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Derechos de inquilinos y leyes de alquiler en Oregón

Las reglas de alquiler en Oregón: depósito de seguridad, desalojo, terminar el contrato, reparaciones y renta, con la ley o página oficial detrás de cada respuesta.

Respuestas rápidas para Oregón

Límite del depósito de seguridad (security deposit)
La ley no fija un límite para la cantidad del depósito de seguridad (security deposit). ORS 90.300
Plazo para devolver el depósito
31 días después de que termina el arrendamiento y el inquilino (tenant) entrega la posesión. ORS 90.300(12)-(13)
Aviso por falta de pago de renta
Semana a semana (week-to-week): al menos 72 horas de aviso por escrito, entregado no antes del 5.º día del periodo de renta. Otros arrendamientos: al menos 10 días de aviso entregado no antes del 8.º día del periodo de renta, o al menos 13 días de aviso entregado no antes del 5.º día. El aviso debe indicar la cantidad que se debe y la fecha límite para pagar. ORS 90.394
Terminar un contrato mes a mes
Inquilino (tenant): al menos 30 días de aviso por escrito. Arrendador (landlord), durante el primer año de ocupación: al menos 30 días de aviso sin causa. Arrendador después del primer año: solo por causa atribuible al inquilino o por una razón válida del arrendador (demolición o cambio de uso, reparaciones mayores, que el dueño o un familiar inmediato se mude a la vivienda, venta a un comprador que la va a habitar) con al menos 90 días de aviso, o 60 días si se aceptó una oferta de compra y se paga un mes de renta junto con el aviso. Los arrendadores que tienen participación como dueños en 5 o más unidades de vivienda residenciales deben hacer un pago de reubicación (relocation payment) de un mes de renta junto con los avisos por razón válida (los arrendadores con participación en 4 unidades o menos están exentos, ORS 90.427(6)(b)). Semana a semana: 10 días por cualquiera de las partes. ORS 90.427
Entrada del arrendador a la vivienda
Al menos 24 horas de aviso real, con entrada en horas razonables; el inquilino (tenant) no puede negar su consentimiento sin razón. Se permite entrar sin aviso en una emergencia, pero si el inquilino no está, el arrendador (landlord) debe darle aviso real dentro de las 24 horas siguientes a la entrada. ORS 90.322
Control de renta / límites de aumento
Estabilización de rentas (rent stabilization) en todo el estado. Después del primer año, no más de un aumento cada 12 meses, con al menos 90 días de aviso por escrito; el aumento tiene un límite de la cantidad menor entre 10% o 7% + CPI (índice de precios al consumidor West Region CPI-U), que publica cada año DAS/Office of Economic Analysis. Aumento máximo: 10.0% para 2025; 9.5% para 2026; 10% para 2027. Exentos: edificios cuyo primer certificado de ocupación (certificate of occupancy) se emitió menos de 15 años antes de la fecha del aviso, y cierta vivienda asequible regulada. Por lo demás, el control de rentas (rent control) local está prohibido (preempted). ORS 90.323; ORS 90.324; ORS 91.225

Verificado con fuentes oficiales: 2026-10-22. Traducción: 2026-10-23.

Depósito de seguridad en Oregón

Límite del depósito de seguridad (security deposit)La ley no fija un límite para la cantidad del depósito de seguridad (security deposit).
El ORS 90.300 (edición 2025) regula los depósitos, pero no fija un máximo. La ley 2025 HB 3251 (vigente desde el 1 de enero de 2026 (1/1/2026), según un resumen del Portland Housing Bureau) exige devolver el depósito cuando un inquilino (tenant) no llega a celebrar el contrato de alquiler (rental agreement) por defectos de habitabilidad; esto no se verificó por separado en el texto de la ley.
Fuente: ORS 90.300
Plazo para devolver el depósito31 días después de que termina el arrendamiento y el inquilino (tenant) entrega la posesión.
Lista detallada de descuentosDentro de esos mismos 31 días, el arrendador (landlord) debe dar una cuenta por escrito que indique específicamente la base de cada reclamo. Las deducciones se limitan a las cantidades razonablemente necesarias para remediar los incumplimientos del inquilino (tenant) (incluida la renta no pagada) o reparar daños que vayan más allá del desgaste normal (ordinary wear and tear).
Intereses sobre el depósitoLa ley no lo exige.
El ORS 90.300 no contiene ningún requisito de pagar intereses.
Fuente: ORS 90.300
Multa por retener el depósitoEl doble de la cantidad retenida sin una cuenta por escrito, o el doble de la cantidad retenida de mala fe.

