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Leyes de pornografía de venganza (revenge porn) por estado (2026)

Cómo trata cada estado la pornografía de venganza (compartir imágenes íntimas) y las sanciones, según el código de cada estado.

EstadoPornografía de venganza (compartir imágenes íntimas)
AlabamaSí. 'Distributing a private image' (distribuir una imagen privada) — publicar, enviar por mensaje de texto o compartir de otra forma a sabiendas una imagen sexualmente explícita de una persona identificable que no dio su consentimiento por escrito y tenía una expectativa razonable de privacidad (revenge porn (pornografía de venganza)) — es un delito; también lo es 'creating a private image' (crear una imagen privada) sin consentimiento. Las imágenes alteradas o generadas por IA que parecen mostrar a una persona real están cubiertas. Una primera violación es un delito menor (misdemeanor) de Clase A (hasta 1 año y una multa de $6,000); una condena posterior es un delito grave (felony) de Clase C. El Attorney General (Fiscal General) puede solicitar una orden judicial de emergencia para detener la distribución. Amenazar con divulgar imágenes sexuales para obligar a alguien a actuar es extorsión sexual (sexual extortion), un delito grave de Clase B.
Ala. Code 1975 §§ 13A-6-240, 13A-6-241; Ala. Code 1975 §§ 13A-5-6, 13A-5-7, 13A-5-11, 13A-5-12
AlaskaAlaska cubre esto (revenge porn (pornografía de venganza)) bajo el acoso en segundo grado: con la intención de acosar o molestar, publicar o distribuir fotos, imágenes o películas que muestran los genitales, el ano o el seno femenino de otra persona o que muestran a esa persona en un acto sexual es un delito menor (misdemeanor) de clase B (hasta 90 días y $2,000). Distribuir una imagen así de una persona tomada cuando tenía menos de 16 años, para molestarla o humillarla, es el delito aparte de enviar una imagen explícita de un menor: un delito menor de clase B si se envía a otra persona y un delito menor de clase A si se publica en un sitio web público.
AS 11.61.120(a)(6), (b); AS 11.61.116; AS 12.55.135, 12.55.035
ArizonaSí. Divulgar intencionalmente una imagen de una persona identificable que está desnuda o participando en actividad sexual, cuando la persona tiene una expectativa razonable de privacidad y la divulgación tiene la intención de dañar, acosar, intimidar, amenazar o coaccionar (revenge porn (pornografía de venganza)), es un delito grave (felony) de clase 5, y un delito grave de clase 4 si se hace por medios electrónicos (mensajes de texto, correo electrónico o publicación en línea). Amenazar con divulgar una imagen así, o divulgar una imagen realista generada por computadora o alterada, es un delito menor (misdemeanor) de clase 1. Enviarle una imagen a alguien no renuncia por sí solo a la expectativa de privacidad; las divulgaciones con consentimiento, para las autoridades, para procesos legales o para denunciar un delito están exentas.
A.R.S. § 13-1425; A.R.S. §§ 13-702(D), 13-707
ArkansasSí, de forma limitada. Una persona de 18 años o más que, para acosar, asustar, intimidar, amenazar o abusar, distribuye a un tercero una imagen, video o grabación de audio sexual o de desnudez de un familiar o miembro del hogar o de una pareja sentimental actual o anterior (revenge porn (pornografía de venganza)) comete distribución ilegal de imágenes o grabaciones sexuales, un delito menor (misdemeanor) de Clase A (hasta 1 año y $2,500). No es una defensa que la víctima supiera de la grabación o la consintiera, ni que el acusado sea su dueño. La corte debe emitir una orden de liberación previa al juicio del tipo de prohibición de contacto.
Ark. Code § 5-26-314; Ark. Code §§ 5-4-201, 5-4-401
CaliforniaSegún el Penal Code 647(j)(4), es alteración del orden público (disorderly conduct), un delito menor (misdemeanor), distribuir intencionalmente una imagen de las partes íntimas del cuerpo o de actos sexuales de otra persona identificable (revenge porn (pornografía de venganza)) cuando quien la distribuye sabe o debería saber que causará una angustia emocional grave, la persona sufre esa angustia, y la imagen debía permanecer privada, se obtuvo sin autorización donde había una expectativa de privacidad, o se tomó excediendo el acceso autorizado a las cuentas o archivos de la persona; crear y distribuir una imagen íntima falsa realista (generada por computadora) en las mismas condiciones también está cubierto, excepto por personas menores de 18 años. La pena por defecto del delito menor es de hasta 6 meses de cárcel y/o $1,000; una segunda ofensa, o una contra una víctima menor de edad, se castiga con hasta 1 año y/o $2,000. Las víctimas también pueden demandar según el Civil Code 1708.85 cuando alguien distribuye intencionalmente imágenes íntimas privadas sin consentimiento.
Cal. Penal Code 647(j)(4), (k); 19; Cal. Civ. Code 1708.85
ColoradoSí. Un adulto que publica o distribuye en redes sociales o en un sitio web una imagen íntima (real o simulada, incluso alterada digitalmente) de un adulto identificable, con la intención de acosar, intimidar o coaccionar, sin consentimiento o cuando la persona esperaba razonablemente que permaneciera privada, y que causa una angustia emocional grave (revenge porn (pornografía de venganza)), comete publicar una imagen privada para acosar, un delito menor (misdemeanor) de clase 1 más una multa obligatoria de hasta $10,000. Publicar una imagen así para ganar dinero (por ejemplo, cobrando por quitarla) es publicar una imagen privada para obtener un beneficio económico, también un delito menor de clase 1 con una multa de hasta $10,000. La persona que aparece en la imagen conserva un derecho protegible de autoría sobre el uso comercial de la imagen.
