Corte de reclamos menores de Colorado (2026): límite, tarifas y cómo presentar un caso
Cómo funciona la corte de reclamos menores en Colorado: el límite en dólares, las tarifas de presentación, la notificación a la otra parte, la audiencia, las apelaciones y el cobro de su dinero — cada respuesta enlazada a la regla de la corte o al estatuto.
Respuestas rápidas para Colorado
- Límite de reclamos menores
- $7,500, sin contar intereses ni costas (incluidas las multas civiles). El mismo límite se aplica a las acciones de recuperación de bienes (replevin), de cumplimiento específico o rescisión de contratos, de restricciones de uso de propiedad (restrictive covenants) y de cuotas de asociaciones de propietarios (HOA). Un reclamo de más de $7,500 no se puede dividir; un demandante que demanda por más solo puede cobrar $7,500. C.R.S. § 13-6-403(1); Colorado Judicial Branch, Opening a Case (small claims)
- Tarifa de presentación
- Reclamo: $31 (reclamos de $500 o menos) o $55 (más de $500). Respuesta: $26 o $41. Respuesta con contrademanda (counterclaim): $31 o $46. Las tarifas se pueden eximir (JDF 205/206), y las personas que reciben ciertos tipos de asistencia pública pueden calificar automáticamente (JDF 209). JDF 248, Guide to Small Claims (rev. Dec. 14, 2023)
- ¿Se permiten abogados?
- Generalmente no. Las personas se representan a sí mismas y los negocios comparecen por medio de un directivo, socio, miembro o empleado de tiempo completo; un abogado solo puede comparecer en esas funciones, representándose a sí mismo (pro se) o según lo permita una regla de la Supreme Court. Si un abogado sí comparece, la otra parte también puede usar un abogado. En los casos de depósito de seguridad (security deposit) y de daños entre arrendador (landlord) e inquilino (tenant), un administrador de la propiedad que manejó el depósito, la renta o el contrato de arrendamiento puede representar al dueño. C.R.S. § 13-6-407(2), (4)
- Apelaciones
- Cualquiera de las partes puede apelar (appeal) ante el district court conforme a las reglas de apelación del county court, con derecho a tener abogado. El aviso de apelación (notice of appeal) y una fianza de apelación (appeal bond) deben presentarse en el county court dentro de los 14 días después de la sentencia (judgment). La apelación se decide con base en el expediente (una grabación del juicio sirve como transcripción); el district court puede ordenar un juicio nuevo. C.R.S. §§ 13-6-410, 13-6-310, 13-6-311(1)(a)
Corte: Corte de Condado (división de reclamos menores). Última verificación: 2026-10-24.
Cómo presentar un caso de reclamos menores en Colorado
- Confirme que su reclamo es de $7,500 o menos y que no es un desalojo (eviction) ni otro caso excluido.
- Llene el JDF 250 (Notice, Claim and Summons; aviso, reclamo y citación) y preséntelo en la ventanilla del secretario del county court del condado correcto, pagando $31 o $55 o pidiendo una exención de tarifas.
- El secretario fija la fecha del juicio; haga que se notifique a cada demandado por medio del sheriff o de un notificador (process server) (o por correo certificado del secretario) al menos 15 días antes del juicio.
- El demandado puede presentar una respuesta y cualquier contrademanda (counterclaim) en el JDF 250 a más tardar en la fecha del juicio.
- Considere la mediación (mediation) por medio de la Office of Dispute Resolution; si llegan a un acuerdo, presente una Stipulation (JDF 75).
- Prepare pruebas (exhibits) numeradas con copias para el juez y la otra parte, y cite por orden judicial (subpoena) a cualquier testigo que no vaya a ir por su cuenta (JDF 254).
- Cualquiera de las partes puede apelar ante el district court dentro de los 14 días después de la sentencia; si no, quien gana cobra por medio de preguntas por escrito (interrogatories), embargo (garnishment) o un gravamen por sentencia (judgment lien).