Desalojo en Oregón

Aviso por falta de pago de rentaSemana a semana (week-to-week): al menos 72 horas de aviso por escrito, entregado no antes del 5.º día del periodo de renta. Otros arrendamientos: al menos 10 días de aviso entregado no antes del 8.º día del periodo de renta, o al menos 13 días de aviso entregado no antes del 5.º día. El aviso debe indicar la cantidad que se debe y la fecha límite para pagar.
En las demandas de desalojo (eviction) por falta de pago, se debe adjuntar un aviso sobre asistencia para la renta exigido por la corte (el OJD Self-Help dice 'HB 2001 is now the law' (la HB 2001 ya es ley) y remite al aviso requerido; ver https://www.courts.oregon.gov/help/pages/landlord-tenant.aspx).
Fuente: ORS 90.394
Aviso por violar el contratoAl menos 30 días de aviso por escrito. Si la violación se puede corregir, el aviso debe decirlo y dar al menos 14 días para corregirla. Si se repite sustancialmente la misma violación dentro de 6 meses: al menos 10 días de aviso, sin derecho a corregirla. Semana a semana (week-to-week): 7 días / 4 días para corregir / 4 días por repeticiones.
Existen avisos separados más cortos para ciertas conductas graves (por ejemplo, los avisos de 24 horas del ORS 90.396); no se verificaron por separado.
Fuente: ORS 90.392
Cambio de cerraduras y corte de serviciosSi el arrendador (landlord) saca o excluye ilegalmente al inquilino (tenant) (lockout) o interrumpe a propósito los servicios públicos o esenciales, el inquilino puede obtener una orden judicial (injunction) para recuperar la posesión, o terminar el contrato y recuperar la cantidad mayor entre 2 meses de renta periódica o el doble de los daños reales; se deben devolver los depósitos y la renta pagada por adelantado.
El inquilino no necesita terminar el contrato para recuperar los daños.
Fuente: ORS 90.375

Terminar el contrato en Oregón

Terminar un contrato mes a mesInquilino (tenant): al menos 30 días de aviso por escrito. Arrendador (landlord), durante el primer año de ocupación: al menos 30 días de aviso sin causa. Arrendador después del primer año: solo por causa atribuible al inquilino o por una razón válida del arrendador (demolición o cambio de uso, reparaciones mayores, que el dueño o un familiar inmediato se mude a la vivienda, venta a un comprador que la va a habitar) con al menos 90 días de aviso, o 60 días si se aceptó una oferta de compra y se paga un mes de renta junto con el aviso. Los arrendadores que tienen participación como dueños en 5 o más unidades de vivienda residenciales deben hacer un pago de reubicación (relocation payment) de un mes de renta junto con los avisos por razón válida (los arrendadores con participación en 4 unidades o menos están exentos, ORS 90.427(6)(b)). Semana a semana: 10 días por cualquiera de las partes.
Violaciones: el arrendador es responsable por 3 meses de renta más los daños reales; es una defensa contra el desalojo. Los cambios de 2025 (opción de venta con 60 días de la ley SB 586, vigente desde el 26 de septiembre de 2025 (9/26/2025); HB 2134, que elimina el cargo por romper el contrato después de que el inquilino responde con 30 días a un aviso sin causa, vigente desde el 1 de enero de 2026 (1/1/2026)) los resume el Portland Housing Bureau y se reflejan en la edición 2025 de ORS. Portland y otras ciudades pueden tener reglas adicionales de reubicación.
Fuente: ORS 90.427
Terminar el contrato por violencia domésticaUn inquilino (tenant) que sea víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual, delito de odio (bias crime) o acecho (stalking) puede quedar liberado del contrato (junto con los familiares inmediatos indicados) dando al menos 14 días de aviso por escrito que indique la fecha de liberación, acompañado de una verificación: una orden de protección, un reporte de policía, una condena, o una declaración en el formulario legal firmada por un tercero calificado (agente del orden público, abogado, profesional de la salud con licencia, empleado de servicios a víctimas del DOJ o defensor de víctimas); el incidente debe haber ocurrido en los últimos 90 días (sin contar el tiempo en que el agresor estuvo encarcelado o vivió a 100 millas o más de distancia), a menos que haya una orden de protección vigente. El inquilino liberado no es responsable de la renta ni de daños después de la fecha de liberación y no debe ningún cargo por terminación; los demás inquilinos siguen obligados. El arrendador (landlord) debe mantener la información confidencial.
El formulario legal 'Qualified Third Party Verification' (Verificación por un Tercero Calificado) está en el ORS 90.453(3).
Fuente: ORS 90.453
Terminar el contrato: militares, salud, fallecimientoServicio militar: un inquilino (tenant) puede terminar el contrato con aviso por escrito y prueba de sus órdenes cuando se enlista, cuando recibe órdenes de servicio activo fuera del área por más de 90 días, o cuando termina su servicio activo (también el Public Health Service asignado al Ejército o la Marina y el cuerpo de NOAA); por lo general entra en vigor en la fecha más tardía entre 30 días después del aviso u otras fechas indicadas. Un miembro del servicio estatal llamado por el Gobernador por 90 días o más puede terminar el contrato con efecto en la fecha más temprana entre 30 días después de la siguiente fecha de pago de la renta o el último día del mes siguiente, sin cargos ni pérdida del depósito. No se encontró en el cap. 90 de ORS un derecho estatal de terminación por razones médicas o de discapacidad, por cuidado de personas mayores ni por muerte del inquilino (el ORS 90.425(20) cubre solo los bienes de un inquilino único que fallece). Desastre natural (desde el 5 de junio de 2026): si un desastre natural destruye la vivienda, el contrato de arrendamiento termina de inmediato; el arrendador (landlord) debe devolver el depósito y la renta pagada por adelantado (prorrateada desde la fecha del desastre), el inquilino no es responsable de la limpieza a menos que haya causado el desastre, y no se debe renta mientras la vivienda no sea accesible (por ejemplo, si una agencia del gobierno la declaró insegura). No se aplica al alquiler de espacios para casas prefabricadas (manufactured dwellings) o casas flotantes.
La regla sobre desastres naturales es nueva en 2026 y todavía no aparece en la edición 2025 de ORS; texto del proyecto de ley aprobado: https://olis.oregonlegislature.gov/liz/2026R1/Downloads/MeasureDocument/HB4037/Enrolled