C.R.S. §§ 18-7-107, 18-7-108; C.R.S. §§ 18-1.3-401, 18-1.3-501, 18-1.3-503
ConnecticutSí. El delito de Connecticut (revenge porn (pornografía de venganza)) es la difusión ilegal de una imagen íntima: compartir intencionalmente una imagen desnuda o sexual de otra persona sin su consentimiento, sabiendo que la persona esperaba que no se compartiera, cuando la persona resulta perjudicada. Compartirla con una persona es un delito menor (misdemeanor) de Clase A (hasta 1 año y $2,000); compartirla con más de una persona mediante un servicio en línea, de información o de telecomunicaciones es un delito grave (felony) de Clase D (hasta 5 años y $5,000). Un delito más nuevo (2025) cubre las imágenes sexualmente explícitas falsas o generadas por computadora: un delito menor de Clase D por un destinatario (un delito menor de Clase A si la imagen se hizo u obtuvo para dañar a la persona), y un delito menor de Clase C cuando se comparte con más de una persona en línea (un delito grave de Clase D con la intención de dañar). Las imágenes de exposición pública o comercial voluntaria y las imágenes de personas que no pueden ser identificadas están excluidas.
Conn. Gen. Stat. §§ 53a-189c, 53a-189d; Conn. Gen. Stat. §§ 53a-35a, 53a-36, 53a-41, 53a-42
DelawareSí. Según la ley de violación de la privacidad de Delaware, compartir a sabiendas una imagen desnuda o sexual de alguien sin su consentimiento (revenge porn (pornografía de venganza)), cuando se hizo o se entregó en circunstancias en que la persona esperaba privacidad, es un delito menor (misdemeanor) de Clase A (hasta 1 año). Se convierte en un delito grave (felony) de Clase G (hasta 2 años) cuando se imputan y prueban hechos agravantes, como obtener la imagen mediante robo o hackeo, compartirla con fines de lucro, operar un sitio para distribuir esas imágenes, la intención de acosar causando una angustia significativa, publicarla con información de identificación personal, o un creador adulto con una víctima menor de 18 años, o cuando la persona tiene una condena similar dentro de 5 años. La ley también cubre las imágenes falsas (deep fake).
11 Del. C. § 1335(a)(9), (c); 11 Del. C. §§ 4205, 4206
District of ColumbiaSí. Divulgar a sabiendas una imagen sexual de una persona identificable sin su consentimiento (revenge porn (pornografía de venganza)), sabiendo (o ignorando conscientemente el riesgo) que la persona no dio su consentimiento, con la intención de dañarla o para obtener un beneficio económico, es un delito menor (misdemeanor) con hasta 180 días de cárcel y una multa de $1,000. Publicar una imagen así (subirla al público) con la misma intención es publicación ilegal en primer grado, un delito grave (felony) con hasta 3 años y una multa de $12,500. Volver a publicar una imagen obtenida de otra persona, sabiendo que se compartió por primera vez para dañar a la persona o por dinero, es publicación ilegal en segundo grado, un delito menor con hasta 180 días.
D.C. Code §§ 22-3052, 22-3053, 22-3054, 22-3571.01
FloridaSí. Florida lo llama ciberacoso sexual (sexual cyberharassment): publicar en línea o enviar electrónicamente, de manera intencional y maliciosa, una imagen sexualmente explícita de una persona sin su consentimiento, en contra de su expectativa razonable de privacidad, incluyendo o publicando junto a ella su información de identificación. Una primera infracción es un delito menor (misdemeanor) de primer grado (hasta 1 año y $1,000), y una segunda infracción es un delito grave (felony) de tercer grado (hasta 5 años). Hacerlo por dinero o beneficio económico es un delito grave de tercer grado, y una infracción reincidente con fines de lucro es un delito grave de segundo grado. Las víctimas pueden demandar para obtener una orden judicial (injunction), la cantidad mayor entre $10,000 o los daños reales, daños punitivos y honorarios de abogado.
Fla. Stat. § 784.049; Fla. Stat. §§ 775.082, 775.083
GeorgiaSí. Enviar o publicar electrónicamente, a sabiendas y sin consentimiento, una foto o video desnudo o sexualmente explícito de un adulto (incluida una imagen creada falsamente) que acosa a la persona o le causa una pérdida económica y no tiene ningún propósito legítimo es un delito menor de naturaleza alta y agravada (misdemeanor of a high and aggravated nature) (hasta 12 meses y $5,000); una segunda infracción o posterior es un delito grave (felony) con 1 a 5 años y una multa de hasta $100,000. Publicarlo en un sitio web o sitio para compartir archivos que anuncia contenido sexualmente explícito es un delito grave con 1 a 5 años (2 a 5 años en caso de reincidencia) y hasta $100,000. Las excepciones incluyen las fuerzas del orden, el uso médico o educativo legítimo, las imágenes que muestran solo al remitente, el contenido comercial y la desnudez pública voluntaria.
