Venta de la vivienda por el arrendador en New York
Reglas de New York sobre la venta de la vivienda por el arrendador para inquilinos y arrendadores, con la ley o la página oficial que respalda cada respuesta. Última verificación: 2026-10-22.
Respuesta corta: Cuando un arrendador (landlord) vende la propiedad (o cede el contrato de arrendamiento (lease)), quien tenga el depósito de seguridad (security deposit) del inquilino (tenant) debe entregarlo al comprador en la entrega de la escritura (deed) o dentro de los cinco días siguientes, y… N.Y. Gen. Oblig. Law § 7-105
Las reglas en New York
| Si el arrendador vende la propiedad | Cuando un arrendador (landlord) vende la propiedad (o cede el contrato de arrendamiento (lease)), quien tenga el depósito de seguridad (security deposit) del inquilino (tenant) debe entregarlo al comprador en la entrega de la escritura (deed) o dentro de los cinco días siguientes, y avisar al inquilino por correo registrado o certificado con el nombre y la dirección del comprador. Una vez que se entrega el depósito, el vendedor queda liberado de la responsabilidad de devolverlo y el comprador pasa a ser responsable de devolverlo. No cumplir es un delito menor (misdemeanor). La misma regla se aplica a un síndico en una ejecución hipotecaria o a un comprador en una venta por ejecución hipotecaria. La sección no se aplica cuando el acuerdo entre el arrendador (landlord) y el inquilino (tenant) es incompatible con ella. Fuente: N.Y. Gen. Oblig. Law § 7-105 |
|---|---|
| Inquilinos en ejecución hipotecaria | Después de una ejecución hipotecaria (foreclosure), un inquilino (tenant) en una unidad que no tiene control de rentas (rent-controlled) ni estabilización de renta (rent-stabilized) puede quedarse por el período más largo entre: (a) 90 días después del aviso requerido; (b) el resto del contrato de arrendamiento (lease), si el inquilino vivía allí cuando comenzó la ejecución hipotecaria o recibió el aviso de RPAPL 1303; o (c) el resto de un contrato de buena fe y aproximadamente a precio de mercado, hasta 3 años. El arrendamiento continúa con las condiciones existentes. El nuevo dueño debe darle a cada inquilino un aviso por escrito de estos derechos y de su nombre y dirección. Un sucesor que vivirá en la propiedad como residencia principal puede limitar una unidad a 90 días. Los inquilinos con renta regulada y subsidiados conservan sus derechos bajo otras leyes. El inquilino (tenant) todavía puede ser desalojado antes por no pagar la renta. Aceptar la renta no renuncia al derecho posterior del sucesor a desalojar (§ 1305(4)). La subdivisión 2 cuenta los 90 días desde la notificación del aviso, mientras que la subdivisión 3 los cuenta desde el envío por correo. No se leyó por separado RPAPL 1303 (aviso a los inquilinos durante la acción de ejecución hipotecaria (foreclosure)). Fuente: RPAPL 1305(2)-(5); RPAPL 1303 |
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New York frente a los estados vecinos
| Estado | Si el arrendador vende la propiedad | Inquilinos en ejecución hipotecaria |
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| New York | Cuando un arrendador (landlord) vende la propiedad (o cede el contrato de arrendamiento (lease)), quien tenga el depósito de seguridad (security deposit) del inquilino (tenant) debe entregarlo al comprador en la entrega de la escritura (deed) o dentro de los cinco días siguientes, y avisar al inquilino por correo registrado o certificado con el nombre y la dirección del comprador. Una vez que se entrega el depósito, el vendedor queda liberado de la responsabilidad de devolverlo y el comprador pasa a ser responsable de devolverlo. No cumplir es un delito menor (misdemeanor). N.Y. Gen. Oblig. Law § 7-105 | Después de una ejecución hipotecaria (foreclosure), un inquilino (tenant) en una unidad que no tiene control de rentas (rent-controlled) ni estabilización de renta (rent-stabilized) puede quedarse por el período más largo entre: (a) 90 días después del aviso requerido; (b) el resto del contrato de arrendamiento (lease), si el inquilino vivía allí cuando comenzó la ejecución hipotecaria o recibió el aviso de RPAPL 1303; o (c) el resto de un contrato de buena fe y aproximadamente a precio de mercado, hasta 3 años. El arrendamiento continúa con las condiciones existentes. El nuevo dueño debe darle a cada inquilino un aviso por escrito de estos derechos y de su nombre y dirección. Un sucesor que vivirá en la propiedad como residencia principal puede limitar una unidad a 90 días. Los inquilinos con renta regulada y subsidiados conservan sus derechos bajo otras leyes. RPAPL 1305(2)-(5); RPAPL 1303 |