Entrada del arrendador en Oregón

Entrada del arrendador a la viviendaAl menos 24 horas de aviso real, con entrada en horas razonables; el inquilino (tenant) no puede negar su consentimiento sin razón. Se permite entrar sin aviso en una emergencia, pero si el inquilino no está, el arrendador (landlord) debe darle aviso real dentro de las 24 horas siguientes a la entrada.
La autorización para entrar que da la solicitud de reparación por escrito de un inquilino vence después de 7 días, a menos que las reparaciones estén en curso.
Fuente: ORS 90.322

Reparaciones y represalias en Oregón

Reparar y descontar de la rentaDefectos menores de habitabilidad que se pueden reparar por no más de $300: el inquilino (tenant) da aviso por escrito con una fecha de reparación de al menos 7 días después; luego puede hacer que una persona calificada haga la reparación y descontar hasta $300 de la renta (repair and deduct), con una declaración escrita del costo. El inquilino no puede hacer el trabajo personalmente. Para servicios esenciales, el inquilino puede comprar servicios sustitutos y descontar el costo (ORS 90.365).
Retener la renta por reparacionesNo hay una ley general de retención de renta (rent withholding). Recursos cuando el arrendador (landlord) no cumple: aviso de terminación de 30 días si no lo corrige dentro de 7 días (servicios esenciales) o 30 días (otros casos); daños; orden judicial (injunction); por fallas en servicios esenciales, servicios sustitutos y descuento, daños por disminución del valor de la renta, o vivienda sustituta quedando exento de pagar renta.
El inquilino (tenant) puede presentar contrademandas por habitabilidad en una demanda de desalojo (ORS 90.370); no se verificó por separado.
Protección contra represaliasEl arrendador (landlord) no puede subir la renta, reducir servicios, entregar un aviso de terminación ni demandar por la posesión porque el inquilino (tenant) se quejó ante una agencia del gobierno, presentó de buena fe una queja ante el arrendador, se unió a una organización de inquilinos, testificó contra el arrendador, o se defendió con éxito en una demanda por la posesión dentro de los 6 meses anteriores. El inquilino tiene una defensa y los recursos del ORS 90.375 contra las represalias (retaliation).
La ley no fija un período de presunción, salvo la revisión de 6 meses hacia atrás para una demanda por la posesión en la que el inquilino se defendió con éxito. Las excepciones incluyen que el inquilino deba renta cuando se entregó el aviso (ORS 90.385(4)).
Fuente: ORS 90.385