O.C.G.A. § 16-11-90
HawaiiSí. Conforme a la violación de la privacidad en primer grado (violation of privacy in the first degree), divulgar o amenazar con divulgar a sabiendas una imagen o video de una persona identificable desnuda o realizando conducta sexual sin su consentimiento, con la intención de dañarla sustancialmente (en su salud, seguridad, carrera, finanzas, reputación o relaciones) o como venganza, es un delito grave (felony) de Clase C (5 años y $10,000). También abarca crear o compartir imágenes sexuales falsas (compuestas) que parecen mostrar a una persona real. Se excluyen las imágenes de desnudez pública voluntaria o de transacciones comerciales, y el tribunal puede ordenar que se destruyan las imágenes.
Haw. Rev. Stat. § 711-1110.9(1)(b), (c); Haw. Rev. Stat. §§ 706-640, 706-659, 706-660, 706-663
IdahoSí. La ley de voyerismo por video de Idaho convierte en delito grave (felony) compartir, publicar o vender (o amenazar con compartir) una imagen íntima o sexual identificable de otra persona con la intención de molestar, amenazar, acosar, humillar o degradar, cuando la persona sabía o debía saber que la imagen debía permanecer privada y la persona que aparece no dio su consentimiento. La ley no fija una condena específica, por lo que se aplica la pena general de delito grave (hasta cinco años y/o una multa de $50,000). Compartir imágenes sexuales generadas o alteradas con IA ('explicit synthetic media', medios sintéticos explícitos) de una persona identificable sin su consentimiento es un delito aparte: un delito menor (misdemeanor), o un delito grave de hasta diez años y $25,000 si la persona que aparece es menor de 18 años o en caso de reincidencia dentro de cinco años.
Idaho Code §§ 18-6605(3)-(4), 18-6606; § 18-112
IllinoisIllinois tipifica como delito la difusión no consentida de imágenes sexuales privadas (non-consensual dissemination of private sexual images): compartir intencionalmente una imagen de una persona identificable realizando un acto sexual o con sus partes íntimas expuestas, cuando la imagen se obtuvo en circunstancias en que debía permanecer privada y quien la comparte sabía o debía saber que la persona no dio su consentimiento. Es un delito grave (felony) de Clase 4 (de 1 a 3 años), con decomiso, y hay excepciones para investigaciones penales, la denuncia de conductas ilícitas, la exposición pública o comercial voluntaria y los fines públicos lícitos. Las víctimas también pueden demandar conforme a la Civil Remedies for Nonconsensual Dissemination of Private Sexual Images Act, que abarca compartir o amenazar con compartir intencionalmente imágenes sexuales privadas o alteradas digitalmente de forma intencional por una persona mayor de 18 años.
720 ILCS 5/11-23.5; 740 ILCS 190/5, 190/10; 730 ILCS 5/5-4.5-45
IndianaLa ley de Indiana sobre la 'distribution of an intimate image' (distribución de una imagen íntima) tipifica como delito distribuir una foto, video o imagen generada por computadora que muestre relaciones sexuales, otra conducta sexual, o nalgas, genitales o el pecho femenino descubiertos, cuando la persona sabe o razonablemente debería saber que la persona representada no da su consentimiento. Es un delito menor (misdemeanor) de Clase A (hasta 1 año y $5,000) y un delito grave (felony) de Nivel 6 con una condena previa; las excepciones incluyen denunciar un delito, las investigaciones penales, las órdenes judiciales y la información periodística. Las víctimas también pueden demandar por la divulgación de pornografía no consentida conforme al IC 34-21.5 cuando una imagen íntima obtenida en privado o mediante engaño se divulga para acosar, intimidar, avergonzar, obtener un beneficio o causar daño.
IC 35-45-4-8; IC 34-21.5-3-1; IC 35-50-2-7; IC 35-50-3-2
IowaSí. Iowa trata el compartir imágenes íntimas sin consentimiento como acoso en primer grado (first-degree harassment): difundir, publicar, distribuir o subir una foto o video que muestre a otra persona desnuda o parcialmente desnuda o realizando un acto sexual, con la intención de intimidar, molestar o alarmar y sin el consentimiento de esa persona, es un delito menor agravado (aggravated misdemeanor) (hasta dos años de prisión). La ley también abarca las imágenes creadas o alteradas para representar a una persona reconocible (deepfakes). Un adulto condenado debe registrarse como delincuente sexual; un menor no. Las excepciones abarcan la exposición voluntaria en entornos públicos o comerciales, las divulgaciones de interés público y las plataformas en línea que alojan contenido de otros. La subsección de acción civil de la ley se aplica solo a los reportes policiales falsos, no al compartir imágenes.
Iowa Code § 708.7(1)(a)(5), (2), (5), (6)
KansasSí. Conforme a la ley de Kansas sobre violación de la privacidad (breach of privacy), difundir un video, foto o imagen de un adulto identificable que está desnudo o realizando actividad sexual, tomado donde la persona tenía una expectativa razonable de privacidad, con la intención de acosar, amenazar o intimidar y sin consentimiento, es un delito grave (felony) contra las personas de nivel de gravedad 8, o de nivel 5 en una condena reincidente dentro de cinco años. La ley abarca expresamente las imágenes creadas o alteradas mediante inteligencia artificial. Grabar en secreto a alguien desnudo o debajo de su ropa también es un delito grave de nivel 8, y difundir esas imágenes grabadas en secreto es un delito grave de nivel de gravedad 5.
