Cómo romper un contrato de arrendamiento en Colorado
Reglas de Colorado sobre cómo romper un contrato de arrendamiento para inquilinos y arrendadores, con la ley o la página oficial detrás de cada respuesta. Última verificación: 2026-10-22.
Respuesta corta: Un inquilino (tenant) que es víctima-sobreviviente de violencia doméstica (domestic violence), abuso doméstico (domestic abuse), acecho (stalking) o conducta sexual ilegal (unlawful sexual behavior) puede terminar el contrato y mudarse por temor a un peligro inminente para sí mismo o… C.R.S. §§ 38-12-401, 38-12-402 (as amended by HB 25-1168); § 38-12-103(1)
Las reglas en Colorado
| Terminar un contrato de arrendamiento: violencia doméstica | Un inquilino (tenant) que es víctima-sobreviviente de violencia doméstica (domestic violence), abuso doméstico (domestic abuse), acecho (stalking) o conducta sexual ilegal (unlawful sexual behavior) puede terminar el contrato y mudarse por temor a un peligro inminente para sí mismo o sus hijos. El inquilino, o un tercero calificado, avisa por escrito al arrendador (landlord) y entrega al menos uno de estos documentos: una declaración jurada propia (self-attestation affidavit); una carta de un tercero calificado como un defensor de víctimas, abogado, trabajador social, proveedor de salud médica o mental, o líder religioso; un informe policial de los 120 días anteriores; o una orden de protección o de restricción vigente. No se puede exigir nada más. Si falta documentación, el inquilino debe entregarla dentro de los 7 días de la solicitud escrita del arrendador. El inquilino debe como máximo un mes de renta, y solo si el arrendador le da una declaración escrita de los daños económicos reales dentro de los 30 días después de la mudanza. Si no cumple ese plazo, el arrendador pierde el reclamo. No se debe nada si otro inquilino sigue en el contrato. Al inquilino no se le puede cobrar por daños causados por el abuso. Los arrendadores deben mantener confidencial la condición del inquilino y su nueva dirección, no pueden preguntar sobre ello a los solicitantes y deben permitir cambios de cerradura y otras medidas razonables de seguridad. Violaciones: daños reales más el mayor entre 3 meses de renta o $5,000, más honorarios de abogado. HB 25-1168 (2025 Sess. Laws ch. 229) se firmó y entró en vigor el 22 de mayo de 2025 (5/22/2025) (página del proyecto https://leg.colorado.gov/bills/hb25-1168). Reemplazó la regla anterior del informe policial de 60 días / declaración de un profesional médico. El cobro de un mes de renta también requiere daños documentados de al menos un mes de renta (§ 38-12-402(2)(b)). El arrendador no puede ceder esa deuda a un cobrador sin 90 días de aviso escrito. La condición de víctima-sobreviviente también es una defensa contra el desalojo (eviction) por falta de pago y por violaciones del contrato (§ 13-40-104(4)). |
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| Terminar un contrato de arrendamiento: militar, médico, fallecimiento | Muerte del inquilino (tenant): si un contrato termina antes de tiempo porque muere un inquilino, son nulas las cláusulas que exijan cualquiera de lo siguiente: daños liquidados; adelantar la renta más allá de lo que ocurra después entre el final del mes o 10 días hábiles después de que se desocupa la unidad tras el aviso de la muerte; la devolución de concesiones o descuentos de mudanza; o cualquier otro cargo o penalidad por terminación anticipada. El arrendador (landlord) puede recuperar la posesión sin orden judicial si el representante personal del patrimonio entrega la unidad, o si 30 días después de la muerte la renta no se ha pagado o se han retirado casi todos los bienes. El arrendador puede quedarse con fondos del depósito por daños causados por la muerte. No se encontró ninguna ley de Colorado que dé a los inquilinos un derecho estatal a terminar un contrato antes de tiempo por servicio militar (más allá de la SCRA federal), razones médicas o de discapacidad, o mudanza a un lugar de cuidado para personas mayores o de vida asistida. HB 25-1108 (2025 Sess. Laws ch. 437) se firmó el 4 de junio de 2025 (6/4/2025) y entró en vigor el 1 de septiembre de 2025 (9/1/2025). Aplica a los contratos de renta celebrados a partir de esa fecha (página del proyecto https://leg.colorado.gov/bills/hb25-1108). La búsqueda de disposiciones militares, médicas y para personas mayores abarcó solo el Title 38, Article 12 (CRS 2024). No se buscaron otros títulos (por ejemplo, el Title 28 de asuntos militares). |
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- ¿Puedo romper mi contrato de arrendamiento por violencia doméstica?