Aumentos de renta y cargos en Oregón

Control de renta / límites de aumentoEstabilización de rentas (rent stabilization) en todo el estado. Después del primer año, no más de un aumento cada 12 meses, con al menos 90 días de aviso por escrito; el aumento tiene un límite de la cantidad menor entre 10% o 7% + CPI (índice de precios al consumidor West Region CPI-U), que publica cada año DAS/Office of Economic Analysis. Aumento máximo: 10.0% para 2025; 9.5% para 2026; 10% para 2027. Exentos: edificios cuyo primer certificado de ocupación (certificate of occupancy) se emitió menos de 15 años antes de la fecha del aviso, y cierta vivienda asequible regulada. Por lo demás, el control de rentas (rent control) local está prohibido (preempted).
La cifra de 2026 se confirmó en el comunicado de corrección de DAS del 1 de octubre de 2025 (https://apps.oregon.gov/oregon-newsroom/OR/DAS/Posts/Post/Correction-2026-Rent-Stabilization-Percentages). Cifra de 2027: la página de OEA indica 10% 'for tenancies subject to ORS 90.324(b)' (para arrendamientos sujetos al ORS 90.324(b)). Sanción por exceder el límite: 3 meses de renta más los daños reales (ORS 90.323(6)). Las comunidades de casas prefabricadas (manufactured-home facilities) con >30 espacios tienen un límite de 6% (2025 HB 3054). La fórmula de 7%+CPI o 10% (7%+CPI-or-10%) se atribuye a la ley 2023 SB 611; no se consultó el texto mismo del proyecto. Arrendamientos semana a semana: 7 días de aviso del aumento.
Cargos por pago tardío (late fees)Solo se permiten si un contrato de alquiler por escrito lo establece y la renta no se recibe para el 4.º día del periodo de renta (los cargos empiezan el día 5). Límite: (a) un cargo fijo razonable una vez por periodo (la cantidad acostumbrada en el mercado), (b) un cargo diario razonable que no exceda el 6% de ese cargo fijo, o (c) el 5% de la renta periódica por cada periodo siguiente de 5 días.
Puede acumularse interés simple sobre un cargo por atraso no pagado a la tasa de interés de los fallos judiciales (judgment rate).
Fuente: ORS 90.260
Cargos de solicitud (application fees)Se permite un cargo de evaluación (screening charge) solo para cubrir los costos de la evaluación, y no puede exceder el costo real promedio del arrendador (landlord) ni la cantidad acostumbrada que cobran las compañías de evaluación. Solo un cargo de evaluación por solicitante en cualquier periodo de 60 días, sin importar para cuántas unidades solicite. Antes de cobrar, el arrendador debe adoptar criterios por escrito y dar aviso por escrito del cargo, los criterios, el proceso, los derechos de disputa o apelación, la política contra la discriminación, la renta y los depósitos, y los derechos de reembolso; debe dar un recibo y una confirmación de la evaluación. No se puede cobrar si no hay unidades disponibles. Reembolso dentro de 30 días si la unidad se rentó antes de la evaluación o si no se hizo la evaluación antes de que el solicitante retirara su solicitud por escrito. Sanción: el doble del cargo más $250. Se prohíben otros depósitos o cuotas de solicitud (application fees), excepto un depósito para garantizar la firma de un contrato de alquiler después de la aprobación.
No se encontró en el cap. 90 de ORS una regla legal sobre reportes de evaluación reutilizables (portable screening reports).
Otros cargos de alquilerEl arrendador (landlord) no puede cobrar un cargo de mudanza (move-in fee) por gastos que anticipa tener, y no puede cobrar ningún cargo excepto los que aparecen en el ORS 90.302, cada uno de los cuales debe describirse en el contrato de alquiler por escrito: cargo por pago atrasado (late fee) (ORS 90.260), cargo por cheque rechazado, manipulación de las alarmas de humo o de monóxido de carbono (hasta $250), violación del acuerdo sobre mascotas, abandono anticipado de un contrato de plazo fijo (máximo 1.5x la renta mensual; no aplica a liberaciones por violencia doméstica o servicio militar), y cargos con límite por violaciones repetidas de reglas escritas después de una advertencia por escrito ($50, luego $50 + 5% de la renta; $250 por fumar o por una mascota no autorizada). Se prohíben los daños liquidados (liquidated damages). Desde el 5 de junio de 2026, los cargos por procesar pagos con tarjeta, por portal para inquilinos (tenant portal) u otros medios electrónicos solo pueden trasladarse al inquilino (tenant) si la compañía procesadora lo permite, el arrendador deja que el inquilino pague con cheque u otro método no electrónico, y se le entregan al inquilino los registros de esos cargos si los pide por escrito. El arrendador no puede exigir pagos electrónicos, y no puede cobrar un cargo por atraso (late fee) ni terminar el contrato por falta de pago si rechazó un pago ofrecido con cheque u otro método comercialmente razonable.
Exclusiones en el ORS 90.302(7) (servicios que pide el inquilino, como llaves perdidas, el requisito de tener seguro de inquilino (renter's insurance), cargos de servicios públicos bajo otras secciones). Los cambios de 2026 (SB 1523, vigente desde el 5 de junio de 2026) se aplican a contratos de alquiler celebrados antes, en o después de esa fecha; texto del proyecto de ley aprobado: https://olis.oregonlegislature.gov/liz/2026R1/Downloads/MeasureDocument/SB1523/Enrolled

Sección 8, historial y abogado en Oregón

Sección 8 / fuente de ingresosSí, en todo el estado. Se prohíbe negarse a rentar, poner condiciones diferentes o sacar a alguien por su fuente de ingresos (source of income); la 'fuente de ingresos' incluye la Sección 8 (Section 8) (42 U.S.C. 1437f) y cualquier otra asistencia de vivienda local, estatal o federal (pero no los ingresos de una ocupación específica ni los ingresos ilegales). El arrendador (landlord) todavía puede negarse por incapacidad de pagar la renta, tomando en cuenta el valor de la asistencia de vivienda.
Fuente: ORS 659A.421
Sellar el historial de desalojoSí. Mediante solicitud a la corte (motion) (sin cuota de presentación): la corte debe anular el fallo y sellar los expedientes si el inquilino (tenant) ganó o el caso fue desestimado; si se cumplió un fallo por acuerdo (stipulated judgment); o si se pagó la cantidad de dinero de un fallo de restitución y han pasado 5 años (o si los reclamos surgieron entre el 1 de abril de 2020 y el 1 de marzo de 2022). Automático: cada corte debe, una vez al año, anular y sellar los fallos de FED sin cantidades de dinero pendientes en los que el arrendador (landlord) ganó hace 5 años o más, o en los que el demandado ganó o el caso fue desestimado hace 12 meses o más. Una vez sellado, se considera que el fallo nunca se dictó.
La causa del periodo de COVID (2020-2022) del ORS 105.163(1)(a)(B) se elimina a partir del 2 de enero de 2028 (2021 c.39 s.11).
Derecho a un abogado gratis en desalojosNo hay un derecho estatal a un abogado (right to counsel) en casos de desalojo.
No se encontró ninguna disposición de derecho a un abogado en el cap. 90 de ORS ni en las leyes de FED; la asistencia legal o ayuda contra desalojos financiada por el estado no es un derecho establecido por ley.