K.S.A. 21-6101(a)(6)-(8), (b)
KentuckySí. Distribuir intencionalmente imágenes sexuales privadas de alguien a un tercero sin su consentimiento por escrito, para obtener un beneficio o para dañarlo, acosarlo, intimidarlo, amenazarlo o coaccionarlo, cuando la divulgación dañaría a una persona razonable, es un delito menor (misdemeanor) de Clase A en una primera infracción y un delito grave (felony) de Clase D a partir de entonces; si se hace con fines de lucro, es un delito grave de Clase D la primera vez y un delito grave de Clase C a partir de entonces. El consentimiento para tomar una imagen no es consentimiento para compartirla. Los sitios web y aplicaciones que publican esas imágenes deben eliminarlas a solicitud de la persona que aparece y no pueden cobrar una tarifa por eliminarlas. Una condena no requiere el registro como delincuente sexual.
KRS 531.120
LouisianaSí. Compartir la imagen íntima de alguien sin su consentimiento es el delito de divulgación no consentida de una imagen privada (nonconsensual disclosure of a private image): divulgar intencionalmente una imagen identificable de las partes íntimas expuestas o de la conducta sexual de una persona, obtenida sin autorización o en circunstancias en que debía permanecer privada, cuando quien la divulga sabía o debía saber que la persona no dio su consentimiento y que podría causarle acoso o angustia emocional. Se castiga con una multa de hasta $10,000, hasta 2 años con o sin trabajos forzados, o ambas. Se exceptúan las denuncias a la policía, las imágenes de exposición pública voluntaria y los asuntos de interés público.
La. R.S. 14:283.2
MaineSí. La difusión no autorizada de ciertas imágenes privadas (unauthorized dissemination of certain private images) es compartir, mostrar o publicar de manera intencional o a sabiendas una imagen de una persona identificable que está desnuda o realizando un acto sexual (incluida una imagen creada o alterada para que lo parezca), con la intención de acosar, atormentar o amenazar, cuando la persona sabe o debería saber que la persona representada no dio su consentimiento y no hay un propósito público o periodístico. Es un delito de Clase D (menos de un año y hasta $2,000).
17-A M.R.S. § 511-A; § 1604(1)
MarylandSí. Una persona no puede distribuir a sabiendas una imagen (incluida una imagen realista generada por computadora) de una persona identificable con sus partes íntimas expuestas o realizando actividad sexual, con la intención de dañar, acosar, intimidar, amenazar o coaccionar, sabiendo que la persona no dio su consentimiento o con desprecio temerario de su consentimiento, cuando la persona tenía una expectativa razonable de que la imagen permanecería privada. Es un delito menor (misdemeanor) castigado con hasta 2 años y/o una multa de $5,000. La misma ley otorga a la persona representada una causa de acción civil por difamación per se o invasión de la privacidad, con posibles honorarios de abogado.
Md. Code, Crim. Law § 3-809(c), (d), (f)
MassachusettsSí. Desde 2024, la ley sobre acoso criminal (criminal harassment) tipifica como delito distribuir a sabiendas imágenes desnudas, parcialmente desnudas o sexuales de una persona identificable (incluidas imágenes 'digitized' (digitalizadas) realistas generadas por computadora) que causan lesiones físicas o perjuicio económico o angustia emocional sustancial, ya sea con la intención de dañar, acosar, intimidar, amenazar o coaccionar, o con desprecio temerario por el daño, la falta de consentimiento de la persona y su expectativa razonable de privacidad. Se castiga con hasta 2.5 años en la casa de corrección (house of correction) y/o una multa de hasta $10,000; una reincidencia puede conllevar hasta 10 años en prisión estatal. El consentimiento para crear una imagen no es consentimiento para compartirla, y la ley conserva los recursos civiles como las órdenes judiciales para detener la distribución.
G.L. c. 265, § 43A(b), (c)
MichiganSí. Una persona no puede difundir intencionalmente material visual sexualmente explícito de una persona identificable de 18 años o más, con la intención de amenazar, coaccionar o intimidar, cuando el material se obtuvo en circunstancias en las que una persona razonable sabría que debía permanecer privado y la persona sabe o debería saber que la persona representada no dio su consentimiento. Una primera violación es un delito menor (misdemeanor) castigado con hasta 93 días y/o una multa de $500; una segunda violación o posterior es un delito menor con hasta 1 año y/o $1,000. Se exceptúan las noticias, las funciones de las fuerzas del orden, la denuncia de delitos y los proveedores de internet respecto del contenido de otros.
MCL 750.145e; MCL 750.145f
MinnesotaSí. Es un delito difundir intencionalmente una imagen de una persona identificable realizando un acto sexual o con sus partes íntimas expuestas cuando el autor sabe o razonablemente debería saber que la persona no dio su consentimiento y la imagen se obtuvo o se creó donde la persona tenía una expectativa razonable de privacidad. Es un delito menor grave (gross misdemeanor), o un delito grave (felony) con hasta 3 años y/o una multa de $5,000 si, por ejemplo, la víctima sufre una pérdida económica, el autor busca obtener un beneficio, publica la imagen en un sitio web, o actúa para acosar a la víctima. Una ley aparte otorga a las víctimas una causa de acción civil por la difusión no consentida de imágenes sexuales privadas.
Minn. Stat. § 617.261, subds. 1, 2; § 604.31
MississippiSí. Divulgar, sin consentimiento y con la intención de dañar, una imagen que muestra las partes íntimas o la conducta sexual de otra persona que se hizo u obtuvo bajo una expectativa razonable de privacidad, amenazar con esa divulgación para obtener un beneficio, o publicarla a sabiendas en un sitio web que uno administra, es un delito. Una primera infracción es un delito menor (misdemeanor) con hasta seis meses en la cárcel del condado y/o una multa de $1,000; una segunda infracción o posterior, o cualquier infracción cometida con fines de lucro, es un delito grave (felony) con hasta un año y/o una multa de $2,000. Que la persona haya hecho la imagen o la haya enviado voluntariamente no es una defensa. En esta sección no aparece un recurso civil.
