Períodos de espera para el divorcio por estado (2026)
El período de espera obligatorio antes de que un divorcio sea definitivo en cada estado y DC.
| Estado | Período de espera |
|---|---|
| Alabama | Un tribunal no puede dictar una sentencia final de divorcio (divorce) hasta 30 días después de que se presenten la citación y la demanda. El tribunal sí puede dictar órdenes temporales durante este tiempo, como sobre custodia (custody), manutención, visitas o quién se queda en la vivienda. Ala. Code § 30-2-8.1 |
| Alaska | Por lo general, usted debe esperar al menos 30 días después de presentar la solicitud de divorcio (divorce) o disolución (dissolution) antes de que el juez firme la sentencia final. Alaska Court System Family Law Self-Help Center, Start a Divorce or Dissolution Case |
| Arizona | El tribunal no puede celebrar un juicio o audiencia, ni considerar una moción y declaración jurada, para un decreto de disolución o de separación legal hasta 60 días después de que el otro cónyuge fue notificado o aceptó la notificación. Ariz. Rev. Stat. § 25-329 |
| Arkansas | No se puede dictar ningún decreto de divorcio hasta al menos 30 días después de que se presente la demanda (complaint). Ark. Code Ann. § 9-12-307(a)(1)(B) |
| California | Un divorcio (divorce) no puede ser final sino hasta al menos seis meses después de que al otro cónyuge se le entregaron la citación y la petición o compareció por primera vez en el caso, lo que ocurra primero. El tribunal puede extender este plazo por causa justificada. No hay período de espera de seis meses para una separación legal ni para una anulación. Cal. Fam. Code § 2339; Judicial Branch of California Self-Help Guide, Legal separation |
| Colorado | El tribunal no puede dictar un decreto de disolución o de separación legal hasta que hayan pasado al menos 91 días desde que obtuvo jurisdicción sobre el otro cónyuge (mediante notificación del proceso, incorporación como copeticionario, o comparecencia en el caso). C.R.S. § 14-10-106(1)(a)(III) |
| Connecticut | Connecticut tiene reglas de plazos que se cuentan desde la fecha de devolución (return date) de la demanda: una sentencia en rebeldía contra un cónyuge notificado en persona o en su domicilio no puede dictarse hasta al menos 30 días después de la fecha de devolución, y un juicio de divorcio disputado no puede comenzar hasta al menos 90 días después de la fecha de devolución. Si los cónyuges llegan a un acuerdo completo, pueden pedir al tribunal que dicte la sentencia antes. En un divorcio no adversarial (petición conjunta), el decreto no puede dictarse antes de 30 días después de la presentación. Conn. Gen. Stat. §§ 46b-67, 46b-44c |
| Delaware | Por lo general, los cónyuges deben haber vivido separados durante al menos 6 meses antes de que el tribunal decida sobre el divorcio (divorce). No se requiere un período de separación cuando el divorcio se basa en la mala conducta del otro cónyuge, pero la mala conducta debe probarse. Los cónyuges pueden estar separados mientras viven en la misma casa si usan dormitorios separados y no tienen relaciones sexuales; los intentos breves de reconciliación no reinician el plazo si no compartieron dormitorio ni tuvieron relaciones sexuales en los 30 días antes de la audiencia. 13 Del. C. §§ 1503(8), 1505(e); Family Court of Delaware, Divorce/Annulment |
| District of Columbia | La ley de divorcio (divorce) actual de D.C. no exige un período de separación ni un período de espera antes de presentar la solicitud; se puede otorgar un divorcio con la declaración de un cónyuge de que ya no desea seguir casado. D.C. Code § 16-904(a) |
| Florida | No se puede dictar una sentencia final hasta al menos 20 días después de que se presente la petición, a menos que el tribunal determine que esperar causaría una injusticia. Fla. Stat. § 61.19 |
| Georgia | Un divorcio (divorce) por la causal sin culpa no puede otorgarse sino hasta al menos 30 días después de que se le entregue la demanda al otro cónyuge. Según las reglas del tribunal, un divorcio de mutuo acuerdo (no impugnado) puede otorgarse 31 días después de la entrega o del reconocimiento de la entrega; un caso sin contestación, 46 días después de la entrega; y un caso notificado por edicto (publicación), 61 días después de la primera publicación. O.C.G.A. § 19-5-3(13); Uniform Superior Court Rule 24.6 |
