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Reglas de California sobre el aviso de desocupación

Reglas de California sobre el aviso de desocupación para inquilinos y arrendadores, con la ley o la página oficial que respalda cada respuesta. Última verificación: 2026-10-22.

Respuesta corta: Arrendador (landlord): aviso por escrito de 30 días si el inquilino (tenant) ha vivido allí menos de un año, y de 60 días si ha vivido un año o más. Cal. Civ. Code §§ 1946, 1946.1, 1946.2

Las reglas en California

Cómo terminar un contrato mes a mesArrendador (landlord): aviso por escrito de 30 días si el inquilino (tenant) ha vivido allí menos de un año, y de 60 días si ha vivido un año o más. Inquilino: un aviso al menos tan largo como el período de renta, normalmente 30 días para un arrendamiento de mes a mes. Donde se aplica la AB 1482 Tenant Protection Act (después de 12 meses de ocupación, en una propiedad no exenta), el arrendador también necesita una causa justificada (just cause) indicada en el aviso. La causa justificada sin culpa del inquilino requiere asistencia para la reubicación.
Se permite un aviso de 30 días del arrendador para una venta que califica de una unidad que puede enajenarse por separado a un comprador que la ocupará como dueño (§ 1946.1(d)). La § 1946.2 fue enmendada por la AB 1529 (Stats. 2025, ch. 203), vigente a partir del 1 de enero de 2026 (1/1/2026), y vence el 1 de enero de 2030 (1/1/2030). Algunas ciudades tienen ordenanzas de causa justificada más estrictas.

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CaliforniaArrendador (landlord): aviso por escrito de 30 días si el inquilino (tenant) ha vivido allí menos de un año, y de 60 días si ha vivido un año o más. Inquilino: un aviso al menos tan largo como el período de renta, normalmente 30 días para un arrendamiento de mes a mes. Donde se aplica la AB 1482 Tenant Protection Act (después de 12 meses de ocupación, en una propiedad no exenta), el arrendador también necesita una causa justificada (just cause) indicada en el aviso. La causa justificada sin culpa del inquilino requiere asistencia para la reubicación.
Cal. Civ. Code §§ 1946, 1946.1, 1946.2
ArizonaCualquiera de las partes da un aviso por escrito al menos 30 días antes de la fecha periódica de pago de la renta indicada en el aviso. Los arrendamientos de semana a semana requieren un aviso por escrito de al menos 10 días.
A.R.S. § 33-1375(A)-(B)
NevadaArrendador: al menos 30 días de aviso por escrito para arrendamientos mes a mes (y otros arrendamientos periódicos que no sean semanales); 7 días para semana a semana; 5 días para arrendamiento a voluntad (tenancy at will). Un inquilino de 60 años o más o con una discapacidad física o mental puede pedir 30 días adicionales de posesión (no aplica a semana a semana). Inquilino: ninguna ley fija un plazo de aviso aparte para el inquilino, pero el contrato de arrendamiento no puede exigir que el inquilino le dé al arrendador un aviso de terminación diferente al que el arrendador debe darle al inquilino (30 días en un arrendamiento mes a mes).
NRS 40.251(1)-(2); NRS 118A.220(1)(e)
OregonInquilino (tenant): al menos 30 días de aviso por escrito. Arrendador (landlord), durante el primer año de ocupación: al menos 30 días de aviso sin causa. Arrendador después del primer año: solo por causa atribuible al inquilino o por una razón válida del arrendador (demolición o cambio de uso, reparaciones mayores, que el dueño o un familiar inmediato se mude a la vivienda, venta a un comprador que la va a habitar) con al menos 90 días de aviso, o 60 días si se aceptó una oferta de compra y se paga un mes de renta junto con el aviso. Los arrendadores que tienen participación como dueños en 5 o más unidades de vivienda residenciales deben hacer un pago de reubicación (relocation payment) de un mes de renta junto con los avisos por razón válida (los arrendadores con participación en 4 unidades o menos están exentos, ORS 90.427(6)(b)). Semana a semana: 10 días por cualquiera de las partes.
ORS 90.427

Reglas de la ciudad que pueden sumarse a la ley estatal

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Preguntas frecuentes sobre las reglas de California sobre el aviso de desocupación

¿Cuánto aviso se necesita para terminar un arrendamiento mes a mes en California?
Arrendador (landlord): aviso por escrito de 30 días si el inquilino (tenant) ha vivido allí menos de un año, y de 60 días si ha vivido un año o más. Inquilino: un aviso al menos tan largo como el período de renta, normalmente 30 días para un arrendamiento de mes a mes. Donde se aplica la AB 1482 Tenant Protection Act (después de 12 meses de ocupación, en una propiedad no exenta), el arrendador también necesita una causa justificada (just cause) indicada en el aviso. La causa justificada sin culpa del inquilino requiere asistencia para la reubicación. (Cal. Civ. Code §§ 1946, 1946.1, 1946.2)

Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.