Ocupantes ilegales, pertenencias y reclamos menores en Oregón

Ocupantes ilegales (squatters)Un 'squatter' (ocupante ilegal) es una persona que ocupa una vivienda (u otra propiedad usada como vivienda) que no tiene derecho a hacerlo bajo un contrato de alquiler ni autorización del inquilino (tenant); un inquilino que se queda después del vencimiento (holdover) no es un ocupante ilegal. El dueño o el arrendador (landlord) puede darle al ocupante ilegal un aviso por escrito de 24 horas que indique la fecha y hora para desocupar y que la causa es su condición de ocupante ilegal, y luego recuperar la posesión mediante el proceso judicial de forcible entry and detainer (FED, desalojo) (ORS 105.100-105.168). El aviso no crea un arrendamiento. Ninguna ley autoriza a la policía a sacar a la persona sin un fallo judicial.
El procedimiento para ocupantes ilegales se agregó por 2025 Or. Laws c.356. Definición en el ORS 90.100 (https://www.oregonlegislature.gov/bills_laws/ors/ors090.html); causa de FED en el ORS 105.115 (https://www.oregonlegislature.gov/bills_laws/ors/ors105.html).
Pertenencias abandonadasAntes de guardar, vender o deshacerse de bienes abandonados, el arrendador (landlord) debe dar un aviso por escrito en persona o por correo de primera clase (first-class mail) (a la vivienda, a cualquier apartado postal conocido y a cualquier dirección de reenvío) que indique que los bienes se consideran abandonados, dónde están guardados, y una fecha para comunicarse con el arrendador: no menos de 5 días después de la entrega en persona u 8 días después del envío por correo (45 días para casas prefabricadas o casas flotantes (manufactured dwellings/floating homes)). El arrendador debe guardar los bienes con un cuidado razonable y puede cobrar costos razonables de almacenamiento (no después de una restitución hecha por el alguacil (sheriff)). Si el inquilino (tenant) responde, el arrendador debe poner los bienes a su disposición durante 15 días (30 para casas prefabricadas o flotantes). Si no se reclaman, se presume de forma definitiva que están abandonados y pueden venderse en una venta pública o privada o, si tienen poco valor, desecharse.
Hay reglas separadas para casas prefabricadas o flotantes en comunidades (ORS 90.675) y para un inquilino único que fallece (ORS 90.425(20)). Método alternativo después del desalojo en el ORS 105.165.
Fuente: ORS 90.425
Límite de la corte de reclamos menores$10,000
Los reclamos de $750 o menos deben presentarse en reclamos menores (small claims); el demandado puede exigir un jurado en reclamos de más de $750 (ORS 46.455).

Cómo funciona un desalojo en Oregón

Los casos de desalojo se ven en: Circuit court (corte de circuito) o justice court (juzgado de paz) del condado donde está la propiedad.

  1. Aviso de terminación por escrito (ORS 90.392, 90.394, 90.427, etc.)
  2. Presentar la demanda y la citación de FED (desalojo); los casos por falta de pago deben incluir el aviso requerido sobre asistencia para la renta
  3. Primera comparecencia: 7 días después del día hábil judicial siguiente al pago de las cuotas de presentación (15 días en reclamos por falta de pago); el secretario de la corte puede retrasarla hasta 7 días más (ORS 105.135)
  4. El inquilino sin abogado presenta una respuesta por escrito en el formulario de la corte el día de la primera comparecencia (ORS 105.137(8))
  5. Juicio: en reclamos por falta de pago, no antes de 15 ni después de 30 días a partir de la comparecencia; en otros reclamos, dentro de 15 días (ORS 105.137(6))
  6. Fallo; el secretario de la corte emite el aviso de restitución (notice of restitution), que da al menos 4 días para mudarse (ORS 105.151)
  7. El alguacil (sheriff) entrega la orden de ejecución (writ of execution) después de que vencen los 4 días

Primera comparecencia 7 días (15 días por falta de pago) después del día hábil judicial siguiente al pago de las cuotas; la respuesta por escrito se presenta en la primera comparecencia.