| Hawaii | Las leyes de divorcio (divorce) consultadas no fijan un período de espera después de la presentación. La sentencia de divorcio entra en vigor en el momento que fije el tribunal, que no puede ser más de un mes después de la fecha de la sentencia. En un caso no impugnado en el que el otro cónyuge no responde dentro de los 20 días después de que se le entregue la demanda, la persona que la presentó puede continuar en rebeldía (by default). HRS § 580-45; Family Court of the First Circuit, Uncontested Divorce (with Children) Checklist and Instructions (1F-P-3066) |
| Idaho | Por lo general, no se concede ningún divorcio hasta que hayan pasado al menos 20 o 21 días después de que el otro cónyuge sea notificado con la petición. El divorcio queda firme el día en que el juez firma el Decree of Divorce, y cualquiera de los cónyuges puede volver a casarse después de eso. Idaho Court Assistance Office, CAO D Instruction 1 (Divorce) |
| Illinois | La ley de Illinois no fija un período de espera después de la presentación. Sin embargo, la causal de diferencias irreconciliables se prueba automáticamente solo si los cónyuges han vivido separados durante 6 meses continuos antes de la sentencia; de lo contrario, debe demostrarse. La sentencia es final cuando se dicta. 750 ILCS 5/401(a-5), 5/413(a) |
| Indiana | La audiencia final no puede celebrarse, ni puede dictarse un decreto sumario, hasta al menos 60 días después de que se presente la petición. Ind. Code §§ 31-15-2-10, 31-15-2-13 |
| Iowa | No se puede conceder ningún decreto de divorcio hasta 90 días después de que se notifique al otro cónyuge (o después del último día de publicación, o después de que se presente una renuncia o aceptación de la notificación), o hasta que termine cualquier conciliación ordenada por el tribunal, lo que ocurra más tarde. Un juez puede acortar este plazo por una emergencia o necesidad demostrada mediante declaración jurada. Iowa Code § 598.19 |
| Kansas | Un divorcio no puede ser atendido hasta 60 días después de que se presente la petición, a menos que el juez declare una emergencia en una orden escrita que explique la naturaleza de la emergencia y la evidencia. K.S.A. 23-2708 |
| Kentucky | No se puede dictar ningún decreto de divorcio hasta que los cónyuges hayan vivido separados durante 60 días; vivir bajo el mismo techo sin relaciones sexuales cuenta como vivir separados. En los divorcios con hijos menores, no se puede recibir ningún testimonio (aparte de las mociones temporales) hasta 60 días después de la notificación de la citación (summons), el nombramiento de un abogado de aviso (warning order attorney), o la comparecencia o respuesta del otro cónyuge, lo que ocurra primero. KRS 403.170(1), 403.044 |
| Louisiana | En un divorcio (divorce) presentado según el Civil Code Article 102, el período requerido debe transcurrir después de que se entregue la petición (o se renuncie a la entrega por escrito), y los cónyuges deben haber vivido separados de forma continua durante ese período antes de presentar la moción final (rule to show cause). El período es de 180 días si no hay hijos menores del matrimonio y de 365 días si hay hijos menores. Según el Article 103, los cónyuges ya deben haber vivido separados durante el período requerido cuando se presenta la petición; las causales por culpa del Article 103 no tienen período de separación. La. Civil Code arts. 102, 103, 103.1 |
| Maine | Hay un período mínimo de espera de 60 días entre la presentación de todos los documentos de divorcio necesarios y la audiencia final. Los casos a menudo toman más tiempo, especialmente si los cónyuges no están de acuerdo en todos los asuntos. Maine Judicial Branch, Divorce; A Guide to Family Separation in Maine |
| Maryland | La sección 7-103 no fija un período de reflexión después de la presentación. La causal de separación de 6 meses requiere 6 meses de vivir separados antes de presentar la demanda. Un cónyuge a quien se le entrega la demanda en Maryland tiene 30 días para contestar (60 días si se le entrega en otro estado, 90 días si se le entrega fuera de EE. UU.). Md. Code, Family Law § 7-103; Maryland Judiciary, Divorce |