- ¿Puedo romper mi contrato de arrendamiento por órdenes militares, razones médicas o un fallecimiento?
Colorado frente a los estados vecinos
| Estado | Terminar un contrato de arrendamiento: violencia doméstica | Terminar un contrato de arrendamiento: militar, médico, fallecimiento |
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| Colorado | Un inquilino (tenant) que es víctima-sobreviviente de violencia doméstica (domestic violence), abuso doméstico (domestic abuse), acecho (stalking) o conducta sexual ilegal (unlawful sexual behavior) puede terminar el contrato y mudarse por temor a un peligro inminente para sí mismo o sus hijos. El inquilino, o un tercero calificado, avisa por escrito al arrendador (landlord) y entrega al menos uno de estos documentos: una declaración jurada propia (self-attestation affidavit); una carta de un tercero calificado como un defensor de víctimas, abogado, trabajador social, proveedor de salud médica o mental, o líder religioso; un informe policial de los 120 días anteriores; o una orden de protección o de restricción vigente. No se puede exigir nada más. Si falta documentación, el inquilino debe entregarla dentro de los 7 días de la solicitud escrita del arrendador. El inquilino debe como máximo un mes de renta, y solo si el arrendador le da una declaración escrita de los daños económicos reales dentro de los 30 días después de la mudanza. Si no cumple ese plazo, el arrendador pierde el reclamo. No se debe nada si otro inquilino sigue en el contrato. Al inquilino no se le puede cobrar por daños causados por el abuso. Los arrendadores deben mantener confidencial la condición del inquilino y su nueva dirección, no pueden preguntar sobre ello a los solicitantes y deben permitir cambios de cerradura y otras medidas razonables de seguridad. Violaciones: daños reales más el mayor entre 3 meses de renta o $5,000, más honorarios de abogado. C.R.S. §§ 38-12-401, 38-12-402 (as amended by HB 25-1168); § 38-12-103(1) | Muerte del inquilino (tenant): si un contrato termina antes de tiempo porque muere un inquilino, son nulas las cláusulas que exijan cualquiera de lo siguiente: daños liquidados; adelantar la renta más allá de lo que ocurra después entre el final del mes o 10 días hábiles después de que se desocupa la unidad tras el aviso de la muerte; la devolución de concesiones o descuentos de mudanza; o cualquier otro cargo o penalidad por terminación anticipada. El arrendador (landlord) puede recuperar la posesión sin orden judicial si el representante personal del patrimonio entrega la unidad, o si 30 días después de la muerte la renta no se ha pagado o se han retirado casi todos los bienes. El arrendador puede quedarse con fondos del depósito por daños causados por la muerte. No se encontró ninguna ley de Colorado que dé a los inquilinos un derecho estatal a terminar un contrato antes de tiempo por servicio militar (más allá de la SCRA federal), razones médicas o de discapacidad, o mudanza a un lugar de cuidado para personas mayores o de vida asistida. C.R.S. § 38-12-801(3.5) (added by HB 25-1108, "Letty's Act") |
| Arizona | Una víctima de violencia doméstica (domestic violence), o de agresión sexual (sexual assault) en la vivienda, puede terminar el contrato dando al arrendador (landlord) un aviso escrito en que pida ser liberada, con una fecha de liberación acordada entre ambos dentro de los siguientes 30 días. El aviso debe incluir una copia de una orden de protección (protective order) o un informe policial que indique que el inquilino (tenant) denunció ser víctima. El incidente debe haber ocurrido dentro de los 30 días anteriores al aviso, salvo que el arrendador renuncie a este requisito. El inquilino debe la renta solo hasta la fecha de terminación, más las obligaciones anteriores, pagadas antes de mudarse. El arrendador puede quedarse con la renta pagada por adelantado del último mes. No se pueden cobrar penalidades ni cargos por terminación anticipada, y el depósito no puede retenerse por la terminación anticipada, solo por daños. El arrendamiento de los coinquilinos también termina. La víctima puede hacer cambiar las cerraduras a su propio costo. El agresor puede ser civilmente responsable ante el arrendador por sus pérdidas. Un inquilino condenado por presentar falsamente el informe o la orden debe el triple de los daños. A.R.S. § 33-1318 | Los agentes del orden protegidos por una orden contra el acoso (injunction against harassment) emitida dentro de los 30 días anteriores pueden terminar el contrato de la misma forma que según § 33-1318. Deben devolver cualquier concesión recibida en el contrato (§ 33-1318.01). El inquilino (tenant) también puede terminar el contrato por una entrada ilegal o de acoso del arrendador (landlord) (§ 33-1376(B)). La Residential Landlord and Tenant Act no tiene un derecho estatal a terminar el contrato antes de tiempo por servicio militar (aplica la SCRA federal), razones médicas o de discapacidad, personas mayores que se mudan a un lugar de cuidado, ni por la muerte del inquilino. Para un inquilino fallecido o incapacitado, § 33-1314(E)-(G) solo regula la recuperación de bienes por una persona que el inquilino autorizó. A.R.S. §§ 33-1318.01, 33-1376(B), 33-1314(E)-(G); Title 33, Ch. 10 section list checked |