| Connecticut | Salvo acuerdo en contrario, un arrendador (landlord) que vende la vivienda de alquiler a un comprador de buena fe queda liberado de responsabilidad bajo el contrato de arrendamiento (lease) y las leyes de arrendadores e inquilinos por hechos posteriores a que el inquilino (tenant) reciba aviso por escrito de la venta. Cualquier venta u otra transferencia del interés del arrendador cede al nuevo dueño (el sucesor) el derecho de garantía sobre los depósitos de todos los inquilinos, y el arrendador que vende debe retirar los depósitos más los intereses acumulados de la cuenta de garantía (escrow) y entregarlos al sucesor. El sucesor es responsable de devolver cualquier parte de un depósito que venza mientras él sea el arrendador. Conn. Gen. Stat. §§ 47a-10(a), 47a-21(c), (e), (h)(3) | Cuando una propiedad residencial entra en ejecución hipotecaria (foreclosure) y un inquilino (tenant) de buena fe (no el dueño, en un contrato de arrendamiento (lease) en condiciones de mercado) está en posesión cuando se transfiere el título, el desahucio (ejectment) se suspende y no puede iniciarse ningún desalojo (eviction) hasta: (1) para un contrato de arrendamiento por escrito firmado más de 60 días antes de que comenzara la ejecución hipotecaria, la fecha más temprana entre la fecha de terminación del contrato o 60 días después de que se transfiera el título; o (2) para otros arrendamientos, 30 días después de que se transfiera el título. El desalojo por una causa ordinaria, como la falta de pago, puede proceder antes. Cualquier oferta de dinero a cambio de las llaves (cash-for-keys) del prestamista o del nuevo dueño debe ser al menos la cantidad mayor entre: el depósito de seguridad (security deposit) más intereses; 2 meses de renta; o $2,000. No se puede exigir que el inquilino renuncie a otros derechos para recibirla. El aviso federal más largo de 90 días de la PTFA también se aplica donde rige. Conn. Gen. Stat. § 47a-20e; § 47a-20f |
| Massachusetts | Un arrendamiento a voluntad de una vivienda no termina por la venta, transferencia o arrendamiento de la propiedad por parte del dueño, ni por una ejecución hipotecaria (G.L. c. 186, §13). Cuando un arrendador (landlord) que tiene un depósito de seguridad (security deposit) transfiere la propiedad por venta, cesión, muerte, sindicatura o de otra forma, el arrendador debe transferir el depósito más los intereses acumulados al sucesor, quien entonces pasa a ser responsable de guardarlo y devolverlo. Dentro de 45 días de la transferencia, el sucesor debe avisar por escrito al inquilino (tenant) que tiene el depósito, con nombres, direcciones comerciales y números de teléfono. Si el arrendador anterior no transfiere el depósito, el sucesor de todos modos se lo debe al inquilino; un sucesor puede cumplir esa obligación con un inquilino que todavía está en la unidad dándole ocupación sin renta equivalente a la cantidad del depósito (c. 186, §15B(5)). G.L. c. 186, §13; G.L. c. 186, §15B(5) | Protecciones estatales sólidas. Un dueño que ejecuta la hipoteca (foreclosing owner) (el prestamista o su afiliado) no puede desalojar a un inquilino (tenant) excepto por causa justa (just cause), o una vez que haya un acuerdo vinculante de compraventa con un comprador tercero de buena fe. Dentro de 30 días de la ejecución hipotecaria (foreclosure), el dueño debe fijar un aviso en el edificio, enviarlo por correo a cada unidad y deslizarlo por debajo de la puerta de cada unidad, con la información de contacto del dueño y del administrador y adónde enviar la renta, más un aviso por escrito del derecho a una audiencia judicial. Los desalojos (evictions) por falta de pago, violaciones no corregidas o por negarse a renovar un contrato de arrendamiento (lease) no pueden comenzar hasta 30 días después de ese aviso. Un arrendamiento a voluntad no termina por una venta, transferencia o ejecución hipotecaria. M.G.L. c. 186A, §§ 2, 3, 4; c. 186, § 13 |