| Massachusetts | Toda sentencia de divorcio es primero una sentencia nisi (judgment nisi), que se vuelve absoluta (definitiva) 90 días después de dictarse, salvo que el tribunal ordene otra cosa. En un caso conjunto sin culpa (Sección 1A), la sentencia nisi se dicta 30 días después de que el tribunal aprueba el acuerdo de separación, por lo que el divorcio queda definitivo unos 120 días después de la aprobación. En un caso sin culpa presentado por un solo cónyuge (Sección 1B), la audiencia no puede celebrarse hasta al menos seis meses después de presentada la demanda, y luego sigue el período nisi de 90 días. Mass. Gen. Laws ch. 208, §§ 1A, 1B, 21 |
| Michigan | No se puede tomar testimonio para finalizar un divorcio (divorce) hasta 60 días después de presentada la demanda. Si hay hijos menores dependientes de menos de 18 años, el período de espera es de 6 meses desde la presentación, aunque el tribunal puede acortarlo a no menos de 60 días en casos de dificultad inusual o necesidad apremiante. MCL 552.9f |
| Minnesota | Las leyes revisadas no fijan un período de espera general después de la presentación. En el proceso de disolución sumaria, el administrador del tribunal dicta el decreto 30 días después de presentada la declaración conjunta. Si un cónyuge impugna que el matrimonio esté roto, el tribunal necesita pruebas de 180 días de vivir separados antes de la presentación o de una grave discordia conyugal. Minn. Stat. §§ 518.195, 518.13 |
| Mississippi | Una demanda de divorcio por la causal de diferencias irreconciliables debe estar presentada durante 60 días antes de que pueda verse en audiencia. Las leyes revisadas no fijan un período de espera para los divorcios por culpa. Miss. Code Ann. § 93-5-2(4) |
| Missouri | No se puede dictar una sentencia de disolución hasta que hayan pasado al menos 30 días desde la presentación de la petición. RSMo § 452.305.1(1) |
| Montana | Cuando un cónyuge presenta la demanda, el otro debe ser notificado y tiene 21 días para responder; no se puede dictar un decreto hasta 21 días después de la notificación. En una disolución sumaria, la audiencia se celebra después de 20 días desde la presentación de la petición conjunta. Un decreto es definitivo cuando se dicta, sujeto a apelación. Mont. Code Ann. §§ 40-4-105(3), 40-4-108(1), 40-4-133 |
| Nebraska | Un caso de divorcio no puede ser escuchado ni juzgado hasta 60 días después de que se notifique al otro cónyuge (o este presente una comparecencia voluntaria). Según la página de autoayuda del tribunal, la sentencia no es definitiva durante los 30 días siguientes a que el juez la firme y la presente, y ninguno de los cónyuges puede volver a casarse hasta seis meses y un día después de que la sentencia sea firmada y presentada. Neb. Rev. Stat. § 42-363; Nebraska Judicial Branch, Simple Divorce - No Children |
| New Jersey | Las leyes de divorcio de New Jersey establecen los requisitos de tiempo dentro de las causales y no un período de reflexión (período de espera, waiting period) aparte: las diferencias irreconciliables deben haber durado al menos seis meses, la separación debe haber durado al menos 18 meses, y una demanda basada en la crueldad extrema no puede presentarse hasta 3 meses después del último acto de crueldad alegado. N.J.S.A. 2A:34-2 |
| New Mexico | La página de autoayuda de los tribunales no indica ningún período de espera aparte del requisito de residencia de 6 meses. El otro cónyuge tiene 30 días después de ser notificado para responder, y el divorcio no es definitivo hasta que el juez firma el Final Decree of Dissolution of Marriage (decreto final de disolución del matrimonio). New Mexico Courts Self-Representation: Divorce |
| North Carolina | Los cónyuges deben haber vivido separados durante un año antes de que se pueda conceder un divorcio absoluto por la causal de separación; la ley no exige que las causales hayan existido durante seis meses adicionales antes de presentar en un caso de separación de un año. N.C. Gen. Stat. §§ 50-6, 50-8 |
| North Dakota | La página de autoayuda de los tribunales no indica ningún período de espera aparte del requisito de residencia de seis meses. Después de ser notificado, el otro cónyuge tiene 21 días para responder. North Dakota Legal Self Help Center, Divorce |