| Kansas | Una 'protected person' (persona protegida) (alguien que en los 12 meses anteriores ha sido, es o está en peligro inminente de ser víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual (sexual assault), trata de personas (human trafficking) o acecho (stalking)) no es responsable de la renta después de desocupar si da al arrendador (landlord) una declaración sobre el abuso. Si el arrendador lo pide, debe entregar documentación: un documento firmado por la víctima y un médico, asistente médico, enfermero o profesional con licencia en ciencias del comportamiento con licencia que declare bajo pena de perjurio que el incidente ocurrió, o una orden judicial que otorgue protección. La renta y los demás montos adeudados antes de la mudanza se siguen debiendo. El arrendador puede cobrar un cargo de terminación razonable de hasta un mes de renta solo si el contrato lo dispone. El contrato continúa para los demás inquilinos (tenants). No se puede renunciar a estos derechos; las violaciones conllevan daños legales de $1,000 más honorarios de abogado. K.S.A. 58-25,137 (L. 2019, ch. 56) | Militar: un inquilino (tenant) en servicio militar de EE. UU. puede terminar un arrendamiento de mes a mes con no más de 15 días de aviso escrito cuando las órdenes militares lo requieran. No se encontró ninguna ley estatal para razones médicas, personas mayores que se mudan a un lugar de cuidado ni para la muerte del inquilino. K.S.A. 58-2570(b) |
| Nebraska | Sí. Un inquilino (tenant) que es, o cuyo miembro del hogar es, víctima de violencia doméstica (domestic violence) puede ser liberado del contrato de renta si tiene una orden de protección (protective order), una orden de restricción (restraining order) u otra protección similar contra el agresor, o una certificación de violencia doméstica de un tercero calificado (como en las disposiciones de vivienda de la ley federal VAWA 2013). El inquilino debe dar al arrendador (landlord) una copia de esa documentación y un aviso escrito que indique la fecha de liberación (al menos 14 y no más de 30 días después del aviso) y que nombre a los miembros del hogar que también quedan liberados. El inquilino debe la renta del mes en que se termina el contrato, pero no es responsable de la renta ni de los daños después de la fecha de liberación y no se le puede cobrar un cargo de terminación. Los demás coinquilinos no quedan liberados, y un agresor no puede usar esta sección. Neb. Rev. Stat. § 76-1431.01 (Laws 2021, LB320) | No se encontró en la URLTA ninguna ley estatal para terminar el contrato por razones militares, médicas o de discapacidad, ni de personas mayores; los miembros del servicio militar se apoyan en la SCRA federal. A la muerte de un inquilino (tenant), la ley solo trata la recuperación de los bienes personales por una persona autorizada designada por el inquilino, no la terminación del contrato. Neb. Rev. Stat. §§ 76-1401 to 76-1449; 76-1414(5) |
| New Mexico | No hay ley. New Mexico no tiene un derecho para que sobrevivientes de violencia doméstica (domestic violence) o agresión sexual (sexual assault) terminen un contrato antes de tiempo. 2025 SB 400, que lo habría creado, murió. La UORRA sí da una defensa: en un desalojo (eviction) basado en un aviso de 3 días por una violación sustancial, ser víctima de violencia doméstica o agresión sexual es una defensa. Si el residente (resident) ha solicitado u obtenido una orden de restricción temporal por violencia doméstica derivada del incidente (o de uno anterior), no puede emitirse la orden de restitución (writ of restitution). De lo contrario, el tribunal puede desalojar solo al residente acusado y dejar que los demás se queden. NMSA 1978, § 47-8-33(J); 2025 SB 400 (died) | Aún no verificado |
