentro de 15 días después de un aviso por escrito de moho del inquilino, de un ocupante del edificio o de la agencia local del código de vivienda, el arrendador debe hacer una evaluación de moho. Si se encuentra moho, el arrendador debe remediarlo dentro de 45 días después de la evaluación, o dentro de un tiempo razonable si los 45 días no son factibles. La evaluación y la remediación deben seguir las pautas de la industria y las leyes estatales y locales. El arrendador debe mantener la propiedad adecuadamente ventilada con baja humedad interior, comunicarse con los ocupantes durante el trabajo y cumplir con los códigos mínimos de habitabilidad. Md. Code, Real Prop. § 8-220; Md. Code, Envir. § 6-1702 (2025 Md. Laws ch. 539, SB 856) | No hay ninguna ley específica sobre chinches. Una infestación de roedores en dos o más unidades es un defecto grave enumerado: si el arrendador (landlord) no la corrige dentro de un tiempo razonable después del aviso (se presume que más de 30 días no es razonable), el inquilino (tenant) puede usar el depósito de la renta en custodia (rent escrow). Otras infestaciones que creen un riesgo para la salud también pueden calificar. El Minimum Livability Code estatal, que adopta el International Property Maintenance Code, aplica donde no existe un código local sustancialmente similar. Md. Code, Real Prop. § 8-211(d)(3), (d)(5), (g); COMAR 09.12.54.03-.04 | La falta de calefacción es un defecto grave enumerado: si el arrendador (landlord) no la corrige dentro de un tiempo razonable después del aviso, el inquilino (tenant) puede usar el depósito de la renta en custodia (rent escrow). Esto no aplica cuando el inquilino paga el servicio público y la falta de calefacción se debe a su propia falta de pago. Ninguna ley estatal fija una temperatura mínima. El Minimum Livability Code estatal adopta el International Property Maintenance Code de 2012, que contiene estándares de calefacción, para la vivienda en localidades sin un código local sustancialmente similar. Md. Code, Real Prop. § 8-211(d)(1); COMAR 09.12.54.03-.04 |
| New Jersey | No hay ley; aplican la garantía implícita de habitabilidad (implied warranty of habitability) y los códigos estatales/locales de mantenimiento de viviendas. New Jersey no ha promulgado ningún estándar de divulgación, pruebas ni remediación de moho para viviendas de alquiler. Marini v. Ireland, 56 N.J. 130 (1970) (implied warranty of habitability); N.J.A.C. 5:10 (Regulations for Maintenance of Hotels and Multiple Dwellings) | En hoteles y viviendas múltiples (3+ unidades), el dueño debe erradicar insectos, ratas u otras plagas cuando la infestación está en dos o más unidades o en áreas comunes, mantener el edificio a prueba de ratas y libre de infestaciones, y hacer que personas calificadas realicen procedimientos preventivos contra plagas al menos una vez al año (con más frecuencia si la infestación se repite). La guía estatal Truth in Renting incluye la información sobre chinches entre los artículos que un arrendador (landlord) debe proporcionar a los inquilinos (tenants). N.J.A.C. 5:10-10.2 | Sí, para edificios de tres o más unidades: del 1 de octubre al 15 de mayo, cada unidad y cuarto habitable debe mantenerse al menos a 68°F de 6:00 a.m. a 11:00 p.m. y al menos a 65°F de 11:00 p.m. a 6:00 a.m. El dueño debe proporcionar el combustible o la energía y mantener el sistema de calefacción en buenas condiciones de funcionamiento, sin importar los términos del contrato de arrendamiento (lease), a menos que el inquilino (tenant) acepte por escrito calentar una unidad que tenga su propio equipo de calefacción facturado por separado. N.J.A.C. 5:10-14.3, 5:10-14.4 |
| New York | No hay ninguna ley estatal sobre moho; aplica la garantía de habitabilidad (warranty of habitability). Todo contrato de arrendamiento (lease) residencial incluye una garantía irrenunciable de que la propiedad es apta para la habitación humana y está libre de condiciones peligrosas, riesgosas o perjudiciales para la vida, la salud o la seguridad. N.Y. Real Prop. Law § 235-b | En las viviendas múltiples, el dueño debe mantener el edificio y su terreno, patios y pasillos limpios y libres de alimañas, suciedad, inmundicia y basura; los inquilinos (tenants) responden por las condiciones que causen. No eliminar una infestación de insectos de un apartamento es un ejemplo de incumplimiento de la garantía de habitabilidad (warranty of habitability). No hay ninguna ley estatal de divulgación de chinches. N.Y. Mult. Dwell. Law § 80; N.Y. Mult. Resid. Law § 174; N.Y. Real Prop. Law § 235-b | Sí, en las viviendas múltiples: del 1 de octubre al 31 de mayo, el dueño debe calentar todas las áreas de vivienda al menos a 68°F de 6 a.m. a 10 p.m. cuando la temperatura exterior sea inferior a 55°F, y al menos a 55°F de 10 p.m. a 6 a.m. cuando la temperatura exterior sea inferior a 40°F. Los reglamentos locales pueden exigir temperaturas más altas. N.Y. Mult. Dwell. Law § 79; N.Y. Mult. Resid. Law § 173 |