| Ohio | Un divorcio no puede ser escuchado ni decidido hasta 42 días después de que se notifique al otro cónyuge (o 28 días después de la última publicación del aviso). En una disolución, ambos cónyuges deben comparecer ante el tribunal no antes de 30 ni después de 90 días desde que se presenta la petición. Ohio Civ.R. 75(K); Ohio Rev. Code 3105.64 |
| Oklahoma | En un divorcio con hijos menores, el tribunal no puede emitir una orden definitiva hasta al menos 90 días después de presentada la petición. El tribunal puede eximir este plazo por causa justificada si ninguna de las partes se opone, o puede finalizar antes si las partes asisten voluntariamente a consejería matrimonial o familiar y el tribunal determina que la reconciliación es poco probable. La regla de 90 días no se aplica a los divorcios basados en ciertas causales por culpa, como el abandono, la crueldad extrema, la embriaguez habitual, el encarcelamiento por delito grave y ciertas determinaciones de abuso infantil. Después de un divorcio, ninguna de las partes puede casarse con otra persona hasta seis meses después del decreto. 43 O.S. 107.1; 43 O.S. 127 |
| Oregon | El Capítulo 107 no establece un período de espera obligatorio general (waiting period) antes de una sentencia de divorcio. El matrimonio termina cuando el tribunal firma la sentencia de disolución. ORS 107.115(2) |
| Pennsylvania | Para un divorcio por consentimiento mutuo, deben pasar al menos 90 días después de presentada la acción antes de que se pueda conceder el divorcio (período de espera, waiting period). Para un divorcio por ruptura irremediable sin consentimiento, los cónyuges deben haber vivido separados durante al menos un año; si el tribunal determina que hay una perspectiva razonable de reconciliación, aplaza el caso de 90 a 120 días y exige consejería si se solicita. 23 Pa.C.S. 3301(c), (d) |
| Rhode Island | Una sentencia de divorcio no se vuelve definitiva hasta tres meses después del juicio y la decisión. La sentencia definitiva puede dictarse entonces a petición de la parte vencedora dentro de los 180 días siguientes; después de eso debe dictarse en audiencia pública por moción o consentimiento por escrito. Para los divorcios basados en tres años de separación, la sentencia definitiva no puede dictarse hasta 20 días después de la decisión. La página Guide and File del Family Court dice que la Decision Pending Entry of Final Judgment (decisión pendiente de sentencia definitiva) debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la decisión y que la Final Judgment (sentencia definitiva) no puede presentarse hasta tres meses después. R.I. Gen. Laws 15-5-23; 15-5-3(b); Rhode Island Family Court, Guide and File |
| South Carolina | No puede haber remisión a un master (funcionario judicial auxiliar) hasta dos meses después de presentada la demanda, y no se puede conceder un decreto final de divorcio (divorce) hasta tres meses después de la presentación. Para los divorcios basados en abandono o en un año de separación, la audiencia puede celebrarse y el decreto emitirse una vez presentados los escritos de respuesta o cuando el demandado esté en rebeldía, lo que ocurra primero. El juez también debe declarar que se intentó la reconciliación y fracasó. S.C. Code 20-3-80; 20-3-90 |
| South Dakota | Una acción de divorcio o de manutención por separado no puede ser escuchada ni decidida hasta al menos 60 días después de que se notifiquen la citación y la demanda (período de espera, waiting period). Pueden dictarse órdenes temporales durante el período de espera. Si el tribunal ve una posibilidad razonable de reconciliación en un caso de diferencias irreconciliables, puede aplazar el caso hasta por 30 días. SDCL 25-4-34; 25-4-17.2 |
| Tennessee | Una demanda de divorcio debe estar presentada durante 60 días antes de poder ser escuchada si las partes no tienen ningún hijo soltero menor de 18 años, y al menos 90 días si lo tienen (período de espera, waiting period). El período comienza en la fecha en que se presenta la demanda. Tenn. Code Ann. 36-4-101(b); 36-4-103(c) |