Lo que sorprende de la ley de alquiler en Oregón

Preguntas frecuentes sobre alquiler en Oregón

¿Cuánto puede cobrar el arrendador como depósito de seguridad en Oregón?
La ley no fija un límite para la cantidad del depósito de seguridad (security deposit).
¿Cuánto tiempo tiene el arrendador para devolver el depósito en Oregón?
31 días después de que termina el arrendamiento y el inquilino (tenant) entrega la posesión.
¿El arrendador tiene que pagar intereses sobre el depósito en Oregón?
La ley no lo exige.
¿El arrendador debe dar una lista detallada de los descuentos del depósito en Oregón?
Dentro de esos mismos 31 días, el arrendador (landlord) debe dar una cuenta por escrito que indique específicamente la base de cada reclamo. Las deducciones se limitan a las cantidades razonablemente necesarias para remediar los incumplimientos del inquilino (tenant) (incluida la renta no pagada) o reparar daños que vayan más allá del desgaste normal (ordinary wear and tear).
¿Qué pasa si el arrendador se queda con el depósito indebidamente en Oregón?
El doble de la cantidad retenida sin una cuenta por escrito, o el doble de la cantidad retenida de mala fe.
¿Cuánto aviso debe dar el arrendador antes de desalojar por falta de pago en Oregón?
Semana a semana (week-to-week): al menos 72 horas de aviso por escrito, entregado no antes del 5.º día del periodo de renta. Otros arrendamientos: al menos 10 días de aviso entregado no antes del 8.º día del periodo de renta, o al menos 13 días de aviso entregado no antes del 5.º día. El aviso debe indicar la cantidad que se debe y la fecha límite para pagar.
¿Cuánto aviso se requiere para desalojar por violar el contrato en Oregón?
Al menos 30 días de aviso por escrito. Si la violación se puede corregir, el aviso debe decirlo y dar al menos 14 días para corregirla. Si se repite sustancialmente la misma violación dentro de 6 meses: al menos 10 días de aviso, sin derecho a corregirla. Semana a semana (week-to-week): 7 días / 4 días para corregir / 4 días por repeticiones.
¿Cuánto aviso se necesita para terminar un contrato mes a mes en Oregón?
Inquilino (tenant): al menos 30 días de aviso por escrito. Arrendador (landlord), durante el primer año de ocupación: al menos 30 días de aviso sin causa. Arrendador después del primer año: solo por causa atribuible al inquilino o por una razón válida del arrendador (demolición o cambio de uso, reparaciones mayores, que el dueño o un familiar inmediato se mude a la vivienda, venta a un comprador que la va a habitar) con al menos 90 días de aviso, o 60 días si se aceptó una oferta de compra y se paga un mes de renta junto con el aviso. Los arrendadores que tienen participación como dueños en 5 o más unidades de vivienda residenciales deben hacer un pago de reubicación (relocation payment) de un mes de renta junto con los avisos por razón válida (los arrendadores con participación en 4 unidades o menos están exentos, ORS 90.427(6)(b)). Semana a semana: 10 días por cualquiera de las partes.
¿Puede el arrendador entrar sin avisar en Oregón?
Al menos 24 horas de aviso real, con entrada en horas razonables; el inquilino (tenant) no puede negar su consentimiento sin razón. Se permite entrar sin aviso en una emergencia, pero si el inquilino no está, el arrendador (landlord) debe darle aviso real dentro de las 24 horas siguientes a la entrada.
¿Hay un límite para los cargos por pago tardío en Oregón?
Solo se permiten si un contrato de alquiler por escrito lo establece y la renta no se recibe para el 4.º día del periodo de renta (los cargos empiezan el día 5). Límite: (a) un cargo fijo razonable una vez por periodo (la cantidad acostumbrada en el mercado), (b) un cargo diario razonable que no exceda el 6% de ese cargo fijo, o (c) el 5% de la renta periódica por cada periodo siguiente de 5 días.
¿Puede el inquilino reparar y descontar el costo de la renta en Oregón?
Defectos menores de habitabilidad que se pueden reparar por no más de $300: el inquilino (tenant) da aviso por escrito con una fecha de reparación de al menos 7 días después; luego puede hacer que una persona calificada haga la reparación y descontar hasta $300 de la renta (repair and deduct), con una declaración escrita del costo. El inquilino no puede hacer el trabajo personalmente. Para servicios esenciales, el inquilino puede comprar servicios sustitutos y descontar el costo (ORS 90.365).
¿Puede el inquilino retener la renta por reparaciones en Oregón?
No hay una ley general de retención de renta (rent withholding). Recursos cuando el arrendador (landlord) no cumple: aviso de terminación de 30 días si no lo corrige dentro de 7 días (servicios esenciales) o 30 días (otros casos); daños; orden judicial (injunction); por fallas en servicios esenciales, servicios sustitutos y descuento, daños por disminución del valor de la renta, o vivienda sustituta quedando exento de pagar renta.
¿Puede el arrendador tomar represalias por una queja en Oregón?
El arrendador (landlord) no puede subir la renta, reducir servicios, entregar un aviso de terminación ni demandar por la posesión porque el inquilino (tenant) se quejó ante una agencia del gobierno, presentó de buena fe una queja ante el arrendador, se unió a una organización de inquilinos, testificó contra el arrendador, o se defendió con éxito en una demanda por la posesión dentro de los 6 meses anteriores. El inquilino tiene una defensa y los recursos del ORS 90.375 contra las represalias (retaliation).
