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Reglas de entrada del arrendador en Arizona

Reglas de Arizona sobre la entrada del arrendador para inquilinos y arrendadores, con la ley o la página oficial que respalda cada respuesta. Última verificación: 2026-10-22.

Respuesta corta: Aviso de al menos dos días, y entrada solo en horas razonables, excepto en una emergencia o cuando el aviso no es factible. A.R.S. § 33-1343

Las reglas en Arizona

Aviso de entrada del arrendadorAviso de al menos dos días, y entrada solo en horas razonables, excepto en una emergencia o cuando el aviso no es factible. Una solicitud de servicio o mantenimiento del inquilino (tenant) cuenta como permiso para entrar a atender esa solicitud sin un aviso aparte.
De lo contrario, el arrendador (landlord) solo puede entrar por orden judicial, conforme a las §§ 33-1369 y 33-1370, o si el inquilino ha abandonado o entregado la propiedad. Verificado nuevamente el 27 de octubre de 2026 (10/27/2026).

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Entrada del arrendador: Arizona frente a los estados vecinos
EstadoAviso de entrada del arrendador
ArizonaAviso de al menos dos días, y entrada solo en horas razonables, excepto en una emergencia o cuando el aviso no es factible. Una solicitud de servicio o mantenimiento del inquilino (tenant) cuenta como permiso para entrar a atender esa solicitud sin un aviso aparte.
A.R.S. § 33-1343
CaliforniaAviso por escrito razonable, que se presume de 24 horas, o de 6 días si se envía por correo. El aviso indica la fecha, la hora aproximada y el propósito. La entrada debe hacerse durante el horario normal de oficina, y solo para emergencias, reparaciones o servicios, mostrar la unidad, inspecciones, órdenes judiciales o después de un abandono. No se necesita aviso en una emergencia, cuando el inquilino (tenant) está presente y da su consentimiento, o después de un abandono.
Cal. Civ. Code § 1954
NevadaExcepto en una emergencia, al menos 24 horas de aviso de la intención de entrar; la entrada solo en horarios razonables durante el horario normal de oficina, a menos que el inquilino acepte otra cosa.
NRS 118A.330(3)
UtahAviso previo de entrada de al menos 24 horas, salvo que el contrato de arrendamiento disponga otra cosa.
Utah Code 57-22-4(2)
New MexicoAviso por escrito de 24 horas que indique el propósito, la fecha y un período de tiempo razonable, a menos que se acuerde otra cosa. No se necesita aviso para reparaciones/servicios dentro de los 7 días de la solicitud del residente (resident), cuando se va acompañado de un inspector público o de un representante de servicios públicos o de cable, ni en una emergencia.
NMSA 1978, § 47-8-24
ColoradoNo hay una ley general sobre la entrada del arrendador (landlord) ni sobre aviso previo. Para reparaciones de habitabilidad, el arrendador debe dar al menos 24 horas de aviso escrito de la entrada, indicando la fecha, la hora y la duración esperada, a menos que la condición amenace de forma inminente la vida, la salud o la seguridad, o amenace con daños importantes a la propiedad.
C.R.S. § 38-12-503(6)

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Preguntas frecuentes sobre las reglas de entrada del arrendador en Arizona

¿Puede un arrendador entrar sin aviso en Arizona?
Aviso de al menos dos días, y entrada solo en horas razonables, excepto en una emergencia o cuando el aviso no es factible. Una solicitud de servicio o mantenimiento del inquilino (tenant) cuenta como permiso para entrar a atender esa solicitud sin un aviso aparte. (A.R.S. § 33-1343)

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.