| Texas | Por lo general, un tribunal no puede conceder un divorcio antes del día 60 después de la fecha en que se presentó el divorcio (período de espera, waiting period). El período de espera no se aplica si el otro cónyuge fue condenado por violencia familiar contra el cónyuge que presenta la demanda o contra un miembro del hogar, o recibió adjudicación diferida (deferred adjudication) por ello, o si el cónyuge que presenta la demanda tiene una orden de protección activa o una orden de protección de emergencia basada en violencia familiar durante el matrimonio. No se aplica ningún período de espera a una anulación (annulment). Tex. Fam. Code § 6.702 |
| Utah | El tribunal no puede dictar una sentencia de divorcio hasta 30 días después de presentada la petición, a menos que el tribunal determine que existen circunstancias extraordinarias (período de espera, waiting period). Cualquiera de las partes puede presentar una Motion to Waive Divorce Waiting Period, que no se concede automáticamente. Por lo general, la sentencia se vuelve definitiva cuando se firma y se dicta, a menos que el tribunal fije una fecha posterior (no más de seis meses). Utah Code §§ 81-4-402(3), 81-4-406; Utah State Courts, Divorce Waiting Period page |
| Vermont | No hay un período de espera (waiting period) aparte después de la presentación más allá de las reglas de residencia (un año de residencia al momento de la audiencia final) y, para la causal sin culpa, seis meses de vivir separados. Una sentencia de divorcio es primero un “decree nisi” y se vuelve absoluta 90 días después de que se dicta, a menos que el tribunal fije una fecha anterior. Si una parte fallece durante el período nisi, la sentencia se trata como absoluta inmediatamente antes del fallecimiento. 15 V.S.A. §§ 554, 551(7), 592 |
| Virginia | Virginia no tiene un período de espera aparte después de la presentación. En cambio, las causales mismas requieren tiempo: un año de separación (seis meses con un acuerdo de separación y sin hijos menores) para un divorcio sin culpa, y un año desde el acto de crueldad o abandono para esas causales por culpa. Un divorcio de mesa y lecho (divorce from bed and board) puede presentarse sin período de espera, pero un divorcio definitivo solo se concede conforme al § 20-91. Va. Code §§ 20-91, 20-95 |
| Washington | El tribunal no puede proceder a dictar un divorcio hasta que hayan pasado 90 días desde que se presentó la petición y se notificó la citación (summons) al demandado (o se publicó por primera vez). El decreto es definitivo cuando se dicta, sujeto a apelación. RCW 26.09.030, 26.09.150 |
| West Virginia | Las leyes revisadas no fijan un período obligatorio de reflexión después de la presentación. En general, el demandado tiene 20 días después de la notificación (30 días después de la primera publicación, si se notifica por edictos) para presentar una contestación. Un divorcio por diferencias irreconciliables requiere la contestación del demandado que las admita, y la causal de separación de un año requiere un año de vivir separados. Si no hay asuntos en disputa, el tribunal puede convertir la primera audiencia en la audiencia final si ambas partes están de acuerdo. Supreme Court of Appeals of West Virginia, Petitioner's Divorce Packet Instructions (SCA-FC-100); W. Va. Code §§ 48-5-201, 48-5-202 |
| Wisconsin | Un divorcio o una separación legal no puede ir a la audiencia final ni concederse hasta 120 días después de que la citación y la petición se notifiquen al demandado, o 120 días después de presentada una petición conjunta, salvo que el tribunal ordene una audiencia inmediata por una emergencia, como para proteger la salud o la seguridad de un cónyuge o un hijo. El divorcio surte efecto cuando se concede, pero es ilegal que cualquiera de las partes se vuelva a casar hasta 6 meses después de la sentencia. Wis. Stat. §§ 767.335, 767.35(3) |
| Wyoming | No se puede dictar una sentencia de divorcio antes de 20 días después de presentada la demanda (período de espera, waiting period). Un cónyuge notificado en Wyoming tiene 20 días para responder a la demanda. Wyo. Stat. § 20-2-108; Wyoming Judicial Branch, Plaintiff's Family Law Information and Instructions (DIVCP 03) |
Información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian y las reglas locales pueden variar; consulte la fuente oficial enlazada o hable con un abogado sobre su situación.