Miss. Code Ann. §§ 97-29-64.1, 97-29-64
MissouriSí. La difusión no consentida de imágenes sexuales privadas (nonconsensual dissemination of private sexual images) es compartir intencionalmente una imagen de una persona identificable realizando un acto sexual o con sus partes íntimas expuestas, para acosar, amenazar o coaccionar, cuando la imagen se obtuvo en circunstancias que mostraban que debía permanecer privada y quien la comparte sabía o debía saber que la persona no dio su consentimiento. Es un delito grave (felony) de clase D (hasta 7 años), o un delito grave de clase C (de 3 a 10 años) si la imagen es de un menor o de una persona vulnerable. La persona que aparece también puede demandar por $10,000 o los daños reales, lo que sea mayor, más los honorarios de abogado.
RSMo § 573.110 ('Evan's Voice Act'); §§ 558.011, 558.002
MontanaSí. Conforme a la ley sobre la privacidad en las comunicaciones (privacy in communications), publicar, distribuir o divulgar imágenes reales o fabricadas digitalmente de las partes íntimas o actos sexuales de una persona identificable sin su consentimiento, para aterrorizar, intimidar, amenazar, acosar o dañar o para obtener dinero, o amenazar con divulgar esas imágenes para obtener dinero, es un delito menor (misdemeanor) en una primera infracción (hasta $500 y/o seis meses) y un delito grave (felony) en una segunda infracción o posterior (hasta cinco años y/o $25,000). Un delito aparte, divulgar medios sintéticos explícitos (imágenes sexuales hechas con IA), conlleva hasta $1,000 y/o un año, hasta cinco años y $10,000 en caso de reincidencia, y hasta diez años y $10,000 si la persona que aparece es menor de 18 años. No se encontró una ley de recurso civil en estas secciones.
MCA 45-8-213(1)(d)-(e), (4); 45-5-640
NebraskaSí. Distribuir o hacer pública a sabiendas e intencionalmente una imagen o video del área íntima o de la conducta sexualmente explícita de otra persona, cuando la persona esperaba razonablemente que permaneciera privada, sin su consentimiento y sin un propósito legítimo, es un delito menor (misdemeanor) de Clase I (hasta un año y $1,000) en una primera infracción y un delito grave (felony) de Clase IV (hasta 2 años) en una infracción posterior. Amenazar con distribuir una imagen así para intimidar, amenazar o acosar es un delito menor de Clase I. Distribuir una imagen que fue grabada en secreto es un delito grave de Clase IIA (hasta 20 años) en una primera o segunda violación y un delito grave de Clase II en una tercera.
Neb. Rev. Stat. § 28-311.08(3)-(5); Neb. Rev. Stat. § 28-105, § 28-106
NevadaSí. La difusión ilegal de una imagen íntima (unlawful dissemination of an intimate image) es compartir o vender electrónicamente una imagen íntima de una persona que tenía al menos 18 años cuando se hizo, no dio su consentimiento y tenía una expectativa razonable de privacidad, o distribuir una imagen sexual realista generada por computadora de la persona sin su consentimiento, con la intención de acosar, dañar o aterrorizar. Es un delito grave (felony) de categoría D (de 1 a 4 años y una multa de hasta $5,000), sin registro como delincuente sexual; no se aplica a personas menores de 18 años. Exigir un pago para eliminar una imagen así también es un delito grave de categoría D (NRS 200.785).
NRS 200.780, 200.770, 200.785; NRS 193.130, 193.140, 193.150
New HampshireSí. La difusión no consentida de imágenes sexuales privadas (nonconsensual dissemination of private sexual images) es compartir a propósito, para acosar, intimidar, amenazar o coaccionar, una imagen de una persona identificable realizando un acto sexual o con sus partes íntimas expuestas, obtenida donde la persona tenía la intención de que permaneciera privada, sabiendo o teniendo razones para saber que la persona no dio su consentimiento; desde 2025 también abarca las imágenes sexuales falsas (sintéticas) realistas. Es un delito grave (felony) de clase B (hasta 7 años y $4,000), y los bienes usados en el delito están sujetos a decomiso. No se encontró una ley de recurso civil en esta sección.
RSA 644:9-a; RSA 651:2, 625:9
New JerseySí. Divulgar a sabiendas (compartir, publicar, vender, etc.) una foto o video de las partes íntimas expuestas o de un acto sexual de otra persona, tomado sin consentimiento donde esa persona esperaba privacidad, sin el consentimiento de esa persona para la divulgación, es un delito de tercer grado (de tres a cinco años), con una multa de hasta $30,000. Fotografiar o grabar en secreto esas imágenes también es un delito de tercer grado. La víctima puede demandar en el Superior Court por daños reales de al menos $1,000 por violación, daños punitivos, honorarios de abogado y otras reparaciones; no se requiere una condena penal para demandar.