| Ohio | No hay ley; aplica el deber general de habitabilidad y reparación. Ohio no tiene ninguna ley de divulgación, remediación ni estándares de exposición al moho para viviendas de alquiler; el arrendador (landlord) debe cumplir con los códigos de construcción, vivienda, salud y seguridad y 'do whatever is reasonably necessary to put and keep the premises in a fit and habitable condition' (hacer lo que sea razonablemente necesario para poner y mantener la propiedad en condiciones adecuadas y habitable). Ohio Rev. Code § 5321.04(A)(1)-(2) | No hay ley; no hay ninguna ley estatal específica sobre chinches o plagas. El arrendador (landlord) debe mantener la propiedad en condiciones adecuadas y habitable y las áreas comunes seguras y sanitarias; el inquilino (tenant) debe mantener segura y sanitaria la parte de la propiedad que ocupa y desechar la basura de manera limpia, segura y sanitaria. Ohio Rev. Code §§ 5321.04(A)(2)-(3), 5321.05(A)(1)-(2) | Sí. El arrendador (landlord) debe proporcionar 'reasonable heat at all times' (calefacción razonable en todo momento) y mantener en buen estado de funcionamiento y seguros los accesorios de calefacción que proporcione, salvo cuando la ley no exige que el edificio esté equipado con calefacción o el calor se genera con una instalación bajo el control exclusivo del inquilino (tenant) con una conexión directa de servicios públicos. No hay ninguna temperatura mínima ni temporada de calefacción estatal. Ohio Rev. Code § 5321.04(A)(4), (6) |
| West Virginia | No hay ley; la ley de arrendadores e inquilinos de West Virginia no menciona el moho y no establece ninguna regla de divulgación ni de remediación. El moho se rige por el deber general de entregar y mantener la unidad en condiciones adecuadas y habitable, de cumplir con los códigos aplicables de salud, seguridad, incendios y vivienda, y de hacer las reparaciones necesarias para mantenerla habitable, a menos que el problema lo haya causado la falta de cuidado razonable del inquilino (tenant), su familia o sus invitados. El arrendador (landlord) no tiene que hacer reparaciones mientras el inquilino esté atrasado con la renta. W. Va. Code § 37-6-30(a)(1)-(2), (4), (c) | No hay ley; el capítulo de arrendadores e inquilinos no tiene ninguna disposición sobre plagas o chinches. Las infestaciones se manejan bajo el deber de mantener la propiedad en condiciones adecuadas y habitable y los códigos aplicables de salud y vivienda; el deber del arrendador (landlord) no se extiende a las condiciones causadas por el inquilino (tenant), los miembros de su familia o sus invitados, ni a las reparaciones mientras la renta esté atrasada. W. Va. Code § 37-6-30 | Sí. Para unidades con conexiones directas de servicios públicos, el arrendador (landlord) debe proporcionar calefacción razonable entre el 1 de octubre y el último día de abril (además de agua corriente y agua caliente razonable en todo momento), a menos que el calor se genere con una instalación bajo el control exclusivo del inquilino (tenant). El arrendador también debe mantener en buen estado de funcionamiento y seguras las instalaciones de calefacción que proporcione. La ley estatal no fija una temperatura mínima. W. Va. Code § 37-6-30(a)(5), (a)(7) |
Reglas de la ciudad que pueden sumarse a la ley estatal
Más leyes de alquiler de Pennsylvania
- Ley de Pennsylvania sobre el depósito de seguridad
- Leyes de desalojo de Pennsylvania
- Reglas de Pennsylvania sobre el aviso de desocupación
- Reglas de entrada del arrendador en Pennsylvania
- Reparaciones y recursos del inquilino en Pennsylvania
- Leyes de Pennsylvania sobre aumentos de renta y recargos por pago atrasado
- Cómo romper un contrato de arrendamiento en Pennsylvania
- Derechos de los ocupantes ilegales en Pennsylvania
- Reglas de Pennsylvania sobre tarifas de alquiler
- Registros de la Sección 8, y derecho a un abogado en Pennsylvania
- Reglas de Pennsylvania sobre privacidad, huéspedes y animales
- Venta de la vivienda por el arrendador en Pennsylvania
- Cambio de cerraduras, corte de servicios públicos y represalias en Pennsylvania
- Subarrendar, fin del contrato de arrendamiento y muerte del inquilino en Pennsylvania
- Todas las reglas de arrendador-inquilino de Pennsylvania
- Asistencia legal gratuita en Pennsylvania
Compare las reglas sobre moho, plagas, calefacción y aire acondicionado en los 50 estados y DC →
Preguntas frecuentes sobre las reglas de Pennsylvania sobre moho, plagas, calefacción y aire acondicionado
¿Tiene un arrendador que arreglar el moho en Pennsylvania?
¿Quién paga el control de plagas y las chinches en Pennsylvania?
¿Tiene un arrendador que proporcionar calefacción en Pennsylvania?
¿Tiene un arrendador que proporcionar aire acondicionado en Pennsylvania?
¿Quién es responsable de los detectores de humo en una vivienda de alquiler en Pennsylvania?
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.