| Oklahoma | Una víctima de violencia doméstica (domestic violence), violencia sexual o acecho (stalking) puede terminar un contrato de arrendamiento (lease) sin penalidad dándole al arrendador (landlord) un aviso por escrito y una orden de protección (protective order) dentro de 30 días del incidente, a menos que el arrendador renuncie a ese plazo. Un arrendador no puede negar, negarse a renovar ni terminar un arrendamiento porque el solicitante, el inquilino (tenant) o un miembro del hogar sea víctima o presunta víctima, con o sin orden de protección. Un arrendador tampoco puede negarse a rentarle a alguien, ni tomar represalias en su contra, porque antes terminó un contrato de arrendamiento como víctima. 41 O.S. § 111(F); 41 O.S. § 113.3 | El Title 41 no tiene un derecho de ley estatal a la terminación anticipada por servicio militar (además de la ley federal SCRA), razones médicas, discapacidad, personas mayores o muerte del inquilino (tenant). Para un inquilino único fallecido, § 130.1 cubre solo el manejo de los bienes y el reembolso del depósito (deposit) al contacto designado. 41 O.S. §§ 101-136; 41 O.S. § 130.1 |
| Utah | Sí, con una tarifa. Un inquilino (renter) que es víctima de violencia doméstica (domestic violence) puede terminar todas las obligaciones futuras del contrato de arrendamiento (lease) dándole al dueño una orden de protección (protective order) judicial (no ex parte) o un informe policial que muestre que el inquilino es víctima y no el agresor predominante, más un aviso por escrito con la fecha de mudanza, y pagando una tarifa de terminación igual a un mes de renta (que se paga cuando se da el aviso o al mudarse, lo que ocurra más tarde). El inquilino debe mudarse dentro de 15 días después del aviso y pagar la renta de ese período, y debe estar cumpliendo con el contrato (excepción limitada para violaciones dentro de 30 días causadas por la violencia doméstica). No está disponible después de que se notifica un aviso de desalojo (eviction). Las obligaciones financieras anteriores se mantienen. Las víctimas de violencia doméstica, acecho (stalking), delitos sexuales, robo con allanamiento (burglary) o violencia en el noviazgo (dating violence) también pueden exigir cerraduras nuevas a su propio costo, y el dueño no puede darle una llave al agresor. Utah Code 57-22-5.1 | Aún no verificado |
| Wyoming | Sí, como defensa contra reclamos de renta (Wyoming Safe Homes Act). Un inquilino (tenant) que se muda no es responsable de la renta por el período posterior a desocupar si la corte determina, por preponderancia de la evidencia, que (1) el inquilino o un miembro del hogar estaba bajo una amenaza creíble e inminente de abuso doméstico (domestic abuse) o violencia sexual (agresión sexual (sexual assault), abuso sexual o acecho (stalking)) en la propiedad, demostrada con evidencia médica, judicial o policial, y el inquilino le dio al arrendador (landlord) un aviso por escrito de 7 días antes de desocupar que indicara esa razón; o (2) el inquilino o un miembro del hogar fue víctima de abuso doméstico o violencia sexual en una propiedad que es del arrendador o está bajo su control, el inquilino dio un aviso por escrito de 7 días antes de desocupar que indicara la razón y la fecha y que se le proporcionó al arrendador evidencia médica, judicial o policial, y el abuso ocurrió no más de 60 días antes del aviso (o tan pronto como fue posible si una hospitalización, un refugio o consejería impidió un aviso anterior). La renta que se debía antes de que el inquilino diera el aviso y desocupara se sigue debiendo, y no se impide el desalojo (eviction) por una falta de pago anterior. Un arrendador no puede terminar un arrendamiento basándose únicamente en la condición de víctima de un inquilino o de un miembro del hogar. No se puede renunciar a estos derechos ni modificarlos en un contrato de arrendamiento (lease) o un acuerdo separado. Wyo. Stat. 1-21-1301 to 1-21-1304 | No se encontró ninguna ley estatal de terminación anticipada por servicio militar (además de la ley federal SCRA), razones médicas, personas mayores o muerte del inquilino (tenant). Una corte puede terminar el contrato de alquiler como reparación en una acción del inquilino (renter) por condiciones de habitabilidad; el inquilino recibe entonces de vuelta el saldo de la renta y el depósito (deposit) dentro de 30 días y debe desocupar 10-20 días después de la terminación. Wyo. Stat. 1-21-1206(c), (d) |
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Preguntas frecuentes sobre cómo romper un contrato de arrendamiento en Colorado
¿Puede una sobreviviente de violencia doméstica romper un contrato de arrendamiento en Colorado?
¿Cuándo puede un inquilino romper un contrato de arrendamiento sin penalidad en Colorado?
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.