N.J.S. 2C:14-9(b)-(c); N.J.S. 2A:58D-1; N.J.S. 2C:43-3, 2C:43-6, 2C:43-8
New MexicoSí. La distribución no autorizada de imágenes sensibles (unauthorized distribution of sensitive images) es distribuir, publicar o poner a disposición de otro modo (electrónicamente o de otra forma) imágenes sensibles de una persona sin su consentimiento, con la intención de acosarla, humillarla o intimidarla, hacer que tema por su seguridad, causar contacto físico no deseado o lesiones, o causar angustia emocional sustancial, cuando la conducta causaría a una persona razonable una angustia emocional sustancial. Las 'Sensitive images' (imágenes sensibles) incluyen las imágenes que representan o simulan un acto íntimo o que muestran los genitales de una persona o el pecho de una mujer por debajo de la parte superior de la areola. Una primera infracción es un delito menor (misdemeanor); una segunda condena o posterior es un delito grave (felony) de cuarto grado. Los proveedores de internet y telecomunicaciones no son responsables del contenido de otros.
NMSA 1978, § 30-37A-1; § 31-19-1; § 31-18-15(A)
New YorkSí. La difusión o publicación ilegal de una imagen íntima (unlawful dissemination or publication of an intimate image) es un delito menor (misdemeanor) de clase A (hasta 364 días): compartir o publicar intencionalmente una imagen identificable de otra persona con sus partes íntimas expuestas o realizando conducta sexual, con la intención de dañar su bienestar emocional, financiero o físico, cuando la persona sabía o debía saber que la persona representada no dio su consentimiento y esperaba que la imagen permaneciera privada. También abarca las imágenes realistas creadas o alteradas digitalmente ('deepfake' (falsificación profunda)). La persona representada puede demandar por daños compensatorios y punitivos, una orden judicial (injunction) y honorarios de abogado, dentro de los tres años siguientes a la difusión o un año desde que la descubrió, lo que ocurra después.
N.Y. Penal Law § 245.15; N.Y. Civil Rights Law § 52-b
North CarolinaSí. Divulgar a sabiendas una imagen identificable de otra persona con sus partes íntimas expuestas o participando en conducta sexual, sin el consentimiento afirmativo de esa persona, con la intención de coaccionar, acosar, intimidar, degradar, humillar o causar pérdida económica, cuando la imagen se obtuvo o alteró sin consentimiento o se esperaba que permaneciera privada, es un delito grave (felony) de Clase H para una persona de 18 años o más. Para una persona menor de 18 años es un delito menor (misdemeanor) de Clase 1 en la primera infracción y un delito grave de Clase H después. Se incluyen las imágenes realistas alteradas con inteligencia artificial (IA). La víctima puede demandar por daños reales de al menos $1,000 por cada día de infracción o $10,000 (lo que sea mayor), daños punitivos y honorarios de abogado, dentro de un año desde que lo descubre y a más tardar siete años después de la última divulgación.
N.C. Gen. Stat. § 14-190.5A
North DakotaSí. Distribuir a sabiendas o de forma intencional una imagen íntima de una persona a un tercero, sabiendo que la persona no dio su consentimiento, cuando la imagen se hizo o compartió con una expectativa razonable de privacidad y la distribución causa angustia emocional o daño real, es un delito menor (misdemeanor) de clase A (hasta 360 días y una multa de $3,000). Por separado, distribuir o publicar una imagen sexualmente expresiva con la intención de causar daño emocional o humillación, o después de que se le dijo que la persona representada no da su consentimiento, es un delito menor de clase A. Una persona representada identificable que sufre daño por ese delito puede demandar por daños reales (incluida la angustia emocional) o daños legales de hasta $10,000 por demandado, las ganancias del demandado, daños ejemplares, honorarios de abogado y una orden judicial (injunction).
N.D.C.C. §§ 12.1-17-07.2, 12.1-27.1-03.3; N.D.C.C. § 12.1-32-01
OhioSí. Difundir a sabiendas una imagen de un adulto identificable que está desnudo o participando en un acto sexual, sin consentimiento y con la intención de causar daño, es difusión no consentida de imágenes sexuales privadas (revenge porn), un delito grave (felony) de quinto grado (de seis a 12 meses), o de cuarto grado con una condena previa o antecedentes de delitos sexuales. Difundir una imagen sexual fabricada ('deepfake') de una persona sin consentimiento, o crearla para acosar, extorsionar o causar daño, es un delito grave de cuarto grado (de tercer grado para reincidentes). Las víctimas pueden demandar para obtener una orden judicial (injunction), daños compensatorios y punitivos y honorarios de abogado dentro de cuatro años desde que descubren la imagen, y el daño se presume.
R.C. 2917.211, 2307.66; R.C. 2929.14, 2929.18, 2929.24, 2929.28
OklahomaSí. La difusión no consentida de imágenes sexuales privadas (revenge porn) es compartir intencionalmente una imagen de otra persona participando en un acto sexual o con sus partes íntimas expuestas, obtenida en circunstancias en las que una persona razonable sabría que debía permanecer privada, sin el consentimiento de esa persona. Es un delito menor (misdemeanor) que se castiga con hasta un (1) año en la cárcel del condado, una multa de hasta $1,000, o ambas. Es un delito grave (felony) de Clase D1 (hasta cinco (5) años) si la persona obtiene o intenta obtener bienes o cualquier cosa de valor por compartir o amenazar con compartir las imágenes (con registro como delincuente sexual en una segunda infracción de este tipo), o si se comparten tres o más imágenes dentro de seis meses. El tribunal puede ordenar al acusado que elimine la imagen.