¿Puede usar la corte de reclamos menores?
| Límite de reclamos menores | $7,500, sin contar intereses ni costas (incluidas las multas civiles). El mismo límite se aplica a las acciones de recuperación de bienes (replevin), de cumplimiento específico o rescisión de contratos, de restricciones de uso de propiedad (restrictive covenants) y de cuotas de asociaciones de propietarios (HOA). Un reclamo de más de $7,500 no se puede dividir; un demandante que demanda por más solo puede cobrar $7,500. La división de reclamos menores (small claims) no puede ver casos de entrada por la fuerza (forcible entry), de retención ilegal o por la fuerza (forcible or unlawful detainer; desalojo [eviction]), difamación (libel o slander), demandas colectivas (class actions) ni la mayoría de los casos de órdenes judiciales de hacer o no hacer (injunctions) (C.R.S. § 13-6-403(2)). |
|---|---|
| Quién puede presentar | Cualquier persona física, corporación, sociedad (partnership), asociación u otra organización puede demandar o defenderse, pero un cesionario o cualquiera que no sea parte real de la transacción (como una agencia de cobranza) no puede presentar un caso, excepto un representante personal, curador (conservator) o tutor (guardian) nombrado por el tribunal. Un demandante no puede presentar más de 2 reclamos por mes ni más de 18 por año en el tribunal de reclamos menores (small claims) de un condado. Fuente: C.R.S. §§ 13-6-407(1), 13-6-411 |
| ¿Se permiten abogados? | Generalmente no. Las personas se representan a sí mismas y los negocios comparecen por medio de un directivo, socio, miembro o empleado de tiempo completo; un abogado solo puede comparecer en esas funciones, representándose a sí mismo (pro se) o según lo permita una regla de la Supreme Court. Si un abogado sí comparece, la otra parte también puede usar un abogado. En los casos de depósito de seguridad (security deposit) y de daños entre arrendador (landlord) e inquilino (tenant), un administrador de la propiedad que manejó el depósito, la renta o el contrato de arrendamiento puede representar al dueño. Las partes pueden contratar a un abogado para la mediación (mediation), y cualquiera de las partes puede tener abogado después de la sentencia y en la apelación. Fuente: C.R.S. § 13-6-407(2), (4) |
Cómo presentar su caso
| Dónde presentar | En el condado donde algún demandado (defendant) vive, trabaja regularmente, estudia en una universidad o tiene una oficina de negocios. Los casos de depósito de seguridad (security deposit), de daños a la propiedad entre arrendador e inquilino y de restricciones de uso de propiedad también se pueden presentar donde está la propiedad. Fuente: C.R.S. § 13-6-411.5 |
|---|---|
| Formularios oficiales | Los casos de reclamos menores (small claims) de Colorado se inician con el JDF 250, Small Claims Notice and Summons (aviso y citación de reclamos menores), que también está disponible en español y en varios otros idiomas. Presente el JDF 250 completado en el mostrador del secretario en el edificio del tribunal del condado. Presentación: https://www.coloradojudicial.gov/self-help/opening-case |
| Tarifa de presentación | Reclamo: $31 (reclamos de $500 o menos) o $55 (más de $500). Respuesta: $26 o $41. Respuesta con contrademanda (counterclaim): $31 o $46. Las tarifas se pueden eximir (JDF 205/206), y las personas que reciben ciertos tipos de asistencia pública pueden calificar automáticamente (JDF 209). |
| Presentación en línea | No está disponible para quienes presentan reclamos menores (small claims) sin abogado; el sistema de presentación electrónica del tribunal para personas que no son abogados se limita a casos de relaciones familiares y de desalojo (eviction). Los reclamos menores se presentan en la ventanilla del secretario del tribunal del condado. |
| Notificación al demandado | A cada demandado se le debe notificar al menos 15 días antes del juicio, ya sea por notificación personal (por el sheriff o un notificador profesional [process server], no por el demandante), presentando el Return of Service (constancia de notificación) ante el tribunal, o por correo certificado enviado por el secretario del tribunal (clerk) (el demandante paga el envío; no es el método preferido). |
Antes y durante la audiencia
| Cuándo se celebra la audiencia | El secretario del tribunal fija la fecha del juicio cuando se presenta el reclamo y programa la mediación y el juicio lo antes posible, aunque en algunos casos puede tardar varios meses. |
|---|---|
| ¿Presenta el demandado una respuesta? | La respuesta por escrito es opcional. Un demandado que responde llena la sección Response del JDF 250 a más tardar en la fecha del juicio y paga la tarifa de respuesta; un demandado que no responde de todos modos debe asistir a la mediación y al juicio. |