| New Jersey | Un inquilino (tenant) protegido por la Anti-Eviction Act no puede ser sacado por el sucesor en la propiedad del arrendador (landlord) excepto por buena causa (o en casos limitados de ley federal o de aplicación por parte del gobierno). El comprador debe obtener del vendedor los depósitos de seguridad (security deposits) y los intereses acumulados; se transfieran o no, el comprador pasa a ser responsable de invertir el depósito, dar los avisos requeridos, pagar los intereses y devolver el depósito con intereses. Un vendedor que entrega al comprador el depósito y la parte de los intereses que le corresponde al inquilino queda liberado de la responsabilidad de devolverlo. N.J.S.A. 2A:18-61.3(b); N.J.S.A. 46:8-21 | La ejecución hipotecaria (foreclosure) por sí sola no es causa para desalojar. Las reglas de causa justificada (good-cause) de la Anti-Eviction Act obligan al nuevo dueño. Dentro de 10 días hábiles después de adquirir el título mediante una venta del sheriff o una escritura en lugar de ejecución (deed in lieu), el nuevo dueño debe darles a los inquilinos (tenants) un aviso en inglés y en español. El aviso dice dónde pagar la renta, que el inquilino está protegido por la Anti-Eviction Act, y da la información de contacto del nuevo dueño. En edificios de 10 o menos unidades, debe fijarse en la puerta de cada unidad y enviarse por correo certificado y regular. La parte que ejecuta la hipoteca y el nuevo dueño no pueden presionar a los inquilinos para que se vayan (excepto mediante una oferta de buena fe de dinero a cambio de las llaves (cash-for-keys), con un período de revisión de 5 días hábiles). Las violaciones conllevan $2,000 por violación u otros recursos civiles a elección del inquilino. N.J.S.A. 2A:50-70, 2A:50-71 (P.L.2009, c.296) |
| Pennsylvania | Cualquiera que compre una propiedad de alquiler asume las mismas obligaciones, y obtiene los mismos derechos y remedios, que tenía el vendedor (Landlord and Tenant Act § 104). Pensilvania no tiene en la Landlord and Tenant Act of 1951 ninguna ley estatal que establezca un procedimiento específico para que el vendedor transfiera el depósito de seguridad (security deposit) al comprador o avise a los inquilinos (tenants) de la venta. Landlord and Tenant Act of 1951 § 104; Act reviewed | No se encontró ninguna ley estatal — la Landlord and Tenant Act of 1951 no tiene protecciones para inquilinos (tenants) en ejecuciones hipotecarias (foreclosure) o ventas más allá de la PTFA federal. Landlord and Tenant Act of 1951 checked |
| Vermont | Cuando termina el interés del arrendador (landlord) en la unidad (por ejemplo, por venta), el depósito de seguridad (security deposit) debe transferirse al nuevo arrendador, y el nuevo arrendador debe darle al inquilino (tenant) aviso efectivo del nombre y la dirección del nuevo arrendador con una declaración de que el depósito ha sido transferido. Si no hay un contrato de arrendamiento (lease) por escrito, un arrendador que ha firmado un contrato para vender el edificio puede terminar el arrendamiento con al menos 30 días de aviso efectivo; la ley no da ese derecho cuando hay un contrato de arrendamiento por escrito. 9 V.S.A. §§ 4461(f), 4467(d) | En una ejecución hipotecaria (foreclosure) de una propiedad residencial de alquiler, la parte que ejecuta la hipoteca debe incluir como demandados a los inquilinos (tenants) que ocupan la propiedad bajo un contrato de alquiler cuando se registra la demanda (basta con la notificación por correo de primera clase), y el emplazamiento (summons) debe llevar una advertencia en letra de 14 puntos de que la vivienda está en ejecución hipotecaria. Al recibir la demanda, el dueño debe informarle a cada NUEVO inquilino que hay una ejecución hipotecaria pendiente y que puede tener que irse con 30 días de aviso (o un aviso federal más largo). Después de la sentencia, la orden de posesión (writ of possession) debe notificarse a un inquilino residencial y el demandante no puede ser puesto en posesión hasta al menos 30 días después de la notificación (o más si la ley federal lo exige). En una venta ordinaria sin contrato de arrendamiento (lease) por escrito, un arrendador (landlord) que ha firmado un contrato para vender puede terminar el arrendamiento con 30 días de aviso real. 12 V.S.A. § 4932(c); 12 V.S.A. § 4941; 9 V.S.A. § 4467(d) |
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Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.