21 O.S. § 1040.13b
OregonSí. La difusión ilegal de una imagen íntima (revenge porn) es revelar a sabiendas, con la intención de acosar, humillar o causar daño, una imagen de alguien cuyas partes íntimas son visibles o que participa en conducta sexual (incluida una imagen realista creada o alterada digitalmente), cuando la persona sabe o debería saber que la persona que aparece no da su consentimiento y esa persona es acosada, humillada o dañada. Es un delito menor (misdemeanor) de Clase A (hasta 364 días), o un delito grave (felony) de Clase C (hasta 5 años) con una condena previa. La persona que aparece puede demandar para obtener una orden judicial (injunction) y la cantidad mayor entre los daños reales o $5,000 en daños legales, más la ganancia del acusado, daños punitivos y honorarios de abogado.
ORS 163.472; ORS 30.833
PennsylvaniaSí. La difusión ilegal de una imagen íntima (revenge porn) es, con la intención de acosar, molestar o alarmar, compartir una imagen desnuda o sexual de una pareja sexual o íntima actual o anterior, o compartir una representación sexual generada artificialmente (como un deepfake de IA) de cualquier persona; el consentimiento de la persona que aparece es una defensa. Es un delito menor (misdemeanor) de segundo grado (hasta 2 años), o un delito menor de primer grado (hasta 5 años) si la persona que aparece es menor de edad. La víctima puede demandar por daños reales o $500, lo que sea mayor, hasta tres veces los daños reales a discreción del tribunal, más honorarios de abogado y costos.
18 Pa.C.S. § 3131; 42 Pa.C.S. § 8316.1
Rhode IslandSí. La difusión no autorizada de material indecente (revenge porn) es compartir, publicar o vender intencionalmente una imagen sexualmente explícita o íntima de un adulto identificable (incluidas imágenes creadas o alteradas digitalmente) que se hizo u obtuvo en circunstancias en las que debía permanecer privada, sin el consentimiento de la persona, sabiendo o haciendo caso omiso de forma temeraria de que le causará daño, o con la intención de acosar, intimidar o coaccionar. La primera infracción es un delito menor (misdemeanor) (hasta un año y/o $1,000); una segunda infracción o posterior es un delito grave (felony) (hasta tres (3) años y/o $3,000). Amenazar con divulgar una imagen así para obtener un beneficio, o exigir un pago para retirarla, es un delito grave que se castiga con hasta cinco (5) años y/o $5,000. Los infractores no están obligados a registrarse como delincuentes sexuales.
R.I. Gen. Laws § 11-64-3
South CarolinaSí. Difundir imágenes íntimas sin consentimiento (revenge porn) es compartir intencionalmente una imagen íntima o una imagen íntima falsificada digitalmente de otra persona sin su consentimiento efectivo, sabiendo que se obtuvo o creó cuando la persona tenía una expectativa razonable de privacidad; consentir la creación de la imagen o compartirla con una persona no es consentimiento para compartirla más. Si se hace con la intención de causar daño o con fines de lucro, es un delito grave (felony) que se castiga con hasta cinco (5) años y/o una multa de $5,000 en la primera infracción, y de uno (1) a diez (10) años y/o $10,000 en una infracción posterior (sin libertad a prueba (probation)). Sin esa intención, la primera infracción es un delito menor (misdemeanor) (hasta un año y/o $5,000) y una infracción posterior es un delito grave (hasta cinco años y/o $5,000). Amenazar con divulgar imágenes sexuales para coaccionar a alguien es extorsión sexual (sexual extortion), un delito grave de hasta cinco (5) años en la primera infracción.
S.C. Code §§ 16-15-330, 16-15-332, 16-15-430
South DakotaSí. Sin el consentimiento o conocimiento de la persona, y con la intención de gratificarse o de alarmar, molestar, avergonzar, acosar, invadir la privacidad, amenazar o causar daño, es un delito difundir, distribuir, vender o usar una foto o grabación de alguien desnudo, por debajo o a través de la ropa, o en un acto sexual, y crear o compartir imágenes desnudas o sexuales realistas fabricadas digitalmente de una persona identificable (revenge porn). Compartir una imagen real es un delito menor (misdemeanor) de Clase 1 (hasta un año y/o $2,000), o un delito grave (felony) de Clase 6 (hasta dos años) si la víctima tiene 17 años o menos y el infractor 21 años o más, o por cualquier violación posterior. Crear o compartir una imagen fabricada digitalmente es un delito grave de Clase 5 (hasta cinco años).
SDCL 22-21-4
TennesseeSí. La 'Unlawful exposure' (exposición ilegal) (revenge porn) es distribuir una imagen de las partes íntimas o de la conducta sexual de otra persona identificable, hecha en circunstancias en las que las partes entendían que permanecería privada, con la intención de causar angustia emocional, cuando la persona representada sufre angustia emocional. Es un delito menor (misdemeanor) de Clase A (hasta 11 meses 29 días y una multa de $2,500).
Tenn. Code Ann. § 39-17-318; Tenn. Code Ann. § 40-35-111
TexasSí. La divulgación ilegal de material visual íntimo (unlawful disclosure of intimate visual material) (revenge porn) (compartir una imagen de las partes íntimas o de la conducta sexual de otra persona sin consentimiento, con la intención de causarle daño, cuando la imagen debía permanecer privada, causa daño y revela la identidad de la persona) es un delito grave de cárcel estatal (state jail felony) (de 180 días a 2 años, multa de hasta $10,000). También se incluyen amenazar con compartir ese material para obtener un beneficio y operar un sitio web que lo promueva. Las víctimas también pueden demandar por daños reales, incluida la angustia mental, costos judiciales, honorarios de abogado y daños ejemplares.