¿Hay control de renta o límite a los aumentos en Oregón?
Estabilización de rentas (rent stabilization) en todo el estado. Después del primer año, no más de un aumento cada 12 meses, con al menos 90 días de aviso por escrito; el aumento tiene un límite de la cantidad menor entre 10% o 7% + CPI (índice de precios al consumidor West Region CPI-U), que publica cada año DAS/Office of Economic Analysis. Aumento máximo: 10.0% para 2025; 9.5% para 2026; 10% para 2027. Exentos: edificios cuyo primer certificado de ocupación (certificate of occupancy) se emitió menos de 15 años antes de la fecha del aviso, y cierta vivienda asequible regulada. Por lo demás, el control de rentas (rent control) local está prohibido (preempted).
¿Puede el arrendador cambiar las cerraduras o cortar los servicios en Oregón?
Si el arrendador (landlord) saca o excluye ilegalmente al inquilino (tenant) (lockout) o interrumpe a propósito los servicios públicos o esenciales, el inquilino puede obtener una orden judicial (injunction) para recuperar la posesión, o terminar el contrato y recuperar la cantidad mayor entre 2 meses de renta periódica o el doble de los daños reales; se deben devolver los depósitos y la renta pagada por adelantado.
¿Cuál es el límite de la corte de reclamos menores (small claims) en Oregón?
$10,000.
¿Cómo se saca a un ocupante ilegal en Oregón?
Un 'squatter' (ocupante ilegal) es una persona que ocupa una vivienda (u otra propiedad usada como vivienda) que no tiene derecho a hacerlo bajo un contrato de alquiler ni autorización del inquilino (tenant); un inquilino que se queda después del vencimiento (holdover) no es un ocupante ilegal. El dueño o el arrendador (landlord) puede darle al ocupante ilegal un aviso por escrito de 24 horas que indique la fecha y hora para desocupar y que la causa es su condición de ocupante ilegal, y luego recuperar la posesión mediante el proceso judicial de forcible entry and detainer (FED, desalojo) (ORS 105.100-105.168). El aviso no crea un arrendamiento. Ninguna ley autoriza a la policía a sacar a la persona sin un fallo judicial.
¿Qué puede hacer el arrendador con las pertenencias abandonadas en Oregón?
Antes de guardar, vender o deshacerse de bienes abandonados, el arrendador (landlord) debe dar un aviso por escrito en persona o por correo de primera clase (first-class mail) (a la vivienda, a cualquier apartado postal conocido y a cualquier dirección de reenvío) que indique que los bienes se consideran abandonados, dónde están guardados, y una fecha para comunicarse con el arrendador: no menos de 5 días después de la entrega en persona u 8 días después del envío por correo (45 días para casas prefabricadas o casas flotantes (manufactured dwellings/floating homes)). El arrendador debe guardar los bienes con un cuidado razonable y puede cobrar costos razonables de almacenamiento (no después de una restitución hecha por el alguacil (sheriff)). Si el inquilino (tenant) responde, el arrendador debe poner los bienes a su disposición durante 15 días (30 para casas prefabricadas o flotantes). Si no se reclaman, se presume de forma definitiva que están abandonados y pueden venderse en una venta pública o privada o, si tienen poco valor, desecharse.
¿Hay un límite para el cargo de solicitud de alquiler en Oregón?
Se permite un cargo de evaluación (screening charge) solo para cubrir los costos de la evaluación, y no puede exceder el costo real promedio del arrendador (landlord) ni la cantidad acostumbrada que cobran las compañías de evaluación. Solo un cargo de evaluación por solicitante en cualquier periodo de 60 días, sin importar para cuántas unidades solicite. Antes de cobrar, el arrendador debe adoptar criterios por escrito y dar aviso por escrito del cargo, los criterios, el proceso, los derechos de disputa o apelación, la política contra la discriminación, la renta y los depósitos, y los derechos de reembolso; debe dar un recibo y una confirmación de la evaluación. No se puede cobrar si no hay unidades disponibles. Reembolso dentro de 30 días si la unidad se rentó antes de la evaluación o si no se hizo la evaluación antes de que el solicitante retirara su solicitud por escrito. Sanción: el doble del cargo más $250. Se prohíben otros depósitos o cuotas de solicitud (application fees), excepto un depósito para garantizar la firma de un contrato de alquiler después de la aprobación.
¿Qué cargos de alquiler están prohibidos o limitados en Oregón?