| Reconvenciones | Un demandado puede presentar una contrademanda (counterclaim) en el JDF 250 con la tarifa de respuesta. Las contrademandas que superan el límite de $7,500 se trasladan al county court o al district court. Si ese tribunal determina que la contrademanda se presentó solo para sacar el caso de la competencia de reclamos menores (small claims) y no tenía fundamento, puede conceder al demandante las costas y honorarios razonables de abogado. Fuente: C.R.S. § 13-6-408; JDF 248 |
| Mediación | El tribunal puede ordenar la mediación (mediation), o las partes pueden elegirla. Hay mediación de bajo costo por medio de la Colorado Office of Dispute Resolution; un acuerdo se presenta como una Stipulation (JDF 75). |
| Juicio con jurado | No. No hay derecho a un juicio con jurado en el tribunal de reclamos menores (small claims). Fuente: C.R.S. § 13-6-414 |
| Intérpretes | El Judicial Branch ofrece acceso lingüístico sin costo sin importar el idioma; pida un intérprete por medio de la página de solicitudes de la Office of Language Access del tribunal. |
Después de la decisión
| Apelaciones | Cualquiera de las partes puede apelar (appeal) ante el district court conforme a las reglas de apelación del county court, con derecho a tener abogado. El aviso de apelación (notice of appeal) y una fianza de apelación (appeal bond) deben presentarse en el county court dentro de los 14 días después de la sentencia (judgment). La apelación se decide con base en el expediente (una grabación del juicio sirve como transcripción); el district court puede ordenar un juicio nuevo. |
|---|---|
| Cómo cobrar su sentencia | El tribunal no cobra por usted. El cobro funciona igual que en los casos civiles del county court: se le puede exigir al deudor que conteste preguntas por escrito (interrogatories; JDF 252A/252B) dentro de los 14 días, se pueden embargar salarios y cuentas bancarias (garnishment), y se puede registrar un Transcript of Judgment ($25) como gravamen (lien) sobre los bienes inmuebles del deudor. Una sentencia (judgment) del county court vence después de 6 años a menos que se extienda. |
Plazo para demandar
6 años para todas las acciones por renta atrasada y para recuperar una cantidad de dinero liquidada o determinable que se debe. Esto se aplica a la renta no pagada bajo un contrato de arrendamiento (lease) por escrito o verbal. Otros reclamos contractuales, como muchos reclamos por daños, tienen 3 años, a menos que se aplique la sección de 6 años. C.R.S. § 13-80-103.5(1)(a)-(b); § 13-80-101(1)(a)
Formularios oficiales y ayuda
- Formularios oficiales de reclamos menores de Colorado
- Autoayuda de las cortes de Colorado: reclamos menores
Cómo demandar a un arrendador o a un inquilino en Colorado
Son comunes los reclamos por depósitos de seguridad (security deposits) y por daños a la propiedad entre arrendador (landlord) e inquilino (tenant); se pueden presentar en el condado donde está la propiedad alquilada, y un administrador de la propiedad que manejó el depósito, la renta o el contrato puede representar al dueño. Los desalojos (evictions; forcible entry and detainer) no se pueden ver en reclamos menores (small claims).
- Carta de exigencia de devolución del depósito de seguridad de Colorado (envíela antes de demandar)
- Ley del depósito de seguridad de Colorado
- Abogados para inquilinos y asistencia legal gratuita en Colorado
Preguntas frecuentes sobre reclamos menores de Colorado
¿Cuál es el límite de reclamos menores en Colorado?
¿Quién puede presentar un caso de reclamos menores en Colorado?
¿Se puede llevar un abogado a la corte de reclamos menores en Colorado?
¿Dónde presento un caso de reclamos menores en Colorado?
¿Cuánto cuesta presentar un caso en la corte de reclamos menores en Colorado?
¿Cómo notifico a la otra parte en un caso de reclamos menores en Colorado?
¿Cuánto tarda un caso de reclamos menores en Colorado?
¿Tiene que presentar una respuesta el demandado en la corte de reclamos menores de Colorado?
¿Puede el demandado presentar una reconvención en la corte de reclamos menores de Colorado?
¿Hay jurado en la corte de reclamos menores de Colorado?
¿Se puede apelar una decisión de reclamos menores en Colorado?
¿Cómo cobro una sentencia de reclamos menores en Colorado?
¿Se exige mediación en la corte de reclamos menores de Colorado?
¿Puedo presentar un caso de reclamos menores en línea en Colorado?
¿Puedo obtener un intérprete en la corte de reclamos menores de Colorado?
¿Dónde puedo obtener los formularios de la corte de reclamos menores en Colorado?
Límites de reclamos menores en los 50 estados y DC · Corte de reclamos menores en otros estados
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