Tex. Penal Code § 21.16; Tex. Civ. Prac. & Rem. Code §§ 98B.002, 98B.003; Tex. Penal Code §§ 12.21-12.35
UtahSí. La distribución de una imagen íntima (distribution of an intimate image) (revenge porn) (distribuir o copiar a sabiendas una imagen íntima de un adulto sin consentimiento, cuando se hizo con una expectativa razonable de privacidad y el autor sabe que le causaría angustia emocional a una persona razonable, y resulta angustia) es un delito menor (misdemeanor) de clase A (hasta 364 días y $2,500); una segunda condena o posterior por un episodio separado es un delito grave (felony) de tercer grado. Utah también tiene un delito separado por distribuir imágenes íntimas falsificadas (falsas).
Utah Code §§ 76-5b-203, 76-5b-205; Utah Code §§ 76-3-203, 76-3-204, 76-3-205, 76-3-301
VermontSí. Revelar a sabiendas una imagen desnuda o sexual de una persona identificable sin consentimiento (revenge porn), con la intención de causar daño, acosar o intimidar, de una manera que causaría daño a una persona razonable, conlleva hasta 2 años y/o $2,000; revelarla con fines de lucro conlleva hasta 5 años y/o $10,000. La ley abarca imágenes realistas alteradas digitalmente, prohíbe que los sitios web cobren por eliminar esas imágenes, y le da a la víctima una demanda privada por daños y órdenes judiciales para detener su exhibición.
13 V.S.A. § 2606
VirginiaSí. Difundir o vender con malicia una imagen desnuda o parcialmente desnuda de otra persona (revenge porn) (incluida una imagen realista alterada o creada con IA de una persona real), con la intención de coaccionar, acosar o intimidar y sabiendo que no está autorizado, es un delito menor (misdemeanor) de Clase 1 (hasta 12 meses y $2,500). Una víctima puede demandar por daños compensatorios y punitivos más honorarios de abogado, se haya acusado o no a la persona.
Va. Code §§ 18.2-386.2, 8.01-40.4; Va. Code §§ 18.2-10, 18.2-11
WashingtonSí. Revelar imágenes íntimas (disclosing intimate images) (revenge porn) (revelar a sabiendas una imagen íntima obtenida en circunstancias en las que debía permanecer privada, sabiendo que la persona no dio su consentimiento y que la revelación causaría daño) es un delito menor grave (gross misdemeanor) en la primera infracción (hasta 364 días y $5,000) y un delito grave (felony) de clase C con una condena previa. Un menor es culpable solo si la revelación fue intencional y maliciosa. Las víctimas también pueden demandar bajo la ley estatal de recursos civiles por daños reales o daños legales de hasta $10,000, daños punitivos, honorarios de abogado y una orden judicial (injunction); también abarca imágenes íntimas fabricadas (deepfake).
RCW 9A.86.010; RCW 7.110.020, 7.110.050; RCW 9A.20.021
West VirginiaSí. Revelar o amenazar con revelar, a sabiendas y de forma intencional, una imagen que muestra las partes íntimas o la conducta sexual de otra persona tomada cuando la persona esperaba que permaneciera privada (o una imagen íntima fabricada con IA de una persona identificable) (revenge porn), con la intención de acosar, intimidar, amenazar, humillar, avergonzar o coaccionar, es un delito menor (misdemeanor): hasta 1 año de cárcel y/o una multa de $1,000-$5,000. Una segunda infracción o posterior es un delito grave (felony): hasta 3 años de prisión y/o una multa de $2,500-$10,000. Una ley civil (la Uniform Civil Remedies for Unauthorized Disclosure of Intimate Images Act) permite que la persona representada demande, con honorarios de abogado y medidas cautelares (injunctive relief) disponibles.
W. Va. Code §§ 61-8-28a, 55-20-3
WisconsinSí. Publicar o difundir una imagen privada desnuda o sexual (una que la persona representada quería solo para la persona que la tomó o a quien se la dio) sabiendo que la persona no da su consentimiento, o hacer una copia de ella sin consentimiento (revenge porn), es un delito menor (misdemeanor) de Clase A (hasta 9 meses y/o $10,000), o un delito grave (felony) de Clase I si la persona representada era menor de 18 años. Capturar en secreto una imagen íntima sin consentimiento donde hay una expectativa de privacidad, o distribuir esa imagen, es un delito grave de Clase I; publicar una imagen íntima hecha con IA (sintética) de una persona identificable para coaccionar, acosar o intimidar también es un delito grave de Clase I (Clase H si la persona representada era menor de 18 años). La conducta prohibida por esta ley también es una invasión de la privacidad por la cual la víctima puede demandar para obtener una orden judicial (injunction), daños y honorarios de abogado, se acuse o no a alguien.
Wis. Stat. §§ 942.09(2), (3m), 995.50(1), (2)(am)4.; Wis. Stat. §§ 939.50, 939.51
WyomingSí. Una persona de 18 años o más que comparte una imagen íntima de otra persona identificable (incluida una imagen generada por computadora), sabiendo o teniendo razones para saber que la persona esperaba que permaneciera privada y no dio su consentimiento expreso, con la intención de humillar, dañar, acosar, amenazar o coaccionar, o para gratificación sexual, comete difusión ilegal de una imagen íntima (unlawful dissemination of an intimate image) (revenge porn): un delito menor (misdemeanor) con hasta 1 año y/o una multa de $5,000. Los proveedores de servicios en línea no son responsables del contenido publicado por otros. No se encontró una ley de Wyoming de recursos civiles específica para imágenes íntimas.
W.S. 6-4-306

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.