El arrendador (landlord) no puede cobrar un cargo de mudanza (move-in fee) por gastos que anticipa tener, y no puede cobrar ningún cargo excepto los que aparecen en el ORS 90.302, cada uno de los cuales debe describirse en el contrato de alquiler por escrito: cargo por pago atrasado (late fee) (ORS 90.260), cargo por cheque rechazado, manipulación de las alarmas de humo o de monóxido de carbono (hasta $250), violación del acuerdo sobre mascotas, abandono anticipado de un contrato de plazo fijo (máximo 1.5x la renta mensual; no aplica a liberaciones por violencia doméstica o servicio militar), y cargos con límite por violaciones repetidas de reglas escritas después de una advertencia por escrito ($50, luego $50 + 5% de la renta; $250 por fumar o por una mascota no autorizada). Se prohíben los daños liquidados (liquidated damages). Desde el 5 de junio de 2026, los cargos por procesar pagos con tarjeta, por portal para inquilinos (tenant portal) u otros medios electrónicos solo pueden trasladarse al inquilino (tenant) si la compañía procesadora lo permite, el arrendador deja que el inquilino pague con cheque u otro método no electrónico, y se le entregan al inquilino los registros de esos cargos si los pide por escrito. El arrendador no puede exigir pagos electrónicos, y no puede cobrar un cargo por atraso (late fee) ni terminar el contrato por falta de pago si rechazó un pago ofrecido con cheque u otro método comercialmente razonable.
¿Puede una víctima de violencia doméstica terminar el contrato en Oregón?
Un inquilino (tenant) que sea víctima de violencia doméstica (domestic violence), agresión sexual, delito de odio (bias crime) o acecho (stalking) puede quedar liberado del contrato (junto con los familiares inmediatos indicados) dando al menos 14 días de aviso por escrito que indique la fecha de liberación, acompañado de una verificación: una orden de protección, un reporte de policía, una condena, o una declaración en el formulario legal firmada por un tercero calificado (agente del orden público, abogado, profesional de la salud con licencia, empleado de servicios a víctimas del DOJ o defensor de víctimas); el incidente debe haber ocurrido en los últimos 90 días (sin contar el tiempo en que el agresor estuvo encarcelado o vivió a 100 millas o más de distancia), a menos que haya una orden de protección vigente. El inquilino liberado no es responsable de la renta ni de daños después de la fecha de liberación y no debe ningún cargo por terminación; los demás inquilinos siguen obligados. El arrendador (landlord) debe mantener la información confidencial.
¿Cuándo puede el inquilino terminar el contrato sin multa en Oregón?
Servicio militar: un inquilino (tenant) puede terminar el contrato con aviso por escrito y prueba de sus órdenes cuando se enlista, cuando recibe órdenes de servicio activo fuera del área por más de 90 días, o cuando termina su servicio activo (también el Public Health Service asignado al Ejército o la Marina y el cuerpo de NOAA); por lo general entra en vigor en la fecha más tardía entre 30 días después del aviso u otras fechas indicadas. Un miembro del servicio estatal llamado por el Gobernador por 90 días o más puede terminar el contrato con efecto en la fecha más temprana entre 30 días después de la siguiente fecha de pago de la renta o el último día del mes siguiente, sin cargos ni pérdida del depósito. No se encontró en el cap. 90 de ORS un derecho estatal de terminación por razones médicas o de discapacidad, por cuidado de personas mayores ni por muerte del inquilino (el ORS 90.425(20) cubre solo los bienes de un inquilino único que fallece). Desastre natural (desde el 5 de junio de 2026): si un desastre natural destruye la vivienda, el contrato de arrendamiento termina de inmediato; el arrendador (landlord) debe devolver el depósito y la renta pagada por adelantado (prorrateada desde la fecha del desastre), el inquilino no es responsable de la limpieza a menos que haya causado el desastre, y no se debe renta mientras la vivienda no sea accesible (por ejemplo, si una agencia del gobierno la declaró insegura). No se aplica al alquiler de espacios para casas prefabricadas (manufactured dwellings) o casas flotantes.
¿Se puede sellar o borrar un desalojo del historial en Oregón?
Sí. Mediante solicitud a la corte (motion) (sin cuota de presentación): la corte debe anular el fallo y sellar los expedientes si el inquilino (tenant) ganó o el caso fue desestimado; si se cumplió un fallo por acuerdo (stipulated judgment); o si se pagó la cantidad de dinero de un fallo de restitución y han pasado 5 años (o si los reclamos surgieron entre el 1 de abril de 2020 y el 1 de marzo de 2022). Automático: cada corte debe, una vez al año, anular y sellar los fallos de FED sin cantidades de dinero pendientes en los que el arrendador (landlord) ganó hace 5 años o más, o en los que el demandado ganó o el caso fue desestimado hace 12 meses o más. Una vez sellado, se considera que el fallo nunca se dictó.
¿Puede el arrendador rechazar la Sección 8 (Section 8) en Oregón?
Sí, en todo el estado. Se prohíbe negarse a rentar, poner condiciones diferentes o sacar a alguien por su fuente de ingresos (source of income); la 'fuente de ingresos' incluye la Sección 8 (Section 8) (42 U.S.C. 1437f) y cualquier otra asistencia de vivienda local, estatal o federal (pero no los ingresos de una ocupación específica ni los ingresos ilegales). El arrendador (landlord) todavía puede negarse por incapacidad de pagar la renta, tomando en cuenta el valor de la asistencia de vivienda.
¿Tienen los inquilinos derecho a un abogado gratis en un desalojo en Oregón?
No hay un derecho estatal a un abogado (right to counsel) en casos de desalojo.

Recursos oficiales (en inglés)

Información legal general, no asesoría legal. Esta es una traducción informativa: si hay alguna diferencia, prevalece el texto oficial de la ley (en inglés). Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial o hable con un abogado sobre su situación.